Se ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura de 05/08/2022 el "Acuerdo de desarrollo de los procesos de estabilización del empleo temporal en el ámbito de Administración General de la Junta de Extremadura", suscrito el pasado 28/07/2022 entre la Junta y los "sindicatos más representativos" en el ámbito de Administración General de la Junta de Extremadura, y que regula las bases comunes para los procesos de estabilización de la nueva ley 20/2021 en ese sector de Administración General de la CCAA de Extremadura que se aplicaría a las 3.193 plazas de la Oferta Adicional para la estabilización del empleo temporal de personal funcionario y laboral en el ámbito de la Administración General de la Junta de Extremadura derivada de la citada Ley 20/2021, publicada el 30 de mayo, y que, según expone el preámbulo del acuerdo contabilizó para la fórmula excepcional del concurso de méritos :
- las plazas que han estado ocupadas con carácter
temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016, según la D.A 8ª
- ,las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016,segú la 8
- y las 1.622 plazas de la Oferta de Empleo Público de 2019 de estabilización de la
Administración General de la Junta de Extremadura (publicada en el DOE n.º 245, de 23 de diciembre), la única en este ámbito derivada de las leyes estatales anteriores de 2017 y de 2018 "al no haber sido convocadas a la fecha de entrada
en vigor de la Ley 20/2021 tal y como dispone el párrafo segundo del
artículo 2.1 de la misma" y ser todas plazas temporales desde antes de 2015
haciendo un total de 2.746 plazas para el concurso de méritos (y 447 plazas restantes para concurso oposición).
La baremación el concurso de méritos según este Acuerdo se reparte así: