'La Comisión Europea ha decidido enviar una carta de emplazamiento a España [INFR(2017)4004] por no ejecutar la sentencia del Tribunal de Justicia, de 28 de junio de 2022, en el asunto C-278/20, relativo a la responsabilidad del Estado por incumplimiento del Derecho de la Unión.
La responsabilidad del Estado es un principio importante del Derecho de la Unión Europea que establece la indemnización por las pérdidas o daños causados a los particulares por el legislador mediante infracciones del Derecho de la Unión. En 2015, la Comisión recibió denuncias relativas a la incompatibilidad de determinados aspectos de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el Derecho de la Unión.
Dado que España no había adoptado ninguna modificación tras el dictamen motivado de la Comisión, esta decidió en noviembre de 2019 remitir el asunto al Tribunal de Justicia. En su sentencia de 28 de junio de 2022 en el asunto C-278/20, el Tribunal de Justicia confirmó que España había infringido el Derecho de la Unión. Hasta la fecha, España no ha incorporado la sentencia del Tribunal de Justicia a su ordenamiento jurídico.
Por tanto, la Comisión envía una carta de emplazamiento a España, que dispone ahora de dos meses para responder a ella. De no recibirse una respuesta satisfactoria, la Comisión podría decidir remitir de nuevo el asunto al Tribunal de Justicia, tal como se prevé en el artículo 260, apartado 2, del TFUE. Si el Tribunal de Justicia constata que España no ha dado cumplimiento a su sentencia, podrá imponer una suma a tanto alzado o una multa coercitiva.'
Fuente: Nota de prensa de la Comisión Europea de 12/12/2025
NOTA DEL EDITOR: se trata de la "importante sentencia" dela que informamos en esta otra entrada de nuestro blog hace ¡3 años y medio!, sentencia del TJUE que llegó tras el recurso interpuesto por la Comisión Europea contra España en 2019 , ¡hace justo 6 años! como coronación de otro procedimiento de infracción de la Comisión Europea, abierto en junio de 2017, es decir, hace más de 8 años.
Recordemos que, precisamente, el Gobierno aprobó hace dos meses la tramitación de un Proyecto de Ley , (121/000071)
de modificación parcial de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (nº iniciativa 121/000071) ,para modificar del régimen de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública por daños causados ante infracciones del Derecho de la UE. El Proyecto de ley se encuentra todavía en plazo (ampliado varias veces) de presentación de las enmiendas.
Recordemos también los pasos de un procedimiento de infracción de la Unión Europea, que pueden conducir a importantes sanciones millonarias , además de cambios legsilativos en un país para evitarlas:
0. (Procedimiento de infracción informal) Diálogo estructurado o "EU Pilot", para dar oportunidad de solución rápida y evitar el procedimiento formal de infracción
1. "Carta de emplazamiento"
al Gobierno del Estado, que supone la apertura del procedimiento formal
de infracción. En teoría, en dos meses debe haber observaciones . Puede haber cartas adicionales.Es
éste el estado en el que se encuentra este nuevo procedimiento de infracción INFR(2017)4004] contra España por no disponer de normativa válida de responsabilidad de la AAPP ante el incumplimiento de normativa UE.
Y éste el estado -inicial- en el que se sigue encontrando a día de hoy el procedimiento de infracción INF(2014)4334 contra España por no disponer de legislación válida que sancione el abuso de temporalidad pública.
2. "Dictamen motivado"
, si no hay respuesta o no son satifactorias las observaciones presentadas por el país. Abre m plazo de dos meses para que
el Estado se ajuste -con nueva normativa-al cumplimiento del Derecho de la UE señalado.
