viernes, 31 de mayo de 2019

Recordatorio. XII Jornadas de la Asociación de Profesionales de Informática de la Salud de Andalucía del 31 de Mayo al 2 de Junio "No protegemos datos, protegemos personas"



La Asociación de Profesionales de Informática de la Salud de Andalucía [APISA] organiza en Vera (Almería) del Viernes 31 de Mayo al  Domingo 2 de Junio sus XII Jornadas, de inscripción limitada a los socios de APISA, este año bajo el lema "No protegemos datos, protegemos personas. Los retos del nuevo marco legal de la seguridad de la salud" .

jueves, 30 de mayo de 2019

Cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y recursos de casación en el Tribunal Supremo en curso sobre estabilidad, indemnización ante ceses, etc en empleados públicos temporales de duración excesiva. Novedades recientes.Lectura general no profesional de la compleja y cambiante situación

Actualizamos en esta nueva entrada independiente  los contenidos de nuestra entrada de mismo asunto de  hace ya casi 3 meses teniendo en cuenta que desde entonces ha habido algunas sentencias o novedades judiciales  de interés para el tema, en concreto estas novedades:
  • sobre carrera profesional: las sentencias
    • de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 21/02/2019  (recurso 1805/2017) que remitiéndose a su sentencia de 18/12/2018  (recurso 3723/2017)  calificada ya de su doctrina, aplicando la Directiva Europea de empleo temporal, declara el derecho de otro estatutario interino (del Instituto Catalán de Salud ) a la carrera profesional sin discriminación alguna con el estatutario fijo por mucho que la exclusión del temporal la recojan la normativa local y los acuerdos sindicales, tras una demanda de  rechazo de su solicitud personal de carrera  profesional

lunes, 27 de mayo de 2019

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que confirma el derecho de una estatutaria eventual del SERMAS a la carrera profesional aunque la excluya la normativa regional y el acuerdo sindical por aplicación de la doctrina del Supremo en base a su vez a la normativa superior europea de no discriminación en condiciones de trabajo entre el personal temporal y el fijo

Gracias a AMYTS hemos conocido la sentencia de 26/04/2019 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que juzga los asuntos de personal de carácter funcionarial) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid , es decir el tribunal regional y de segunda instancia para este tipo de asuntos, en el caso de una estatutaria eventual del Servicio Madrileño de Salud de una categoría de licenciada sanitaria  que había presentado recurso contra la resolución del  Comité de evaluación de su centro de Carrera Profesional que denegaba su solicitud en el proceso extraordinario de evaluación de carrera para personal licenciado sanitario de 2017, tal y como recogían los "acuerdos llevados a cabo entre la Admiministración y las organizaciones sindicales", que sólo tenían en cuenta al personal estatutario fijo y el estatutario interino (además de forma diferente)

La sanitaria recurrió a los juzgados madrileños donde ganó sentencia del derecho a que se atendiera su solicitud igual no sólo que el personal interino (sin derecho a cobro) sino que el fijo (con derecho a cobro), sentencia que fue recurrida por la Comunidad de Madrid.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid zanja la cuestión remitiéndose a "la última doctrina jurisprudencial, ya consolidada" del Tribunal Supremo en sus sentencias
  • de 18 de Diciembre de 2018 (nº rec. 3723/2017), 25 de Febrero de 2019 (nº rec. 4336/2017) en las  que se declara  el derecho de un varios  estatutarios interinos de vacante del Instituto Catalán de Salud a la carrera profesional sin discriminación alguna con el estatutario fijo por mucho que la exclusión del temporal la recojan la normativa autonómica local y los acuerdos sindicales, que quedan desplazados por la normativa europea superior, en concreto por la cláusula 4ª de "principio de no discriminación en las condiciones de trabajo" entre el personal temporal y el fijo de la Directiva europea de empleo temporal 1999/70/CE, tal y como ha sentenciado repetidas veces el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la última de ellas de un caso español en el asunto Centeno , de  exclusión de la carrera profesional horizontal a una funcionaria interina de la Universidad Pública de Zaragoza.

