martes, 13 de enero de 2026

Recordatorio. La Comisión Europea aprueba la solicitud de España de una nueva e importante revisión de su Plan de Recuperación: sin cambios en el compromiso de tener fijos, a fin de 2024, 300 mil puestos por procesos de "estabilización" (incluidos los de leyes de 2017 y 2018) que ya da por cumplido y pasa a estar vinculado al próximo 6º tramo de pagos de subvenciones directas; y sin cambio en el compromiso de tener una ley en 2021 de reducción de la temporalidad pública que incluya medidas de sanción, y por cuyo incumplimiento están suspendidos 626 millones de euros. Desaparece el compromiso de modificar la Ley del Estatuto Marco del personal de los servicios de salud

 [Recordatorio de entrada publicada el 18/12/2025]

Se ha publicado este 17/12/2025 en la página web del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España la decisión del mismo día 17/12/2025 de la Comisión Europea de una "Propuesta de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España y Anexo", proponiendo al Consejo de la Unión Europea que apruebe una nueva solicitud de modificaciones del Plan por parte de España, realizada el pasado 29/11/2025.  La anterior y minúscula modificación del plan  había sido  aprobada por la Comisión Europea en Septiembre  de este mismo año.


La nueva revisión aprobada afecta a un importante número de  medidas y sus hitos, entre ellas

  •  la medida de reforma C11.R1 o "reforma para la modernización y digitalización de la Administración", cuya descripción queda simplificada a: 

    "El objetivo de esta medida es abordar las deficiencias en las políticas de empleo de las administraciones públicas, fortalecer la cooperación y la coordinación entre los distintos niveles de gobierno y mejorar la implementación de las políticas públicas por parte del gobierno central. Esta medida consiste en la entrada en vigor de la legislación sobre la reducción de la tasa de empleados públicos temporales y sobre cuestiones relacionadas con los recursos humanos en la función pública, el desarrollo de la evaluación ex ante de políticas y el aumento de la transparencia y la participación ciudadana en la formulación de políticas públicas, la transparencia e integridad en las actividades de los grupos de interés, el refuerzo de la cooperación entre los distintos niveles de gobierno y la interconexión e interoperabilidad de sus plataformas informáticas, y la actualización del Marco Nacional de Seguridad"


  •  las inversiones del Componente 11 números
    • 1 de "Modernización de la Administración General del Estado", cuya descripción se simplifica,

    •  3  de "Transformación digital y modernización del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, del Servicio Nacional de Salud, y de la Administración de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales" que queda en:

      "
      la publicación de un informe sobre 17 proyectos piloto del Plan de Atención Digital Personal y sobre la ejecución de contratos o subvenciones en las siguientes líneas estratégicas: 1. Administración orientada a la ciudadanía; 2. Operaciones inteligentes; 3. Gobierno de datos; 4. Infraestructuras digitales; y 5. Ciberseguridad"

  • la reforma 3 del Componente 18 de Sanidad que abandona el compromiso de una  Ley de Equidad, Universalidad y Cohesión del Sistema Nacional de Salud para quedarse en el compromiso de la creación de una Agencia Estatal para la Salud Pública,

  • la reforma 4 del Componente 18 de Sanidad "Fortalecimiento de las competencias profesionales y reducción de la temporalidad"que se reduce a


    "
    Entrada en vigor de medidas para abordar o regular puestos o áreas de difícil cobertura, el horario laboral, las guardias, las retribuciones, la formación, la conciliación de la vida laboral y personal, la retención del talento de los profesionales sanitarios, la docencia o la investigación; y para regular la formación en especializaciones en ciencias de la salud."

    no exigiéndose ya en el hito relacionado 276 una modificación de la Ley del Estatuto Marco de personal estatutario de los servicios de salud

 

Y, correspondientemente, también se ha publicado la actualización del Anexo I del Plan (compárese con su anterior versión de Septiembre de 2025 )  incorporando las modificaciones en ese  documento en el  que se detallan los hitos , objetivos , indicadores de seguimiento y cumplimento de cada medida   así como su reparto en los diferentes tramos de pagos vinculados al cumplimiento de los hitos , y tanto para las  "cantidades no reembolsables" o subvenciones como de los préstamos.  

