lunes, 6 de junio de 2022

El próximo 28/06/2022 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictará sentencia en la demanda de la Comisión Europea contra España por no disponer de una normativa nacional efectiva, al nivel exigido por la Unión Europea, sobre responsabilidades por daños causados por leyes nacionales contrarias al Derecho de la Unión Europea (normativa y sentencias europeas)

Según consta ya en el calendario del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el martes  28/06/2022 a las 09:30, la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictará sentencia en el importante asunto C-278/20  o asunto "Comisión/España (Violación del derecho de la Unión por el legislador)" , ni más ni menos que un recurso interpuesto por la Comisión Europea contra España ante el  Tribunal Europeo hace ya 2 años y medio y que culminaba el procedimiento de infracción iniciado formalmente con la carta de emplazamiento el 14/06/2017 (justo hace 5 años), y por el que la Comisión Europea considera que las normas españolas que regulan la responsabilidad por daños y perjuicios causados por actos legislativos contrarios al Derecho de la Unión Europea, hacen "excesivamente difícil" obtener compensación (típicamente, indemnizaciones a ciudadanos y empresas que fueron perjudicados por no respetar las leyes nacionales las europeas), y por tanto, violan el principio de efectividad (europeo). 

Recordemos que la Abogacía General de la Unión Europea , en su informe de Conclusiones, recomendó que el alto tribunal europoe condene a España por que no es efectiva a niveles europeos la normativa española sobre responsabilidad por daños causados por las leyes nacionales contrarias al Derecho de la Unión Europea (normativa y sentencias europeas)

El dictamen contenido en el informe de la Abogacía General de la UE suele coincidir la gran mayor parte de las veces, o en su mayor parte, con la sentencia final del alto tribunal europeo.

 

XII Reunión del Foro para la Gobernanza de las TIC en Salud, el miércoles 8 y jueves 9 de Junio en Alicante con posibilidad de asistencia virtual. Ponentes de la Consejería de Sanidad de Madrid.

Este miércoles 8 y jueves 9 de Junio tendrá lugar la XII Reunión del Foro para la Gobernanza de las TIC en Salud, organizada por la Sociedad Española de Informática de la Salud con la colaboración de la Conselleria de Sanitat de la Generalitat Valenciana, presencial en Alicante además de con formato virtual, con el lema "La Gobernanza ante el desarrollo de los Servicios Digitales en la Atención Primaria y Comunitaria". La inscripción para la modalidad virtual  , con un precio  moderado para profesionales del Sistema nacional de Salud.

Entre los objetivos propios de este foro más centrado en la función directiva de TI en Salud, se encuentran los "identificar e impulsar el Gobierno y la toma de decisiones en todas las actuaciones tecnológicas de los proyectos de salud", entre otros.

Según el programa definitivo, contará con cuatro sesiones de debate, donde se abordarán el lema de la jornada así como fuentes de financiación y necesidad de competencias digitales en profesionales, contando como participantes de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid:

[Sindicato italiano de docentes SNADIR] Sentencia del Tribunal de Nápoles al caso de los profesores de religión : 'nuevos criterios sobre reparación de daños a la luz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea' de 13/01/2022 [interprentando el derecho interno actual italiano, concede la indemnización de 1 mes al año fijada en general para el abuso por el Tribunal de Casación italiano, pero sin aplicar el límte de un año máximo que imponía para poder cumplir con la sentencia europea. El sindicato pide un procedimiento extraordinario de estabilización no selectivo]

 'Con la sentencia n.2893 del 25.05.22 el Tribunal de Nápoles ha cerrado la cuestión de la reparación del daño a favor de los profesores de religión precarios, tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 13.01.22.


El juez remitente al no poder interpretar el derecho interno "contra legem" inaplicando las normas que, en el ámbito específico de la escuela, han privado y privan de protección a los docentes precarios al prohibir su estabilización, ha cuestionado el criterio indemnizatorio de las SS.UU. del Tribunal de Casación que con sentencia n.° 5072/2016 había fijado un límite máximo de 12 meses para la reparación de daños por una situación precaria ilegal.