[Ceuta Ahora] El Gobierno ceutí niega la solicitud de UGT de paralizar los procesos de consolidación hasta las sentencias europeas del juicio europeo de las demandas de fijeza por abuso de temporalidad de empleados del SERMAS

Informaba Ceuta Ahora el pasado  24/05/2019 que el Consejero de Economía, y Empleo de Ceuta, ha respondido tras el consejo de Gobierno con una negativa a la solicitud de UGT de Ceuta  de  que se paralicen los procesos de consolidación con oposiciones de los puestos de sus temporales hasta la sentencia del Tribunal Europeo por los trabajadores de la C. de Madrid que demandan fijeza, anunciando que se realizará una revisión de las bases antes de su publicacion definitiva en el BOE. 

XXVI Jornadas Nacionales de Innovación y Salud en Andalucía de la Sociedad Española de Informática de la Salud, del 5 al 7 de Junio en Málaga . Ponentes de Sanidad de Madrid

Del 5 al 7 de Junio  tendrá lugar en Málaga las ya tradicionales Jornadas Nacionales de Innovación y Salud en Andalucía, en su XXVI edición el de facto "congreso" de verano organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] en un ambiente más distendido y con el esquema de jornadas de trabajo de los asistentes sobre un tema, esta vez  "Historia Digital de Salud que aprende"

Según el programa de detalle disponible  los ponentes de Sanidad de Madrid serán:

Resultado de las elecciones de la Comunidad de Madrid: El PSOE el partido más votado y el bloque PP/Ciudadanos/VOX supera la mayoría absoluta. Isabel Díaz Ayuso probable futura presidenta

Informa la Comunidad de Madrid esta madrugada del 27 de Mayo del resultado de  las elecciones autonómicas a la Asamblea de Madrid  ya con más del 98,9% escrutado:
  1. PSOE  27,4%, 37 escaños
  2. PP 22,2%, 30 escaños
  3. Ciudadanos  19,4%, 26 escaños
  4. Más Madrid 14,7%, 20 escaños
  5. VOX 8,8%, 12 escaños
  6. Unidas Podemos , 5,6%, 7 escaños
que permite superar con un escaño de sobra la mayoría absoluta de 67 al hipotético bloque tripartito PP/Ciudadanos/Vox y sitúa a la candidata del Partido Popular, Isabel Díaz  Ayuso como probable próxima presidenta de la Comunidad de Madrid


domingo, 26 de mayo de 2019

Entradas más vistas de la semana 20/05/2019-26/05/2019 en este blog: paralizaciones de OPEs de estabilización de Ayto de Alicante y Diputación de Sevilla con solicitud de la sección sindical de UGT hasta la sentencia del Tribunal europeo de los dos asuntos acumulados de demanda de fijeza de nuestro informático y 4 odontólogas del SERMAS, sentencias del Supremo sobre indefinidos no fijos, ...

Por si te perdiste algunas entradas que podrían haber sido de tu interés en el día a día por culpa del alto volumen de publicación de este blog, además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

sábado, 25 de mayo de 2019

La Comisión Europea responde a una pregunta en el Parlamento Europeo que la normativa griega que fija un tope de 2 años a los contratos temporales transpone la cláusula 5ª de la Directiva y sus violaciones en los contratos temporales de servicios de salud corresponde denunciarlos ante los tribunales nacioanes

Acaba de publicarse en la web del Parlamento Europeo una respuesta a una pregunta interesante sobre el abuso de temporalidad en el empleo público griego. En la exposición de la pregunta se indicaba que aunque la ley griega sí plantea un límite máximo claro de 2 años a la duración de los contratos temporales, luego el servicio público de salud griego está manteniendo de forma temporal a empleados por encima de los dos años sin convertirlos a fijo. y se la Unión Europea de 19/03/2019, y se preguntaba en concreto:

"1. ¿Puede la Comisión garantizar que, en caso de infracción del Derecho comunitario, los contratos de duración determinada en cuestión deberán transformarse en contratos indefinidos, incluso si esto está prohibido por el Derecho nacional? 

