viernes, 21 de enero de 2022

[RNE Noticias Madrid] Masiva impugnación por parte de médicos especialistas del SERMAS de las recientes convocatorias, con oposición, de su OPE de estabilización por la Comunidad de Madrid sin aplicar la Ley estatal aprobada con concursos de méritos. Entrevista a la "Agrupación Sanitaria Española" [ASAES] que ha presentado más de 400 de esos recursos

Informa Radio Nacional de España en su sección de Madrid del informativo a primera hora de la mañana de este 21/01/2022 [audio de esta parte] que  centenares de facultativos médicos especialistas  del SERMAS -hasta el punto de suponer el 92% de las plazas convocadas- han presentado recursos de impugnación contra la reciente publicación por parte de la Comunidad de Madrid de convocatorias de procesos selectivos con examen de plazas de la OPE de estabilización del SERMAS  de sus categorías, entrevistando a Javier Ruiz, colaborador jurídico de la "Agrupación Sanitaria Española" [ASAES] que ha coordinado más de 400 de estas impugnaciones, y quien ha explicado que:

  • el 50% de estos médicos especialistas del SERMAS se encuentra en situación de temporalidad
  • la mayoría de las plazas de esa OPE están ocupadas por profesionales con más de 15 años de antigüedad en el SERMAS que no tienen que demostrar su valía ahora por un examen
  • el Estado ha aprobado ha aprobado una Ley que establece que para estos casos los procesos de estabilización se hagan sin examen [sólo con fase de concurso de méritos]
  • los profesionales reclaman simplemente que la Comunidad de Madrid aplique la Ley estatal aprobada de tal forma que estabilice a sus médicos especialistas


Recordatorio. [AMYTS] 'AMYTS reclama una nueva reunión urgente con la Consejería de Sanidad para solucionar la temporalidad de los facultativos' [tras la publicación de la Ley 20/2021 estatal y su novedad del concurso de méritos para las OPEs de estabilización]

 [Recordatorio de entrada publicada el 11/01/2022]

[AMYTS 11/01/2022] 'La precariedad de los facultativos de especialidades tiene porcentajes altísimos en la sanidad madrileña. Tenemos una tasa de no fijos del 53,2% entre interinos y eventuales. Estos profesionales llevan muchos años sin opción de consolidar sus plazas por causas ajenas a su desempeño profesional. Ahora, tras las denuncias por el abuso de temporalidad, el Gobierno central ha publicado la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

 

Ante este nuevo escenario, en AMYTS, sindicato mayoritario entre los médicos madrileños, hemos reclamado una reunión urgente con el consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, el viceconsejero de Sanidad, Antonio Zapatero, y la directora general de Recursos Humanos del SERMAS, Raquel Sampedro, para "analizar la situación y valorar las medidas a tomar para dar una solución lo más adecuada posible a esta compleja situación".

 

Recordatorio. [Grupo de Médicos y Facultativos especialistas no fijos del SERMAS] Comunicado ante las convocatorias de OPEs del SERMAS dadas las directrices europeas sobre el abuso de temporalidad y la aprobación de una ley estatal [Solicitan su paralización y la regularización de los facultativos en fraude de ley para cumplir con la normativa europea]

 [Recordatorio de entrada publicada el 03/01/2022] 

 'Desde el colectivo de médicos y otros facultativos especialistas no fijos del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) queremos informar que venimos sufriendo, desde hace años, abuso de temporalidad en nuestros contratos, sin tampoco poder acceder a los derechos adquiridos por antigüedad, al no ser personal fijo.

La normativa de la UE 1999/70 es clara al respecto: más de tres años en el mismo puesto realizando las mismas funciones, deja de ser temporal y se convierte en estructural.

Estamos cansados de una situación fraudulenta, encadenando sucesivamente contratos sin poder consolidar nuestras plazas. Ha habido dejación de funciones de la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Madrid, quién debería habernos ofrecido la oportunidad de hacerlo durante los últimos 20 años, de forma equitativa y planificada. En algunas especialidades no se han convocado ofertas públicas de empleo (OPEs) desde hace más de 10 años. Así, actualmente en el SERMAS la tasa de temporalidad entre los facultativos especialistas hospitalarios y de servicios centrales es de aproximadamente un 50%.

Hace unos días, se han publicado varias convocatorias de OPE para multitud de especialidades. Somos 4528 interinos y 1857 eventuales a los que nos afecta esta situación.

jueves, 20 de enero de 2022

[CCOO Area Pública/FeSP UGT/CSIF nacional] 'Gobierno y sindicatos se marcan como objetivo alcanzar un nuevo acuerdo para las empleadas y los empleados públicos' [Reunión de laComisión de Seguimiento del Plan de choque para reducir la temporalidad en las AAPP. CCOO, UGT y CSIF han pedido que el desarrollo de los procesos selectivos derivados de la Ley 20/2021 deben ofrecer seguridad jurídica y garantizar el principio de equidad '

 'CCOO, UGT y CSIF -sindicatos más representativos de Función Pública- han fijado con el Ministerio de Hacienda y Función Pública un calendario para negociar un nuevo acuerdo en el seno de las Administraciones Públicas y el sector público empresarial. El impacto del IPC sobre el sueldo de las empleadas y los empleados públicos es una materia que se abordará en las próximas reuniones.

El proceso de diálogo también incluirá aspectos fundamentales para el futuro labora de las empleadas y los empleados públicos como son la digitalización, la jubilación, la promoción interna, la movilidad y la carrera profesional, entre otros.

Durante la reunión que CCOO; UGT y CSIF han mantenido, en el marco de la Comisión de Seguimiento del Plan de choque para reducir la temporalidad en las Administraciones Públicas, se han analizado los instrumentos para establecer los criterios para el desarrollo de la nueva ley sobre temporalidad. Estas mismas cuestiones se debatieron también ayer en el marco de la Comisión de Coordinación de Empleo Público.

[Tribunal de Justicia de la Unión Europea] 'Conclusiones del Abogado General en el asunto C-430/21: el Derecho de la Unión Europea se opone a una disposición o práctica nacional con arreglo a la cual los órganos jurisdiccionales nacionales no tienen competencias para examinar la conformidad con el Derecho de la Unión de un precepto del Derecho nacional que ha sido declarado constitucional mediante una resolución del Tribunal Constitucional del Estado miembro'

[...] 'En su Resolución nº 390/2021, dictada el 8 de junio de 2021, la Curtea Constituțională (Tribunal Constitucional, Rumanía), observó que en sentencias anteriores había declarado que las mencionadas disposiciones eran constitucionales. Declaró asimismo que no había motivo alguno para apartarse de esas sentencias, a pesar de la sentencia del Tribunal de Justicia de 18 de mayo de 2021. A su entender, aun cuando el artículo 148, apartado 2, de la Constitución rumana establece la primacía del Derecho de la Unión sobre las disposiciones del Derecho nacional que lo contradigan, ese principio no puede derogar ni negar la identidad constitucional nacional. 

En tales circunstancias, la Curtea de Apel Craiova (Tribunal Superior de Craiova, Rumanía), planteó varias cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia para que aclarase, en esencia, si puede impedirse a un juez nacional examinar la conformidad con el Derecho de la Unión de una disposición del Derecho nacional que el Tribunal Constitucional del Estado miembro ha declarado constitucional y si ese juez puede verse expuesto a procedimientos disciplinarios y sanciones por llevar a cabo dicho examen.

