- [Cinco Días] 'La Audiencia dice que los interianos deben optar a su plaza por oposición. La
sentencia señala que no tendría base jurídica eximir al personal de
larga duración de las pruebas y que obtengan plaza por antigüedad'
(El medio recuerda las Conclusiones de la Abogacía Generla de la UE en
el juicio europeo pendiente de sentencia, contrarias a que las OPEs
libres valgan como sanción al abuso de temporalidad y partidaria bien de
"por un proceso restringido ordenado en el que solo participe quien ha
sufrido ese abuso de temporalidad” bien por "indemnizar al interino que
haya sufrido el abuso". También traslada las opiniones de los
sindicatos celebrando la sentencia)
Blog de APISCAM
jueves, 7 de noviembre de 2019
Reflejo en la prensa de la sentencia de la Audiencia Nacional que desestima la demanda de ANIL contra los acuerdos sindicales de OPEs con los puestos públicos temporales más de 3 años: "no hay base legal para que al personal interino de larga duración o indefinido no fijo por sentencia se le exima de una oposición para poder ser fijo: Cinco Días recuerda el juicio europeo con la Abogacía General de la Unión Europea cuestionando las OPEs libres como éstas para situaciones de abuso de temporalidad como éstas; Diario Médico recoge la reacción de Martos: recurrirá al Supremo, donde se contará ya con la sentencia del juicio europeo
[FeSP UGT Nacional] 'UGT pide a la Administración que agilice los procesos de estabilización de empleo público y prorrogue su plazo de vigencia. El sindicato ha valorado positivamente la sentencia de la Audiencia Nacional que respalda el acuerdo para la mejora de la estabilidad del Empleo Público de 2017'
La sentencia de la sección séptima de la Sala Contencioso-Administrativa de la Audiencia Nacional desestima un recurso presentado por la Asociación de Interinos y Laborales (ANIL) contra este acuerdo de estabilizacion del empleo público.
miércoles, 6 de noviembre de 2019
[Área Pública de CCOO Nacional] 'La Audiencia Nacional desestima el recurso contra el Acuerdo para la Mejora del Empleo Público firmado en 2017. Para el Área Pública de CCOO la sentencia de la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional es una resolución esperada en la contundencia de sus términos y que una vez más da la razón al sindicato.'
[CSIF Nacional] 'La Audiencia Nacional respalda los acuerdos para acabar con la temporalidad en la Administración. La Administración no puede perder ni un minuto más en impulsar los procesos selectivos: la temporalidad en el empleo público ya supera a la del sector privado, ante la parálisis del Gobierno'
Así se desprende de una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo por la que se desestima el recurso interpuesto por la Asociación ANIL por el que solicitada que se declarase la nulidad de los citados acuerdos. La sentencia, notificada a la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) rechaza la pretensión de esta asociación a realizar oposiciones restringidas.
[ultimocero.com] La Audiencia Nacional sentencia desestimar la demanda de ANIL contra el primer acuerdo sindical de OPEs con los puestos públicos temporales de larga duración o de indefinidos no fijos: "no hay base legal para que se les exima" de una oposición para ser fijo. La AN recuerda que el indefinido no fijo tiene el derecho únicamente a permanecer en el puesto hasta que sea "cubierto por alguno de los sistemas de provisión de puestos de trabajo". [Texto de la sentencia]
miércoles, 16 de octubre de 2019
[Blog de Ignasi Beltrán] El Tribunal Superior de Justicia de Madrid no aplica la sentencia europea Montero Mateos ["ante relación inuualmente larga examinar recalificar a fijo"] ni la cláusula 5ª de la Directiva Europea 1999/0/CE ante el cese de funcionarios interinos de vacante de largas duraciones de hasta 12 años porque considera que no se da la premisa del abuso por parte de la Comunidad de Madrid
A diferencia de otros tribunales regionales y numerosos juzgados, el Tribunal Superior de Madrid niega la espera hasta la sentencia europea de los recursos de funcionarios/estatutarios interinos de vacante que demandan la fijeza o indemnizaciones como sanción al abuso del fraude de ley de duración prolongada de la interinidad de vacante. Para el TSJ madrileño "no hay abuso" contrario a la Directiva en esos casos que haya que sancionar con nada ni derecho a indemnización alguna por las causas de cese del nombramiento original de interino por muchos años que lleve
viernes, 27 de septiembre de 2019
[FeSP UGT Madrid - Sanidad] 'UGT gana por sentencia el reconocimiento de los períodos de eventual y laboral temporal para carrera profesional'
El fallo judicial dictamina estimación del recurso contencioso-administrativo interpuesto frente a la resolución impugnada por no ser conforme a derecho declarando su nulidad.
