lunes, 22 de junio de 2020

[ElDiario.es] Una jueza de Alicante reconoce por primera vez el puesto fijo a una interina [funcionaria], llevaba 13 años temporal en el Ayuntamiento de Alicante que va a recurrir la sentencia. [La jueza aplicó la reciente sentencia europea sobre abuso de temporalidad en el empleo público español.]

Informa ElDiario.es este 21/06/2020  de la sentencia de una jueza de Alicante, que "ha revolucionado a los interinos" y que declara la condición de fija a una funcionaria interina 13 años en el Ayuntamiento de Alicante por abuso de temporalidad, aplicando la reciente  sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020  [asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros", siendo el asunto principal Sánchez Ruiz  por el caso de un informático de nuestra asociación], sentencia europea que este medio cubrió también de forma amplia [y adecuada], haciendo el medio un amplio repaso  de la sentencia y los razonamientos de la jueza de Alicante, que concluye que la fijeza es la "única solución que cumple con las condiciones que establece la justicia europea", trasladando información de esta asociación APISCAM  acerca de que es la primera vez conocida que se reconoce la condición de fijo a un interino [de tipo funcionario] así como de que ya hay casos de sentencia de la condición de fijo a personal laboral temporal público.

El Ayuntamiento de Alicante ha confirmado al medio que recurrirá la sentencia


domingo, 21 de junio de 2020

Entradas más vistas de la semana 15/06/2020-21/06/2020 en este blog: Tribunal Superior de la Rioja usa la sentencia europea de 19/03/2020 para declarar abuso de temporalidad a la acumulacion de interinidades por cursos en un profesor, tras la sentencia de fijeza a funcionaria interina de un Juzgado de Alicante por abuso de temporalidad usando sentencia europea senador de Compromís pregunta al Gobierno, ...

Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

sábado, 20 de junio de 2020

Publicada en el BOCM la Orden de la Consejería de Sanidad que establece las restricciones particulares por la pandemia del COVID-19 en la Comunidad de Madrid tras la finalización del Estado de Alarma

En día de hoy 20/06/2020 se ha publicado en un número adicional del BOCM ,  la Orden 668/2020, de 19 de junio, de la Consejería de Sanidad, "por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio", siempre en coherencia con lo establecido por  el Real-Decreto Ley de medidas restrictivas que deberán cumplir los territorios que pasen a la fase de "nueva normalidad"

viernes, 19 de junio de 2020

[CAS Madrid] Nota de Prensa CAS Movilizaciones estatales 20 junio "Nunca más muertos evitables, nunca más privatizaciones". Manifestacón en Madrid 20h desde Atocha

'El próximo sábado 20 de junio, dentro de la campaña "Nunca Más Muertos Evitables, Nunca Más Privatizaciones. La Privatización mata", se llevarán a cabo diversas movilizaciones en cerca de 50 localidades del estado español.
El objetivo de las movilizaciones es ir difundiendo entre la opinión pública las causas del desmantelamiento y del colapso del sistema sanitario público que han quedado totalmente evidentes ante la crisis del Covid19, así como presionar a los políticos para la derogación de las normas que permiten la privatización a nivel estatal: la Ley 15/97 y el articulo 90 de la Ley General de Sanidad.

[AMYTS] 'AMYTS convoca el sábado 20 de junio a las 12:00 horas en Sol homenaje a los fallecidos y denuncia el maltrato médico y T.S'

'Esde AMYTS, sindicato mayoritario entre el colectivo médico de Madrid, hemos convocado una concentración para este próximo sábado 20 de junio a las 12:00 horas en la Puerta del Sol en homenaje a los fallecidos por el Covid-19 y en defensa de la profesión médica.
Un acto que constará de dos momentos: el primero que será un sincero recuerdo a las víctimas de la pandemia y a los afectados; y el segundo que consistirá en un movimiento de reivindicación de los derechos de los profesionales médicos y titulados superiores duramente maltratados antes, durante y después del Covid-19.

