jueves, 18 de diciembre de 2025

Recordatorio. Enmiendas presentadas al proyecto de ley de presupuestos de la Comunidad de Madrid para 2026 relativas a la temporalidad pública: PSOE propone completar el desarrollo de los procesos de la ley 20/2021 teniendo en cuenta su DA 8ª y convocar los concursos de méritos repesca del RDL 5/2023 ; Más Madrid más detalle del Boletín de empleados públicos d ela C. de Madrid para cumplir con la ley 20/2021

[Recordatorio de entrada publicada el 12/12/2025 ]

En la Asamblea de Madrid se está tramitando elel Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026 (iniciativa PL 4/2025 ), ya con el debate de las enmiendas a la ottalidad realizado y con siguiente paso los debates de las enmiendas parciales presentadas por cada grupo, primero, según el calendario acordado  en Comisión desde este 12 hasta el 16 de Diciembre de diciembre, y despuésl en el Pleno de la Asamblea el 18 y 19 de diciembre

Las enmiendas parciales presentadas por cada grupo parlamentario son:

 

En cuanto a las enmiendas al articulado, son relativas a la temporalidad en el empleo público, al menos:

  • A17 de PSOE:  En el párrafo 6 de la página 4 de la Exposición de Motivos; sustituir desde “incrementaremos la plantilla orgánica” hasta “estos servicios”, por lo siguiente: “en materia de recursos humanos se profesionalizará la dirección sanitaria y se completarán los procesos de estabilización previstos en la Ley 20/2021 de reducción de temporalidad en el empleo público”.

  • A69 de PSOE: En la página 16 de la Exposición de motivos, despues del párrafo 6, añadir lo siguiente: “En materia de función pública, se continuará en el desarrollo de los procesos de estabilización, garantizando asimismo el acceso a la función pública y la agilización y modernización de los procesos selectivos. “cumpliendo lo estipulado en la Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

    De igual forma se atenderá a lo establecido en el Real Decreto 5/2023, de 28 de junio, en su artículo 217 y que dice: Se autoriza una tasa adicional a las Administraciones Públicas para que convoquen procesos selectivosconforme a la disposición  adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas para reducir la temporalidad en el empleo público, con la finalidad de garantizar en todo el territorio el derecho de acceso a los procesos de estabilización en condiciones de igualdad.

  • A80 de PSOE: En el Artículo 17, “Oferta de empleo público”, se añade un nuevo punto 10, modificando el orden correlativo de los siguientes: “10. De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 5/2023, de 28 de junio, para 2025 se autoriza una tasa adicional para la convocatoria de procesos selectivos conforme a la disposición octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas para reducir la temporalidad en el empleo público.”

  • A91 de PSOE: Sustituir la actual redacción de la Disposición adicional primera “Suspensión de determinados artículos de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.”, quedando redactada como sigue: “Durante el año 2026, se suspenden las prescripciones contenidas en los artículos 19.1 y 23.3 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de Función Pública de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio del cumplimiento del plazo máximo de ejecución de la oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid de acuerdo con la normativa básica de aplicación, que quedará sujeta en todo caso a lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de Diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.”


  • A32 de Más Madrid:  Supresión de Disposicion adicional primera del Proyecto que "vuelve a suspender la aplicación que recoge el articulo 19.1, de convocar en un plazo de 3 meses siguientes a la entrada en vigor de la OPE, y en el 23.3 de concluir todas las pruebas selectivas antes del 1. de octubre de cada año. Es una tomadora de pelo a todos los opositores, y a todas la ciudadanía, espués de que el gobierno de Ayuso, se comprometió en Pleno en dejar el grado de temporales en el empleo publico madrileño en el 8%, a finales de 2024, y los datos arrojan a JULIO de 2025 un nivel del 31% del empleo publico madrileño"

  • A66 de Más Madrid: Adición de Disposición adicional (nueva): "Boletín estadístico Empleo Publico de la Comunidad de Madrid. El Boletin Estadistico de Personal al Servicio de la Comunidad de Madrid, publicará detalles de las plazas estructurales y no estructurales, cubiertas con trabajadores públicos temporales, se encuentren o no en fraude de ley, desglosados por área de actividad, vinculación, titulación, género y edad".

    "El objetivo de esta publicación es mejorar el conocimiento de las características del empleo público autonómico, y facilitar el cumplimiento de la Ley 20/21, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo publico, dando así cumplimiento al principio de publicidad activa recogido en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid. Asimismo permitirá estimar los arrastres economicos que la citada Ley 20/21 pudiera tener en cumplimiento del artículo 2, apartado seis."



 

Por último, hemos realizado un análisis de este proyecto de Presupuestos 2026 de la C. de Madrid y en relación a las competencias de estas consejerías en estas entradas:

 

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