[CSIT-UP Administración General de la CM] La Comunidad de Madrid asegura que no va a paralizar las convocatorias de concurso-oposición de las plazas de estabilización ya publicadas , salvo que surja una norma que les obligue y "analizarán" la aplicación de la nueva ley a las plazas que no hayan sido convocadas. CSIT-UP pide se les aplique la nueva normativa del Concurso de Méritos excepcional

Informa CSIT-UP este 19/01/2022  , entre otras cosas, que en la reunión de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario de la Administración de la Comunidad de Madrid que tuvo lugar el mismo día 19/01/2022 ,y  ante el nuevo marco normativo nacional de la nueva Ley 20/2021 de Medidas Urgentes para Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público [que entró en vigor el 30/12/2021 y obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza] que no cumplen las convocatorias de procesos selectivos de plazas de estabilización de personal funcionario y laboral de la Administración General y Servicios de la Comundiad de Madrid según las leyes del estado de 2017 y 2018, publicadas en el BOCM día antes de su entrada en vigor:

  • han solicitado que se paralicen cautelarmente y que se proceda a revisar el Acuerdo sindical de 11/02/2021 para adaptarlo a dicha ley, y así que todos los puestos ocupados con anterioridad a 01/01/21016 [por definición, al menos todos los incluidos en las OPEs de estabilización anteriores] se convoquen por el sistema de concurso de méritos puro tal y como indica la nueva ley
  • la Administración de la C. de Madrid ha "asegurado" que no va a paralizar las convocatorias publicadas, y los procesos selectivos de esas convocatorias "continuarán, salvo que surja una normativa que obligue a modificar algún criterio, que no es el caso hasta ahora",  "procediendo a analizar la aplicación de la nueva Ley a aquellas plazas que no han sido convocadas".

Recordatorio.El Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentencia, como ya dijo en 2014 en la sentencia Mascolo sobre el resto de docentes públicos italianos, que los profesores públicos de religión italianos contratados por cursos durante años estarían en abuso de temporalidad, siendo irrelevante aquí el acuerdo Iglesia-Estado, y que viola la Directiva europea su exclusión de la conversión en fijos que reguló el Gobierno italiano tras dicha sentencia Mascolo, si no existe ninguna otra medida de sancion en su normativa particular. Recuerda que ante el abuso es indispensable aplicar una medida de sanción y sugiere conceder la medida del régimen general italiano, la fijeza, por la vía de una intepretación amplia del derecho italiano "considerado en su totalidad".

[Recordatorio de entrada publicada el 13/01/2022]  Tal y como estaba previsto, el Tribunal  de Justicia de la Unión Europea ha dictado hoy 13/01/2021 sentencia en el Asunto C-282/19 , el asunto "Gilda-UNAMS" (llamado así antes por los demandantes del caso, ahora llamado asunto  "MIUR y Ufficio Scolastico Regionale per la Campania"  por los demandados), una  "petición de decisión prejudicial"  (consultas de respuesta vinculantes al máximo tribunal europeo, que pueden realizar los órganos jurisdiccionales de cualquier país de la Unión) de un Tribunal italiano  sobre los profesores públicos de religión italianos que no fueron incluidos en la conversión administrativa a fijos sí realizada al resto de docentes de educación pública tras la famosa sentencia del Tribunal Europeo del Asunto (también italiano) "Mascolo y otros" en 2014.

En concreto se trata del caso de 18 profesores de religión católica contratados por el Ministerio de Educación, de Universidades y de Investigación [MIUR]  italiano  mediante contratos de duración anual en acuerdo con la Iglesia, que, cumpliendo con una disposición de la normativa nacional de enseñanza no universitaria (de 27/11/2007), fueron renovados de curso en curso hasta acumular temporalidades personales de entre más de 3 y 20 años .

[CSIF C. de Madrid] 'CSIF cree que la convocatoria de la Comunidad de Madrid para docentes no ataja el problema de la temporalidad. La Consejería de Educación convoca oposiciones por considerar injusto el Acuerdo de Reducción de la Temporalidad del Ministerio de Educación'

'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, quiere denunciar un capítulo más de la batalla política que se libra entre el Gobierno central y la Comunidad de Madrid. En este caso, con la intención, por parte de la Comunidad, de no aplicar el Acuerdo de Reducción de la Temporalidad que está desarrollando actualmente el Ministerio de Educación, por considerarlo un sistema de acceso injusto.

