lunes, 11 de mayo de 2026

[PensarElTrabajo] La Sala de lo Contencioso del Supremo no va a modificar su doctrina por la sentencia del TJUE del asunto Obadal

 Informa PensarElTrabajo.es este 09/05/2026 que la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo [la que lleva los asuntos de lo empleados públicos funcionarios y estatutarios interinos] ha asegurado, en su resolución dr 29/04/2026 de un recurso de queja, que la sentencia de 14/04/2926 deel Tribunal de Justicia de la UE  en el asunto Obadal, la cuestion prejudicial del Supremo Social al TJUE sobre sanción al abuso de la temporalidad, no va a rectificar su doctrina actual para el abuso de temporalidad del funcionario/estatutarios interino (no se adopta ninguna medida efectiva de reparación, y el mero mantenimiento en el puesto hasta la cobertura reglamentaria de la plaza interina sin derecho a ninguna indemnización)

El recurso de queja había sido planteado por un funcionario interino contra la negativa de la Audiencia Nacional a tramitar un recurso de casación del empleado ante el Supremo contra la sentencia de la Audiencia, ante la existencia de una doctrina muy clara del Supremo. En el recurso de queja el interino pedía que sí se admitiera la posibilidad de pteparar un recurso de casación teniendo en cuenta la novedad de la sentencia del asunto Obadal, que podría hacer reconsiderar a la Sala de lo Contencioso del Supremo su doctrina.


  

30 comentarios:

Anónimo dijo...

El Supremo quiere que sea el gobierno el que legisle. Quiere obligarlo. ¿Podrá?.

Anónimo dijo...

El auto intenta cerrar la puerta afirmando que Obadal no obliga a rectificar la doctrina interna. Pero al hacerlo mediante un razonamiento tan breve y tan categórico, probablemente incentiva nuevos intentos de litigación más sofisticados. Es decir, el auto no elimina realmente el conflicto jurídico; simplemente eleva el nivel de exigencia argumentativa. Obliga a futuros recurrentes a construir recursos mucho más precisos, centrados en diferencias concretas respecto de precedentes previos, en aspectos específicos de efectividad reparadora o en contradicciones materiales entre soluciones internas y exigencias europeas.

Por eso, paradójicamente, el auto puede terminar teniendo un efecto ambiguo: pretende clausurar el debate, pero al hacerlo sin una fundamentación material profunda sobre Obadal, deja abiertas muchas de las objeciones que probablemente volverán a plantearse en futuros litigios.

Anónimo dijo...

El Supremo le está diciendo al Gobierno: "Si quieres fijeza para los interinos, cambia la Ley (el EBEP), pero no nos pidas a los jueces que retorzamos el sistema para arreglar tu mala gestión".

Anónimo dijo...

Lo que el TJUE le encomendó al Tribunal Supremo El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha establecido que, dado que el sistema español actual no ofrece sanciones eficaces, el Tribunal Supremo debe adaptar e interpretar el ordenamiento interno para garantizar el cumplimiento del derecho comunitario. Específicamente, le encomienda: Evaluar la fijeza como sanción: El TJUE señala que, a falta de otras medidas adecuadas (ya que ha tumbado las actuales), la conversión de los contratos temporales en fijos puede ser la única solución válida para sancionar el abuso y reparar al trabajador. Superar la doctrina nacional restrictiva: El Supremo ya no tiene impedimento legal para conceder la fijeza por sentencia si no encuentra otra medida que sea realmente efectiva, proporcional y disuasoria en el derecho español. Garantizar una reparación real: Debe asegurar que la sanción no solo castigue a la Administración, sino que también repare el daño al trabajador. El TJUE recalca que las medidas que el Supremo defendía hasta ahora no cumplen este requisito.

Anónimo dijo...

El Gobierno está ahora mismo en una "carrera de 50 días" para redactar una norma que convenza a la Comisión Europea y, a la vez, no dinamite el sistema de oposiciones en España.

Anónimo dijo...

10:24 ¿Y ellos? ¿Juzgar es reconocer un abuso, no sancionarlo ni reparar al abusado cuando ya hay sentencias de ese orden que si lo hacen?
Lo que realmente buscan es la extenuación para nuestra extinción, no ya laboral sino vital.

Anónimo dijo...

TSJ Español politizado por el PP, no quiere pronunciarse para que Pedro Sánchez haga su trabajo y Legisle y el Legislador tome cartas en el asunto

Anónimo dijo...

Ellos (el supremo) son parte del problema. Pero el que debe legislar es el gobierno. Lo que quieren es no reconocer culpas.

Anónimo dijo...

El TSJ Español debe de pronunciarse ya que fue el TSJ Español el que pregunto al TJUE, pues bien el TJUE ha sido claro, ahora le toca hacer el trabajo al TSJ Español

Anónimo dijo...

Efectivamente esta noticia abre un escenario impensable para la mayoría y obliga a Europa a apretarles las tuercas al Gobierno, aunque recuerdo que fue el TS el que planteó lasprejudiciales

Anónimo dijo...

No hará su trabajo. No quieren.

Anónimo dijo...

