'El viernes 21 de enero se ha celebrado Mesa General de Empleo para tratar sobre el Proceso de Estabilización de Empleo. La reunión ha sido una primera toma de contacto tras la aprobación de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público
INFORMACIÓN Y PROPUESTAS DE LA CORPORACIÓN:
- Se respetará el contenido de la Ley.
- OEP del 2º tramo de estabilización: se intentará aprobar en el mes de mayo (recordad que el plazo que marca la Ley para aprobar la OEP es el 1 de junio de 2022). Antes habrá de aprobarse el listado de plazas afectadas, previa publicación del listado provisional y habilitar un plazo de reclamaciones.
- De todas las plazas que van al proceso de estabilización, la Corporación calcula que el 98% se resolverá por el sistema de concurso que habilita la Ley (plazas ocupadas de manera ininterrumpida con anterioridad al 1 de enero de 2016).
- Ejecución de los procesos: Prevén para el 1er semestre de 2024 la finalización de los procesos por concurso y dejar para el 2º semestre los procesos por concurso-oposición.
- Sobre la determinación de plazas que irán al 2 tramo de estabilización: ¿Qué ocurre con las plazas vinculadas a OEP ordinarias y que según la Ley deben ir a estabilización? Indican que la Ley aprobada, para la Corporación, NO aclara nada al respecto. Ya hicieron en su momento consulta al Ministerio de Hacienda que contestó que esas plazas que ya estaban en procesos selectivos ordinarios y vinculadas a OEP podían no incluirse en el proceso de estabilización. Ahora bien, están abiertos a ver qué justificación legal podría aplicarse para incorporarlas a estabilización.
- La propuesta inicial que hace la Corporación de las plazas que irían al 2o tramo de estabilización, se resume, en:
- Incluir las plazas de personal que haya sido nombrado en el año 2015, aunque esas plazas se hubieran vinculado a OEP de procesos ordinarios por turno libre.
- Incluir las plazas (2015, 2016 y 2017) vinculadas a procesos selectivos de promoción interna (puesto que se supone no hay incremento retributivo ni de efectivos porque se trata de personal municipal que ya estaba trabajando, no son nuevas incorporaciones).
- Incluir las plazas de 2016 y 2017 si no se hubieran ocupado en el proceso selectivo que se hubiera convocado o por excedencias, y la persona interina continúa en el puesto.
- Incluir las plazas de personal laboral indefinido no fijo por sentencia (ya se han incluido también en el primer tramo de estabilización, ya publicado).
- Incluir las plazas de personal laboral fijo a efectos de convenio.
- Atendiendo a la interpretación de la disposición adicional octava de la Ley 20/2021, plantean
la inclusión de las plazas que, ocupadas con posterioridad a 2017, el trabajador o trabajadora
que las ocupa tenga una antigüedad como interino o temporal anterior al 1 de enero de 2016.
NOTA: Estos son los criterios de inclusión de plazas que propone la Administración para el 2º tramo de estabilización
- BASES: Proponen elaborar unas Bases Generales para el concurso y otras Bases Generales para el concurso-
oposición, y posteriormente ir publicando las convocatorias (más de 100 convocatorias habría). Se tiene
que valorar si valdrían las mismas bases para personal laboral que para personal funcionario.
[....]
VALORACIÓN DE CCOO:
- Creemos necesario negociar en febrero, un nuevo Acuerdo de criterios a aplicar en el proceso de estabilidad en el Ayuntamiento de Madrid y Organismos Autónomos. El Acuerdo que se firmó el 11 de septiembre de 2018 se ha quedado obsoleto tras la aprobación de la Ley.
- ¿Qué hacemos con las plazas afectadas que están en procesos ordinarios? CCOO cree que deben incluirse TODAS las plazas que cumplan los criterios recogidos en la Ley en el 2º tramo de estabilización (las plazas con personal interino y laboral temporal de manera ininterrumpida hasta el 31 de diciembre de 2017), aunque estén en procesos ordinarios. De no ser así, se debería paralizar los procesos ordinarios en marcha. Si no se da una solución, provocará conflictos y demandas en los juzgados. Tras la información que nos traslada la Corporación y la propuesta de 5 supuestos de inclusión en el 2o tramo de las plazas que están en procesos ordinarios, a CCOO nos faltan datos para conocer de qué número de plazas estamos hablando. En cualquier caso, entendemos que hay que incluir TODAS las plazas que cumplan los criterios marcados por la Ley.
- Se debe estudiar que no puedan ser puntuados en la fase de concurso los funcionarios de carrera o el personal laboral fijo. Se trata de un proceso extraordinario y un proceso para estabilizar empleo, no se trata de un concurso de traslado ni de un concurso de movilidad entre Administraciones. En el anterior proceso de consolidación, también extraordinario, solo se valoró la fase de concurso al personal interino.' [...]
