'La Central Sindical
Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las
administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, ha
solicitado la convocatoria urgente de la Mesa General de Empleados Públicos de
la Comunidad de Madrid para negociar todo lo relativo a la gestión de los
recursos humanos de los empleados públicos de la región, una vez que el
Gobierno autonómico está optando, de manera generalizada, por indemnizar a los
trabajadores interinos cuyos despidos fueron improcedentes según distintas
sentencias.
Las sentencias que los juzgados
de lo social madrileños están dictando a instancias de CSIF, después de que el
Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) dictaminara que debían equipararse las
indemnizaciones de los trabajadores fijos y de los temporales, declaran
improcedentes los despidos de diferentes trabajadores interinos de la Comunidad
de Madrid. Todos los fallos [Nota del Editor: en el caso de de empleados públicos bajo contratos laborales], tras estimar las demandas interpuestas por CSIF,
dan dos opciones a la Administración: readmitir al trabajador o indemnizarle
con la cantidad que corresponda.
Tras las seis primeras sentencias
que ha ganado este sindicato después del fallo del TJUE, la Comunidad de Madrid
ha optado en todas ellas por la indemnización, algunas de las cuales son
cuantiosas, ya que llegan hasta los 28.676 euros. Las indemnizaciones de las
seis sentencias ganadas hasta el momento suman más de 96.000 euros, pero esto
es sólo el principio, ya que CSIF tiene en trámite más de 100 expedientes.
Todas estas sentencias de
juzgados de lo social se producen tras el histórico fallo del Tribunal Superior
de Justicia de Madrid (TSJM) del pasado 5 de octubre, que obligó a indemnizar a
una trabajadora interina del Ministerio de Defensa con la misma cantidad que le
correspondería a un empleado despedido por causas objetivas: 20 días por año
trabajado. Esta sentencia, que se produjo tras la mencionada del TJUE, indicaba
que la demandante se encontraba en un "supuesto de temporalidad con 'tempus'
no acotado y de previsibilidad incierta hasta el extremo de que la duración del
contrato se ha extendido a más de siete años".
Los fallos de la justicia ponen
de relieve que la Administración ha convertido en temporales puestos que eran
estructurales, por eso la indemnización se lleva a cabo con criterios de
trabajadores indefinidos. En este sentido, los trabajadores demandantes son
considerados como "indefinidos no fijos". La sentencia del TJUE
señala el mero hecho de que un trabajador haya prestado sus servicios en virtud
de un contrato de interinidad "no puede constituir una razón objetiva que
permita justificar la negativa a que dicho trabajador tenga derecho a la
mencionada indemnización".
En la primera sentencia ganada
por CSIF, el pasado mes de noviembre, el Juzgado de lo Social número 4 de
Madrid falló a favor de una trabajadora adscrita a la Consejería de Políticas
Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid que fue despedida el pasado 30 de
septiembre. En su escrito, CSIF alegaba, entre otros motivos, la existencia de fraude de ley al haberse superado el plazo máximo de tres años para la
cobertura de la vacante como establece el artículo 70 del Estatuto Básico delEmpleado Público (EBEP) y que el contrato debería transformarse en indefinido
no fijo, como así resolvió el juez en su sentencia.
El juzgado determinó que la
relación laboral de la trabajadora con el empleador es la de indefinida no
fija, por lo que declara improcedente el despido al no haberse cumplido los
requisitos del artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores, ya que la
Administración concluyó la relación laboral con un simple cese.
El fallo condenó a la demandada,
la Consejería de Políticas Sociales y Familia, a readmitirla en el plazo de
cinco días o a indemnizarla con 28.000 euros. Y advierte que, en el caso de
producirse la readmisión, se deberá abonar a la trabajadora los salarios de
tramitación desde el despido hasta la fecha de notificación de esta resolución,
a razón de 51,81 euros por día.'
Fuente: Nota de Prensa de CSIF Comunidad de Madrid recibida en APISCAM
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