Puede haber complementarias
3. "Recurso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea",
si no hay respuesta en forma de normativa aprobada o no es satisfactoria, habitualmente ya con petición
de la Comisión al Tribunal europeo de que imponga el pago de una suma a tanto
alzado o de una multa coercitiva a la par que la declaración de incumplimiento
4. Sentencia de Recurso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
(después de una media de 2 años) sobre si el Estado ha infringido el
Derecho la UE y la imposición de multa y la obligación de adaptar la
legislación lo antes posible
5. El asunto vuelve a remitirse al
Tribunal de Justicia de la UE, tantas veces como el incumplimiento
estime la Comisión con nuevas propuestas de multas
- [09/09/2018] La Comisión Europea unifica el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y anuncia que se esperará en su respuesta a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo al caso del informático del SERMAS que demanda la "fijeza"
- [28/11/2019] [Comisión Europea] 'La Comisión Europea lleva a España ante el Tribunal de Justicia por sus normas sobre la compensación de los daños y perjuicios sufridos por particulares'
- [28/02/2020] La Comisión Europea responde a la pregunta presentada por C's en el Parlamento Europeo sobre la falta de soluciones adecuadas al abuso de temporalidad en el empleo público que tiene abierta una investigación y que está pendiente la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo en los asuntos acumulados "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros"
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [10/10/2020] IMPORTANTE La Comisión Europea informa del curso de la denuncia múltiple abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: ha visto la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros" con su declaración de existencia de abuso, evaluará que la futura reforma del Estatuto del empleado Público anunciada por la ministra de Función Pública es conforme a la Directiva y sentencias europeas y mantiene abierto el procedimiento de infracción 2014/4334 relativo a la posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del Acuerdo Marco Precisamente este martes 13 se debate en Comisión Pública del Senado una moción del Senador Sánchez-Garnica de "consolidación administrativa" presentada en Mayo. El grupo de Izquierda confederal presentó otra recientemente de concurso de méritos restringido como solución al abuso
- [30/11/2020] Publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el fallo del Auto del Tribunal Europeo del asunto "Gondomar": es contraria a la Directiva europea 1999/70/CE una legislación nacional que prohíba con carácter absoluto en el sector público la conversión en fijo si tal legislación no tiene en el mismo sector público ninguna otra medida efectiva para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad fijado por la directiva
- [04/12/2020] [Comisión Europea] 'Decisiones de infracción. Cartas de emplazamiento complementarias Condiciones de trabajo: la Comisión insta a ITALIA a impedir el abuso de contratos de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [Plazo de dos meses para introducir medidas concretas para evitar el avance al siguiente paso de este procedimiento de infracción abierto porque sigue habiendo colectivos de su sector público sin suficiente protección contra el abuso de la temporalidad]
- [27/01/2021] La Comisión Europea, ante la comparecencia de "Enfermeras Eventuais en Loita" en la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo: tiene "en curso" una investigación sobre el abuso de temporalidad en el empleo público en España, abuso ya condenado por el Tribunal Europeo en el asunto "Sánchez Ruiz" y está "en estrecho contacto con las autoridades españolas" para "ver cómo se puede modificar el estatuto" de los empleados públicos y ajustarse a la Directiva 1999/70/CE
- [16/03/2021] La Comisión Europea sigue respondiendo a las denuncias personales de abuso de temporalidad en el empleo público español que está recibiendo gran número de denuncias y que tiene una denuncia múltiple abierta que las agrupa, vinculando la investigación abierta a la reforma que haga España tras la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020
- [09/06/2021] La Comisión Europea responde a denuncias personales de abuso de temporalidad en el empleo público español que "evaluará" si las medidas de reducción de temporalidad del Plan de reformas del Gobierno enviado a la UE para optar a los fondos de recuperación "se adecúan al Derecho de la Union Europea
- [07/07/2021] [IMPORTANTE] Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018: un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere. Entra en vigor mañana 08/07/2021
- [06/09/2021] La Comisión Europea responde que los procesos de estabilización de las leyes de 2017/18 aunque con méritos son procesos de resultado incierto que según la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 no eximen de una sanción al abuso de temporalidad en el empleo público
- [09/11/2021] La Abogacía General de la Unión Europe propone en sus Conclusiones al Tribunal Europeo, ante la demanda de la Comisión Europea, que condene a España por que no es efectiva a niveles europeos la normativa española sobre responsabilidad por daños causados por las leyes nacionales contrarias al Derecho de la Unión Europea (normativa y sentencias europeas)
- [28/06/2022] [Tribunal de Justicia de la Unión Europea] 'Sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-278/20 | Comisión/España (Infracción del Derecho de la Unión por el legislador) Responsabilidad del Estado por los daños causados a los particulares por infracción del Derecho de la Unión: España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del principio de efectividad' [ con los requisitos y plazos introducidos en 2015 en la legislación nacional]
- [08/10/2025] El
Gobierno aprueba tramitación de Proyecto de Ley de modificación del
régimen de responsabilidad patrimonial del Estado poir daños derivados
de la infracción del Derecho de la UE, para intentar dar cumplimiento a
la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 28 de Junio de 2022
18 comentarios:
A España se la suda esa normativa europea, que además le conviene no transponer ,dado que precisamente la AAPP infringe mucha normativa europea y así su perro fiel de Tribunal Supremo nunca condena en nada práctico por daños ante demandas de los ciudadanos por infracciones del derecho de la UE de su AAPP
Las multas puede que sí le importen, pero ya si eso hablamos dentro de otros 5 años cuando lleguen ...
Una pregunta, se dice en foros que es inminente una multa a España por el procedimiento de infracción contra España por abuso de temporalidad, ¿podría llevar un recorrido de tiempo parecido y pasar años sin que realmente España tenga que pagar multa y aunque no haga absolutamente nada de nuevas leyes ?
vamos a ver de qué os suena ATEDH? en esa instancia no se va a conseguir fijezas ni indemnizaciones por tema laboral, lo único a conseguir es indemnización por conculcación de derechos fundamentales (carta europea de derechos) o por falta de tutela judicial efectiva si el bufete de abogados es bueno. A esta tesitura llegaremos solo unos pocos... y pasarán muchos años antes de una stc de ese tribunal (en caso de que admitan la demanda contra el reino de españistán). Por lo demás, habrá una ley de punto final.... y muchos "cadáveres" de interinos por el camino...
