miércoles, 20 de octubre de 2021

El Comisario Europeo de Empleo responde a la pregunta del europarlamentario de Ciudadanos Jordi Cañas, sobre el cumplimiento del Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad con las sentencias europeas sobre abuso de temporalidad , que está analizando su enmienda que se tramita en el Congreso y que determinará si tras su aprobación adopta medidas en el procedimiento de infracción abierto, estando supeditado el desembolso de tramos del so fondos europeos a reformas como la de la reducción de la temporalidad pública

 Acaba de publicarse en la web del Parlamento Europeo la respuesta de 19/10/2021 que ha dado el propio Comisario de  Empleo y Derechos Sociales de la Comisión Europea a la pregunta ( nº E-003708/2021) que había realizado a la Comisión Europea, el europarlamentario de Ciudadanos en el Parlamento europeo, Jordi Cañas,a raíz del Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio del mismo asunto , publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021, sobre si la Comisión  va a garantizar que la reducción de temporalidad se hace conforme a las sentencias europeas, cuál es la situación del procedimiento de infracción al respecto y si se supedita recepción de parte de los fondos europeos de recuperación a esta reducción de temporalidad en el empleo público español.

En concreto el contenido literal de la pregunta  era:

"El abuso en la contratación de personal interino en el ámbito de las Administraciones Públicas en España, por la sucesión o excesiva duración de su relación contractual, ha sido considerado contrario al Derecho europeo(1).

Sin embargo, el conjunto de las Administraciones Públicas españolas parece fomentar el mantenimiento del abuso, mediante la aprobación de normas erráticas y de difícil comprensión e interpretación.

Esto obliga a los funcionarios interinos a tener que litigar, asumiendo a su cargo los costes judiciales, para intentar hacer cumplir la Directiva 1999/70/CE de conformidad con la jurisprudencia del TJUE, costes que debieran recaer sobre las Administraciones Públicas.

1. ¿Cómo procederá la Comisión para garantizar que la reducción de la tasa de temporalidad prevista en el Real Decreto-ley 14/2021 se hace conforme a la jurisprudencia del TJUE y al Derecho de la Unión(2)?

2. ¿En qué estado se encuentra el procedimiento de infracción contra el Estado español por abuso de la temporalidad?

3. ¿Puede confirmar si es cierto que la recepción de parte de los fondos europeos está supeditada a la reducción de la tasa de temporalidad por debajo del 8 % y qué porcentaje de los fondos depende de las reformas para acabar con el abuso de la temporalidad?"


 Y la respuesta del Comisario europeo  "en nombre de la Comisión Europea", con fecha 19/10/2021, ha sido literalmente (incluimos en el texto entre paréntesis sus citas a pie de página):

"1. El 7 de julio de 2021 se publicó el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público(BOE n.o 161, de 7 de julio de 2021, BOE-A-2021-11233.), que incluía la reforma del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. El Real Decreto-ley 14/2021 fue ratificado por el Parlamento español en sesión plenaria de 21 de julio de 2021. No obstante, en la misma sesión, la Ministra de Hacienda y Función Pública anunció la introducción de nuevas enmiendas en los próximos meses.

La Comisión está analizando actualmente la última enmienda y seguirá de cerca el futuro proceso legislativo para evaluar la conformidad del texto resultante con la Directiva 1999/70/CE del Consejo (de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, DO L 175 de 10.7.1999, p. 43).) y la jurisprudencia pertinente del Tribunal de Justicia de la UE.

2. A la vista de esa evaluación, la Comisión determinará qué medidas deben adoptarse en el marco del procedimiento de infracción INFR(2014)4334 en relación con la compatibilidad de la legislación española con el Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada anexo a la Directiva 1999/70/CE.

3. El anexo de la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-10150-2021-ADD-1-REV-2/es/pdf) incluye medidas para reducir la tasa de empleo temporal en las administraciones públicas (por ejemplo, C11.R1, C18.R4). El desembolso de los tramos se basa en el cumplimiento satisfactorio de un grupo de hitos y objetivos establecidos en la Decisión de Ejecución del Consejo, como las reformas mencionadas anteriormente, que también incluyen la finalización de los procedimientos de contratación para estabilizar el empleo, con un mínimo de 300 000 puestos, a finales de 2024. El desembolso de los tramos se efectuará de conformidad con el Reglamento por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia(https://eur-lex.europa.eu/legal-content/es/TXT/PDF/?uri=CELEX:32021R0241&from=es)."

