jueves, 24 de febrero de 2022

Carta abierta de APISCAM la Dir. Gral de RRHH del SERMAS sobre problemática laboral de los informáticos de las instituciones sanitarias del SERMAS y solicitud de regularización pendiente en categorías de informática y una consolidación por méritos ante la situación de enorme (el 80%) y larga temporalidad

[NOTA DEL EDITOR PREVIA: CARTA ABIERTA DE APISCAM A LA DIR. GRAL  DE RRHH Y RELACIONES LABORALES DEL SERMAS CON COPIA AL CONSEJERO DE SANIDAD   Y DE LA DIR. GRAL DE SSII Y EQUIPAMIENTOS SANITARIOS DEL SERMAS registrada este 23/02/2022]


Me dirijo a Vd. como presidente de la Asociación de Profesionales de Informática de Sanidad de la Comunidad de Madrid (APISCAM) -asociación  que cuenta entre sus socios con la mayoría del personal informático propio de las instituciones sanitarias del SERMAS (~185 personas).

En primer lugar para recordarle la problemática excepcional de este colectivomás de un 80% del personal propio que realiza funciones de informática en instituciones sanitarias del SERMAS no se encuentra fijo en las categorías de Sistemas y Tecnologías de la Información creadas en 2010:
  1. quedan ~ 25 personas en categorías de la Función Administrativa con funciones informática sin regularizar en las categorías de S.T.I. (o “de informática”) 
  2. un 77% de nombramientos en categorías de S.T.I. son temporales, siendo la temporalidad mayoritaria de más de 10 años y en muchos casos de más de 15 años en el mismo puesto (teniendo en cuenta el cambio de categoría tras el proceso de integración de 2011) 
  3. nunca se desarrolló un proceso selectivo del SERMAS para ser fijo con estos puestos

Durante los últimos años , y como ya la expusimos en nuestra carta de bienvenida, esta Asociación ha estado solicitando, entre otras cosas:
  1. la regularización  en plantilla orgánica de las categorías propias de informática del SERMAS de esas 25 personas con funciones estructurales y permanentes de informática que sigue incorrecta e injustamente fuera de ellas, tal y como se comprometió la Consejería ante la  Mesa Sectorial en Julio de 2016, y que, lamentablemente, no ha llevado a cabo por ahora
  2. un proceso excepcional de consolidación por méritos para esa situación excepcional de enorme y larga temporalidad

Precisamente, el pasado 29 de Diciembre se publicada en el B.O.E., y entraba en vigor al día siguiente, la nueva Ley 20/2021 de reducción urgente de la temporalidad pública y, como Vd bien sabe, esta ley obliga a todas las AAPP a realizar procesos excepcionales por el sistema de concursos de méritos con las plazas estructurales presupuestadas temporales anteriores a 1/1/2016 y las de personal temporal en vacantes actuales que ostenten una antigüedad superior a esa fecha, al menos si las plazas no están en convocatorias en marcha de alguna OPE de estabilización derivadas derivada de las leyes de Presupuestos Generales del Estado [LGPE] de 2017 y 2018.

[La Provincia - Diario de Las Palmas] El Ayuntamiento de las Palmas anuncia que realizará 49 concursos de méritos para 880 de las 907 plazas que cifra están afectadas por la nueva ley de reducción de temporalidad

Informaba La Provincia - Diario de Las Palmas este 22/02/2022 que  el Ayuntamiento de las Palmas está preparando la Oferta de Empleo Público para aplicar la nueva Ley nacional [20/2021, de 28 de diciembre de 2021] de reducción urgente de la temporalidad, y por la que realizará 57 convocatorias de procesos selectivos, de las que su gran mayoría,  49,  serán  concursos de méritos ,  con 831 plazas de laborales  y 49 de funcionarios interinos del total de 907 plazas de sus más de 3 mil empleados públicos municipales que cifra están afectadas por la nueva ley,  informando que la oferta debe estar publicada antes del 1 de Junio y las convocatorias antes de fin de año, según establece la ley, y que se han iniciado ya las negociaciones con los sindicatos, quienes habían solicitado un proceso de  "fijeza" automática ante la situación de abuso de temporalidad según las sentencias europeas.