En resumen, el juez napolitano ha interpretado de forma unificada las diversas sentencias del Tribunal de Luxemburgo  que ha reiterado continuadamente que la reparación del daño debe ser contundente, disuasoria y proporcional a la violación de la reiteración injusta de los contratos de duración determinada.

[CCOO Sanidad Madrid] 'CCOO exige a Ayuso que revoque del traslado forzoso de los efectivos del SUMMA112 al Hospital Zendal. La orden de la Comunidad de Madrid vulnera el Estatuto Marco y el Plan de Recursos Humanos de la Consejería de Sanidad'

 'CCOO Sanidad Madrid ha exigido al Gobierno regional la revocación inmediata de la orden de traslado forzoso de los efectivos del SUMMA112, que pertenecen a las plantillas de los Servicios de Urgencias de Atención Primaria (SUAP). La orden que afecta a cerca de 200 profesionales de Urgencias y Emergencias, comunicada ayer por la Gerencia del SUMMA112, sin previa audiencia a sus representantes, por imposición y sin someterse a los procedimientos reglamentarios, también vulnera derechos laborales.

 

domingo, 5 de junio de 2022

Entradas más vistas de la semana 30/05/2022-05/06/2022 en este blog: Tribunal de Justicia Europeo responde que el indefinido no fijo no dejar de ser un temporal más, entrevista al juez de lo contencioso que ha cuestionando ante el tribunal europeo la ley 20/2021 y la doctrina del Supremo ante el abuso de temporalidad, ...

Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

viernes, 3 de junio de 2022

[Poder Judicial] 'Un juzgado de Eibar reconoce como laborales fijas a dos trabajadoras interinas de larga duración Tras superar el proceso selectivo a personal laboral fijo no obtuvieron plaza y las incluyeron en bolsas de trabajo temporales'

'El Juzgado de lo Social 1 de Eibar ha reconocido la fijeza laboral para dos trabajadoras de los servicios de limpieza y cocina del Departamento de Educación del Gobierno Vasco con contrato de interinidad de larga duración y la circunstancia de que anteriormente habían superado un proceso de selección de personal laboral fijo, aunque sin obtener plaza en el mismo. 

Así, en el año 2021 las demandantes participaron en un proceso selectivo en el que se convocaban plazas de personal laboral fijo de cocina y limpieza, apareciendo incluidas en la lista definitiva sin obtener plaza, por lo que fueron ubicadas en bolsas de trabajo temporales. 

Como tales fueron incorporadas a la administración mediante contratos de interinidad hasta cobertura de vacante, en sendas plazas que no reunían los requisitos de temporalidad, por lo que aquellos contratos fueron celebrados en fraude de ley, permaneciendo con la misma categoría profesional y puesto hasta la actualidad. 

[El Diario] Entrevista al Juez de lo contencioso de Barcelona que ha cuestionado ante el Tribunal Europeo que la nueva ley 20/2021 y la doctrina de la Sala delo Contencioso del Supremo sean suficientes ante la normativa y jurisprudencia europeas para sancionar el abuso de temporalidad de empleados públicos.

Publicaba ElDiario.es el pasado 29/05/2022 una entrevista a Federico Vidal, el Juez  de lo Contencioso de Barcelona [por tanto que lleva asuntos de personal funcionario/estatutario pero no de empleados públicos laborales] que ha cuestionado ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europe [TJUE] que tanto la nueva ley estatal 20/2021 [de 28 de diciembre ce 2021 para la reducción de la temporalidad] como la jurisprudencia actual de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo  sean válidas ante la normativa y jurisprudencia europeas para el abuso de temporalidad en empleados públicos.

