El magistrado titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 32 de Madrid, que ya había estimado la medida cautelar de excluir sus plazas del proceso selectivo que las incluía, acaba de dictar, en una importante sentencia la fijeza a funcionarios interinos como sanción al abuso de su temporalidad en el empleo público , según la cláusula 5ª del Acuerdo Marco recogido en la famosa Directiva Europea 1999/70/CE, aplicando la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, como la esperanzadora sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros" (recordemos que por casos del Servicio Madrileño de Salud siendo el asunto principal el de un informático nuestro), así como posterior jurisprudencia europea, especialmente la sentencia del asunto IMIDRA de 03/06/2021 y el Auto del Tribunal Europeo en el asunto portugúes "Gondomar".
- la relación funcionarial que mantienen con la AAPP vulnera las previsiones contenidas en el Acuerdo Marco anexo a la Directiva Comunitaria 1999/70/CEE delConsejo de 28 de junio de 1999, en la medida en que comporta un fraude de ley por abuso de la temporalidad – dada la prestación de servicios en virtud de nombramientos temporales ya en vacante más allá de los 3 años establecidos en el Estatuto Básico del Empleado Pública durante más de 10 años para realizar tareas realmente permanentes, sin que se hayan ofrecido -como evidencian los niveles de temporalidad en sus funciones- el suficiente número de puestos en las oposiciones para alcanzar la condición de personal fijo
- la solución jurídica aplicable a su situación, de acuerdo con la citada Directiva Comunitaria y con la Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE],
siendo evidente en los casos abuso utilizando los parámetros fijados
por la sentencia europea de 19/03/2020 y ante el hecho de que en la
legislación española no hay medida de sanción contra el abuso en este
personal público, debe comportar la fijeza, tal y como ha recordado el Tribunal Europeo en su Auto de Gondomar
El magistrado de esta sentencca, sigue un razonamiento similar a la sentencia pionera de Junio de 2020 de un Juzgado de Alicante que se fundamentada en la sentencia europea de 19/03/2020 -de la que se sigue el abuso aún en una interinidad de vacante prolongada, la indispensabilidad de una sanción, que no vale como sanción convocar a proceso selectivo ahora ni una indemnización que no esté contemplada , extendida ahora con los nuevos pronunciamientos del Tribunal europeo en su fundamentación:
- la más reciente sentencia del Tribunal Europeo de 03/06/2021 en el asunto IMIDRA que corrobora lo ya dicho en la sentencia de 19/03/2020, aclarando que la superación del plazo de los 3 años del EBEP ya supone un abuso de temporalidad para una vacante y asesta un golpe a las excusas utilizadas por el Tribunal Supremo para no declarar abuso :la interinidad prolongada en único nombramiento también es abuso y no vale la excusa de la crisis económica
- el Auto del Tribunal de Justicia de la Union Europea de 30 de septiembre de 2020 ( Asunto C-135-20, caso JS contra la Cámara Municipal de Gondomar), que reiteraba de forma taxativa lo establecido en sentencias previas del Tribunal Europea: si la Legislación de un Estado miembro no ha fijado una medida sancionadora procede la transformación de la relación temporal abusiva en una relación fija, sin que pueda invocarse por las autoridades nacionales la normativa interna que sólo en el sector público prohíbe esta conversión
significativo", ante estas sentencias del Tribunal Europeo, "no cabe sino transformar la relación temporal abusiva en un relación fija idéntica o equivalente a la de los funcionarios fijos comparables ... pues en otro caso el abuso quedaría sin sanción vulnerándose así el objetivo y el efecto útil de la referida cláusula 5 del Acuerdo marco " de la Directiva 1999/70/CE.
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de 19 de Marzo de 2020: la fijeza como única solución a la que avoca la
sentencia'
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35 comentarios:
Ahí lo tenéis. Vale la pena demandar. El que no demande que luego no llore.
Una buena noticia para algunas compañeras y por extension para los demas. Necesitamos mas jueces valientes y al dia en derecho europeo. Un punto para nosotros.
Antes o después como sucedió con las hipotecas, el TS tendrá que dictar sentencias como un tribunal europeo que es, acatando la jurisprudencia del TJUE al igual que hizo este juzgado, y cuando eso suceda (salvo que ya abiertamente digan que hacen como los polacos), van a ver todos esos de la seguridad jurídica como sienta doblar plazas.