Exigimos un diálogo urgente, sincero y no exento de responsabilidades a la Administración. Que todo lo que ha pasado en esta crisis sanitaria no pase nunca más, necesitamos que acabe el maltrato médico“, ha señalado Julián Ezquerra, secretario general de AMYTS.


jueves, 18 de junio de 2020

Importante reestructuración de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid (antigua ICM): Coordinación con Sanidad deja de ser una Dirección especial de primer nivel para ser un área más bajo la Subdirección Gral de Servicios a Consejerías, Subdir. Gral que pasa a llevar Zaida Sampedro, la ex Dir. Gral de SSII del SERMAS. Servicios de comunicaciones, puestos, ... para Sanidad se integran en los servicios horizontales comunes

El pasado 01/06/2020 Elena Liria Fernández, Consejera-Delegada de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid (abreviada oficialmente por Madrid Digital , pero que sigue siendo muy conocida por sus sigas anteriores, ICM, de Agencia de Informática y Comunicaciones de la CM ) emitió la resolución  319/2020 por la que se modifica la estructura y organigrama de la Agencia, produciéndose una importante reorganización de Subdirecciones y áreas, con gran impacto en las que prestaban servicios para Sanidad:
  • se suprime la Subdirección General de Servicios y Gestión de Aplicaciones, para crear dos , la  de Servicios a Consejerías y la de Soluciones
  • la anterior Subdirectora General de Infraestructuras y Operaciones, Zaida Sampedro Préstamo , y que que fuera en el pasado Directora General de la informática bajo la Consejería de Sanidad -Consejería que contaba  y cuenta con una importante Dirección Gral propia de sus SSII centrales- , pasa a ser laa nueva Subdirectora General de Servicios a Consejerías y Administracion Digital,  y pasa a tener debajo de su Dirección de Servicios un Área de Sanidad
  • correspondientemente, desaparece la "Dirección de Planificación y Coordinación para el Ámbito Sanitario, Políticas Sociales y Familia,", creada en 2007 en  principio como coordinación exclusivamente con la Consejeria de Sanidad  , asumiendo poco a poco esa Dirección especial de ICM  con rango de Subdirección General o de primer nivel, la gestión de comunicaciones y el puesto informático de dichos equipamientos y otras competencaias en la Consejeria de Sanidad, tras aprobarse el paso de ciertas competencias de Sanidad a ICM, apareciendo ahora bajo la Subdirección de Servicios a Consejería ese Área de Sanidad que citábamos, que aparte de estar a un nivel inferior en el organigrama de Madrid Digital ya no tiene, aparentemente, divisiones propias de comunicaciones, puestos, ...

Tras la sentencia de fijeza a una funcionaria interina de Alicante por abuso de temporalidad según la Directiva Europea, el senador de Compromís Carles Mulet presenta una nueva serie de preguntas al Gobierno de contestación escrita sobre cuándo piensa transponer dicha Directiva Europea y qué medidas va a adoptar a raíz de esta sentencia que "aumentará la conflictividad social"

Este lunes 15/06/2020 el senador de Compromís Carles Mulet y miembro del Grupo Parlamentario Izquierda Confederal volvía a registrar una serie de 12 preguntas al Gobierno -de contestación escrita- tras conocer la ya famosa sentencia de Alicante , sentencia donde  una juez de lo  Contencioso-Administrativo reconoce y sanciona el abuso de temporalidad con la transformación en fijo a una funcionaria interina 13 años aplicando de forma minuciosamente fundamentada la reciente sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del  asunto Sánchez Ruiz.

