Informa Diario del Alto Aragón este 31/01/2021 que el Juzgado de lo Social de Huesca ha sentenciado la conversión en empleados laborales fijos, demandada con la abogada Beatriz González por 4 empleados laborales del Ayuntamiento de Huesca , temporales de entre 15 y 23 años de antigüedad y organizados en torno a la plataforma "Aytosca", como sanción al abuso de temporalidad teniendo en cuenta que accedieron al empleo público mediante convocatorias públicas para cubrir plazas fijas.
Por otro lado no ha admitido la fijeza demandada de otros 22 trabajadores, a los que ha declarado indefinido no fijos, teniendo en cuenta que accedieron mediante convocatorias para empleo temporal.
[Texto íntegro anonimizado de una de las sentencias]
NOTA DEL EDITOR: el criterio aplicado por este Juzgado de lo Social vendría a ser la aplicación de la nueva doctrina de la Sala de lo Social (la que lleva por tanto los asuntos de empleados públicos laborales pero no la de los funcionarios interinos y estatutarios) del Tribunal Supremo en su:
- la sentencia de 26/11/2022 que, en caso de un temporal de AENA -sociedad empresarial pública sometida en cuanto al acceso por la misma regulación del Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP[ que una AAPP, dictó sentencia de fijeza , en lugar de la figura del indefinido no fijo, a empleados
públicos temporales en régimen laboral, con acceso bajo el EBEP, por haber accedido tras superar
la fase de oposición de un proceso selectivo para cubrir puesto fijo, sin obtener plaza
,
- la sentencia del Pleno con 3 discrepancias de 25/11/2021: en la que , por mayoría de miembros de la Sala, se decidió seguir concediendo sólo el indefinido no fijo y no la fijeza ante el abuso de temporalidad en empleados públicos laborales que sólo hayan superado proceso selectivo para temporal, porque hacerlo iría contra la norma del Estatuto Básico del Empleado Público y porque que las sentencias del Tribunal europeo no le obligan a dejar de aplicar normativa nacional en abusos de temporalidad. Pero tres magistrados discreparon públicamente:
- dos magistrados afirmaron que conceder la fijeza no viola esa normativa nacional debiendo ser por tanto la sanción
- y un tercero que
tendría que haberse consultado al Tribunal Europeo si la norma española que
impide la fijeza no estaría violando la normativa europea [como ya ha establecido en asuntos de otros países]
- [19/03/2020] Sentencia
esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez
Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada
que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español
fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a
proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [20/03/2020] [Arauz]
'Nota sobre la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
de 19 de Marzo de 2020: la fijeza como única solución a la que avoca la
sentencia'
- [11/08/2020] El Tribunal Superior de Justicia de Galicia volvió a sentenciar fijeza como sanción según Directiva Europea ante la situación de fraude de abuso de temporalidad y acceso al puesto por proceso selectivo en el caso de 6 empleados públicos laborales por obra y servicio del Ayuntamiento de Cervo. Su abogado confirma que la sentencia ya es firme
- [22/10/2020] Auto del Tribunal Europeo ante cuestiones del Tribunal Supremo portugués: contraria a la Directiva europea una normativa de un Estado miembro que prohíba la conversión en fijo en un sector público si no incluye ninguna otra medida eficaz para evitar y sancionar el abuso de temporalidad
- [11/02/2021] Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto griego "M.V. y otros/Municipio de Agios Nikolaos": golpe a la doctrina de nuestro Supremo de que la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" no se aplica a situaciones de un único nombramiento prolongado en el tiempo como las interinidades de vacante. Y una vez más, reitera que la justicia nacional puede conceder la medida general de la fijeza como sanción si no hay sanción disuasoria contemplada en la legislación nacional para el caso de empleados públicos aunque se prohíba [o se interprete que lo prohíbe] por una norma nacional existente
- [02/06/2021] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo sigue desestimando demandas de abuso de temporalidad justificando el retraso de la AAPP en convocar OPE en la crisis económica: revoca la concesión de indefinido no fijo en caso de laboral interino de vacante de 15 años de la C. de Madrid ,con su plaza en la OPE de "estabilización", que demandaba indefinido no fijo por abuso de temporalidad. Dice que la sentencia europea de 19/03/2020 ha afirmado que es fraude la vacante no cubierta de forma fija sólo si no ha sido en un plazo "razonable", con lo que que su doctrina del "plazo injustificadamente largo" respeta la sentencia europea,