 

En su comparecencia el mismo día en la Comisión Mixta del Congreso y Senado, el Ministro de Economía Carlos Cuerpo trasladó que van a intentar conseguir el 100% de los fondos que son subvenciones y renuncian al 60% de los fondos que son pŕestamos (dado que al  fin y al cabo incrementan deuda y su conveniencia no es tan clara, pudiendo así liberarse del cumplimiento de un número importante de hitos -menos prioritarios para la CE- que estaban ligados a ese tipo de fondos). El ministro no hizo alusión ni comentario alguno a los 626 millones de fondos suspendidos .

 

Ya hicimos un análisis en esta entrada de la revisión de Julio de 2021 del Anexo I, en cuanto a su impacto en el asunto de la temporalidad del empleo público en España así como los profesionales públicos de los servicios de Salud, tanto en general como en el caso particular del personal de servicios de Salud, y que sigue intacto desde entonces por tanto en cuanto a su impacto en el asunto de la temporalidad del empleo público en España así como los profesionales públicos de los servicios de Salud, tanto en general como en el caso particular del personal de servicios de Salud.

Recuérdese que en la revisión de Julio de 2021 de las reformas ya desapareció lo que se planteaba como compromiso originalmente en el documento enviado por el Gobierno en Abril : que la reforma del Estatuto  Marco del personal sanitario pasara a incluir  que el sistema selectivo de los "profesionales sanitarios" con especialidades y accesos tipo MIR fuera el del concurso puro de méritos , mecanismo que se indicaba "podría estar ya disponible" para los "que lleven un período de tiempo" en e marco de los proceso de estabilización comprometidos.

En cuanto a la reforma 1 del Componente 11 sobre la AAPP  (C11.R1)  , en especial se mantiene  intactos en cuanto a lo comprometido sus dos  hitos relacionados con  la temporalidad pública:

  • [nº144] Hito "Entrada en vigor de acto legislativo para reducir la temporalidad en las administraciones públicas"
    • Fecha de cumplimiento  [comprometida]: Segundo cuatrimestre de 2021
    • Descripción:   "Entrada en vigor de un Acto Legislativo que estipule medidas para reducir la temporalidad en el empleo público y disposiciones efectivas para prevenir y sancionar  abusos, incluida la obligación de publicar todas las convocatorias de procedimientos de estabilización de  personal temporal a más tardar el 31 de diciembre de 2022. Este Acto Legislativo será aplicable al Estado, administraciones públicas regionales y locales."

      Este hito fue declarado incumplido el pasado 7/7/2025 por la Comisión Europea, por la falta de medidas válidas de sanción al abuso de temporalidad en la ley 20/2021, tal y como han establecido las sentencias del TJUE de 2024
      decidiendo suspender 626 millones de fondos europeos mientras España no realice modificaciones normativas;
  • [nº 150] Objetivo "Estabilización del empleo público"
    • Fecha de cumplimiento  [comprometida] : Cuarto cuatrimestre de 2024
    • Descripción original: "Finalización de los procedimientos de contratación para estabilizar el empleo (a través de contratos o puestos estatutarios del personal) que involucran al menos 300 000 puestos (incluidos los que derivan de los procedimientos de estabilización de 2017 y 2018)"
    • Descripción actual: "Se han estabilizado 300.000 puestos de trabajo de empleo público (incluidos los derivados de los procedimientos de estabilización de 2017 y 2018), como demuestra la publicación en el diario oficial de las correspondientes resoluciones donde se incluyen las listas de los adjudicatarios."
    • Información adicional: "Los procedimientos de selección se considerarán concluidos una vez que se publiquen en el Diario Oficial las resoluciones correspondientes incluyendo las listas de candidatos que hayan superado el procedimiento de estabilización."
    • Mecanismo de verificación: [básicamente, copia de los Diarios Oficiales con las convocatorias publicadas antes de 31/12/2022 y certificados con el "número de  puestos estabilizados"]

El hito 144 , aunque había sido dado por cumplido preliminarmente en Diciembre de 2021, lo fue "sin perjuicio del procedimiento de infracción INFR(2014)4334." . Finalmente ha sido declarado incumplido el pasado 7/7/2025 por la Comisión Europea, por la falta de medidas válidas de sanción al abuso de temporalidad en la ley 20/2021, tal y como han establecido las sentencias del TJUE de 2024 decidiendo suspender 626 millones de fondos europeos mientras España no realice modificaciones normativas.
 