En la motivación común de esta nueva batería de 12 preguntas , el Senador  parte de las declaraciones de la Ministra de Función Pública en su  comparecencia en Comisión del Senado  acerca de que "no piensa transponer la Directiva Europea 1999/70"  cuando "es de obligado cumplimiento" para todos los Estados miembros entre ellos España, que "lidera el incumplimiento de directivas europeas" afirmando el Senador "que esto no nos sale gratis, comporta multas que hemos de pagar entre todos y no son precisamente escasas" para a continuación citar la mencionada sentencia de fijeza. Y pregunta:
  1. [684/017846] ¿Qué precio pagamos por la no transposición de las Directivas y hacer caso omiso del Derecho europeo?
  2. [684/017845] En el albor de una crisis económica, ¿cómo piensa explicar a la ciudadanía que millones de euros que se podían destinar a ayudar a las familias se van a ir al garete por flagrantes incumplimientos?
  3. [684/017844] ¿Podría explicar al colectivo de interinos por qué su resistencia a aplicar la Directiva comunitaria 1999/70/CE? Cuesta entender  por qué les excluyen de su protección, ¿acaso no son trabajadores con derechos reconocidos de la Unión Europea?

[Gob. Canarias] 'La Gomera, elegida para el pilotaje nacional de la APP de rastreo de contagios Covid-19. El objetivo del pilotaje, que se iniciará en las próximas semanas, es testar la aplicación para valorar su puesta en marcha en toda España. La app utiliza un modelo descentralizado que es el más respetuoso con la privacidad del usuario, en la línea con las recomendaciones de la Comisión Europea'

'El Gobierno de Canarias, a través del Servicio Canario de la Salud y las direcciones generales de Modernización y Nuevas Tecnologías, colaboran con el Ministerio de Sanidad y la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial para pilotar, a finales de junio en La Gomera, una app de rastreo de posibles contagios por Covid-19.

El objetivo es explorar los potenciales de esta aplicación móvil de traceo en un escenario real. Sus resultados, con información, datos y experiencia, permitirán valorar a las autoridades sanitarias, tanto nacionales como autonómicas, si esta solución tecnológica se puede implementar en todo el país para luchar contra la COVID-19, reducir el impacto de nuevos contagios y cortar de forma eficaz una posible cadena de contagios.


miércoles, 17 de junio de 2020

Jueza de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, premio a la Calidad del CGPJ, en una "didáctica" sentencia reconoce y sanciona el abuso de temporalidad con la transformación en fija a una funcionaria interina 13 años del Ayuntamiento de Alicante siguiendo la Directiva Europea 1999/70/CE y las sentencias del Tribunal Europeo, especialmente la reciente de 19/03, asunto Sánchez Ruiz, que sigue minuciosamente para determinar que el abuso es evidente, que no vale como sanción ni OPE ni el proceso de estabilización ya emprendido con su puesto, ni la figura del indefinido no fijo ni tampoco indemnizaciones al no existir para los funcionarios y ser inasumibles si se crearan específicas y realmente disuasorias, considerando más sensata la fijeza que además respeta el ordenamiento jurídico español al haber superado un proceso selectivo la demandante. UGT discrepa que sea legal, CSIF y CCOO exigen medidas sancionadoras urgentes a la vez que instan a ejecutar los procesos de estabilización ya acordados. La sentencia no es firme: el Ayuntamiento de Alicante recurrirá la sentencia.


Este pasado jueves conocíamos la pionera sentencia de la magistrada titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 4 de Alicante del8 de Junio  (en el rec. nº 813/2019) , en la que declaraba la  transformación en fija a una funcionaria interina 13 años delAyuntamiento de Alicante, con "derecho a permanecer en su puesto de trabajo y  con sujeción al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad que tiene los  funcionarios de carrera", aunque sin adquirir esa denominación como tal, como sanción según la cláusula 5ª del Acuerdo Marco recogido en la famosa Directiva Europea 1999/70/CE al fraude de ley por abuso de temporalidad que reconoce como "evidente" aplicando tanto para este reconocimiento del fraude del abuso como para la determinación de la debida sanción la jurisprudencia previa del Tribunal Europeo y  muy especialmente la reciente e importante  sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros" . Decimos que es una sentencia pionera porque es la primera sentencia del ámbito de los contencioso-administrativo, es decir, sobre personal empleado público de tipo funcionarial (funcionario o estatutario de servicio de salud) que además de reconocer el abuso en un funcionario interino ya de vacante en base a la normativa europea no aplicando la jurisprudencia actual del Tribunal Supremo decide conceder la fijeza como sanción.  