[CSIF Sanidad Madrid] 'Convocatoria proceso integración voluntaria al régimen de personal estatutario de la categoría de Auxiliar de Transporte Sanitario SUMMA 112'

'

Orden 689/2022, de 11 de mayo, del Consejero de Sanidad, por la que se convoca el proceso de integración voluntaria en el régimen del personal estatutario en la categoría de Técnico en Emergencias Sanitarias para el personal funcionario de carrera del Cuerpo de Auxiliares Especialistas, Escala de Auxiliar de Transporte Sanitario que presta servicios en la Gerencia del SUMMA 112 del Servicio Madrileño de Salud

Requisitos para la integración

Podrá optar por su integración voluntaria en la categoría estatutaria de Técnico en Emergencias Sanitarias, el personal funcionario de carrera del cuerpo de auxiliares especialistas, escala de auxiliar de transporte Sanitario de la Comunidad de Madrid (encuadrado en el subgrupo C2) que presta servicios en la Gerencia del SUMMA 112 y que cumpla los siguientes requisitos:

[Redacción Médica] El Ministerio de Sanidad se compromete en la reunión del Ámbito de Negociación estatal de Sanidad a un nuevo borrador sobre el Estatuto Marco del personal de salud

Informaba Redacción Médica el 30/05/2022 que el Ministerio de Sanidad y sindicatos del Ámbito de Negociación estatal de Sanidad  han mantenido una reunión este lunes en la que  tras el rechazo de los sindicatos al texto del Anteproyecto de Ley del Gobierno de modificacion de la Ley del Estatuto Marco del personal presentado por el Ministerio, éste  se ha comprometido a redactar un nuevo borrador, en el que podría introducir las modificacioes solicitadas  acerca de suprimir la actual figura del estatutario eventual o   sobre la promoción interna temporal.

[Gob. C. de Madrid/Consejería de Sanidad] 'La Comunidad de Madrid reorganiza este lunes los puntos de vacunación contra el COVID-19 para gestionar la demanda de las dosis de refuerzo'

 • El WiZink Center concluye su trabajo eldomingo después de haber realizado casi 1.250.000 inoculaciones'

• El sistema de autocita se mantiene en 16 hospitales de la red pública de la región para mayores de 12 años y 13de ellos atenderán a la franja de entre 5 y 11 años

• Los centros de salud de Atención Primaria seguirán inmunizando hasta el viernes 17 de junio

• El Colegio de Médicos continuaráabierto de lunes a viernes en horario de 8:00 a 14:30 horas

Fuente y texto completo: Nota de Prensa de la C. de Madrid/Consejería de Sanidad de 01/06/2022

 

jueves, 2 de junio de 2022

Publicadas las OPE extraordinarias de estabilización de la CCAA de Canarias , según la ley estatal 20/2021, de personal de Administración General y del Servicio Canarios de Salud. 7 mil plazas a concurso de méritos de Sanidad tras incluir las plazas no convocadas de las OPEs de estabilización anteriores

En el Boletín Oficial de las Islas Canarias de este 31/05/2022 se han publicado  las ofertas de empleo público extraordinarias de plazas computadas según la nueva Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad pública o " tercer
proceso de estabilización", detallando cuáles deben convocarse por el sistema excepcional del concurso de méritos de las Disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la citada ley y cuáles por concurso-oposición (artículo 2.1):

  • Decreto 114/2022 con la oferta de personal funcionario y laboral de la Administración general según el artículo 2.1 de la Ley estatal 20/2021: 99 plazas de personal funcionario y de 158 plazas de personal laboral

  • Decreto 1152022 con la oferta de personal funcionario y laboral de la Administración general según la Disposiciones Adicionales 6ª de la Ley estatal 20/2021 : 3.242 plazas, 93 plazas de personal funcionario y de 3.149 plazas de personal laboral

  • Decreto 145/2022 con la "Oferta de Empleo Público adicional para la estabilización del empleo temporal, del personal estatutario y laboral de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud", indicando que "completa a las anteriores ofertas de estabilización del empleo temporal, aprobadas por el Decreto 188/2018, de 26 de diciembre, y el Decreto 140/2021 de 23 de diciembre, respecto a aquellas categorías no convocadas, considerándose dentro del marco del tercer proceso de estabilización de esta administración", computándose ahora sólo las "plazas, que venían siendo ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020 y que no fueron contabilizadas en los Decretos 188/2018, de 26 de diciembre,y 140/2021, de 23 de diciembre, citados", que suponen 2.042 plazas adicionales de personal estatutario y 190 plazas de personal laboral.

    En todo caso, se publica un anexo que suma las plazas adicionales junto con las plazas no convocadas de las Ofertas de estabilización anteriores, y el reparto por sistema selectivo, para hacer unos totales de

Publicada en el Boletín Oficial la nuevas OPE 2022 de la ley 20/2021 para la Administración , Servicio de Salud y docentes de la CCAA de Aragón: sólo 1.333 plazas para el concurso de méritos frente a los más de al menos 17 mil temporales en situación de abuso según STEPA, al no incluir las miles de plazas en convocatorias ya publicadas

El Boletín Oficial de Aragón de este 30/05/2022 ha publicado la s Ofertas de empleo público 2022 de estabilización según la Ley 20/2021 para los tres sectores de Administración, personal del Servicio deSalud y docentes de Educación (DECRETOS del Gobierno de Aragón 75/2022 , 76/2022 y 77/2022, de 26 de Mayo, publicados en el Boletín Oficial de Aragón de 30/05/2022) de la CCAA de Aragón, incluyendo sólamente 2.552 plazas , de las cuales sólo 1.333 plazas serán para el nuevo proceso excepcional de estabilización por concurso de méritos (705 de personal estatutario del Servicio Aragonés de Salud).

 

Según los propios datos del gobierno regional a 31/12/2021 la plantilla ascendía en total entre los tres sectores a 58.057 personas, 28.832 fijas y 28.225 temporales, suponiendo un elevadísimo índice de temporalidad del 48,6%

Por tanto, la cifra de plazas a concurso de méritos , es una cifra muy baja, menos del 5% de los empleados temporales, al no incluir las miles de plazas de convocatorias de procesos anteriores -algunas publicadas poco antes de la entrada en vigor de la ley-, y por definición todas con plazas de más de 3 años de temporalidad hace tiempo y por tanto en situación de abuso, que el sindicato aragoneś STEPA cifra en más de 17 mil., quien ya ha anunciado que impugnaŕa esta OPE .


Recordatorio. El Tribunal de Justicia Europeo responde con auto, ante la claridad de la respuesta, a la cuestión prejudicial de un juzgado de Barcelona: la figura del indefinido no fijo que se concede como sanción judicial al abuso de temporalidad del empleado público laboral español no deja de ser un temporal más según la normativa europea. No entra a valorar si puede valer como sanción al abuso: no se le preguntaba aquí

 [Recordatorio de entrada publicada el 04/05/2022] Gracias a la incansable labor de recopilación en su blog por parte del profesor Ignasi Beltrán, hemos conocido que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado respuesta finalmente mediante Auto de 26/04/2022 (fórmula rápida  que emplea cuando es clara la respuesta por haberse tratado con anterioridad o por su obviedad), a la cuestión prejudicial que  un Juzgado de Barcelona elevó en Julio de 2021, y por la que  preguntaba únicamente si la figura del "indefinido no fijo" español, que se concede por la jurisprudencia actual del Supremo como la sanción para el abuso de temporalidad del empleado público laboral temporal, profusamente explicada por el Juzgado en su auto, no debería considerarse un "contrato de duración determinada", un temporal, a los ojos de la normativa europea , en concreto del Acuerdo marco contenido en la Directiva 1999/70/CE (con la evidente intención por parte de ese juzgado de si el Tribunal europeo ratificara que es temporal pues no considerar el juzgado el indefinido no fijo una figura  utilizable como sanción ante un abuso de temporalidad,en el caso en cuestión: un temporal de la Universitat de Barcelona durante 17 años , actualmente en una interinidad de vacante y que demanda la fijeza por abuso de temporalidad)

El asunto finalmente fue admitido y recibió como número de asunto C-464/21, siendo resuelto por la vía de Auto más rápida, sin pasos previos de publicación previa de la admisión en el Diario Oficial, ni vista ni informe de la Abogacía general. Están pendiente la publicación del Auto en la web del asunto y del fallo en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El Tribunal de Justicia europeo se limita en su breve auto a responder exclusivamente la cuestión planteada, y, como era de esperar, afirma tajantemente que "quien se halle en la situación del demandante" -17 años en contratos laborales temporales- "está comprendido en el ámbito de aplicación del Acuerdo Marco", es decir , es un temporal según la Directiva europea 1999/70/CE , siendo "irrelevante" para esta cuestión del carácter de temporalidad si esa relación se convierte en "indefinida no fija" por sanción judicial, como indica la actual doctrina del Supremo.. Es decir, el empleado público que se le concede la figura  del  indefinido no fijo  por sanción a un abuso de  temporalidad del laboral público no deja de ser un temporal ante la normativa europea, reiterando lo que ya dijo el Tribunal europeo en el auto León Medialdea.