- [02/06/2021] [Ignasi Beltrán] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid concede la fijeza a temporal de 31 años de Correos como la sanción adecuada al abuso de temporalidad en lugar del indefinido no fijo, por no considerarla medida válida tras la sentencia europea "Sánchez Ruiz y otros" de 19/03/2020 y al no existir en la legislación española medidas de sanción suficientes que pudieran ser alternativa a la fijeza [y pese a la doctrina del Supremo de considerar también a las sociedades públicas empresariales bajo los principios del Estatuto básico del Empleado Público para el acceso al puesto fijo , como una AAPP ]
- [03/06/2021] Golpe del Tribunal Europeo, con su sentencia de HOY 03/06/2021 en el asunto #IMIDRA, a la doble excusa utilizada por ambas salas del Tribunal Supremo español para esquivar declaraciones de abuso de temporalidad en empleo público: la normativa europea se aplica a las interinidades prolongadas de vacante aunque sólo haya un único contrato o nombramiento formal y no pueden utilizarse la crisis económica ni restricciones de leyes presupuestarias. La normativa nacional "no parece incluir ninguna medida para prevenir ni sancionar" el abuso y la jurisprudencia del Supremo para laborales públicos interinos no "parece atenerse a la exigencias que se derivan de la jurisprudencia europea". Una indemnización al cese "no parece, por sí sola, adecuada" como sanción.
- [08/06/2021] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón concede la fijeza a una empleada pública laboral temporal desde 2008 porque accedió al puesto temporal tras superar un proceso selectivo público donde no se indicaba que fuera para ser temporal. El proceso fue un concurso de méritos, uno de los sistemas válidos para laborales según el EBEP.
- [28/06/2021] [Poder Judicial] '[La Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo establece doctrina sobre la duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público tras la sentencia del TJUE La duración máxima será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su normativa legal o convencional específica' ["Una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo". Sentencia confirmando la indemnización al cese de laboral interina de vacante de casi 8 años que demandaba ser considerada indefinida no fija al cese a efectos indemnizatorios por superar el plazo de 3 años]
- [30/07/2021] [Ignasi Beltrán] Juzgado de Barcelona, ante una demanda de fijeza, plantea una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si la figura del indefinido no fijo es temporal para la normativa europea y por tanto no es suficiente para sancionar el abuso de temporalidad en el empleo público
- [08/11/2021] [Arauz] Nueva sentencia de fijeza, de otro juzgado de Madrid de lo Social y a dos trabajadores de la Universidad Autónoma de Madrid, como la sanción adecuada al abuso de temporalidad en el empleo público, en lugar de la figura del indefinido no fijo, aplicando la normativa y jurisprudencia europea
- [11/11/2021] Una sección del Tribunal Superior de Justicia de Madrid sostiene que la fijeza es la sanción al abuso de temporalidad para los laborales interinos de vacante de más de 3 años , aunque sean de la propia AAPP, reiterando lo ya dicho en su sentencia sobre Correos: el indefinido no fijo no es medida suficiente y no hay medidas de sanción válidas en la ley española, con lo que sólo cabe la fijeza según las sentencias europeas.
- [26/11/2021] [Arauz] "La Sala de lo Social del Supremo dicta sentencia de fijeza a empleados públicos temporales en régimen laboral que accedieron tras superar proceso selectivo sin plaza" [en caso de temporal de AENA en mismo puesto 10 años que superó proceso selectivo para fijo sin obtener plaza]. Texto anonimizado de la sentencia
- [01/12/2021] [Poder Judicial] 'Primera sentencia en Navarra que se declara fijo a personal interino que accedió para la cobertura de vacantes . Afecta a dos oficiales de desinfección que venían prestando servicios durante más de 10 años con contratos de interinidad en el Ayuntamiento de Pamplona'
- [10/12/2021] [Pau Albert Martí] Juzgado de lo Social de Manresa sentencia fijeza , y no la figura del "indefinido no fijo", a 4 empleadas públicas temporales, con contrato laboral de interinidad de vacante más de 12 años, como la adecuada sanción al abuso de temporalidad aplicando la jurisprudencia europea
- [22/12/2021] [Arauz] 'El Juzgado nº 5 de lo Social de San Sebastián estima demanda de fijeza. Según el juzgado, la doctrina comunitaria autoriza la fijeza a pesar de las disposiciones nacionales constitucionales que prohíben la conversión.'