Ante esta situación, la Comunidad de Madrid pretende convocar en 2022, 1.625 plazas de maestros a ejecutar en junio de 2022. Y para 2023, 1.825 plazas de Enseñanzas Medias, abriendo en breve la convocatoria de instancias para ambas. Todas las plazas saldrán a concurso-oposición con el Decreto 276/07 como reglamento de ingreso.

[Gob. C. de Madrid] 'La Comunidad de Madrid incorpora la tecnología blockchain a su proceso de transformación digital. El consejero de Administración Local y Digitalización ha firmado un protocolo de colaboración con ALASTRIA, asociación integrada por más de 500 socios.El acuerdo permitirá recibir el asesoramiento necesario para que la Administración regional despliegue su propio nodo en esta red'

 'La Comunidad de Madrid ha suscrito hoy un protocolo de colaboración con la asociación sin ánimo de lucro ALASTRIA para la implantación del blockchain en su proceso de transformación digital, sumándose así a un entorno de confianza para el intercambio de datos, más transparente, dinámico y sencillo para la transmisión de información.

El consejero de Administración Local y Digitalización del Gobierno regional, Carlos Izquierdo, y el presidente de esta asociación, Miguel Ángel Domínguez, han rubricado el acuerdo en las instalaciones Conecta Lab, de la Universidad Pontificia Comillas, “con el que Madrid se suma a esta gran red que cuenta con más de 500 socios, entre organizaciones públicas y privadas, y expertos individuales, que trabajan para favorecer el desarrollo de esta tecnología en España”, ha añadido el consejero.

“El blockchain tiene un gran potencial a la hora de proteger servicios digitales dentro de los procesos administrativos de las consejerías, asegurando el servicio que se presta a los ciudadanos. Así, esta tecnología, que funciona como una gran base de datos, se podría aplicar para el registro de activos como pueden ser títulos académicos, certificaciones o archivos”, ha dicho Izquierdo.

miércoles, 19 de enero de 2022

[CSIF Almería] 'CSIF gana una sentencia que reconoce como trabajadora fija a una empleada pública temporal desde hace 17 años en la Diputación. El caso particular de esta trabajadora es que llevaba casi una veintena de años desempeñando sus funciones como educadora en la institución provincial y había aprobado un proceso selectivo regido por los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, pero sin la obtención de plaza' [Aplica nueva doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 16/11/2021 para laborales públicos bajo el EBEP en el acceso]

'El Juzgado de lo Social número 1 de Almería ha dado la razón a la Central Sindical Independiente y de Funcionarios, CSIF Almería, reconociendo como trabajadora fija a una empleada pública temporal de la Diputación Provincial, gracias a la labor de la Asesoría Jurídica del sindicato, en este caso de la letrada, Sonia Zafra.

En este caso, el juez apunta en su sentencia, que aún puede ser recurrida, que dicha trabajadora “está legitimada para adquirir la condición de fija en la plaza vacante que ocupa” fundamentándose en la base de la doctrina contenida en la sentencia del Tribunal Supremo de 16 de noviembre de 2021. En este caso, el Alto Tribunal razona que, “cuando la relación laboral deviene fraudulenta, por cuanto que la plaza que ocupa la persona trabajadora tiene por objeto atender a necesidades permanentes, ello conlleva la adquisición, no de personal laboral indefinido no fijo, sino la de personal laboral fijo, porque ya ha superado un proceso selectivo regido por los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, aunque sin plaza”.