 

[CSIF Canarias] Resumen de la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos de la CCAA de Canarias de 17 de febrero de 2022 [el Gobierno Canario plantea que hay que hacer 3 procesos: de consolidación con concurso-oposición según DT4 EBEP para plazas antes de 2005, concurso de méritos para las restantes anteriores a 2016 y de concurso-oposición para las restantes anteriores a 2018

'Después de varios requerimientos públicos efectuados por el sindicato CSIF al Consejero de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad para que impulsase los procesos de estabilización de personal temporal -el último de ellos llevado a cabo el 7 de febrero de 2022, según puede consultarse aquí-, el 8 de febrero de 2022 se convocó sesión de la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, a celebrar el 17 de febrero de 2022, teniendo como único punto del orden del día el de análisis preliminar sobre los puestos a incluir en los distintos procesos de consolidación y estabilización de empleo temporal y criterios generales, sin acompañar a la convocatoria documentación alguna.

Durante la sesión tampoco se nos ha facilitado documentación alguna. Al inicio de la misma la Administración indicó que considera que los procesos a desarrollar son tres:

[Min. Hacienda y Función Pública] 'I Reunión de Coordinación de Empresas y Entidades del Sector Público Estatal Montero reúne a las empresas y a las entidades del sector público para organizar las ofertas de empleo, desarrollar la reforma laboral y la ley para la reducción de la temporalidad. El objetivo es que antes del 1 de junio se hayan publicado las ofertas de estabilización y que antes del 31 de diciembre se hayan dado a conocer las convocatorias de los procesos selectivos'.

'La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, ha presidido este miércoles la I Reunión de Coordinación de Empresas y Entidades del Sector Público, en la que también han participado la secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos, María José Gualda; la secretaria de Estado de Función Pública, Lidia Sánchez; la subsecretaria del Ministerio, Pilar Paneque; y la presidenta del grupo SEPI, Belén Gualda. Asimismo, han estado presentes los subsecretarios y subsecretarias de los ministerios, que son los encargados de la coordinación de las sociedades mercantiles que no pertenecen al Grupo SEPI o a Patrimonio.

En este encuentro, el primero de estas características que se celebra en España y que ha tenido lugar en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, se han reunido representantes de en torno a un centenar de empresas y entes que forman parte del sector público estatal.


Nuevo paradigma de relaciones laborales


En la reunión se ha abordado el nuevo paradigma que se está construyendo en el sector público español, que tiene el objetivo de profundizar en la calidad en el empleo y en su estabilidad, fruto de dos normas que recientemente han entrado en vigor. Por un lado, la Ley20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de latemporalidad en el empleo público, cuyo objetivo es situar la tasa de eventualidad por debajo del 8%; y, por otro, el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado, que es de aplicación en toda la economía y también en todas las Administraciones y entidades públicas.

"Reingeniería del procesode provisión logística del puesto de trabajo digital "de la Agencia para la Administración Digital de la C. de Madrid, candidato a los XIV premios ASLAN de Transformación Digital en las AAPP

La asociación ASLAN ha publicado como candidatura "Reingeniería proceso provisión logística del puesto de trabajo digital"  para la XIV edición de sus Premiios a la Transformación Digital en las Administraciones Públicas , candidatura presentada por la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid  "Madrid Digital" (antigua ICM) quien afirma que " junto con nuestro socio tecnológico DXC Technology, nos hemos embarcado en una reingeniería del proceso de provisión extremo a extremo buscando unos resultados a corto plazo que nos permitieran afrontar los retos de 2021 como poner las bases, con acciones a medio y largo plazo, a la modernización y automatización en la herramienta de workflow corporativo del proceso completo" asegurando que "el resultado en 2021 de este trabajo ha sido espectacular, multiplicando casi por 2,5 la volumetría prevista, aunque el trabajo de medio y largo plazo continuará".