Condenando a la administración a que el profesional sea incluido en el nivel superior reclamado de carrera profesional desde 2015, con los derechos inherentes a dicho nivel. Con imposición de costas a la Administración
miércoles, 18 de septiembre de 2019
[Solidaridad Obrera SESCAM] 'Respuesta a la nota de prensa emitida por la Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha sobre sentencias de fraude de ley en el SESCAM'
Efectivamente, son las primeras sentencias en este sentido, y no hay “visiones sesgadas”, es lo que en todo momento se ha difundido y es que justamente ahí radica su importancia, en el cambio de criterio. Las mismas demandas con el mismo gabinete de abogados se encuentran por decenas interpuestas en los juzgados de todas las provincias de la región, dada la enorme tasa de temporalidad en el personal del SESCAM (claramente demostrable con los propios datos del Servicio de Salud). Como dice el título de la nota de la Consejería, claro que el nombramiento de este personal es correcto, no es sobre ese asunto lo que sentencia el juzgado, sí sobre el abuso de la temporalidad (contrato temporal) y su mantenimiento durante tantos años.
lunes, 16 de septiembre de 2019
[Gob. Castilla La Mancha] 'A pesar de las informaciones aparecidas en los últimos días Los tribunales de justicia consideran que el personal temporal del SESCAM está correctamente nombrado'
Así se ha pronunciado el director general de Recursos Humanos del SESCAM, Iñigo Cortázar, tras las informaciones aparecidas en los últimos días en relación a la sentencia emitida por el Juzgado Contencioso-Administrativo de Cuenca, sobre los nombramientos temporales realizados por el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) sobre personal informático interino.
Tal y como ha señalado Cortázar, se trata de la “primera y única sentencia hasta el momento en Castilla-La Mancha que interpreta un nombramiento interino como fraude de ley por el mero hecho del transcurso del tiempo”. Todas las demás sentencias, ha añadido, “dan la razón a la administración sanitaria en cuanto a su proceder, incluso alguna de ellas en un supuesto idéntico al juzgado por el Tribunal de Cuenca, como la del Juzgado número 3 de Toledo, de marzo de 2019”.
El director general de Recursos Humanos ha indicado asimismo que el fallo emitido por el Juzgado Contencioso-Administrativo de Cuenca no es firme, ya que va a ser recurrido por los propios denunciantes “porque no les da la razón en ninguna de sus pretensiones”.
“Ni declara la fijeza del trabajador, ni reconoce ninguna indemnización, ni el derecho a la carrera profesional, ni tampoco prohíbe a la administración cubrir la vacante por concurso o por promoción interna”, ha afirmado Cortázar, quien ha añadido que, de hecho, la sentencia establece que la trabajadora debe continuar exactamente en la misma situación que ahora.
A este respecto, ha recalcado que “un nombramiento interino en plaza vacante no es coyuntural, es estructural en una plaza de plantilla orgánica hasta que, como dice la sentencia, se provea por el procedimiento reglamentariamente establecido”.
jueves, 12 de septiembre de 2019
[Solidaridad Obrers SESCAM] Primeras sentencias favorables a los cientos de demandas de trabajadores del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) por estar contratados de forma temporal abusiva
Recordatorio. El Tribunal Supremo no admitió a trámite el recurso a la sentencia del Tribunal Superior gallego que declaraba fijos a varios laborales temporales del Ayuntamiento de la Guardia en abuso de temporalidad por un defecto del recurso: el Ayuntamiento no aportó sentencia contradictoria en el momento válido. El Supremo no ha entrado en el fondo y no supone por tanto fijar ninguna doctrina ante el abuso de temporalidad en el empleo público, que sigue siendo como mucho la del indefinido no fijo para ciertos casos de personal laboral.
lunes, 9 de septiembre de 2019
Recordatorio. El Tribunal Supremo aplica su afirmación intrigante de la sentencia de 24/04/2019 - "el plazo de 3 años del artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público no opera de forma automática" - para no declarar indefinido no fijo al caso de una laboral pública interina de vacante de casi 6 años, por no considerarlo un "plazo inusualmente largo". ¿Estudiar caso por caso si hay plazo inusualmente largo su nuevo criterio (a la baja) para conceder o no la figura no fija de "indefinido no fijo" a laborales públicos en abuso de temporalidad?