Esta misma solución ya está siendo concedida por algunos juzgados de lo Social y por la Sala de los Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia  , para la misma situación en empleados públicos temporales de larga duración pero bajo contrato de personal laboral y  que han superado algún tipo de proceso selectivo de libre concurrencia para acceder a ese puesto, siempre como sanción al abuso de temporalidad en base a la citada directiva europea que regula los límites de los empleos temporales.



Recordemos que esa esperanzadora sentencia del Tribunal de Justiica de la Unión Europea de 19/03/2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea  determinó que -en contra en la práctica de la jurisprudencia superior contencioso-administrativa española-  también hay abuso de temporalidad también en la interinidad de vacante prolongada de personal empleado público bajo relación administrativa, que como exige la normativa europea ante el abuso constatado , requiere de forma "indispensable" de una sanción, sentenciando que le corresponde al ordenamiento español fijar pero realizando la orientación de que en todo caso que no puede valer como tal sanción ni la convocatoria del puesto a proceso selectivo de libre concurrencia -como precisamente el el caso de los procesos de estabilización decididos desde el Gobierno del Estado como solución para todos los puestos temporales de más de 3 años- ni la figura del indefinido no fijo ni tampoco una indemnización salvo que  sea específica contra el abuso y suficientemente disuasoria. En cuanto a la fijeza el más Alto Tribunal  se limitó a recordar que no es una sanción obligatoria siendo "indispensable" que en todo caso existe una medida de sanción suficiente y disuasoria, y que el juzgado remitente de las cuestiones prejudiciales había afirmado que el ordenamiento jurídico español no permite obtener la fijeza si no se ha superado un proceso selectivo.

Precisamente, la jueza  titular de este juzgado de Alicante estima en esta sentenci la demanda exclusivamente de fijeza de la funcionaria interina, demanda que había realizado  -como el resto de un grupo de compañeros organizados primero en la Plataforma de Interinos del Ayuntamiento  y después en una sección sindical de CGT local creada por miembros de dicha la plataforma- con el abogado y profesor de la Escuela Jurídica de Alicante, Luis Iñesta Alcolea, quien ha calificado esta  sentencia de "morrocotudo revolcón a muchas manías sustantivas y procesales de nuestro pesado derecho administrativo" y reconocido que con ella cumple un sueño de "su bisoñez y candidez de juventud".


Se da la circunstancia de que la jueza de la sentencia, María Begoña Calvet, fue uno de los "Premios Calidad de la Justicia 2018" del propio Consejo General del Poder Judicial -el mismo que nombra al Tribunal Supremo- por su innovación en la agilización de los procedimientos. En palabras del letrado de la parte demandante, Iñesta Alcoleta, la sentencia de esta jueza  "es impecable, brillante y minuciosa desde su fundamentación, un pequeño compendio de la materia, se aleja de lo que es normalmente una sentencia (un escrito que da respuesta a un litigio entre dos partes) para convertirse en una pequeña obra didáctica".

Lógicamente,  y como ya pasó  cuando la propia sentencia europea de 19/03/2020 , quizás entonces en menor medida ante las dudas de si establecía la fijez a como posible sanción , esta sentencia de primera instancia ha disparado las expectativas y las ganas de movilización de una parte del enorme número de empleados públicos en una situación similar, que se cifra entre medio millón y 800 mil.



