viernes, 17 de marzo de 2017

El Consejero de Sanidad afirma en la Asamblea de Madrid que realizará un proceso extraordinario de interinizaciones dará "estricto" cumplimiento a lo recogido en la Ley de Acompañamiento de los presupuestos 2016 [de volumen más restringido que lo que se estaba negociando en sindicatos] y que mantiene su compromiso de bajar la eventualidad al 5,4% en el SERMAS

El Pleno de a Asamblea de la Comunidad de Madrid de ayer jueves 16/03/2016 contaba en su orden del día actualizado con una Pregunta de Contestación Oral en Pleno al Consejero de Sanidad del portavoz de Sanidad de Ciudadanos, Enrique Veloso Lozano , sobre  "cuándo tiene pensado el Gobierno convocar el procedimiento extraordinario regulado en el apartado 4ª de la Disposición Final 1ª de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid", es decir, cuándo piensa aplicar el Gobierno de la Comunidad de Madrid el famoso punto de la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos de  la Comunidad de Madrid de 2016  que fue aprobado a propuesta y con los votos a favor de la oposición en la Asamblea de Madrid -con el voto entonces en contra del Gobierno de la Comunidad de Madrid- y que rezaba así:

"Se habilita al titular de la Consejería de Sanidad para que, previa negociación en los órganos de representación competentes, regule un procedimiento extraordinario de nombramiento en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud de todo el personal estatutario eventual que lleve más de dos años encadenando contratos sucesivos y ocupando una plaza prevista en la plantilla orgánica como personal estatutario interino."



 

Es importante recordar que, este punto, junto con otros también aprobados por la oposición, sufrió curiosamente un recurso del Gobierno del Estado ante le Tribunal Constitucional, quien en su sentencia de 02/02/2017 se opuso de forma  tajante  los argumentos del Estado , desestimando la petición "del" Estado de anular este punto de la Ley de Acompañamiento, y aclarando que no sólo no violaba la legislación española vigente, en concreto el Estatuto Marco del personal estautario de los Servicios de Salud -como razonaba el abogado Estado-, "sino que le da cumplimiento".

Tras esta sentencia, publicada en el BOE hace unos días, volvía a entrar en vigor dicho punto, dado que había quedado suspendido al haber hecho uso el Presidente del Gobierno de su prerrogativa especial de poder dictar la suspensión cautelar  en los recursos del Estado al Tribunal Constitucional-en vez de un juez como en el resto de procedimientos judiciales- .


En la parte de la sesión de la Asamblea de ayer  [ver transmisión de este punto del orden del día aquí], el Consejero de Sanidad,  Jesús Sánchez Martos,  en  respondió en su primer turno muy brevemente que "se habían iniciado las negociaciones con los sindicatos en la pasada mesa Sectorial de 22/02/2017 para dar cumplimiento a esta norma de ley".




En el turno de réplica, el portavoz de Sanidad de Ciudadanos quiso extender la formulación orignal de la pregunta recordando que las  sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo público establecen  la ilegalidad de cubrir plazas estructurales con personal eventual, situación en la que estaría de sobra todo personal eventual de más de dos años, haya o no plaza vacante libre en la plantilla orgánica, y que, el Gobierno regional tendría que dar cumplimiento también a esta normativa europea, afirmando que sigue sin hacerse nada por su parte al respecto y acusando de hecho al Gobierno regional que en la actualidad "no cumpli con la legalidad" por tanto . Curiosamente. cuando saltó la noticia de las sentencias del Tribunal Europeo, la Consejería de Sanidad  afirmó en Septiembre de 2016  que ya tenía los deberes hechos porque tenía el compromiso de bajar la eventualidad al 5,4% ,  prometiendo después que realizaría una transformación masivma a interinos "entre octubre y noviembre" .




El Consejero de Sanidad  respondió  que "tiene el objetivo de reducir las tasas de  eventualidad al 5,4%", que viene a ser lo justo para "cubrir las necesidades realmente coyunturales" y afirmó que "van a dar estricto cumplimiento" a lo dispuesto por  la ley de acompañamiento de 2016, ahora avalada por el Tribunal Constitucional, , esperando que en la pŕoxima Mesa Sectorial de Sanidad, que anunció para el 29 de Marzo de 2017 se llegue a un acuerdo con los sindicatos, y que si no tal hay acuerdo,pues  se verán "obligados"  a regular de forma unilateral un proceso extraordinario de interinizaciones siempre ajustado "de forma estricta" a lo que dicta ese artículo la ley 9/2015



 


Es de suponer, por tanto, que con estricto cumplimiento del apartado 4ª de la Disposición Final 1ª de la Ley 9/2015, pues el Gobierno se refieren a que el proceso que aprobarían inicialmente sólo interinizará a aquellos eventuales que lleven más de dos años y ya exista vacante libre de su categoría en la plantilla orgánica del centro.]. En todo caso, "en cuanto finalice la esa negociación se publicará la resolución".

Nótese que precisamente en la Mesa sectorial de Sanidad de 22 de febrero el Dir. Gral de RRHH de Sanidad ya trasladó que se iba a modificar el tipo de proceso extraordinario de interinización que se estaba negociando con los sindicatos ya desde 8 meses atraś para pasar a dos fases en principio, una primera de proceso extraordinario de interinización, lo que supuso un supuso el "enérgico" rechazo de varios sindicatos ante el hecho de que en la actualidad no hay vacantes suficientes para todos los temporales de más de 2 años fuera de plantilla y la obviedad de que la sentencia del Tribunal Constitucional y la ley de los presupuestos no impide un proceso de interinizaciones de volumen más amplio que además daría cumplimiento a lo obligado por la normativa europea.

 

Entradas relacionadas:

No hay comentarios: