"Tres meses después de que el Tribunal Superior de Justicia de las Comunidades Europeas declarase el derecho del personal [estatutario] contratado de forma temporal a cobrar trienios, [ante la demanda de un facultativo] un juzgado de Oviedo asume la doctrina y aclara que no cabe la discriminación entre este personal y el fijo." Fuente: Diario Médico.
En cualquier caso, esto queda ya establecido por la Ley de Estatubo Básico del Empleado Público, de ámbito estatal y que entró en vigor en Mayo del año pasado en este punto, si bien la Comunidad de Madrid todavía no lo ha aplicado. Debemos o queremos suponer que cuando lo haga, lo hará retroactivamente.
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1 comentario:
Más bien debemos suponer que el gobierno de la CM se va saltar la ley a la torera y, salvo protesta reiterada, no va a hacer nada, pq se está gastando todo el dinero en lo privado y luego tiene problemas para las nóminas
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