El caso en cuestión de esta sentencia es el de una laboral interina de la Consejería de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid que ostentaba una interinidad de vacante desde 2010 de la que fue cesada casi 6 años después al haber sido adjudicado su puesto en la resolución de una convocatoria de proceso selectivo, con la circunstancia de que la adjudicación quedó desierta y la Consejería contrató a otro temporal para la vacante. El juzgado de lo Social de primera instancia la había declarado indefinida no fija y al despido improcedente con readmisión ante esa circunstancia anómala. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia revocó la declaración de despido improcedente, siendo recurrido por la Comunidad de Madrid ante el Supremo la declaración de indefinido no fija (que al menos le daría derecho a una indemnización de 20 días por año con tope de 12 mensualidades).
miércoles, 4 de septiembre de 2019
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, ante una demanda de una interina de vacante del SESPA de más de 10 años, sentencia que no puede considerarse existencia de abuso si ya se es interino de vacante, aplicando la actual jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo de 26/09/2018
Se ha publicado recientemente en el CENDOJ la sentencia de 15/07/2019 de la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias al recurso nº156/2019 que había presentado una empleada estatutaria interina de vacante durante más de 10 años del Servicio de Salud del Principado de Asturias , defendida por el conocido abogado Raúl Bocanegra, solicitando que se reconozca su situación de abuso de temporalidad según la cláusula 5ª de la conocida Directiva Europea 1999/70/CE y que como la obligada sanción al abuso se le concediera el reconocimiento del carácter fijo de su relación de servicio y la estabilidad definitiva en su plaza de Médico de los Servicios de Atención Continuada (SAC), subsidiariamente condición de funcionaria indefinida no fija o situación equivalente, demandas que previamente había desestimado el juzgado
domingo, 18 de agosto de 2019
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia vuele a sentenciar fijeza como sanción ante un contrato temporal en fraude de ley de un empleado público del Ayuntamiento de Barco de Valdeorras por haber sido contratado mediante proceso selectivos con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad
Esta postura ya fue reiterada por la misma Sección del mismo Tribunal regional en su sentencia de 30/04/2019 (rec. 4813/2018)ante casos muy similares (trabajador temporal en fraude de ley con acceso al puesto temporal tras haber superado un proceso selectivo de concurso-oposición bajo los principios de igualdad, mérito y capacidad y en general "con arreglo a lo dispuesto en el art. 55 del Estatuto Básico del Empleado Público". Y al menos otro juzgado de Lugo ,ya siguió esa primera sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia declarando fijos a varios laborales del Ayuntamiento de Cervo en situación idéntica a la de los de La Guardia
domingo, 11 de agosto de 2019
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia vuelve a sentenciar fijeza como sanción ante contratos temporales en fraude de ley de empleados público del Ayuntamiento de La Estrada por haber sido contratados mediante un proceso selectivos con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad
jueves, 8 de agosto de 2019
El Tribunal Supremo no admitió a trámite el recurso a la sentencia del Tribunal Superior gallego que declaraba fijos a varios laborales temporales del Ayuntamiento de la Guardia en abuso de temporalidad por un defecto del recurso: el Ayuntamiento no aportó sentencia contradictoria en el momento válido. El Supremo no ha entrado en el fondo y no supone por tanto fijar ninguna doctrina ante el abuso de temporalidad en el empleo público, que sigue siendo como mucho la del indefinido no fijo para ciertos casos de personal laboral.
miércoles, 7 de agosto de 2019
Recordatorio. Tribunal Supremo confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que declaró fijos a varios laborales del Ayuntamiento de La Guardia en abuso de temporalidad que habían sido contratados mediante proceso selectivos con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
Publica CNT que el Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que declaró fijos a varios laborales del Ayuntamiento de La Guardia en abuso de temporalidad que habían sido contratados mediante proceso selectivos con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
Y el Alto Tribunal lo hace no estimando, por razones técnicas (falta de sentencia de contraste o caso similar con sentencia contraria), la admisión a trámite del recurso que puso el Ayuntamiento.