jueves, 3 de octubre de 2019

[El Día de Canarias] El Gobierno del Estado recurre al Tribunal Constitucional y suspende la ley de concurso de méritos que aprobó el Parlamento Canario

Informa El Día de Canarias que el Gobierno del Estado ha presentado recurso de inconstitucionalidad contra la Ley que aprobó el Parlamento canario que habilita e insta a realizar por el sistema exclusivo de concurso de méritos excepcional los procesos selectivos de estabilización y consolidación de los funcionarios interinos y laborales temporales de más de 50 años[siempre  en puestos temporales más de 3 años], en aplicación de la posibilidad establecida por el artículo 61 en sus puntos 6 y 7 del Estatuto Básico del Empleado Público. Además ha declarado el Gobierno español la suspensión de la Ley canaria mientras lo resuelve el Tribunal Constitucional [como es prerrogativa en España del Presidente del Gobierno].



El sindicato SEPCA pide que se rehaga la ley para incluir todos los puestos sin discriminar por edad y CSIF Canarias avisa que habrá que adoptar lo que sentencie el tribunal de justicia europeo en el proceso en curso

NOTA DEL EDITOR: los sindicatos SEPCA, Intersindical Canaria y  CSIF Canarias, con mayoría absoluta en la Mesa General de Empleados Públicos de Canarias, la que lleva los recursos humanos de los empleados públicos de la Comunidad Autónoma, salvo docentes, administración de Justicia y estatutarios de Sanidad, habían presentado una importante solicitud conjunta al parlamento regional para que todos los puestos implicados (necesariamente temporales más de 3 años y, por tanto, en "fraude de ley") y no sólo los de mayores de 50 años en los procesos de estabilización y consolidación del personal funcionario interino y laboral temporal e indefinido no fijo de la CCAA fueran (y no sólo "pudieran") de concurso de méritos. 

8 comentarios:

Anónimo dijo...

Y decimos que estos de SNCHZ, del PSOE se presentan a las elecciones el 10N, verdad?

Anónimo dijo...

Ya se sabía que esto podía pasar. La ley tendría que aprobarse a nivel estatal para que surtiera efecto. No pasa nada. Lo importante sigue siendo la sentencia del TJUE. Si es estimatoria y no deja margen de interpretación estaría resuelto el problema.

Javi dijo...

Totalmente de acuerdo: la solución, si llega, llegará del TJUE, no esperemos nada de España.

Anónimo dijo...

El Gobierno del Estado del PSOE no la ha recurrido porque quiera hacer otra estatal a cambio, es que no quiere nada contrario a lo acordado con sindicatos nacionales: fase de oposición eliminatoria. Y utilizará todos los medios, Supremo incluido, para neutralizar hasta lo del tribunal europeo (prevaricando)

Anónimo dijo...

El Estado la ha recurrido porque era inconstitucional: Beneficiaba a los mayores de 50 años, dejando fuera a los menores de esa edad. Y eso es imposible de poner en práctica desde el punto de vista constitucional: O se está en fraude de ley, o no se está, independientemente de que tengas 49 ó 51 años.

Anónimo dijo...

Es verdad que esa es la razón que ha puesto el Gobierno en el recurso? Hay alguna nota al respecto?

Anónimo dijo...

El o la que tenga 49 años NO puede, el que tenga 50 si. Es de género imbécil, y desde luego hay que recurrirlo, tumbarlo, y al que se le haya ocurrido semejante majadería deberían separarlo del servicio.

Anónimo dijo...

Al del comentario anterior, recordarle que este tipo de cosas aparte de decirlas porque así se piense hay que hacerlas realmente. Lo digo por el hipotético y supongo que improbable caso ante tanta claridad de opinión de que esta persona no planteara en plazo y forma recurso contencioso-administrativo a la ley del parlamento canario - demandando la anulación de ese artículo por esa razón de discriminación de edad- , ley que se aprobó hace ya más de 10 meses. Y por supuesto, una cosa es plantear un recurso y lo trivial de que se admita a trámite y otra es que luego se gane en firme. OJO que existe normativa también europea que exigen políticas activas "positivas" ( es decir discriminatorias en la normativa que la implemente) en temas de empleo para mayores de 50 precsiamente para compensar el trato y situación "desigual "por edad.

Por otro lado, coincido plenamente en que el concurso de méritos como solución al fraude del abuso de temporalidad debe ser para todo abuso y per se es suficiente excepcionalidad para justificarlo y que si así lo hubiera decidio el gobierno del Estado y pactado con los sindicatos no habría Dios que lo "tumbara" con un recurso.

Bueno, aparte de los recursos contenciosos-administrativos que cualquier persona o entidad haya podido plantear a esa supuesta ilegal discriminación por edad, INTERESA y MUCHO saber la razón y objetivo por el que ha planteado el GOBIERNO DEL ESTADO un RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD con declaración de suspensión y todo (algo que no puede hacer cualquier particular):
- si es por esa discriminación por edad con el objeto de que la ley se amplíe a todos los puestos de más de 3 años
- si es por una supuesta violación de los principios constitucionales de igualdad, mérito o capacidad de acceso a la función pública o por alguna supesta violación de las competencias asingadas a la CCAA con la intención de que no haya concurso de méritos alguno para ser fijo como solución al fraude si no que sigan tal cual las OPEs de estabilización

¿Alguien sabe algo sobre cuál ha sido la acción concreta y real del Gobierno del Estado?