 

Recordemos  que la Comisión Europea había dado  este verano (con fecha 5/08/2021), como última información oficial  del curso de una denuncia múltiple que mantiene abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles , que está evaluando si la reforma introducida con el nuevo Real Decreto-ley  de 2021  de reducción de la temporalidad publicado el 7 de Julio es conforme a la normativa europea y que evaluaría las modificaciones futuras anunciadas. Previamente en Octubre de 2020, ya había dicho que había visto la sentencia europea de 19/03/2020 mencionada en esta respuesta, la del asunto "Sánchez Ruiz y otros" (con asunto principal el de un informática nuestro) con su declaración de existencia de abuso y evaluaría que la entonces  futura reforma del Estatuto del empleado Público anunciada por la ministra de Función Pública es conforme a la Directiva y sentencias europeas y  que, mantenía abierto el procedimiento de infracción 2014/4334 relativo a la posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del Acuerdo Marco , procedimiento que podría acabar en una multa a España.


 

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27 comentarios:

Anónimo dijo...

Y? Pensará SNCHZ... QUE LE IMPORTA ESO?

Reino de León dijo...

Por lo que parece la solución a nuestro problema, donde se han pisado y siguen pisando, los derechos laborales de cientos de miles de personas, inconcebible en la Europa democrática, puede condicionar la llegada de los fondos, además de la multa millonaria.
Y eso sí le importa a Sánchez y al resto, por lo que seguimos esperando una respuesta contundente de la Comisión Europea que garantice el Derecho, el único válido les preste o no a los polacos del sur.

Anónimo dijo...

Mas de lo mismo. Patada adelante...

Anónimo dijo...


Estamos agotados.

Necesitamos que Europa evite el EUROESCEPTICISMO haciendo valer su primacía sobre el Derecho de los estados miembros, y España lo es.

Ante el abuso de la Administración hacia sus propios trabajadores públicos, RESPUESTA CONTUNDENTE Y CLARA: permanencia en el empleo, al no haberse previsto una sanción suficientemente disuasoria.

Anónimo dijo...

Y qué pasa con los que nos estamos quedando ya por el camino?

Reducción de la temporalidad de los puestos de trabajo pero nada de consolidación de los trabajadores en abuso...

Anónimo dijo...

A los que nos quieren dejar por el camino nuestra demanda es nuestro escudo. Me cesaran , claro que si , pero como en la película de Termineitor ,al salir por la puerta dire : "volvere".O eso o como en las sentencias de Navarra, una pasta.

Anónimo dijo...

Ya veremos si más de lo mismo , aquí tdo pasa x la pasta y EUROPA esta hasta al pirri de ESPAÑA , uhh PSOE Y PP , sino te sueltan las pasta x nosotros estos pobres pringaos , me parto.
La Justicia es , sino ANARQUÍA, y EUROPA será implacable burros de Sindicatos y politicos potenciados por interinos cobardes que no DEMANDARON.
Cada uno tendrá lo q merece.
Fuerza 300.

Anónimo dijo...

Si estuviera muy hasta el pirri le hubiera impedido seguir con las oposiciones libres, como otras veces ha impedido a España hacer otras cosas...

Anónimo dijo...

La Comisión Europea no hace nada ni se le espera que haga nada, solo contesta a las preguntas con ambigüedad, para ganar tiempo y mientras en España OPES y más OPES libres y que se salve quien pueda.

Anónimo dijo...

Se llaman medidas preventivas.

Cuando por ejemplo se está investigando si un vertido de una empresa es perjudicial, o hasta qué punto tiene consecuencias, lo primero que se hace es adoptar una medida preventiva parando dicho vertido.

Eso es lo que justo lo que no se está haciendo en nuestro caso, dado que lo primero que debería haberse hecho es parar cualquier proceso selectivo de contratados de más de 3 años, y luego determinar si esos procesos selectivos pueden avanzar o no y en qué condiciones..

Pero la lacra política está a otros intereses...

Anónimo dijo...

Que puedes esperar de estos políticos paletos que tenemos

Anónimo dijo...

Mientras que estos catetos engaña bobos cumplan los objetivos de la agenda 2030 la Comision europea no pondrá muchas pegas

M.A. dijo...

Más de lo Social:


https://confilegal.com/20211021-leading-case-el-ts-obliga-al-ayuntamiento-de-almonte-a-readmitir-a-una-trabajadora-y-a-abonarle-150-000-euros/

Anónimo dijo...

¨contratación para estabilizar el empleo, con un mínimo de 300 000 puestos, a finales de 2024. El desembolso de los tramos se efectuará..¨

Traducción: si se van desarrollando las queridas opes de iceta, con limite 31-12-24 para que los 300000 sean ya funcionarios de carrera, irán soltando la pasta...

