jueves, 25 de enero de 2024

[CCOO Sanidad Madrid] 'Una sentencia firme del Tribunal Supremo abre la puerta al pago de más de más de un millón de euros en indemnizaciones por despidos irregulares de interinos en el Hospital de Fuenlabrada.La Comunidad de Madrid tendrá que indemnizar a, al menos 40, de los 71 profesionales cesados por la Dirección del centro, que presentaron demanda por cese irregular'

'La Sala de lo Social del Tribunal Supremo  ha estimado el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por CCOO Sanidad Madrid contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que permitía que el Hospital de Fuenlabrada despidiera a una trabajadora interina de mayor antigüedad que otros contratados/as interinos para cubrir los puestos de los 410 opositores/as que consiguieron plaza fija en la OPE de 2019, y desestima el recurso formulado por el Gobierno de Ayuso condenando a costas del recurso de suplicación a la Administración regional.

El Hospital de Fuenlabrada, en 2022, despidió a 71 trabajadores/as interinos/as de mayor antigüedad para cubrir los puestos de los opositores que han conseguido las plazas fijas que se convocaron en la Oferta de Empleo Público (OPE), aprobada con motivo de la ley estatal de estabilización de los empleados públicos. El criterio legal establece que debe abandonar su puesto el personal no fijo de menor a mayor antigüedad.

Cuarenta de los 71 profesionales cesados en el Hospital de Fuenlabrada demandaron a la Consejería de Sanidad, responsable final y subsidiaria de esta decisión, que CCOO consideraba ilegal. Todos los casos juzgados se fueron ganando y recurriéndose por el Gobierno de Ayuso. CCOO estima así que las compensaciones económicas que tendrá que desembolsar la Comunidad de Madrid por la irregularidad en estos ceses, estará en torno a 1.120.000 euros.

CCOO considera que esta medida ha generado un doble perjuicio a los afectados. Hay profesionales interinos con más de 12 años de antigüedad en el centro que fueron cesados, mientras que otros de menor antigüedad siguen trabajando. Si se hubiese seguido el criterio que marca el Tribunal de Justicia Europeo, y al que apela CCOO, tendrían que cesar a los interinos con antigüedad de menos de tres años de contrato, cuyo coste de indemnización sería cero, y a interinos con cuatro o cinco años de antigüedad máxima, cuya indemnización no sobrepasaría los 100 días.

 

Más de 1 millón

Todos los casos juzgados de las 40 demandas que, hasta ahora, se presentaron por cese improcedente -en casos de interinos con antigüedad de entre 12 o 16 años- obtuvieron el respaldo de los tribunales, en primera instancia, pero fueron recurridas por la Administración. Con estas cantidades, CCOO estima que el montante total de las demandadas presentadas superará el millón de euros.

Quince de las demandas presentadas fueron de facultativos, enfermeras y trabajadores sociales y las indemnizaciones por cada uno de estos ceses se cifran entre 30.000 y 40.000 euros (600.000€). Las demandas del resto de las categorías, 26 presentadas (520.00€), están entre 15.000 y 20.000 euros de indemnización por profesional. CCOO, además de una ilegalidad, tilda la actuación del Gobierno regional constituye un nuevo episodio de mala gestión y derroche de dinero público.'

Fuente: Comunicado de la Federación de Sanidad y Sectores socio-sanitarios de CCOO de Madrid de 24/01/2024

 

Resaltados en negrita cursiva y enlaces en el texto nuestros 

NOTA DEL EDITOR: los empleados cesados son empleados públicos laborales de la empresa pública Hospital de Fuenlabrada. El criterio legal referido es el Plan de Ordenación de RRHH del SERMAS, también de aplicación a la empresa pública H. de Fuenlabrada. El criterio "que marca el Tribunal de Justicia de la UE que apela CCCOO", probablemente, sea la interpretación de la Sala de lo Social el Tribunal Supremo de las recientes sentencias Sánchez Ruiz  e IMIDRA  del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de que hay abuso de temporalidad para temporalidades de empleados públicos superiores a 3 años y que en el caso del personal laboral la sanción es la condición de "personal indefinido no fijo" con el derecho a una indemnización al cese de 20 días por año trabajado (con tope de 12 mensualidades).

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7 comentarios:

Anónimo dijo...

Ummmmmmmmmm Aquí debe haber gato encerrado porque........¿CC.OO preocupándose de interinos en abuso?
¿No será que son concretamente de los de su cuerda?

Anónimo dijo...

Lo que no se puede consentir es que un sindicato como CCOO ayude a unos temporales, que lo aplaudo, mientras les niega el pan a otros sacando información falsa sobre las plazas convocadas a OPE, sabiendo que estaban en fraude de ley y era ilegal su oferta a OPE libre en vez de incluirse en OPE de estabilización.

Estamos abandonados tanto por nuestra empleadora, la Administración Pública Madrileña, como por sus sindicatos palmeros.

Puede existir mayor desprecio?

Anónimo dijo...

Yo estoy ya tomando posición en primera fila con las palomitas en la mano para ver la primera reacción del sindicato amarillo este, y del resto, cuando suelte la primera bomba 💣💣 en cuatro semanas, la primera.
Pero el trabajo está hecho, han engañado al grueso de personal en fraude que se han ido con una mano delante y otra detrás y sin demandar a su administración, con frases tipo "eso no es posible".
Ya conseguí mi plaza con un esfuerzo titánico, a ver si me sueltan esos 20-30 mil euros. No es mucho y además de ahí quita impuestos y lo que se lleve bien merecido Arauz, pero si es mío, mío es.
Ánimo compañeros que queda poco para que se la envainen frente al verdadero poder que no lo tienen ellos, es de Europa, seréis fijos por sentencia y personal "a extinguir". Los que hayáis denunciado en tiempo y forma, antes de que fijen sanción.
Se acaba el tiempo ⏲️⏱️

Anónimo dijo...

Las indemnizaciones por despido laboral tributan? Tributarán los intereses que generen después, pensaba que estaban exentas....

Anónimo dijo...

Creo que las meten mano, no obstante ojalá no sea así y esté equivocado.

Anónimo dijo...

No sé qué credibilidad tendrá, y si se considerará como tal. Porque tratándose de temporales abusados por la Administración cualquier cosa podemos esperar....

En conclusión, cualquier cifra con la que se indemnice y no supere los 180.000 euros o la cantidad en caso de despido improcedente, no tiene que tributarse en la declaración de la renta.

Anónimo dijo...

Cuando los pagaran??????