Fuente y texto completo: Sección sindical de CCOO del Ayuntamiento de Madrid de 25/01/2021
NOTA DEL EDITOR: el primer tramo de estabilización en el Ayuntamiento de Madrid es la OPE de estabilización derivads de las
leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2017 y 2018 , con plazas temporales por tanto más de 3 años a 31/12/2017 , es decir, todas anteriores a 1/1/2015) que el Ayuntamiento de Madrid aprobó el pasado 2/12/2021 pero sin llegar a publicar ninguna convocatoria antes de la entrada en vir de la nueva Ley el pasado 30/12/2021, con lo que en el Ayuntamiento de Madrid todas las plazas "de estabilización" se convocarán bajo la normativa de la nueva ley. Compárese con la Comunidad de Madrid , que corrió para convocar en concurso-oposición todos los procesos de estabilización anteriores en la Administración General y casi todos los de estabilización del SERMAS, antes de que entrara la nueva ley en vigor.
- [29/07/2017] Publicados los Presupuestos Generales del Estado de 2017: marco para las OPEs extraordinarias (permiso a las AAPP para convocar procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE en Sanidad, docentes de Educación y otros sectores con hasta el 90% de los temporales ade más de 3 años, sin límites por tasa de reposición PERO sin fijar bases de consolidación) y subida del 1% sueldo empleados públicos
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [09/07/2018] Publicada en el BOE la Ley de Presupuestos Generales del Estado con el segundo acuerdo con sindicatos nacionales con la extensión a todos los sectores de la posibilidad de convocar los puestos de temporales de más de 3 años y los de los "indefinidos no fijos" a procesos denominados de "estabilización", sin fijar que sean de consolidación del propio personal. Subidas acordadas de sueldo de empleados públicos 2018 a 2020
- [19/10/2018] Publicado en el Boletín Oficial el Acuerdo de la Mesa General de Empleo del Ayuntamiento de Madrid de 11/09/2018 sobre los criterios a aplicar en los procesos de estabilización y consolidación derivados de los acuerdos nacionales incluidos en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018: serán concurso-oposición, incluso para laborales (aun siendo posible sin necesidad de ley un concurso de méritos que desechan los firmantes) y se convocarán todos los puestos de más 3 años a 31/12/0217 y los de los indefinidos no fijos por sentencia
- [19/03/2020] Sentencia
esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez
Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada
que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español
fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a
proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [07/07/2021] [IMPORTANTE] Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018: un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere. Entra en vigor mañana 08/07/2021
- [05/10/2021] [CCOO Ayto Madrid] 'Aprobada la Oferta de Empleo Público (OEP) para la estabilización de empleo temporal de las plazas afectadas por las leyes de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018 (Primer Tramo)' ["el proceso de estabilidad será único ,con las mismas Bases Generales según lo recogido en el RD 14/2021 y el resultado final de su trámite parlamentario"]
- [02/12/2021] [Ayto de Madrid] 'El Ayuntamiento pone fin a la temporalidad de más de 2.600 de sus empleados públicos. La Junta de Gobierno ha aprobado la Oferta de Empleo Público para la Estabilización de Empleo Temporal [de las leyes estatales de 2017 y y 2018].Este procedimiento extraordinario afecta a un total de 2.636 plazas, 1.736 de personal funcionario y 900 de personal laboral' [Sus convocatorias, afirma, serán ya "bajo los criterios" de la nueva Ley que se está tramitando]
- [10/12/2021] La Comunidad de Madrid sigue publicando convocatorias de las OPEs de "estabilización" anteriores (con las plazas temporales , todas ya más de 6 años a 31/12/2020 ) de su personal de la Administración y Servicios con el sistema de concurso-oposición y oposición eliminatoria siguiendo las bases acordadas en la Comunidad con los sindicatos en Febrero. La C. de Madrid no se espera a la nueva Ley aprobada por el Congreso y pendiente del Seando de reducción de temporalidad bajo la que tendría que convocar en concurso de méritos todas las plazas de estas convocatorias
- [15/12/2021] Publicadas las primeras convocatorias de médicos especialistas de la OPE 2018 del SERMAS con plazas de estabilización según la ley estatal de 2017
- [29/12/2022] Publicada en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores
- [17/01/2022] [Sector Estatal de Administración Local de CCOO.] 'Proceso extraordinario de estabilización de empleo con la nueva Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Breve resumen de los aspectos más importantes'
2 comentarios:
https://mobile.twitter.com/pat_cya/status/1486692490472214529
Alguien sabe si en la ley solo se habla de interinos como temporales, se considera que las promociones internas temporal, de más de 5 años , entraría en el proceso de estabilización?
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