M.A. dijo...

Respuestas a las preguntas parlamentarias, P.EU.:

https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/E-9-2021-003708-ASW_ES.html

https://www.europarl.europa.eu/plenary/es/parliamentary-questions.html#sidesForm

Anónimo dijo...

Pues resulta contradictorio que Europa "trague" si ya ha dejado claro que los procesos selectivos de libre concurrencia no sirven como sanción al abuso de temporalidad. Será para el resto, porque para estos trabajadores no sirve, sean 800.000, 500.000 o 300.000.

Anónimo dijo...

Hecha la ley hecha la trampa: Europa dice que intervendrá cuando el decreto esté aprobado definitivamente. Solución de los políticos españoles: dar vueltas a las enmiendas para que no se apruebe definitivamente. Consecuencia: Europa no interviene, siguen las oposiciones, interinos abusados a la calle y si te he visto no me acuerdo, los interinos que quedan siguen siendo tratados a patadas. Única posible solución de los interinos: demandar y esperar recibir compensaciones millonarias en la jubilación o para nuestros herederos después de muertos. Por tanto: hay que demandar cuanto antes mejor si aun no se ha hecho.

Anónimo dijo...

Se sabe algo de la reunión de la Comisión de Función Pública de hoy, que trataba sobre el informe de las enmiendas al Proyecto de Ley? Alguien sabe algo?

Anónimo dijo...

Se sabe q hoy ha sido la presentación de la ponencia de la ley de temporales. En una sala del Congreso. La Comisión de Hacienda y Función Pública. No se ha retransmitido. No he leido nada filtrado todavía.

Anónimo dijo...

Se ha retransmitido. Tan solo se ha constituido la ponencia.
https://www.congreso.es/archivo-audiovisual

Anónimo dijo...

Lo que yo veo que se ha retransmitido es la reunión de la Comisión fe Hacienda y Función Publica que estaba prevista con un orden del día. Nada de la ley de temporales.
La ponencia estaba anunciada para después. La ponencia se tiene q debatir y votar en pleno. No se sabe qué pone esa ponencia.

Anónimo dijo...

Alguien que entienda bien del procedimiento que por favor mire el orden del día de ayer de la comisión de hacienda y función pública y nos informe sobre lo que ahora se espera va a ocurrir y en que tiempo.

Anónimo dijo...

No va a ocurrir nada. La Comisión Europea no hace nada. Nuestros políticos no harán nada si la comisión europea no les presiona. La Comisión Europea les presionará si a ellos a su vez los presiona el Parlamento Europeo y el Parlamento Europeo solo presionará a la Comisión si a su vez el Parlamento Europeo es instado por el TJUE. Pero, el TJUE solo presiona si recibe demanda para hacerlo y hay una desde 2012. Así que nadie espere nada. Nuestros políticos no quiren perder votos ni de los interinos abusados ni de los aspirantes a quitarles la plaza. Están cogidos por sus partes con el Acuerdo Marco y las sentencias y autos del TJUE. Por tanto, NO HARÁN NADA ni hacia un lado ni hacia el otro. A cobrar que son dos días. No penseis más en nuestros políticos.

Anónimo dijo...

Y tanto...

Otoño lleno de oposiciones libres y de sentencias desestimatorias (y yo estoy en ambos casos).

La verdad que cuando empezó este tema a moverse hace unos años no creía que íbamos a llegar a estás circunstancias.

Anónimo dijo...

Pues yo nunca crei que llegariamos tan lejos. Estamos en multitud de ayuntamientos, diputaciones y autonomias. Estamos en la calle y en los tribunales. En españa y en Europa. Ahora mismo en el Congreso debaten sobre nosotros y no por gusto precisamente. Hay que seguir presionando en todos los frentes.
Me recuerda a aquello de .."Lucharemos en las playas, lucharemos en las calles.....y al final venceremos".
Estamos cerca, un ultimo empujon.

Anónimo dijo...

Está claro que los mineros de asturias no somos. Ellos hubieran conseguido la fijeza en 3 meses. Pero no está mal lo conseguido hasta ahora: que se esten planteando incluir el concurso de meritos y examenes no eliminatorias me parece un logro que sin presion nunca se hubiera conseguido. Da pena no haber podido paralizar las convocatorias de examenes en marcha...animo!!!

Anónimo dijo...

No penséis en nuestros políticos. Seguid (seguimos) con las demandas.