 

Contestación actual del Defensor del Pueblo español a las quejas por abuso de temporalidad en el empleo público: la nueva Ley 20/2021 "está siendo objeto de análisis por esta institución en el presente momento"

 'Son numerosos los empleados públicos que desempeñan sus funciones al servicio de las distintas administraciones (estatal, autonómica y local) con carácter interino o con contratos temporales o eventuales durante largos períodos de tiempo y sin responder a necesidades provisionales o transitorias sino estructurales , lo que da lugar a situaciones difícilmente compatibles con las normas nacionales e internacionales relativas al trabajo temporal y con el marco jurídico y los principios que rigen el acceso y la permanencia en el empleo público establecidos en el ... Estatuto Básico del Empleado Público.'

[...]

'En sucesivos informes anuales presentados ante las Cortes Generales e ha venido reiterando la necesidad de que las administraciones implicadas arbitren las medidas necesaria para limitar el recurso a las contrataciones y nombram9entos temporales, así como para paliar la situaciones de inestabilidad que afectan a las personas que prestan servicios en régimen de prorrogada temporalidad. '[...]

Son frecuentes las quejas planteadas por quienes padecen estas situaciones de prolongada temporalidad instando , en unos casos, la conversión directa del empleo temporal en permanente, en otros, la convocatoria de pruebas selectivas o concursos restringidos para este personal o, más en general, reclamando modificaciones normativas que sancionen efectivamente el abuso de la temporalidad y arbitren fórmulas como las ya descritas, y otras que den solución a quienes lo vienen padeciendo y eviten su reproducción en el futuro.

Estas reivindicaciones se han intensificado a partir de diversos pronunciamientos de la jurisprudencia europea, y particularmente las sentencias del TJUE 21 de noviembre de 2018, en el asunto C.619/17, y de 19 de marzo de 2020, en los asuntos acumulados C-103/18 y C-429/18, que han puesto de manifiesto la insuficiencia de las medidas previstas en el ordenamiento interno para prevenir y sancionar el abuso de la temporalidad' [...]

miércoles, 23 de febrero de 2022

[Arauz] Sentencia del Tribunal Supremo que declara el derecho al interino al "reconocimiento de la antigüedad si adquiere la condición de funcionario de carrera" además de a la carrera horizontal (o "carrera profesional"): un "nuevo avance". Pero "sentencia insuficiente": reconoce situación de abuso, pero lo deja sin sanción.

'La Sentencia del Tribunal Supremo nº 200/22, de 17 de febrero de 2022, tras reconocer que un empleado público interino se encuentra en situación de abuso, declara su derecho a no ser discriminado con respecto a los funcionarios fijos o de carrera en materia de retribuciones, régimen de seguridad social, vacaciones, permisos y posibilidad de formación profesional, así como de reconocimiento de la antigüedad si adquiere la condición de funcionario de carrera, ni en lo relativo a la carrera horizontal

La sentencia, aunque insuficiente en cuanto que deja sin sancionar el abuso producido, con infracción en nuestra opinión de la Directiva 1999/70/CE, supone un nuevo avance en el reconocimiento de los derechos de los empleados públicos temporales.'
 

[Ministerio de Sanidad] 'El Ministerio de Sanidad renueva y amplía sus certificaciones en materia de ciberseguridad Por décimo tercer año consecutivo, el Ministerio de Sanidad se somete así a este proceso externo de auditoría, desde que en 2008 consiguiera por primera vez la certificación ISO 27001 como vehículo para la mejora permanente de la seguridad de sus sistemas de información.'

'El Ministerio de Sanidad acaba de renovar y ampliar sus certificaciones vigentes en materia de ciberseguridad en base a un proceso externo de verificación realizado por la entidad de certificación AENOR.

Las certificaciones del Ministerio se corresponden con los dos principales estándares en esta materia, a nivel nacional (Esquema Nacional de Seguridad) e internacional (Norma ISO 27001).