Tampoco se han hecho esperar las reacciones de las secciones nacionales correspondientes de los  3 sindicatos presentes en la Mesa General de negociación de lso empleados públicos, CSIF, CCOO y UGT, y que en 2017 y 2018 firmaron sendos acuerdos con el Gobierno del EStado para que todos los puestos temporales más de 3  años -potencialmente la mayoría de ellos ocupados por el personal en situación de abuso- pudieran ser convocados en Ofertas Públicas de  Empleo convencionales de libre concurrencia sin habilitar al menos que fueran de consolidación por méritos; son los denominados  procesos de estabilización.  Así:

[AMYTS] 'AMYTS convoca el sábado 20 de junio a las 12:00 horas en Sol homenaje a los fallecidos y denuncia el maltrato médico y T.S. '

'Desde AMYTS, sindicato mayoritario entre el colectivo médico de Madrid, hemos convocado una concentración para este próximo sábado 20 de junio a las 12:00 horas en la Puerta del Sol en homenaje a los fallecidos por el Covid-19 y en defensa de la profesión médica.

Un acto que constará de dos momentos: el primero que será un sincero recuerdo a las víctimas de la pandemia y a los afectados; y el segundo que consistirá en un movimiento de reivindicación de los derechos de los profesionales médicos y titulados superiores duramente maltratados antes, durante y después del Covid-19.

[CCOO Sanidad Madrid] 'Los trabajadores y trabajadoras de la limpieza del Hospital Gregorio Marañón irán a la huelga los días 29 y 30 de junio CCOO también ha firmado la convocatoria de paros parciales los días 25 y 26 de junio de 12 a 15 horas, de 18 a 21 horas y de 22:00 a una de la madrugada Los profesionales se manifestarán, el 25 de junio, a las puertas de la Asamblea Regional para reclamar que se pare la privatización del servicio en primera línea durante la crisis sanitaria'

'La Sección Sindical de CCOO Sanidad Madrid ha rubricado el preaviso de huelga en el Servicio de Limpieza del Hospital Universitario Gregorio Marañón para los días 29 y 30 de junio. Además, los días 25 y 26 de junio, de 12:00 a 15:00 horas (turno de mañana), de 18:00 a 21:00 horas (turno de tarde), y 22:00 a 01:00 horas (turno de noche) se realizarán paros parciales. El próximo jueves, 25 de junio, a partir de las 12:00 horas, los sindicatos han convocado una concentración a las puertas de la sede de la Asamblea Regional para solicitar que se suspenda la privatización del servicio de limpieza en el hospital, en primera línea durante la pandemia del coronavirus.

CCOO Sanidad Madrid denunció que la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid aprovechaba la crisis sanitaria del coronavirus para privatizar servicios en hospitales del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).


[Gob. CM] 'La Comunidad de Madrid contará con Unidades Multidisciplinares COVID-19 en todos sus hospitales públicos'

'La Comunidad de Madrid va a crear Unidades Clínicas Hospitalarias Multidisciplinares COVID-19 en todos los hospitales públicos del Servicio Madrileño de Salud. El objetivo de estas Unidades CoMCovid-19 es mejorar la calidad y la esperanza de vida de los pacientes que han sufrido el coronavirus y han estado ingresados coordinando el trabajo de los especialistas necesarios en el cuidado del enfermo.

La enfermedad por COVID-19 afecta a varios sistemas y órganos y puede dejar secuelas a medio y largo plazo, más frecuentes en aquellos pacientes que han requerido ingreso hospitalario y, especialmente, en aquellos que han necesitado cuidados intensivos. El 66% de los pacientes ingresados en hospitales y el 65% de los que han pasado por una UCI tienen más de 60 años, por lo que suelen tener patologías previas al COVID-19 que tienen que seguir siendo vigiladas y controladas por los especialistas junto con las posibles secuelas del virus: En estos casos, la atención multidisciplinar es fundamental.


7ª Edición 2020-2021 del Máster en Dirección de Sistemas y TIC para la Salud de la SEIS. Plazo para matriculación abierto hasta el 15/10/2020

La  Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] acaba de anunciar  la apertura del plazo hasta el 15/10/2020  de inscripción para la  matrícula para la 7ª Edición 2020-2021 del Máster en Dirección de Sistemas y TIC para la Salud y en Digitalización Sanitaria, que organiza la SEIS en colaboración con el Instituto de Salud Carlos III y la Escuela Nacional de Sanidad .

