domingo, 7 de junio de 2020

Publicada en el BOE la prórroga del Estado de Alarma desde el 8 de Mayo hasta el día 21 de junio de 2020

En el día de ayer 06/06/2020 se publicaba en uno de los dos BOE deĺ día, 3l 159, la Resolución de 3 de junio de 2020 del Congreso de los Diputados, por la que se autoriza y  el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio por el que se aprueba una nueva prórroga del Estado de Alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, esta vez "hasta las 00:00 horas del día 21 de Junio  de 2020" -siendo la fecha de fin anterior mañana 7 de Junio-. prórroga en la que "se pretende culminar esta progresiva desescalada".

El Real Decreto también establece en su artículo 6 que la autoridad competente delegada para el ejercicio de las funciones derivadas del estado de alarma, además del Ministro de Sanidad, bajo la superior dirección del Presidente del Gobierno y con arreglo al principio de cooperación con las comunidades autónomas, será quien ostente la Presidencia de la comunidad autónoma, y  que sean las propias comunidades autónomas las que decidan  con arreglo a criterios sanitarios y epidemiológicos, la superación de esa fase 3 en sus  diferentes provincias, islas o unidades territoriales de su comunidad, superación que, según el artículo 5, conllevaría "queden sin efecto las medidas derivadas de la declaración del estado de alarma".
 
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