'La
Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
(Sra Julianne Kokotz), ha evacuado las conclusiones, respecto a los
asuntos acumulados C-103/18 Y C-429/18, procedentes de cuestiones
prejudiciales planteadas por los Juzgados de lo contencioso número 8 y
14 de Madrid, que versan sobre el abuso de la temporalidad de los
empleados públicos en las Administraciones Públicas españolas.
Texto completo de las conclusiones en el siguiente enlace, o en la página web de FeSP-UGT-PV: Conclusiones Abogacía General sobre sentencia de interinos
obligatoria para los Estados Miembros-, el Tribunal europeo normalmente sigue las conclusiones de su Abogacía General.
Antes de valorar el dictamen, debemos aclarar que en el día de hoy también se ha emitido otro dictamen sobre personal interino,
que no afecta a los asuntos acumulados pero que ha generado una gran
confusión tanto a nivel de prensa como de los afectados: se trata del
asunto C-177/18 sobre un trabajador interino de un Ayuntamiento
madrileño, y que declara la no indemnización para el caso de los
trabajadores interinos en situación de no abuso de la temporalidad -como
se ve, contrario al dictamen que nos ocupa-.
Análisis FeSP-UGT-PV acerca del dictamen
1.
A la problemática expuesta en las cuestiones prejudiciales (personal
interino -estatutario o funcionario- que ha sufrido un abuso de la
temporalidad) le es aplicable sin ningún género de duda la cláusula 5a
del Acuerdo Marco sobre "Medidas destinadas a evitar la utilización
abusiva".