Más de la mitad (el 56%) de los empleados del SERMAS son temporales: actualización de las plantillas reales del SERMAS que publica la Consejería de Sanidad a 31/12/2021, antes de que haya finalizado alguno de los "procesos de estabilización" , concursos con oposición eliminatoria realmente, en el SERMAS derivados de la ley estatal de 2017 de los que ya se han convocado la inmensa mayoría de sus más de 20 mil plazas temporales ahora más de 8 años. Temporalidad de casi el 80% en las categorías estatutarias de informática del SERMAS, con un centenar de sus 120 temporales con temporalidad anterior a la fecha de 1/1/2016 de la nueva ley y sin haberse publicado las convocatorias de las 110 plazas incluidas en la OPE 2019 con las plazas de estabilización derivadas de la ley anterior de reducción de temporalidad.

Tal y como establece el art. 32 de  la Ley 9/2015 Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid , o "ley de acompañamiento de los presupuestos para 2016" sobre las "medidas de transparencia, acceso a la información y buen gobierno en el Servicio Madrileño de la Salud", la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid puso en marcha en  Julio de 2016  el Portal Estadístico de Personal publicando por primera vez  la información detallada sobre el número del personal fijo, interino y eventual -es decir la "plantilla efectiva" o real, por cada categoría y centro de las instituciones sanitarias del SERMAS, por aquel entonces con datos a fecha 31/05/2016.

Desde entonces ha ido actualizado casi cada mes la información detallada siendo los últimos datos publicados, a fecha de 31/12/2021, siendo la anterior que comentamos en este blog de fecha de 31/05/2021, y por tanto ya durante la pandemia de COVID y en un período en el que aunque se han convocado masivos procesos selectivos (los de "estabilización" de puestos temporales ) no se ha acabado resolviendo ninguno, con lo que apenas se han nombrado fijos más allá de procesos de promoción interna en este tiempo..

Ahora que se acerca la resolución final del primer grupo de convocatorias de dichas OPEs de estabilización, las de la OPE 2017 del SERMAS, resulta de interés recoger antes en una entrada el reparto de fijos, interinos y eventuales.


Agregando los datos las diferentes vinculaciones jurídicas   31/12/2021 del SERMAAS -es decir  sólo en los centros de gestión directa-,
  • personal estatutario , el mayoritario con 75.017  empleados [74.964 antes]
  •  laboral 8.011 [8.372 antes]
  • y funcionario 198  [213 antes]
sobre un total de 83.479 profesionales del SERMAS  [ 83.549 antes] (aparte de 253 directivos de libre designación) en cuanto a temporalidad  se tiene  a 31/12/2021:
 
  •  un 44,0% de personal fijo (36.780 empleados [38.023 antes])
  •  un 56,0% de temporales: el 39,2% de interinos en vacante (32.724, [31.335 antes]) y el 16,4% de eventuales (13.722 [14.190 ])
 Es decir, la temporalidad del personal del SERMAS se sitúa  en el 56%, más de la mitad de la plantilla  con, a buen seguro, una gran mayoría de esos 32  mil puestos interinos de  temporales de más de  3 años de antigüedad. De hecho 22 mil de esos puestos fueron reconocidos en 2017 como ya temporales de más de 3 años, ahora por tanto temporales de más de 8 años. En comparación con la anterior entrada se aprecia un ligero descenso del número de fijos, fruto de las jubilaciones.

[TJUE] 'Sentencia en el asunto C-430/21 RS (Efectos de las sentencias de un tribunal constitucional): El Derecho de la Unión se opone a una norma nacional en virtud de la cual los órganos jurisdiccionales nacionales no están facultados para examinar la conformidad con el Derecho de la Unión de una normativa nacional que ha sido declarada constitucional mediante una sentencia del tribunal constitucional del Estado miembro'

'El Tribunal de Justicia debe dictar sentencia sobre el principio de independencia de los jueces, proclamado en el artículo 19 TUE, apartado 1, párrafo segundo, en relación, concretamente, con el principio de primacía del Derecho de la Unión, en una situación en la que un órgano jurisdiccional ordinario de un Estado miembro no está facultado, con arreglo al Derecho nacional, para examinar la conformidad con el Derecho de la Unión de una normativa nacional declarada conforme a la Constitución por el Tribunal Constitucional de ese Estado miembro, y en la que el juez nacional se expone a diligencias y sanciones disciplinarias si decide llevar a cabo tal examen.

martes, 22 de febrero de 2022

Recordatorio [05/02/2018] Instrucciones del SERMAS para elegir plazas afectadas y personal que cesa por procesos selectivos y concursos de traslados convocados que se resuelvan. Proceso de baremación necesario del personal temporal para determinar el orden de cese en categorías en las que vaya a haber incorporaciones por procesos selectivos convocados que se hayan desarrollado y sus concursos de traslados previos

[Recordatorio de entrada publicada el 05/02/2018, de 2018, pero con una normativa de ceses, en VIGOR en la actualidad en el SERMAS

El 29/01/2018 se publicaba por parte de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Labores del Servicio Madrileño de Salud [SERMAS] sus importantes "Instrucciones de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de fecha 25 de enero de 2018 sobre criterios de desplazamiento del personal temporal por procesos selectivos y concursos de traslados", es decir, las instrucciones que establecen cómo se eligen finalmente las  plazas afectadas -y en su caso, qué personal temporal va a ser "cesados - por la resolución final de procesos selectivos  convocados como los procesos selectivos de 2015 (de la OPE 2015 -y anteriores, algunas convocatorias "blanqueadas" en la OPE 2016) de las categorías para las que se acabaron desarrollando, y los concursos de traslados previos correspondientes, próximos a su resolución final.

Estas instrucciones trasladan el Acuerdo de Mesa Sectorial del Sanidad de la Comunidad de Madrid de  8/11/2005, sobre "criterios de cese por incorporación del personal fijo procedente de procesos selectivos o de movilidad", acuerdo que fue incluido en el punto 11 del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud estableciéndose que ante un concurso de traslados o los nombramientos de personal fijo tras la resolución final de procesos selectivos, antes de cesar a personal temporal deben elegirse las plazas vacantes libres (o "vacantes puras") - de existir-, y después las plazas vacantes cubiertas temporalmente, primero las plazas del personal "interino" y de menor a mayor antigüedad, después  las de las Comisiones de Servicios y por último las de las promociones internas temporal por vacante [PITV].

Sanidad admite a UGT que se debe negociar la adaptación del Estatuto Marco a la nueva normativa sobre temporalidad en el empleo público

'El sindicato ha denunciado la falta de avance en la negociación e insiste en la necesidad de abordar una revisión profunda del Estatuto Marco para responder a las necesidades reales del personal estatutario del Sistema Nacional de Salud. 

El Ministerio de Sanidad ha reconocido a UGT Servicios Públicos que la adaptación del Estatuto Marco del Personal Estatutario a la modificación experimentada por el Real Decreto Legislativo del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), derivada de la Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público es materia objeto de negociación. UGT Servicios Públicos ha valorado positivamente el cambio de criterio de la Administracion aunque ha denunciado la falta absoluta de avance del grupo de trabajo.

Ana Francés, secretaria de Salud, Sociosanitario y Depedencia de UGT Servicios Públicos, ha señalado que se debe llevar a cabo una revisión profunda del Estatuto Marco, pues no responde a las necesidades reales del personal estatutario. La responsable sindical ha vuelto a exigir hoy al Ministerio de Sanidad que ”además de la ineludible modificación de los artículos 9, 33 y 35 del Estatuto Marco se lleve a cabo una actualización normativa más profunda del texto”.

[#SaludSinBulos] 'El uso de Instagram aumenta el riesgo de padecer Trastornos de Conducta Alimentaria entre las jóvenes'

 'El uso de Instagram incrementa el riesgo de padecer Trastornos de Conducta Alimentaria (TCA) entre las jóvenes, hasta tal punto que puede existir una relación entre la mayor utilización de la red social en chicas de menor edad y la aparición de síntomas más graves de esta patología. Así se desprende de las conclusiones de una revisión de estudios realizada por profesionales del máster en eSalud de la Universidad Oberta de Catalunya (UOC) y Ciencias de la Salud del Hub eSalud sin Bulos.

Este trabajo ha encontrado relaciones entre el uso de Instagram y la insatisfacción con el propio cuerpo de jóvenes y adolescentes que padecen TCA. Así, buscan publicaciones relacionadas con trastornos de la alimentación con el objetivo de mantener la motivación para seguir perdiendo peso o trucos para ocultarlo. Además, las chicas con cuenta de Instagram realizan ejercicio de manera más estricta y sistematizada que aquellas que no la tienen.

Reunión de Función Pública del Estado y los sindicatos este martes 22 de Febrero para iniciar la negociación sobre criterios comunes de los procesos de estabilización tras la nueva ley de reducción de temporalidad 20/2021

 Tal y como anunciaron los sindicatos  tras la reunión anterior el 10/02/2022, este martes 22 de Febrero está prevista reunión de la mesa estatal de función pública de inicio de la  "negociación" sobre los "criterios comunes de desarrollo de los procesos de estabilización" teniendo en cuenta lo establecido por la  nueva Ley de reducción de la temporalidad pública 20/2021 publicada en BOE el 29/12/2021y que, recordemos  , entre otras cosas, obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016, al menos si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza. Precisamete, en días y semanas  anteriores a la publicación de la ley hubo "carreras" por muchas AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores.

[CCOO Ayuntamiento de Madrid] Informe de la Mesa General de Empleo de 18/02/22 sobre procesos de estabilización tras la Ley 20/2021 en el Ayuntamiento de Madrid [ CCOO pide que estén todas las plazas que cumplan los criterios aunque estén en procesos selectivos ordinarios, prioridad a la experiencia en el Ayuntamiento y que no se valore a los ya fijos]

'Intervención Director General de Planificación de Recursos Humanos 

 [...] 'Insiste en que hay que ser rápidos, porque hay que aprobar la OEP del 2º tramo de estabilidad antes del 1 de junio y se necesitan casi 2 meses y medio para la tramitación. La negociación del Acuerdo de criterios y los listados de las plazas del 2º tramo no deberían demorarse más allá de la primera semana de marzo. Han querido incluir en la Propuesta los 3 aspectos principales (Cronograma, respetando los plazos legales y no apurando los tiempos; Plazas a incluir en el 2 tramo; Algún párrafo del anterior Acuerdo; Procesos selectivos).

Ha comentado también que están trabajando en IAM el aplicativo informático a utilizar en el proceso de estabilización, especialmente para el concurso.

 

INTERVENCIÓN DE CCOO

Hemos trasladado lo que expusimos y debatimos en el grupo de trabajo de Secciones Sindicales:

No cerrar nada antes de la reuunión de Función Pública del Estado y los sindicatos, del día 22 de febrero, donde parece que se establecerán criterios comunes para el desarrollo de los procesos de estabilización.

Cambiar el título del Acuerdo. “Criterios a aplicar en el proceso de estabilidad”, para que quede claro que habrá un único proceso con criterios únicos.

[...] En cuanto a las plazas a incluir en el 2º tramo de estabilidad, insistimos en que deben estar todas las plazas que cumplan los criterios recogidos en la Ley 20/2021 (personal interino y laboral temporal contratado en 2015, 2016 y 2017) aunque estén en procesos selectivos ordinarios. Los aprobados en los procesos ordinarios no deben tomar posesión en plazas afectadas por el proceso de estabilidad. La Ley recoge no incluir aquellas plazas que estuvieran ya convocadas en procesos selectivos de estabilización, y en nuestro Ayuntamiento no ha habido ninguna convocatoria de estabilidad.' [...]