En cuanto al hito 150, además del cambio en su descripción dando a entender que ya se ha cumplido el compromiso, "se han estabilizado 300.000 puestos de trabajo de empleo público incluidos los derivados de los procedimientos de estabilización de 2017 y 2018",  se modifica su vinculación a los tramos de pago, adelantándose del 7º tramo original e pagos no reembolsables (o subvenciones) al 6ª tramo , tramo de 6.204 millones de euros en el plan modificado.. El tramo próximo que la CE tiene que decidir si pagar es precisamente el 6º tramo
 
La fecha límite  que tiene los estados para cumplir hitos es el 31/08/2026, y la comisión pdora realizará pagos hasta el final de 2026, pero no más tare.

El hito 150, sólo exigía reducción de puestos temporales, utilizando como indicador la publicación antes del 31/12/2024 en boletines oficiales de  declaraciones de superación de procesos selectivos de estabilización (por tanto, derivados de las leyes estatales de PGE 2017, PGE 2018, RDL 14/2021. la Ley 20/2021 y el RDL 5/2023) La Federación de Servicios Públicos de UGT, en un informe de Febrero ya había avanzado la información de Función Pública de que iban " estabilizadas 225.082 plazas" y justo el mismo día 18/12/2024  el Ministro de Función Pública compareció en la  Comisión de Hacienda y Función Publica  para informar de sus líneas generales en Función Pública y anunció que  ya se han conseguido 321 mil "plazas estabilizadas" cumpliendo por tanto ya con dicho hito comprometido con la Comisión Europea para los fondos de recuperación", con lo que hace tiempo que este hito se preveía que iba a ser dado por cumplido (el incumplido es el hitol 144 de tener una ley de temporalidad con sanciones suficiente).


Hay que notar según la actualización el Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Públicas por Función Pública con datos a Julio de 2024. ser seguían  reconociendo ¡más de 1 millón de empleados públicos temporales! Según esos mismo s datos se extrae que el 18,22% del personal de la Administración del Estado (donde se detallan los datos por edad) tiene una edad de 60-64 años, , con lo que se podría extrapolar en primera aproximación un ritmo de 108 mil empleados públicos jubilados por año entre todas las AAPP. recogidas en el estudio. Como el número de efectivos no se ha incrementado de facto a lo largo de los años  de forma notable , la única forma de que haya más de 1 millón de temporales  como había en Julio de 2024 es que la gran mayoría de los puestos temporales que ocupan hayan sido ocupados de forma temporal durante muchos años, con lo que se puede extrapolar que aproximadamente al menos 700 mil puestos temporales estaban todavía en fraude de ley de abuso de temporalidad, y que llegó a haber más de 800 o 900 mil temporales en abuso de temporalidad cuando se redactó el Plan (muchos de ellos ahora ya cesados o siendo cesados por procesos de estabilización anteriores o de otro tipo). 

Curiosamente, en la exposición de la reforma en el documento sumario del Plan Español se razonaba que estaba el objetivo (de las recomendaciones del "Semestre Europeo" de años anteriores) de reducir la temporalidad al 8% en el empleo público y que por eso se incluía una medida de reforma de reducción de la temporalidad en el empelo público. Evidentemente , existiendo más   de un 1 millón de empleados públicos temporales y en torno a un 40% de temporalidad, con 300 mil plazas a estabilizar no se podía reducir la temporalidad al 8% . Recuérdese que en 2017, cuando el acuerdo sindical previo a la ley de estabilización con Montoro, el gobierno cifró el número de empleados públicos "temporales"  en poco más de 300 mil, con lo que es de suponer que la cifra de 300 mil puestos estabilizados.