2. ¿Qué medidas piensa adoptar la Comisión? ¿Garantizar que el Gobierno griego conceda contratos indefinidos a los interesados, poniendo así fin a esta dependencia del personal contractual?"

 

 La respuesta de la Comisión Europea ha sido (traducción de Google):

viernes, 24 de mayo de 2019

El Tribunal Supremo aplica a laboral interina de vacante 20 años de la Xunta de Galicia -sin necesidad de usar su doctrina de indefinido no fijo ante superación del plazo de los 3 años del EBEP en laboral- el famoso apartado 64 de la sentencia europea del asunto Montero Mateos ("si la duración es inusualmente larga deber examinarse si recalificar como contrato fijo") para declararla ... indefinida no fija. Y aunque no lo usa, intriga afirmando que ese plazo de 3 años no opera de modo automático

La Sala de lo Social (la que lleva los casos de los empleados públicos de tipo laboral) del Tribunal Supremo -la máxima instancia judicial española que sienta la jurisprudencia que deben seguir las instancias inferiores- ha dictado una nueva e importante sentencia con fecha de 24/04/2019 sobre empleados públicos laborales temporales de larga duración,, en  este caso, ante la demanda de una laboral interina de vacante durante más de 20 años de la Xunta de Galicia y que había presentado en 2016 demanda subsidiaria - desconocemos cuál fue la demanda principal- de reconocimiento de la figura de "indefinido no fijo", figura temporal de garantía de indemnización ante el cese por cobertura fija reglamentaria del puesto (como una OPE) o amortización existente en la jurisprudencia española sólo para el personal público laboral (para el personal funcionario o estatutario dicha jurisprudencia le parece suficiente por ahora la mera interinidad de vacante sin indemnización alguna en el cese).

El juzgado de primera instancia había sentenciado la declaración de laboral indefinido no fijo a la trabajadora, estimando la demanda subsidiaria de la trabajadora aplicando la doctrina del propio Tribunal Supremo establecida desde su sentencia de 14/10/2014 (nº recurso  711/2013) de conceder esta figura de "indefinido no fijo" al laboral interino por vacante que supere en el mismo puesto los 3 años (y que lo demande, claro) ante el fraude de ley del artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público (que establece que una necesidad pública permanente debe quedar cubierta por personal fijo "mediante oferta de empleo público o instrumento similar" en el "plazo improrrogable de 3 años").  La Xunta recurrió y el Tribunal superior autonómico confirmó la sentencia de indefinido no fijo, presentado la Xunta recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Y es también doctrina del Tribunal Supremosentencia de 28/03/2017 (nº  recurso 1664/2015), la de indemnizar con 20 días por año trabajado con un tope de 12 mensualidades al cese del (ya declarado antes) indefinido no fijo por la  cobertura reglamentaria de su plaza por un fijo (tras una Oferta Pública de Empleo, un traslado, etc) o su amortización.

Y, recordemos, que el Junio del año pasado el Tribunal de Justicia Europeo dictó
sentencia en el asunto C-677/16 o asunto "Montero Mateos" ante una cuestión realmente sobre si hay obligación de pagar indemnizaciones a laborales interinos de vacante cuando son cesados por la cobertura normal de su puesto cuando no las contempla la legislación española, respondiendo el tribunal europeo que no a la pregunta, pero incluyendo en su sentencia una "coletilla", la del famoso apartado 64 que literalmente es "Dicho esto, incumbe al juzgado remitente examinar si, habida cuenta de la imprevisibilidad de la finalización del contrato y de su duración, inusualmente larga, ha lugar a recalificarlo como contrato fijo"