Recordatorio. Primeras sentencias de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo a demandas de fijeza y derechos de carrera y movilidad del grupo de demandas del SERMAS de 2016 que dio lugar a la sentencia europea de 19/03/2020. Sigue la línea de su sentencia de 30/11/2021: pasa a reconocer el abuso en interinidades de vacante prolongadas, incluso de único nombramiento, pero rechaza la fijeza como sanción como está rechazando la indemnización, por no estar contemplada por la ley nacional

 [Recordatorio de entrada publicada el 12/01/2022]

  • Reitera su doctrina consolidada del derecho a la carrera profesional por la normativa europea de no discriminación con el fijo (y ante sentencias europeas explícitas que forzaron a asumirla)

  • Pero sigue sin pasar a reconocer el derecho a la movilidad (promociones internas, concursos de traslados, ...) por la misma normativa europea, sin detallar la "razón objetiva" que es necesaria exista en concreto para permitir la discriminación con el fijo



Hace unas semanas publicábamos una  entrada sobre la importante  sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de empleados públicos funcionarios de cualquier AAPP y estatutarios de los servicios de Salud) del Tribunal Supremo  de 30/11/2021 (rec. nº 6302/2018)  ante la demanda de reconocimiento de un situación de abuso de temporalidad (según la cláusula 5 del Acuerdo Marco en la Directiva de la Unión Europea 1999/70/CE y las sentencias europeas que la interpretan) y  del derecho de indemnización al cese de 20 días por año trabajado como sanción a dicho abuso de temporalidad en el caso de una estatutaria interina de vacante tras varios nombramientos eventuales.

En dicha sentencia de 30/11/2021, esta Sala del Supremo pasaba , tras incluir ya tanto la famosa sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros"  como su "corroboración" o aclaración, la sentencia europea de 03/06/2021 en el asunto IMIDRA, a reconocer de forma pionera en un empleado público funcionario/estatutario que ya es interino de vacante, la situación de abuso de temporalidad en el sentido de la Directiva europea pero no concedía la indemnización por abuso de temporalidad solicitada argumentando que no está contemplada en la legislación nacional, y tras realizar la afirmación más general  que de las sentencias del Tribunal de Justicia del Unión Europea sobre abuso de temporalidad en empleo público,  incluyendo las citadas,  "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante este tipo de abuso si la sanción demandada no está explícitamente contemplada en la legislación nacional para el funcionario  o estatuario de servicio de salud, correspondiéndole a las autoridades legislativas regularla.

Recordatorio. Publicada la Estrategia de Salud Digital del Sistema Nacional de Salud, tras su aprobación por el Consejo Interterritorial de Salud el 02/12/2021. Más de 675 millones de euros para el período 2021-2026 en proyectos en cooperación con las CCAA

 [Recordatorio de entrada publicada el 21/12/2022 El Ministerio de Sanidad ha publicado en su web el documento  "Estrategia de Salud Digital del Sistema nacional de Salud"  que fue aprobada por el Consejo Interterritorial de Salud del pasado 2/12/2021.

Según el documento, esta estrategia "aspira a contribuir al mantenimiento de un buen nivel de salud en la población española y a fortalecer el sistema sanitario público mediante la capacidad transformadora de las tecnologías digitales dirigida a personas, profesionales de la salud, organizaciones proveedoras de servicios sanitarios y resto de agentes relacionados" y "constituye el marco de referencia para el desarrollo de las diferentes iniciativas y actuaciones de las administraciones competentes en materia sanitaria, promoviendo que el Sistema Nacional de Salud aborde su transformación digital de manera armónica y coordinada".

Esta  estrategia, nacional pero elaborada en cooperación con las CCAAs,, para el período 2021-2026, está dotada con más de 675 millones de euros encuadrados fundamentalmente dentro del Mecanismo de Transformación, Recuperación y Resiliencia del Gobierno de España, y cuenta con tres grandes líneas de actuación:

  1.  el desarrollo de servicios sanitarios digitales orientados a las personas, a las organizaciones y a los procesos que integran el sistema de protección de la salud, con un enfoque de equidad.
  2. la generalización de la interoperabilidad de la información sanitaria 
  3. el impulso a la analítica de datos relacionados con la salud, sus determinantes y el sistema sanitario.