Recordar que  la Comisión Europea mantiene abiertos  dos procedimientos de infracción contra España (en el primer estado de "Carta de Emplazamiento" enviada ) sobre posibles violaciones de las leyes nacionales de la Directiva 1999/70/CE en el empleo público :

  1.  el procedimiento de infracción 2014/4224 [INFR(2014)4224] , en cuanto a discriminación de los temporales con el fijo , que tuvo una segunda carta de emplazamiento adicional este verano
  2.   y el  procedimiento de infracción 2014/4334 [INFR(2014)4334] sobre incumplimiento de la cláusula 5ª sobre el abuso de temporalidad de la citada directiva, este último tras la denuncia múltiple abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles CHAP(2013)01917, de la que tuvo  la Comisión Europea dio su última información oficial hace ya más de un año,  indicando que había visto ha visto las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 22 de Feberro de 2024 y de 13 de Junio de 2024 y había enviado una carta de emplazamiento adicional  instando a España medidas sancionadoras más eficaces que la ley 20/2021, y en el que   es de esperar que llegue a la misma conclusión que Economía de la EE

 


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19 comentarios:

Anónimo dijo...

https://www.lawandtrends.com/noticias/administrativo/javier-arauz-abogado-en-este-2026-el-gobierno-debe-aprobar-una-ley-de-punto-final-que-resuelva-el-problema-de-los-1.html

Anónimo dijo...

Grande Don Javier.

Anónimo dijo...

Cesados abusados gracias a la Ley Montoro y otras que le siguieron. Readmisión y fijeza para todos ellos, ya que fueron condenados en costas por el TS y no se sancionó el abuso.
Justicia injusta a día de hoy.

Anónimo dijo...

La PP siempre que ha podido no ha hecho otra cosa que dificultar la vida a los interinos, no solo en la época de Montoro, el gran liquidador de Interinos, pero la PSOE no le va a la zaga con el Sr Escriva, el 20/21 y el Sr López, vaya pareja para un Tango, luego no debemos de olvidar al PNV que este también manda en una Autonomía, y tampoco se le ve con ganas, un trio de Ases

Anónimo dijo...

Obadal lleva la O de Óscar

Anónimo dijo...

11:03

Tras 7 años de gobierno la coherencia que ha demostrado el PSOE con sus siglas y el resultado discriminatorio con los temporales públicos abusados durante años, por unos y otros, es la misma que la protección que nos han demostrado sus sindicatos o la tutela judicial española a la que recurrimos, ninguna.

Anónimo dijo...

La ley no debería ser de punto final sino de punto de inicio puesto que la 20/21sirvió para reducir la temporalidad de las plazas, no para sancionar y reparar el abuso sufrido durante años por los trabajadores temporales al servicio de las administraciones públicas españolas.

Anónimo dijo...

El PNV no dijo estar en contra de lo que podemos y junts plantean, dijo que aquella proposición no era el momento de plantearlo, que debía ser dentro de una ley de función pública u otro.

Anónimo dijo...

una y otra vez misma película con diferentes figurantes

Anónimo dijo...

Alguien sabe algo ya de Obadal?

Anónimo dijo...

¿Cómo se va a saber si la sentencia se espera para la primavera como ya se ha dicho por activa y por pasiva?

Anónimo dijo...

Esperaremos pues! Gracias.

Anónimo dijo...

Se sabe que tiene la O de Óscar

Anónimo dijo...

https://www.publico.es/politica/congreso/espana-pais-ue-normas-transponer-101-directivas-siguen-pendientes.html

Anónimo dijo...

El Mundo: "España lidera el ranking de países que han pagado más multas por incumplir la normativa comunitaria" https://www.elmundo.es/economia/2017/09/18/59bc0e1a22601df32e8b4613.html

Anónimo dijo...

Newtral: "España es el país de la UE con más casos de infracción abiertos por la Comisión Europea"
https://www.newtral.es/espana-casos-infraccion-comision-europea/20260113/

Anónimo dijo...

Y el de mayor número de trabajadores públicos perjudicados, y durante más años, seguro.

De la España negra pasamos a la España corrupta, la del abuso y fraude laboral institucional, sin complejos ni complejidades, por aceptarlo con un par los tres poderes de ésto más sus sindicatos.

Anónimo dijo...

17:07 ¿Para qué sirve ese ranking, además de para castigar a los ciudadanos y trabajadores con menos dinero disponible por incumplimiento de la legalidad europea?

¿Qué nos aporta, además de tomar conciencia del engaño europeo y la verguenza por su incumplimiento?

Anónimo dijo...

Se hezan en nuestra boca