- [24/12/2021] El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, con discrepancia de 3 magistrados, sentencia este 25/11/2021 seguir concediendo el indefinido no fijo y no la fijeza ante el abuso de temporalidad en empleados públicos laborales que sólo hayan superado proceso selectivo para temporal. Dice que hacerlo iría contra la norma del Estatuto Básico del Empleado Público y que las sentencias del Tribunal europeo no le obligan a dejar de aplicar normativa nacional en abusos de temporalidad. Dos magistrados afirman que conceder la fijeza no viola esa normativa nacional y otro que tendría que haberse consultado al Tribunal Europeo si la norma que impide la fijeza no viola la normativa europea. En todo caso, no afectaría a la nueva "doctrina" del Supremo de conceder la fijeza a laborales públicos que hayan superado un proceso selectivo para fijo
- [24/12/2021] [I. Beltrán] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid plantea una importante batería de cuestiones al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si la figura del indefinido no fijo de la doctrina del Tribunal Supremo para personal público laboral es adecuada como respuesta al abuso de temporalidad y si ante la ausencia de medidas efectivas no debería concederse la fijeza, incluso aunque se interpretara que lo prohíbe la Constitución Española
- [24/01/2022] Juzgado de lo Social de Zaragoza sentencia fijeza , y no la figura del "indefinido no fijo", a una empleada pública laborl temporal , de contrato de obra y servicio durante 29 años, porque accedió por un proceso selectivo público que cumple con todos los principios y donde no se indicaba que fuera para ser temporal. Sigue la doctrina del Tribunal Superior de Justicia de Aragón y cree que es compatible con la actual del Tribunal Supremo para laborles públicos
5 comentarios:
Fijezas siempre con matices... que no señores jueces, que no, que es fijeza sin matices. Que donde el TJUE no distingue nosotros no debemos distinguir. Y el INF no es sanción adecuada. ¿Cuándo empezarán "sus señorías" a leer y aplicar las sentencias del TJUE?
En cualquier caso enhorabuena para los trabajadores!!
Pues yo accedí a mi empleo laboral en la Comunidad de Madrid tras superar una oposición en un proceso para fijo que sacaron muy pocas plazas fijas, nombrándonos a los primeros siguientes del examen como internos , y luego pasados 14 años sacaron mi plaza a un "proceso de consolidación", que un concurso-oposición más, me fui a la calle no sin antes demandar el "indefinido no fijo" que el abogado me dijo que era seguro sacar y por lo menos me llevaba algo de indemnización y el propio Tribunal upremo me lo acabó tirando a finales de 2019 diciendo algo así como que el plazo de los 3 años del Estatuto Básico del Empleado Público no servía para derivar automáticamente el abuso.
¿cómo se come eso?
¿puedo pedir de alguna manera que revisen mi sentencia? yo sigo en paro
Parece ser que para fijeza laboral interesa tener una OPE para fijo aprobada para plaza de mismo nivel y categoría, da lo mismo que para acceso a administración o durante los años de interino, el caso es tener una OPE completa aprobada para poder "justificar" mérito, capacidad, igualdad y publicidad. Yo consultaría a un abogado laboralista si cumpliera esos requisitos aún estando fuera.
Es interesante que 15 días despues de la sentencia de fijeza para 4 trabajadores en en el juzgado de lo social de Huesca el juzgado de lo social 4 de Zaragoza concedió la fijeza a un trabajador por haber pasado un proceso selectivo para un plaza temporal ( con publicidad y abierto a todo el mundo) poco a poco la judicatura avanza en la línea que marca europa
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