viernes, 12 de noviembre de 2010

Publicada la creación de los Colegios Profesionales de Ingenieros e Ingenieros Técnicos en Informática de la Comunidad de Madrid

'LEY 6/2010, de 25 de octubre, por la que se crea el Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de la Comunidad de Madrid.'

'Artículo 3
Ámbito personal
En el Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de la Comunidad de Madrid se podrán integrar los profesionales que en dicha Comunidad posean la titulación universitaria oficial de Ingeniero en Informática, o la de Licenciado en Informática, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1459/1990, de 26 de octubre, y el Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, o posean un título debidamente homologado por la autoridad competente.' [...]

'Artículo 4
Colegiación

La adscripción de los profesionales al Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de la Comunidad de Madrid es voluntaria.'


Fuente y texto completo: BOCM nº 267 de 8/11/2010

'LEY 7/2010, de 25 de octubre, por la que se crea el Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de la Comunidad de Madrid.'

'Artículo 3
Ámbito personal
En el Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de la Comunidad de Madrid se podrán integrar los profesionales que en dicha Comunidad posean la titulación universitaria oficial de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión o Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas, o la de Diplomado en Informática, según lo establecido en los Reales Decretos 1460/1990, y 1461/1990, de 26 de octubre, y el Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, o posean un título debidamente homologado por la autoridad competente'[...]

Artículo 4
Colegiación
'La adscripción de los profesionales al Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de la Comunidad de Madrid es voluntaria.'

Fuente y texto completo: BOCM nº 267 de 8/11/2010

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3 comentarios:

Anónimo dijo...

Ya era hora que existiese un Colegio de Informáticos en la Comunidad de Madrid, después de años y años de incumplimiento de la ley que decía que la existencia de un Colegio en 2 o más Comunidades implicaba la existencia de uno a nivel nacional.

El siguiente paso será homologar las plazas de acuerdo a la titulación de cada uno y permitir solo a los colegiados optar a ellas.

Anónimo dijo...

Se te ha olvidado un pequeño detalle, que es que para eso hay que reformar la ley que crea las categorías. Como se te ve madera de lider revolucionario, te sugiero que el nuevo colegio pase al acción y a las movilizaciones para conseguirlo. Mucha suerte en vuestra lucha!

Anónimo dijo...

quizás prefieran esperar primero a que nuestras inminentes movilizaciones consigan que se generen más plazas (interinas) de plantilla informática de las nuevas categorías ... y luego ya trabajarán para que se modifique la ley para que la ope sólo permita colegiados