Esta noticia lo que muestra es la falta de independencia de nuestra justicia y gobierno. Nada nuevo. Y su impunidad total de actuación, y falta de acatamiento de las leyes. Hago lo que quiero porque aquí mando yo.

Anónimo dijo...

En mi pueblo eso se llama prevaricar, entre otras cosas. Y cuando se hace eso inhabilitación absoluta, cárcel e indemnización a las víctimas. Peeeero.....esto es Epppppañiiiaaa!!

Anónimo dijo...

Esperamos el ultimo giro de todo esto. Sera pronto.

Anónimo dijo...

11:17 Y en el hipotético caso que el gobierno actúe lo echarán para atrás entre el TS y el Constitucional.
Llevo esperando mas de 6 años que se haga justicia, craso error.
Pensé que tenía un caso pero solo fue una sensación.

Anónimo dijo...

Que palo mas grande al millon de interinos en fraude

Anónimo dijo...

Si lo hacen conforme a Obadal no pude ir para atrás. ¿Pagara el Supremo y TC los 626 millones, mas multas del TJUE, mas indemnizaciones y deuda para pagarlas de su bolsillo?.

Anónimo dijo...

Oscar danos una señal... si estas presente.

Anónimo dijo...

Not surrender

Anónimo dijo...

Muchos expertos auguran para evitar la "fijeza judicial" masiva. Se trata de un cumplimiento formal pero vacío de contenido práctico para el empleado, basado en los siguientes pilares tácticos:Indemnización "desenmascarada" pero imposible: Al eliminar el tope de los 12 meses (20 días por año sin límite), el Supremo puede decir que ahora la indemnización sí es proporcionada y disuasoria según pide el TJUE en el asunto Obadal (C-418/24). Sin embargo, al exigir la prueba del daño moral y los daños adicionales euro por euro, la carga de la prueba se vuelve una barrera infranqueable para el trabajador.Fijeza "a la carta": En lugar de una doctrina general, se espera que el TS establezca que la fijeza solo procede en casos excepcionales donde se demuestre una arbitrariedad extrema, manteniendo el argumento de que el acceso fijo generalizado vulnera los principios de igualdad, mérito y capacidad de la Constitución.La trampa del procedimiento: Al no remitir directamente a la responsabilidad patrimonial (que requiere un proceso aparte), sino resolverlo en el mismo pleito contencioso, el TS da apariencia de celeridad. Pero al exigir peritajes forenses para el daño moral, encarece y dificulta el proceso hasta el punto de que muchos interinos desistirán por el coste y riesgo de costas.El "enroque" institucional: Esta jugada permite al Supremo sostener ante Bruselas que ya no aplica las indemnizaciones tasadas e insuficientes que el TJUE tumbó el 14 de abril de 2026, mientras en la práctica mantiene blindada la estructura de la Administración frente a la fijeza automática.A fecha de hoy, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo aún no ha señalado para fallo el recurso de casación 5544/2023 (el propio de Obadal), lo que confirma que están terminando de perfilar este "traje a medida" legal para esquivar la fijeza sin desobedecer abiertamente al TJUE

Anónimo dijo...

Yo te lo resumo: siguen en sus 13.

Anónimo dijo...

Qué podrá ocurrir entonces?:
-Fijeza muy extraordinaria (Sólo demostrando IMC)?
-Indemnización que no sea los 12 x20?
-Pleito a parte (gastando más dinero) para daños morales?
-Los cesados, que no hayan denunciado, nada?
Buen traje a medida!

Muy buen post 12.57. Gracias!

Anónimo dijo...

O sea, en vez de examinar su jurisprudencia después de lo dicho por el TJUE, lo que hace es estabilizar la que ellos tenían antes de Obadal.

Anónimo dijo...

De ser así esperemos que no se le revuelva contra ellos. De ser verdad repito demostraría tener mala fe. Fijeza solo en casos excepcionales y demostrando arbitrariedad extrema. Siete, quince o veinte años no son arbitrarios??.

Anónimo dijo...

No van a cambiar, no van a legislar y si deben pagar y arruinar las arcas españolas, les importa bien poco. Cuando una lucha dura más de 25 años, es porque está perdida desde el inicio.

Anónimo dijo...

Esto ya no tiene nombre....

Anónimo dijo...

Eso no se llama prevaricar? Qué legislación les ampara?

Anónimo dijo...

Puede tengas razón pero dudo quieran pagar.

Anónimo dijo...

De eso nada. Tienen los días contados.

Anónimo dijo...

Ya que este foro tiene muchas visitas, os comparto "conocimientos" sobre este tema tan manido de la abusividad en la contratación temporal de las AAPP; el "malo" de la película es el muro prácticamente infranqueable de las admisiones de los recursos de amparo ante el ATEDH en Estrasburgo (realmente los malos son las AAPP empleadoras abusadoras), de tal manera que si fuera una cuestión pacífica, después de llevar procesalmente y de forma impecable todos los deberes procedimentales bien hechos, el estado español tendría incentivos más que de sobra para no haber abusado tanto y durante tanto tiempo del personal contratado. Quien a estas alturas no tenga claro que la única salida (que no solución clara) es acudir en amparo a ese Tribunal, es que todavía cree en los Reyes Magos.