[...] 'el Ministerio de Educación y Formación Profesional y las Administraciones educativas firmantes acuerdan:
Segundo.- Se convocarán a través de este procedimiento aquellas plazas
que las Administraciones educativas hayan ofertado de conformidad con lo
dispuesto en las bases sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de
medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Las
Administraciones educativas signatarias trasladarán, en su integridad, a sus
respectivas convocatorias, conformando las bases de los correspondientes procesos
selectivos, el contenido de este acuerdo y su anexo.
Las Administraciones educativas remitirán a la Subdirección General de las
Tecnologías de la Información y la Comunicación del Ministerio de Educación y
Formación Profesional, antes del 15 de septiembre de 2022, las plazas que vayan a
incluir en sus convocatorias, con indicación del Cuerpo, especialidad y, en su caso,
turno de ingreso.
Antes de la fecha de comienzo del plazo de presentación de solicitudes, las
Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas acogidas a este
acuerdo publicarán las convocatorias en sus respectivos Boletines o Diarios
Oficiales. Asimismo, se realizará una inserción en el Boletín Oficial del Estado de un
anuncio en el que se indique la Administración educativa convocante, el Cuerpo o
Cuerpos a los que afecta la convocatoria, el Boletín o Diario Oficial en el que se hace
pública la convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes, la fecha de inicio del
mismo y el órgano o dependencia al que deben dirigirse las personas concursantes.