"La Junta de Castilla y León ha iniciado el procedimiento destinado al abono de trienios al personal estatuario temporal y al personal funcionario interino y sustituto que presta servicio en las instituciones y centros sanitarios dependientes de la Gerencia Regional de Salud"
"Este reconocimiento emana de la aplicación del artículo 25.2 de la Ley 2/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, aprobada por las Cortes. En este artículo se recoge, en relación con las retribuciones, el reconocimiento al personal interino de los trienios correspondientes a los servicios prestados con anterioridad a la entrada en vigor de dicho Estatuto." Fuente: Acta Sanitaria
Nota: en la nueva terminología del Estatuto básico del empleado público "interino" se refiere por su Artículo 10 en el caso de los estatutarios a todo el personal temporal (interino, sustituto y eventual)
¿ Para cuándo en la Comunidad de Madrid ?
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