XII Jornadas de la Asociación de Profesionales de Informática de la Salud de Andalucía del 31 de Mayo al 2 de Junio "No protegemos datos, protegemos personas"

La Asociación de Profesionales de Informática de la Salud de Andalucía [APISA] organiza en Vera (Almería) del Viernes 31 de Mayo al  Domingo 2 de Junio sus XII Jornadas, de inscripción limitada a los socios de APISA, este año bajo el lema "No protegemos datos, protegemos personas. Los retos del nuevo marco legal de la seguridad de la salud" .

Esta jornadas de APISA,asociación compañera de APISCAM  en la Federación de Asociaciones de Informáticos de Sanidad [FAIS], cuentan con  este interesante y amplio programa detallado:  un primer día de talleres formativos y los dos siguientes con multitud de de sesiones de presentaciones cortas de proyectos, soluciones y experiencias así como una  mesa redonda de debate que este año versará sobre el nuevo reglamento de protección de datos y esquema nacional de seguridad , y dentro del tradicional marco de un entorno de celebración de la jornada con las familias y de encuentro distendido del sector.

[Ceuta TV] UGT de Ceuta pedirá que se paralicen los procesos de consolidación con oposiciones de los puestos de sus temporales hasta la sentencia del Tribunal Europeo por los trabajadores de la C. de Madrid que demandan fijeza

Informaba Ceuta TV este 22/06/2019 que UGT de Ceuta pedirá al gobierno que salga elegido en las elecciones de este domingo que paralice los procesos "de consolidación" emprendidos con los puestos de los temporales [de larga duración] de Función Pública hasta que salga la sentencia de los procesos judiciales en el Tribunal Europeo de casos de trabajadores de la Comunidad de Madrid, sentencia que podría dar lugar a la obligación de que las consolidaciones ean sólo por méritos y no tengan fase de oposiciones, o incluso la fijeza directa, y que podría afectar a estos procesos , ya con bases aprobadas pero pendientes en  Ceuta, ante las presumibles demandas de los trabajadores afectados en ese caso.

jueves, 23 de mayo de 2019

[Confederación de sindicatos de profesores STEs-i] 'Juicio en el Tribunal de la Unión Europea sobre el abuso de la temporalidad: STEs-i sigue pendiente de su resolución para actuar en consecuencia' [Espera que falle favorablemente y el Gobierno central tendrá que dar solución. Apuesta por procesos de consolidación vía concurso de méritos del artículo 61.6 del EBEP]

'Ante el juicio oral que se está celebrando en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el abuso de la temporalidad, STEs-i esperará al pronunciamiento del TJUE a fin de iniciar, responsablemente, las acciones que sean más favorables para la consecución del objetivo de la consolidación y la estabilidad del profesorado interino.

STEs-i irá informando a medida que avancen los acontecimientos y no dudará en poner en marcha la vía judicial para la consolidación del profesorado interino en el momento en que contraste que hay garantías para llevar a cabo una acción jurídica con un mínimo de éxito.

STEs-i está haciendo seguimiento del juicio que tiene que determinar si declarar fijo a un interino estatutario de Sanidad en Madrid se ajusta o no a las exigencias de la normativa europea, en concreto a la Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo temporal. En función de lo que determine el TJUE se abrirá una posibilidad real para que el personal interino de las administraciones públicas, incluido el profesorado, pueda optar a ser personal fijo.

Hasta ahora, la respuesta del gobierno español a la calificación de Europa de fraude de ley en la concatenación de contratos por este personal ha sido la convocatoria masiva de oposiciones en desarrollo del Acuerdo para la Mejora del Empleo Público de 2017 (que pretende estabilizar las plazas, pero no las personas) firmado en marzo de 2017 el entonces ministro Cristíbal Montoro y CCOO, UGT y CSIF.

