martes, 16 de julio de 2024

[Consejo de Ministros] 'PROYECTO DE LEY de la Función Pública de la Administración del Estado'

 'El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, el proyecto de ley de Función Pública de la Administración General del Estado, un texto sobre el que se construye la transformación de la Administración poniendo el foco en el capital humano y en los procesos y procedimientos internos encargados de su gestión, y recuperando todos aquellos elementos de la ley que decayeron en su trámite parlamentario como consecuencia de las convocatorias electorales.

Este proyecto desarrolla las disposiciones contempladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), en lo que a la Administración del Estado se refiere, y permite, junto a la aprobación del RDL 6/2023, diseñar un marco jurídico transformador por fases que pueda, por un lado, desarrollar todo el potencial innovador del texto refundido de la Ley del EBEP y, por otro, terminar con un marco jurídico obsoleto y fragmentario.

Las principales novedades del proyecto de ley descansan sobre cuatro ejes: Estructura y acceso al empleo público estatal; carrera, promoción profesional, retribuciones y prestación de servicios; aprendizaje, formación continua y actualización permanente y, por último, ética profesional e integridad.

Respecto a la primera, delimita las funciones del personal tanto funcionario como laboral, autoriza al Gobierno a sistematizar cuerpos y escalas, y regula los requisitos de acceso y pérdida de la condición de empleado público. En segundo lugar, completa la regulación de la carrera horizontal y vertical, ordena las retribuciones y crea nuevos complementos y regula el régimen del teletrabajo.

En cuanto a la formación y el aprendizaje continuo, los itinerarios formativos y la gestión por marcos competenciales constituyen elementos fundamentales del régimen de empleo público. Y, por último, regula los derechos y deberes de los empleados públicos, así como su régimen disciplinario.

El proyecto de ley está inspirado en los principios de la igualdad de género, garantía del diálogo social (este APL es fruto del acuerdo con las organizaciones sindicales), gestión por competencias y fomento del talento interno.

Con la aprobación de este proyecto de ley y del anterior RDL 6/2023 se ordena y define un modelo de la Administración del Estado que asienta sobre cuatro pilares las bases para la transformación de la función pública:
  • Planificación estratégica: avanzar en un modelo previsional de recursos humanos que dote de mayor autonomía a los distintos gestores, teniendo en cuenta los ejercicios presupuestarios a medio plazo, con herramientas tecnológicas y con una ordenación por áreas funcionales.
  • Acceso al empleo público y selección: progresar en la agilización e igualdad en la selección, en la presencia de la Administración en el territorio y en los planes de captación y retención de talento.
  • Carrera profesional: Aprendizaje permanente y evaluación del desempeño. Carrera horizontal, con una progresión por tramos en el mismo puesto y carrera vertical, basada en el ascenso a un nivel mayor.
  • Dirección pública profesional para fortalecer la profesionalización y liderazgo de los que están llamados a ser los impulsores de los procesos de transformación.

A partir de ahora se desarrollará la tramitación parlamentaria del proyecto de ley, coordinada con el proyecto de ley que deriva del RDL 6/2023, así como los desarrollos reglamentarios y estatuto de la dirección pública profesional. Todo ello, junto a las conclusiones del documento marco Consenso por una Administración Abierta, propiciará el nuevo marco jurídico de la transformación del modelo de Recursos Humanos de la Administración General del Estado.'
 


10 comentarios:

Anónimo dijo...

Si les da la gana, en una disposición adicional de esta ley, meten la fijeza de los abusados como medida disuasoria al abuso de contratación y ya estaría

tritors dijo...

en año...año y medio no espereis milagros...si has leido el diario intereconomia...el ts va a esperar a las prejudiciales antes de actuar...y segun la jueza del tsjpv minimo año año y 4 meses...haceros a la idea de que para cuando llegue eso la cantidad de gente que habra perdido el vinculo...lo unico que puede hacer la gente es interponer la reclamacion en via judicial...reclamando la fijeza o la indemnizacion...cada cual sabe lo que va a reclamar...pero que reclamen...si esperais sin actuar...os vereis en la calle y con una mano delante y una detras...del gobierno...no espereis nada...ya os lo aviso...piensa dejar a las ccaa los concursos segun vean y con eso se dan por satisfechos...y oojo en mi ccaa aragon ...son los ultimos procesos...y con las plazas residuales...

Anónimo dijo...

Pero en Aragón ¿Van a hacerlos? ¿Con el número debido de plazas? O siguen sin cumplir

Anónimo dijo...

Lo pregunto desde fuera de Aragón

Anónimo dijo...

El oraculo titiritero , instrúyete, tu afición es debil como tu existencia, eres el enviado del esfaor , deja en paz, se prometio una gran cortina de Humo , no fijeza ni nada .
Pensar como cebaron un par de abogados a un grupo de trabajadores debiles, cobraron y desaparecieron y sino es Asi que se presenten publicamente como lo hacia un de ellos ??? Que ya abandonó a todasss mujeres de bien, en abuso.
Una traición.eso es gravisimo.

tritors dijo...

Estan haciendo lo que les viene en gana con las plazas...ni por asomo todas las que cumplen con la 20/21...peeeroo...como saben que si queremos algo tenemos que pasar por via judicial y aun no hay doctrina...hacen lo que quieren...

Anónimo dijo...

Mentira..
Ir a juicio es ser un perdedor.
De ahí solo sacarás dinero.
Si es q deciden dártelo.

Ausencia de doctrina, es un ". puto eufemismo". Su doctrina es q se jodan.
Ya han redactado su doctrina pq el Tjue les va decir q la Indemnización y la fijeza son 2 posibilidades válidas, y ellos se decantan x la Indemnización.

La Lucha es negarse a ser indemnizado.
La Indemnización para estos casos debería estar prohibida o ser inconstitucional. Q es eso de pagar las barrabasadas de muchos con el dinero de todos? Vamos no me jodas..

Recurso de Amparo al Constitucional pa q baje al TS del guindo y anule las Indemnizaciones... YA.

Y luego se podrá exigir un Concurso Obligatorio.

Esa es la ESTRATEGIA joer!!!

La batalla de la fijeza está perdida. Se acabó!!

Anónimo dijo...

Como dice cualquiera q haya estabilizado..

“El daño psicológico es subsanable, pero creo q tardaré un tiempo en recuperar”

Anónimo dijo...

Y los que ya denunciamos y nos obligaron a ser indefinidos no fijos? Y hemos entrado a nuestra plaza por examen y hemos ido aprobando oposiciones? Qué?

Anónimo dijo...


0:35

Ya conoces al sistema. No esperes que te lo den, aunque sea justo.

Busca un buen abogado.



https://www.lavozdegalicia.es/noticia/economia/2024/07/09/tsxg-avala-indemnizar-interinos-fraude-saquen-plaza/0003_202407G9P26991.htm?fbclid=IwZXh0bgNhZW0CMTEAAR3-lRCzJhdMcZik-wVZtqS98_znWytAfgLRWSWUGX9Cyp8Plu971txdDuE_aem_XGE80XCEFr-m-2RsBzz1qg&sfnsn=scwspmo