martes, 17 de diciembre de 2024

Sesiones de la Comisión de Presupuestos y Hacienda este 17/12/2024 para debatir y votar las enmiendas parciales al articulado y el dictamen de la Comisión de los Presupuestos Generales de la Com. de Madrid . El Grupo Socialista y Más Madrid han presentado enmiendas para que la C. de Madrid realice el concurso de méritos escoba del RDL 5/2023 con las plazas del personal en abuso de temporalidad que no superó los procesos con oposición de las leyes de estabilización anteriores

Este martes 17/12/2024 a las 09:30a las 16:00, respectivamente, tendrán lugar respectivas sesiones de la Comisión de Presupuestos y Hacienda de la Asamblea de Madrid  para, entre otras, debatir  y votar las enmiendas parciales al articulado y el Dictamen final de la Comisión, respectivamente mdel Proyecto de Ley de  los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025 (PL 6/24). Previamente ha habido sesiones en la Comisión para debatir y votar las enmiendas a las partidas presupuestarias de cada Consejería , habiendo tenido lugar ayer las de la Consejería de Digitalización y Consejería de Sanidad.

Las sesiones podrán verse en directo desde el canal web de la Asamblea.

Recordemos las enmiendas parciales presentadas por los diferentes grupos parlamentario, algunas de ellas con materias de función pública, y en especial sobre el masivo problema del abuso de temporalidad en el empleo público de la C. de Madrid:
  • Partido Popular,
  • Socialista con corrección de errores, entre las que se encuentran las enmiendas al articulado nº 48 y 64 para que se convoque en la C. de Madrid los procesos "escoba" de concurso de méritos excepcional de la ley 20/2021 en aplicación en toda la Adminstración de la C. de Madrid del artículo 217 de Real Decreto-Ley 5/2023
  • Más Madrid con corrección de errores, que también incluye una enmienda al articulado, la nº 36 para que se detalle el número de plazas, y alcance de aplicación del citado  Art.217, así como otra, la nº 35,  para que se haga una estadística de personal al servicio de las AAPP de al C. de Madrid, distinguiendo el personal en fraude de ley de abuso de temporalidad
  • Vox  con corrección de errores

 

Recordemos que la  Directora General de Función Pública de la C. de Madrid había respondido en Comisión de Presupuestos y Hacienda de la Asamblea de Madrid el 7 de Febrero de 2024 que no iba  convocar nada en de nuevos concursos de méritos por esa tasa adicional prevista por el Real Decreto-Ley 5/2023 porque a fin de su plazo, el 31/12/2023, no había ninguna plaza que cumpliera las condiciones por nor haber finalizado los proceso selectivos anteriores y "sobre todo, no es obligatoria".

 

El artículo 217 del Real Decreto Ley 5/2023, establece que todas las AAPP deben convocar un concurso de méritos adicional de los excepcionales establecidos por la ley 20/2021 un número de plazas igual al número de plazas de sus temporales a 30/12/2021 que  fueran temporales, desde antes de 2016 y que pese a ello sus plazas no fueron convocadas por su AAPP al concurso de méritos establecido en la Ley 20/2021 (por sus disposiciones adicionales 6ª  y 8ª) porque sus plazas siguieron convocadas en otros procesos "de estabilización" de diferente sistema selectivo al concurso puro de méritos derivados de las leyes anteriores estatales de 2017 y 2018  que esos temporales no "hayan superado".


A este respecto, y en cuanto a los sectores de empleados públicos que dependen exclusivamente de la C de Madrid  tanto en la publicación de OPEs, establecimiento de bases y publicación de convocatorias, tenemos:
 
  • del sector Administración y Serviciosmás de 8 mil plazas  incluidas en las OPEs de estabilización de leyes anteriores convocadas en concursos oposición  a finales de 2021 para luego sacar a concurso de méritos ¡sólo 436 plazas! porque publicó todas las convocatorias con oposición semanas antes de la entrada en vigor de la Ley 20/2021, y después las ha continuado, detrayendo todas sus plazas del cómputo de plaza para el Concurso de Méritos, estando teniendo lugar estos días precisamente, las adjudicaciones de plazas de aquellos convocatorias con oposición, con miles de despidos.
  • Por otro lado,  el SERMAS convocó a concurso-oposición 23 mil plazas por los procesos de "estabilización" de plazas de la ley anterior de 2017 y sólo 9 mil al Concurso de Méritos excepcional regulado por la nueva ley 20/2021 por su disposiciones adicionales 6ª y 8ª, habiendo  continuado el SERMAS muchos de los procesos de estabilización anteriores, encontrándose todos cuando la publicación de la ley convocados sin finalizar (y sólo algunos pocos todavía sin convocar, que sí fueron absorbidos en el concurso de méritos de la OPE 2022 de estabilización). Ya han finalizado en su gran mayoría esos procesos de concuros-oposición de leyes de estabilización anterioes, pero siempre después del 30/12/2021, fecha de entrada en vigor de la Ley 20/2021, estando pendientes de finalizar los convocados en Junio de 2021 y en Diciembre de 2021


Recordemos que el Tribunal de Justicia de la UE sentenció este 13/06/2024  que no valía como la indispensable sanción  los procesos de "estabilización" abiertos ni incluso los de la de la ley 20/2021 con su indemnización al cese, precisamente por no garantizar la estabilidad o una indemnización suficientemente reparadora para todo el personal en situación de abuso de temporalidad.

 

Recordemos también la  serie de entradas nuestras publicadas con algunos análisis de este proyecto de presupuestos de la Comunidad de Madrid:

  • una primera entrada  dedicada al articulado de recursos humanos 
  • una  segunda entrada al Presupuesto de la Consejería de Sanidad
  • y una tercera entrada al de la Consejería de Digitalización  , en especial su Dirección General de Salud Digital y la agencia "Madrid Digital"

 

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3 comentarios:

Anónimo dijo...

El PP de Madrid irá que ya ha cumplido con ese artículo del RDL 5/2023: cuando cumplía el plazo para las ofertas de empleo con los concursos de méritos escobas no tenía personal cesado por esos procesos de estabilización con oposición que convocó días antes de la ley 20/2021, porque todavía no los había finalizado.

Finalizan ahora y no tiene obligación ninguna derivada del RDL 5/2023 ni de la ley 20/2021 y puede cesar a la gente sin indemnización alguna, ni aunque se cubra el puesto,

Porque la Comunidad de Madrid lo vale
Y quien no esté contengo que demande y a ver si gana algo

Anónimo dijo...

dirá ... ni aunque no se cubra el puesto

Anónimo dijo...

Nada nuevo. Pueden decir y hacer lo que quieran a favor o contra quienes quieran.