Quienes deben actuar con contundencia a tenor de como acabará esto, es decir, generando miles de millones en indemnizaciones por daños y doblando plazas y por tanto presupuesto, es la Comisión Europea, y en su defecto el propio Parlamento Europeo tomando las medidas necesarias para que la Comisión actúe.
Fuerza compañeros, lucha judicial a piñón.
Y dale con fijo pero no de carrera...
Para cuando lo lea Troll comegambas... Son de Arauz
Entre 4 y 15 años, para que luego vengan los trileros timadores a inventarse cosas según sus intereses...
Eso lo van a tirar y lo sabeis. Arauz es un vendebiblias
aunque sea anterior al icetazo, entiendo que el derecho europeo sigue prevaleciendo. a ver si esta sentencia hace reaccionar a los políticos. Todos los que se supone que son de izquierdas han hecho unas emniendas más lesivas que esta sentencia...
El problema es que hay chorrocientas que dicen lo contrario. Luego, los políticos...
Luego los políticos... ¿Qué? ¿Nos lo arreglarán? Je, je, je. Yo me troncho. El que no haya demandado la lleva clarinete, y esta sentencia demuestra que demandar es el camino.
Jaja LA COMISIÓN EUROPEA hoy en ITALIA , mandó a tomar x culo a España con lo de la reforma laboral , el efecto y el bloqueo es solo de los 300 q Demandaron el resto son lacra humana, muertos vivos , a esta altura respeto más al troll q a un interino cobarde q NO DEMANDO y bien ganada tendrá la miseria q le espera.
Fuerza Arauz y el resto de Letrados q resisten , el enemigo lo tenemos codo a codo , aquel q no demando ES EL PEOR ENEMIGO.
Ya está bien de niñatadas.
vaya nivel. generalizar está muy bien y desde luego los interinos no somos ni muy combativos ni tenemos mucha visibilidad. que los sindicatos nos hayan vendido tiene gran parte de culpa, porque organizarse por libre cuesta mucho y no se tiene ni apoyos ni visibilidad. y bueno, sobre las denuncias pues tres cuartos de lo mismo, ojalá todos hubieran denunciado y quizás algo habría cambiado. también ha habido muchísima gente gastando miles de euros para nada, solo para enriquecer a los cuatro abogados que tienen la fama. aquí también nos ha faltado un poco de colaboración por parte de alguien. hacer la guerra en solitario o en plan maqui es la solución, pero quizás no. ojalá supiéramos de antemano lo más efectivo.
Saludos al señor del polo naranja gamba atómica.
Bah, ese juez desde luego más que usted no sabrá. A ver no vaya a ser un interino de esos o igual se ha sacado la plaza en un curso de ceac... Lo que vale es lo que se hable entre sindicatos, políticos y TS, lo demás minucias de abogados y jueces incultos y tocapelotas.
Esto el Supremo nos lo afina! Pásame otra gamba!
Ahora es el momento: crownfunding para querella por prevaricación del juez que conozca del suplicatorio y tumbe esta sentencia bien ganada. Más efectivo sería que huelgas y manifestaciones.
Otra sentencia del "vende-humos" más dicharachero:
https://www.facebook.com/asociacionANIL/photos/a.1605296679725314/2991494724438829/?type=3&theater
:-P
Los que vienen por aquí diciendo lo de "troll-demandas" se les acumula el chollo.
Al administrador del blog (con respeto y cariño):
De la sentencia del TSJ que tumbó la del 4 de Alicante... ni pío
Qué buena idea, MEGATROLL, le enviaré un email al bufete de esos insígnes abogados para ver si organizan el crowdfunding para la futura querella por prevaricación contra el juez que en 2ª instancia se atreva a tumbar esa sentencia. Menos huelgas y más crowdfunding, por lo menos que vean los jueces que serán investigados por prevaricadores. Y detrás de ellos toda la caterva apestosa de comegambas.
La sentencia de Alicante no ha acabado sus instancias. Aun puede ser levantada por los tribunales europeos. Lo dejo ahí. El futuro está por escribirse. Yo solo limpio retretes, que es un trabajo muy digno (aunque no le quepa en la cabeza al troll liberado sindical de CCOO, UGT o CSIF, me da igual) y no hago de futurólogo, porque no estafo a nadie (como sí hace el troll gambero).
Si es que huelen el dinero con sus hocicos y se ciegan. Luego para compensar su complejo de culpabilidad, pues a meterse con gente que se gana el dinero trabajando (ya sean interinos o abogados, el concepto de cobrar por trabajar les cortocircuita el cerebro).