 

[Poder Judicial] 'Un juez de lo contencioso de Barcelona eleva una cuestión prejudicial al TJUE sobre la ley de interinos y la doctrina del Supremo' [Autos del Juez ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea]

'El magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 17 de Barcelona ha elevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) cuestiones prejudiciales en relación con la utilidad de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre y la doctrina de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. 

En estos dos casos concretos la parte demandada es el Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña.'

Fuente: Comunicación del Poder Judicial de 25/05/2022

NOTA DEL EDITOR: Enlaces a los autos en el CENDOJ del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 17 con las cuestiones prejudiciales  entradas en este blog:

miércoles, 1 de junio de 2022

[SATSE/CCOO/CSIT-UP/UGT Servicios Públicos] 'Comunicado Conjunto: Alguna cuestiones a tener en cuenta sobre los procesos selectivos pendientes en el SERMAS.'

'Una vez publicado en el BOCM el “Decreto del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la OPE de estabilización del personal de Instituciones Sanitarias de la Comunidad de Madrid para el año 2022”, las Organizaciones Sindicales que encabezamos este documento, queremos aclarar algunas dudas que muchos profesionales del SERMAS nos estáis preguntando.

La situación de los procesos es la siguiente:

  • Procesos selectivos que estaban convocados y publicados antes de que entrara en vigor la ley 20/21 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. En esta circunstancia existen casi 25.000 plazas que se encuentran en distintas fases de ejecución según la categoría profesional. TODAS SE CELEBRARÁN POR EL SISTEMA TRADICIONAL DE CONCURSO-OPOSICIÓN.

  • Al amparo de la Ley 20/2021, en el SERMAS hemos acordado un PROCESO EXTRAORDINARIO con 9.574 plazas del régimen estatutario y 30 plazas de personal laboral de Hospital Universitario Fundación Alcorcón. TODAS ELLAS SE CONVOCARÁN POR EL SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOS.

  • En Mesa Sectorial queda pendiente negociar la OPE ordinaria del año 2022, que debe incluir las nuevas vacantes generadas en el SERMAS a lo largo de este año, es decir, la llamada Tasa de Reposición que la componen: jubilaciones, renuncias, fallecimientos, etc. Esta negociación se realiza anualmente antes del 31 de diciembre de cada año, en  la Mesa Sectorial, y posteriormente forma parte de la Oferta Pública de Empleo del conjunto de la Comunidad de Madrid. También queda pendiente conocer el sistema por el que se regirán las plazas que correspondan a esta oferta de empleo.

  • Todas las plazas que pertenecen a OPEs ordinarias convocadas y publicadas anteriormente a la entrada en vigor de la Ley 20/2021, CONTINÚAN CON SU PROCESO, porque esta Ley no les afecta.

  • EN TODAS LAS OPEs se tiene que garantizar el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

  •  No son procesos restringidos, la libre concurrencia permite que cualquier ciudadano que cumpla los requisitos exigidos, se pueda presentar a TODOS los procesos selectivos.

  •  Las personas que están ocupando los puestos de trabajo que se han convocado, NO han adquirido derechos sobre esa plaza y concurren a los procesos selectivos en las mismas condiciones que el resto de candidatos

  •  Las convocatorias de concurso de méritos de todas las categorías, deben
    publicarse en el BOCM antes del 31 de diciembre de 2022.

  •  Como estaba previsto y acordado, todas las OPES, tanto ordinarias como de estabilización, deben estar finalizadas antes de 31 diciembre de 2024