Pues que hagan esa ley de punto final y que acabe todo ya. Es desesperante este asunto. Que acabe ya.
Tranquilo/tranquila, no vas a tener que espera mucho ya, que el gobierno te está preparando la ley de punto final y en uno de estos consejos de ministros la tendrás como querías, tienes un avance en https://apiscam.blogspot.com/2025/09/documento-con-el-plan-de-reduccion-de.html
Eso según el abogado general de la Unión Europea no cumple con la directiva! ...No se quien tiene estas ideas a estas alturas, por favor....es que no hay nadie que lea?
https://x.com/podemos/status/1999054076211081523?s=46
4500 VIRALIZACIÓN!!!!!
VAMOOOOOOOOOOOSSSSSSSS!!!!!!
⚔️💪🏾
El de las 15:53 sabe muy bien lo que se dice…creo que de los pocos que hablan con conocimiento de causa…
El que piense que el café para todos existe en España y en Europa es que no tiene ni idea ni de cómo funciona la ley ni en España ni en Europa…cada uno conseguirá lo que luche por sí mismo con su abogado y hasta donde quiera llegar gastándoselas…no queda otra…los milagros a Lourdes…
0:48 Sirva de muestra la 'progresista' ley 20/21 en la distópica y vomitiva España, cuyo resultado para los mismos hechos es la que a los empleadores abusadores les ha salido de los huevos, unos Si y otros NO.
Este tema, es desesperante, el tiempo pasa y no conseguimos nada. Ni España hace algo por los interinos, ni Europa hace algo por los interinos. Nos pasamos años esperando sentencias de Europa, que luego no valen para nada. Que desesperación !!!!
Tritors casi totalmente de acuerdo contigo solo que no es café para todos. Es sancionar el abuso de alguna forma no determinada aun. O sea no regulado aun por ley. No me fio mucho de los abogados. Juicios tengas y los ganes... Una ley puede ser buena o mala; pero una ley inexistente es aun peor. La ley 2021 esta claro que no sirve tal y como está. ¿Entonces cuando los bancos se han visto obligados a devolver gastos hipotecarios abusivos, según tú también es café para todos?. No lo veo igual. En todo caso feliz navidad a todos y en Enero vida nueva.
“La ley solo existe para los pobres; los ricos y los poderosos la desobedecen cuando quieren, y lo hacen sin recibir castigo porque no hay juez en el mundo que no pueda comprarse con dinero”.
Justina o los infortunios de la Virtud. Marqués de Sade.
Todo está inventado ya, salvo que para algunos, muchos en este caso y de ahí el problema, es que ni siquiera hay ley. Los propios abusdores distinguen quién va a poder usarla partiendo de los mismos hechos, e icluso mucho másgraves, es el colmo.
Café para todos es un juego de tablero inspirado en la política española.
Actualmente, dicho juego está en fase final de prototipo, tras dos largos año de diseño y testeo, alguna tentativa de llevarlo a publicar, y un año y medio de parón.
Personalmente creo que el juego ludifica de forma sencilla las dinámicas electorales y la lucha por el poder de los partidos políticos, incluyendo las variables autonómicas y la dicotomía nacional/nacionalista que caracteriza las relaciones del estado con Euskadi y Catalunya.
Tal es así que el título del juego me pareció de lo más acertado, aunque para algún jugón le pueda resultar engañoso; puesto que no es un juego histórico de la Transición, sino más bien un juego de partidos políticos en la sociedad actual.
Algunas mecánicas reproducen el Congreso y el Gobierno, sobretodo con la intención de simplificar y ludificar algo que muchas veces se nos hace difícil comprender de oídas: esto es la lucha por el poder político y la corrupción.
Hay algunos puntos que no he considerado por varias razones. Entre ellos, la posibilidad de los movimientos regionalistas adquiera conciencia nacional, como podría suceder en Galiza, Andalucía o Castilla y León. Esto se debe a que el método que usé para «traducir» el poder político provincial en el del juego se basa en el histórico de escaños de los partidos.
Sin embargo, tras las últimas elecciones han surgido nuevos partidos regionales con representación que podrían responder a esa dinámica, aunque su presencia sigue siendo muy débil. También se ha superado el bipartidismo y nos hemos adentrado en un modo de juego multipartidista. Pueden regalarlo estas navidades.
Voy a enviarle uno a López, Montero y Sánchez. Otro para que compartan Ábalos y Koldo.
vamos a ver si en el 2026 se retiran definitivamente por la comisión europea a España los 627 millones de ayudas suspendidos provisionalmente este año...
Si con la sentencia de Obadal no hacen nada, está claro que se ríen de nosotros. Confiemos que ya se acerca el fin
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