Acaba de salir publicada en el B.O.C.M. la Orden de 18 de enero de 2008, "por la que se dictan Instrucciones para la Gestión de las Nóminas del Personal de la Comunidad de Madrid para 2008".
Aparte de confirmar las pobres subidas que ya conocíamos por la Ley de Presupuestos para 2008 observamos que no se ha aprovechado esta orden para reconocer el derecho que la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece para el personal estatutario temporal desde Mayo del año pasado: el cobro de trienios.
Al contrario, el artículo 23.10 de la Orden dice: "Las retribuciones establecidas en el presente artículo serán de aplicación al personal estatutario temporal, que percibirá la totalidad de las retribuciones básicas y complementarias que correspondan a su nombramiento, con excepción de los trienios y la carrera profesional que se acreditarán en nómina únicamente al personal estatutario fijo."
Creemos que cuando la CM aplique la medida debéra hacerla con retroactividad a Mayo del año pasado.
¿No será quizás que con tanto canon pagado el año pasado a hospitales que no dan servicio y programas informáticos inacabados se han quedado sin dinero para cumplir la ley?
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1 comentario:
Los informáticos interinos de antes ahora eventuales sin trienios como siempre y a este paso en breve a la puta calle sin indemnización como pago a todo lo que hemos echo por levantar los servicios de informática.
Esta situacion no podemos permitirla ni un dia más
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