Para lo que se realizarán proyectos que implican necesariamente la cooperación entre el Ministerio con las CCAA , y que se agrupan en tres
tipos en cuanto a su ejecución:

[Gob. Com. de Madrid] 'Díaz Ayuso presenta la videoconsulta a través de la Tarjeta Sanitaria Virtual y disponible en toda la red pública antes de finalizar el año. • En esta primera fase será prescrita por el profesional sanitario y posteriormente podrá ser solicitada por el paciente. Ha comenzado a implantarse en los Hospitales públicos de El Escorial y del Henares y se irá extendiendo a los centros de salud.'

'La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha presentado hoy el sistema de la videoconsulta a través de la Tarjeta Sanitaria Virtual, que comienza en los hospitales públicos de El Escorial y del Henares, en Coslada, y estará disponible en toda la red antes de que finalice este año 2022.

Así, la Comunidad de Madrid pone en marcha una nueva funcionalidad pionera en España dentro de la Tarjeta Sanitaria Virtual que permitirá la realización de videoconsultas de los profesionales sanitarios -médicos, enfermeros, matronas, fisioterapeutas, psiquiatría o trabajadores sociales-, con los pacientes, tanto en Atención Primaria como en hospitalaria.

Se trata, ha señalado la presidenta, de un “gran avance en la atención al paciente y en la calidad de vida de los madrileños”. “No hablamos de futuro de la sanidad pública madrileña, hablamos de su presente”, ha destacado durante su visita al Hospital del Henares, donde ha hecho hincapié en que se va a aprovechar el “inmenso potencial de los nuevos canales de comunicación para llevar los cuidados allí donde esté el paciente”.

[FeSP UGT Enseñanza Madrid] 'Mesa Sectorial Oposiciones Docentes 2022' ["Seguimos posicionados en que se celebren oposiciones de maestros en 2022 en Madrid retrasando la convocatoria hasta que se ponga en vigor la nueva normativa estatal transitoria de acceso"]

 'Celebrada la Mesa Sectorial convocada para la negociación de la convocatoria de oposiciones 2022, desde la Consejería de Educación se ha propuesto:

  • Convocar oposiciones del Cuerpo de Maestros y de Secundaria, FP y RE con el actual Real Decreto 276. En el año 2022 se haría el examen del Cuerpo de Maestros y en el año 2023 el de Secundaria, FP y RE.
  • La Consejería no está de acuerdo con el nuevo Real Decreto.
  • Convocar 1625 plazas para el Cuerpo de Maestros, sin incluir la tasa de reposición de la OPE 2022.
  • Se nos va a convocar en breve para el reparto de plazas por especialidades.

Prevista para hoy 19/01/2022 reunión de la Comisión de Coordinación del Empleo Público del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en la que participan los responsables de Función Pública de todas las CCAA

 Según la agenda del día de hoy de 19/01/2022 de la Junta de Extremadura y la agenda del Gobierno Vasco hoy está previsto a a las 10:00  en el Ministerio de Hacienda y Función Pública, reunión de la Comisión de Coordinación del Empleo Público, que aglutina a los responsables de Función Pública de todas las CCAA y la FEMP junto con la Secretaría de Función Pública del Ministerio. Por Extremadura asitirá su directora general de Función Pública, Carmen Vicente y por el País Vasco El Director de Función Pública, Juan María Barasorda.

Con suma probabilidad, se tratará la nueva Ley de reducción de temporalidad pública, en vigor desde el pasado 30/122/2021, y que, recordemos, obliga a todas las AAPP , entre otras cosas, a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza que la AAPP responsable no decida anular o modificar. Posiblemente el Ministerio proponga criterios de aplicación coordinados.

No olvidemos que en las  semanas pasados ha habido "carreras" por muchas AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores días antes de la entrada en vigor de esta Ley.