'Al parecer, el TJUE ha verbalizado que dicho acuerdo de estabilización no es la respuesta correcta del Estado para acabar con el fraude de ley, ya que no garantiza la consolidación del personal temporal ni impide que no se pueda volver a repetir la situación de fraude de ley. Esta tesis es plenamente compartida por STEs-i, que ha criticado el Pacto de 2017 y la convocatoria masiva de oposiciones que ponen en peligro la continuidad del trabajo del profesorado interino.

Si el TJUE determina que el estado español tiene que declarar fijo al personal interino o eventual (no “indefinido no fijo” o cualquier otra figura que continúe manteniendo una relación laboral provisional) tendrá que ser el Gobierno central quien solucione la cuestión. En el caso del profesorado, la única figura fija es la del funcionariado de carrera y, si también determina el TJUE que la convocatoria de oposiciones libres no es la fórmula para solucionar el problema, ¿qué vía queda para solucionar la cuestión? La Confederación de STEs-i ya ha aportado la respuesta hace tiempo: la modificación del Real decreto 276/2007 de ingreso a la función pública docente – y el reciente RD 84/2018- que permita un acceso diferenciado y la activación procesos de consolidación (especialmente el contemplado en el artículo 61.6 del TREBEP de acceso por méritos).

[AMYTS] 'La asesoría jurídica obtiene en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid sentencia estimando el derecho a carrera de eventuales y sustitutos'

'La Sección Séptima del Tribunal Superior de Justicia, en sentencia reciente, nos ha dado la razón en la inclusión del personal eventual y sustituto en la carrera profesional.
Como no puede ser de otra forma, y en contra de otra sentencia de la Sección Octava, tras la doctrina dictada recientemente por el Tribunal Supremo (Sentencia Carrera Profesional Tribunal Supremo), la Sección Séptima dicta sentencia favorable.

[Gob JCyL] 'La Junta de Castilla y León y los sindicatos UGT, CCOO y CSIF han suscrito un acuerdo para la implantación de la jornada laboral de 35 horas'

'El Acuerdo firmado el 25 de julio de 2017 por la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Marco de 29 de octubre de 2015 por el que se recuperan los derechos de los empleados públicos y se fijan las prioridades en materia de función pública para la legislatura 2015-2019, contemplaba que “Cuando la Administración General del Estado lo permita, en cualquier ámbito o sector, la jornada máxima semanal de 35 horas, la Junta de Castilla y León trasladará esta medida de manera inmediata”.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018, prorrogada para 2019, establece que solo podrán volver a la jornada de 35 horas las administraciones que hayan cumplido los objetivos de déficit, deuda y regla de gasto.

La notificación oficial de que el Gobierno de Castilla y León ha cumplido los tres objetivos se ha producido esta misma semana, por lo que las partes firmantes,  han acordado  hoy martes 21 de mayo de 2019 recuperar la jornada laboral de 35 horas volviendo a la situación previa a la entrada en vigor de la Ley 1/2012, de 28 de febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras.


[FesP UGT Madrid] 'La Comunidad de Madrid rechaza la recuperación de la jornada de 35 horas'

'Como seguramente recordaréis habíamos enviado a la Directora General de Función Pública de la Comunidad de Madrid una carta con fecha 14 de mayo, en la que solicitábamos que tras la publicación del Informe del  Ministerio de Hacienda en el que veíamos que la Comunidad de Madrid cumplía con los tres objetivos de estabilidad presupuestaria, de deuda pública y de la regla de gasto del ejercicio 2018, convocase Mesa General de Negociación para poder negociar la recuperación de derechos, entre los que está la jornada de 35 horas.

Pues hoy hemos recibido respuesta a esa carta y nos dicen que no va a haber convocatoria de Mesa General, según lo que nos traslada, por no ser este informe lo suficientemente válido para adoptar esta decisión, sino que nos remite a uno futuro que el Ministerio suele publicar en el mes de octubre.