- ha recibido "un gran número de denuncias"
[de ciudadanos españoles] sobre la "posible incompatibilidad" de las
sentencias del Tribunal Supremo español conocidas el pasado 12 de noviembre de 2020
con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] -en especia su sentencia de 3 marzo y de 9 de julio de 2020- en
relación a demanda sobre el índice IRPH en contratos hipotecarios
- ha agrupado dichas denuncias en una denuncia múltiple de número de referencia CHAP (2021) 00759,
- los
órganos jurisdiccionales nacionales están obligados a tener en cuenta
la jurisprudencia del TJUE y, si tras una sentencia , dichos órganos
jurisdiccionales siguen teniendo dudas pueden plantear nuevas cuestiones
de decisión prejudicial para solicitar aclaraciones sobre
cuestiones que consideren no han sido aclaradas en las sentencias anteriores
- si una sentencia del TJUE en una decisión prejudicial establece que alguna norma o jurisprudencia nacional no se ajusta al Derecho de la UE, la
Comisión hace un seguimiento [de la aplicación] de dicha sentencia del TJUE en el Estado en cuestión [para ver si deja de tener lugar dicho incumplimiento]
- si hay pruebas de que los órganos jurisdiccionales de un Estado miembro no respetan las sentencias del TJUE, la Comisión Europea podrá incoar un procedimiento de infracción contra el Estado miembro
- dado que en este tema en concreto, dos juzgados de Barcelona e Ibiza han planteado nuevas cuestiones prejudiciales , en principio la Comisión Europea no incoará procedimiento de infracción y archivará esta denuncia múltiple (específica sobre esas sentencias del Supremo) si no recibe nueva información en 4 semanas que le permita llegar a una conclusión diferente