Cuántas demandas son necesarias para que p.ej. la Comunidad de Madrid trate a los trabajadores con respeto, seriedad, responsabilidad? Cuántas veces pueden cesar ilegalmente, cambiar las condiciones de trabajo, amenazar, desinformar a una persona q lo único que hace es intentar trabajar y dar un buen servicio público? Cuántas veces pueden decir una cosa y luego sin previo aviso hacer otra? Ya está bien del maltrato y menosprecio sistemático.
Cómo no se van a ir de Madrid médicos, sanitarios, auxiliares, etc.
Espero que alguien, en algún momento destape el penoso sistema de trabajo y organización que se está viviendo en los RRHH de la CCAAMadrid.
Si respondieran con sus patrimonios por la mala gestión que hacen estos irresponsables se acabaría con este Calvario al que estamos sometidos tantos servidores públicos.
Enhorabuena al despacho de Arauz y a los demás abogados en quién confiamos para acabar con tantos años de dolor injustificado.
Enésima corruptela. Luego que la gente emigra...
https://www.eldiario.es/politica/billetes-recibo-gran-negocio-tres-inspectores-banco-espana-formacion-opositores_1_8432814.html
el tsj de madrid sentenciará que no existe en nuestro ordenamiento la figura del empleado publico fijo no funcionario de carrera y se quedará tan pancho...
9:11
Sí existe... el fijo a extinguir en la ley de presupuestos para 2021.
Cuando se anuncia algún avance en lugar de alegrarse y felicitarse nos ponemos en plan Raphael y lo defenestramos diciendo lo que harán estos, estás, o estés en el futuro, y digo yo, si tenemos estos poderes de adivinación que hacemos en el funcionariado.
Analiza lo que hiciste, también lo que puedes hacer y en esta línea podrás ser El Rey León.
Los avances son clarísimos. Una cosa es burlarse de la gente cuando pedíamos fijeza y otra muy distinta es intentar hacerlo cuando ya varios jueces lo ponen por escrito en una sentencia.
Patético el TS usando una de sus sentencias para decir que su doctrina sí cumplía la Directiva pero que "deciden" cambiarla jajaja
Cuando la sentencia de Alicante llegue al TJUE creo que se van a gustar, a ver si os creéis que no saben lo que está pasando, si ya han corregido al TS cinco veces en la interpretación de la Directiva, todo lo que ha dicho el TS ha sido contradicho por el TJUE.
Es una gran noticia en un momento muy adecuado.
Espero que en el debate de las enmiendas vean y contemplen que este muro cae y que falta muy poco.
Fuerza
¿Se sabe cuándo resolverán los recursos de casación?
Cuando les da la gana y como les dé la gana...
Cada vez entiendo más a la gente que emigra!!
Es un buen punto que el Parlamento Europeo denuncie ante el TJUE a la Comisión Europea por no bloquear los fondos a Polonia, se supone que el Sr Cusí está ahora haciendo lo propio, denunciar a la Comisión Europea ante el Parlamento, si no hacen nada irá al TJUE, por lo mismo que hace Polonia al fin y al cabo, los tribunales españoles no están respetando la jurisprudencia del TJUE y por tanto yendo contra la supremacía del Derecho Europeo.
Mientras tanto desde el pedestal:....
https://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1216353
:-/
Vídeo interesante (de hace un par de años), desde el minuto 33:
https://www.poderjudicial.es/portal/site/cgpj/menuitem.65d2c4456b6ddb628e635fc1dc432ea0/?vgnextoid=2b326b7748fae610VgnVCM1000006f48ac0aRCRD&vgnextchannel=8f4a2eef020e9510VgnVCM1000006f48ac0aRCRD&vgnextfmt=default&vgnextlocale=es_ES
Pues a mí me parece que no hice nada positivo, yo entiendo que dice que la equiparación entre funcionarios y personal interino puede realizarse en muchos ámbitos pero no en el de la inamovilidad o permanencia en el puesto, sin perjuicio de otras responsabilidades en que pudieran incurrir las administraciones causantes...
Si se me pasa algún detalle agradeceré que alguien me lo diga para reparar en ello.
Busca que sentencia acaba de dictar este juez de Getafe.
😉
Este es el juez de Getafe? Yo creía que era del Tribunal Supremo porque es lo que dice en el vídeo... Y que podía ser para dar pistas por dónde van a ir las casaciones!
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