El Máster dará comienzo en Noviembre de 2020 y consta de un total de 60 créditos , con dos días al mes de clases presenciales --normalmente jueves y viernes- además de presencia virtual, durante 1 año, con el objetivo de "la aproximación y especialización de profesionales a la gestión directiva y técnica de las TIC en Salud del ámbito público, privado y de las empresas proveedoras de soluciones tecnológicas y genéricas en el entorno sanitario , revisión de casuísticas que se producen en el mundo de las TIC para la salud, incorporando la presentación de casos de éxito que ayuden a su resolución", y está dirigido en general a profesionales -tanto de la tecnología de los SSII como sanitarios- que deseen desarrollar su carrera en la dirección y gestión de TIC para la Salud así como a directivos y gestores de las administraciones en el área de Salud.


Su programa es el siguiente:

martes, 16 de junio de 2020

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja usa la sentencia europea de 19/03/2020 junto con otras como la del Asunto Mascolo - el caso similar de docentes italianos - para determinar que una situación de acumulación en un profesor de interinidades por curso, aún con cambio de centro y sin contrato en verano, ante la carencia de convocatorias para cubrir el puestos de forma fija, es un fraude de ley por abuso de temporalidad de la Directiva Europea y rechaza en su sentencia el recurso de la Consejería de Educación a la sentencia del juzgado que había estimado la demanda, "sustancialmente" de interinidad de vacante, de un profesor funcionario interino por cursos durante 18 años. Idem con otra profesora 17 años interina por cursos

Recientemente se publicaba en el CENDOJ una sentencia de  la Sala de lo Contencioso -es decir, de la que trata los asuntos de los empleados públicos de tipo funcionarial (funcionarios y estatutarios de servicio de salud)- del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja  de 30/03/2020 (rec. nº 128/201), sentencia importante a nuestro juicio porque
  1. considera  en la práctica y a nivel de Tribunal superior regional que la situación del interino del caso de  acumulación de numerosos nombramientos de interinidades por curso consecutivos, aún con interrupciones en el verano y con cambios de centro educativo cada año sin haber procedido a las convocatorias regulares, es un fraude de ley de abuso de temporalidad en el sentido de la cláusula 5ª contenida en la famosa Directiva europea 1999/70/CE, cuando la CCAA no ha convocado  procesos selectivos o suficientes plazas en los procesos selectivos
  2. para llegar a esta conclusión en el caso en cuestión esta Sala del Tribunal Superior de La Rioja  hace uso de la no menos famosa sentencia europea de 19/03/2020 , la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del sunto Sánchez Ruiz y otros  por casos del SERMAS (el principal, de un informático nuestro) , emitida sólo 11 días antes, así como , entre otras, de la sentencia europea del asunto Mascolo, un caso sobre docentes italianos muy similar
 Con esta sentencia regional además de ser posiblemente una de las primeras de toda España que aplica en algo esa sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020, se abre más la puerta a que se decidan a reclamar la situación del abuso de temporalidad muchos de las decenas de miles de profesores  de las Consejerías de Educación de las CCAA que se encuentran en una situación similar

Esta sentencia de 30/03/2020 ha venido seguida por otra sentencia de 04/05/2020 de la misma sala y de idéntico contenido ante una situación casi totalmente idéntica.

Por supuesto, además del abuso, hasta ahora negado generalmente en los tribunales españoles para este personal así como para el funcionario interino de vacante, está la cuestión central de cuál es la sanción o sanciones en orden de subsidiariedad, al abuso  que se demanda, especialmente tras los apartados a este respecto de la sentencia europea de 19/03/2020.

Recordemos que en la esperanzadora sentencia europea de 19/03/2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea  determinó que
  • -en contra en la práctica de la jurisprudencia superior contencioso-administrativa española-  también puede haber abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada de personal empleado público de tipo funcionarial  además de redundar y aclarar más si cabe la ya establecida en su sentencia de 2016 en los Asuntos Martínez Andrés/Castrejana López en la situación de concatenación excesiva de nombramiento de  interinidades de programa, obra y servicio  (estatutarios eventuales en el caso de servicios de salud), cuando se utilizan para atender necesidades estructurales de forma permanente, y que como tales deberían haber sido cubiertas de forma fija en el plazo de los 3 años establecidos por el Estatuto Básico del Empleado Público mediante procesos selectivos en su tiempo
  • la mera referencia en el propio nombramiento de que es por "urgencia y necesidad" no vale para admitir que se da esa "causa objetiva" que evitaría el establecimiento del abuso
  • establecido el abuso se requiere de forma "indispensable" una sanción efectiva, proporcionada y disuaoria que le corresponde al ordenamiento español fijar pero orientando el Alto Tribunal  que en todo caso que no puede valer como tal sanción ni la convocatoria del puesto a proceso selectivo de libre concurrencia -como precisamente el el caso de los procesos de estabilización decididos desde el Gobierno del Estado como solución para todos los puestos temporales  más de 3 años- ni la figura del indefinido no fijo y  una indemnización por si sola solamente podría valer si es específica contra el abuso y suficientemente disuasoria
  • en cuanto a la fijeza se  recuerda que no es una sanción obligatoria y que el juzgado remitente de las cuestiones prejudiciales había afirmado con claridad que el ordenamiento jurídico español no  la permite si no se ha superado un proceso selectivo cumpliendo con los principios constitucionales de igualdad, mérito , capacidad y publicidad
Este caso concreto de la sentencia del Tribunal Superior de 30/03/2020 se puede desprender del texto de la sentencia del Tribunal Superior, que se trata de un recurso ("de apelación") de la Consejería de Educación de La Rioja a la sentencia del juzgado de primera instancia que habría estimado "sustancialmente" la demanda de una condición "indefinida" con "fundamento en lo establecido" en una de las dos sentencias de la Sala de lo contencioso del Tribunal Supremo de 26/09/2018. (idénticas, una para un funcionario de programa y otra para el homólogo estatutario eventual).

[CCOO Ayto de Zaragoza] 'CCOO [del Ayto de Zaragoza] pide aplazar las convocatorias de las oposiciones no publicadas en el BOE. Conocido el fallo del juzgado contencioso administrativo. n.º 4 de Alicante, basado en la sentencia de 19 de marzo de 2020 del Tribunal Justicia Unión Europea (TJUE), en la que se reconoce la situación individualizada de una interina como empleada fija, aunque sin adquirir la condición de funcionaria de carrera.

'CCOO [del Ayuntamiento de Zaragoza] manifiesta la siguiente:

1.- El tribunal europeo reconoce el abuso de la temporalidad en las administraciones públicas. Esto supone un cambio de orientación importante que tendrá consecuencias en el tratamiento de la interinidad, y que CCOO procurará que sean positivas para el conjunto del personal implicado.

2.- La sentencia de Alicante es en primera instancia. Es decir, no es firme. Seguramente será recurrida al tribunal superior. Lo que puede acarrear un proceso judicial en el que se tardarán años en obtener sentencia firme.

3.- CCOO entiende que la vía judicial, no va a suponer ninguna solución al problema del abuso en la temporalidad, constatado por la sentencia del TJUE, por parte de las administraciones públicas.

4.- Para CCOO son imprescindibles modificaciones normativas que causalicen la contratación en los sectores públicos y sancionen el abuso de la temporalidad. El ayto. de Zaragoza no tiene capacidad legislativa, por lo que en este momento no debe tomar decisiones que puedan ser anuladas o modificadas por cambios posteriores en el TREBEP.

5.- Por lo tanto, CCOO va a solicitar el aplazamiento, respetando los plazos de caducidad, de los procesos no publicados en el BOE donde haya personal interino. Excepto aquellos que se ajusten a los criterios del TREBEP.