Se ha actualizado la página web del Congreso de los Diputados sobre las sesiones del Pleno del Congreso, y finalmente, tendrá lugar, tras un amplio orden del día previo, el Jueves 2 de diciembre la sesión de Plenodel Congreso para debatir y votar las enmiendas - que hayan decidido mantener los grupos más nuevas posibles "transaccionales" negciadas del ya famoso "Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" (nº de iniciativa 121/000063), destinado presumiblemente a mejorar el Real-Decreto Ley publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021 , que entró en vigor desde el 8 de Julio (y sigue en vigor).
Naturalmente, en dicho Pleno se podrán introducir todavía cambios al al texto aprobado este Lunes 22 en Comisión ("el Dictamen de la Comisión").
- [29/03/2017] Texto íntegro del acuerdo de Gobierno del Estado y sindicatos para la reducción de la temporalidad en el empleo público: permiso a las CCAA en Sanidad de procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE de hasta el 90% de los temporales actuales de más de 3 años sin límites por tasa de reposición
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [19/03/2020] Sentencia
esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez
Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada
que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español
fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a
proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [05/05/2021] El Gobierno publica el plan de reformas que presentó a la Comisión Europea el 30/04/2021. Sobre la exigida reducción de temporalidad pública a menos del 8%: va a ampliar los procesos de estabilización con las plazas temporales más de 3 años a 31/01/2020 y deberán publicarse todas las convocatorias de las OPEs de estabilización -existentes y las nuevas- antes de 31/12/2021 teniendo que finalizar antes de 31/12/2024. Sin mención alguna a que dicha temporalidad existente pueda ser ya abusiva ni a la sentencia europea que dictaminó que las convocatorias a procesos selectivos del puesto de los abusados no pueden valer como la sanción que debe haber para la AAPP. Se plantea además una reforma del Estatuto del personal sanitario para que el sistema selectivo de los "profesionales sanitarios" pase a ser para siempre el concurso puro de méritos , mecanismo que estaría ya disponible para los "que lleven un período de tiempo" en su proceso de estabilización pendiente -en su caso- del "plan de choque"
- [05/07/2021] [Gobierno del Estado/CCOO/CSIF/UGT] 'Acuerdo sobre Plan de choque para reducir la temporalidad en el empleo público' [Texto íntegro]
- [07/07/2021] [IMPORTANTE] Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018: un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere. Entra en vigor mañana 08/07/2021
- [07/07/2021] [Arauz] 'Nota sobre el Real Decreto-Ley aprobado hoy' ["Es un día triste para el Gobierno de España y para los partidos políticos que lo sustentan", "si piensan, en su ignorancia, que vamos a dar un paso atrás están equivocados", " los juzgados y tribunales no están obligados a aplicar este Decreto-Ley si el mismo, como es, vulnera la Normativa comunitaria que dice estar aplicando", "denunciaremos el Decreto-Ley ante las instancias europeas para que actúen contra nuestro gobierno""]
- [21/07/2021] Convalidado el REAL DECRETO-LEY de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 con el compromiso de modificaciones por proyecto de ley urgente de posibilidad de oposición no eliminataroia y concursos de méritos para personal +10a en mismoi puesto
- [06/08/2021] IMPORTANTE La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018-y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: está evaluando si la reforma introducida con el Real Decreto-ley de reducción de la temporalidad publicado el 7 de Julio es conforme a la normativa europea y evaluará las modificaciones futuras anunciadas por la nueva Ministra
- [30/09/2021] Finalizó el plazo de enmiendas en el Proyecto de Ley de modificación del Real Decreto-Ley de reducción de la temporalidad. El PSOE propone permitir a las AAPP la posibilidad de concurso de méritos libre con las plazas temporales más de 10 años que no se hayan convocado y, para el resto de futuras convocatorias de procesos de estabilización, la posibilidad de que los ejercicios de la oposición no sean eliminatorios. EL Partido Popular propone ampliar las plazas bajo los procesos de estabilización y garantizar que las AAPP los ejecuten como concurso-oposición, proponiendo solamente la posbilidad de no hacer oposición a quien tenga superarado sin plaza uno de los procesos selectivos anteriores. Podemos propone concurso de méritos obligatorio con valoración especial de la antigüedad en el puesto para los puestos temporales más de 5 años y oposición no eliminatoria para el resto
- [10/11/2021] Divulgado el "acuerdo de funcionamiento" entre el Gobierno Español y la Comisión Europea con hitos y plazos de cumplimiento firmados de las reformas comprometidas en el Plan de Recuperación a cambio de los fondos europeos. Sobre temporalidad pública, comprometida ley que regule una reducción de la temporalidad vía "procesos de estabilización de puestos" así como "disposiciones efectivas para prevenir y sancionar abusos" .
- [13/11/2021] [La Gaceta del Opositor] Enmiendas pactadas por PSOE, Podemos, ERC y PNV para el Proyecto de Ley de modificación del RDL 14/21 de reducción de la temporalidad: se deben convocar concursos de méritos puros libres con las plazas estructurales de todas las AAPP que lleven temporales desde antes de 1/1/2016 y todas las vacantes ocupadas por un interino que haya estado así (quizás cambiando de plaza en la misma AAPP) desde antes de 01/01/2016. Psra el resto, posibilidad de ejercicios no eliminatorios. Las convocatorias de procesos de estabilización anteriores ya publicadas a la fecha de entrada en vigor de la Ley "deben finalizar" (antes de 31/12/2024)
- [22/11/2021] Debate en Comisión de Función Pública de enmiendas en el Proyecto de Ley de modificación del Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad. PSOE, Podemos, ERCy PNV pactan enmiendas para incorporar en el concurso de méritos de forma literal a los laborales , según Podemos también se aprueba enmienda para que la plazas de las convocatorias "sin desarrollar" de los procesos de estabilización anteriores tengan que ir bajo los procesos según la nueva ley. La ley tiene que aprobarse "imperativamente" antes del 31/12/2021 por los fondos europeos
28 comentarios:
Pues a ver si cumplen con la jurisprudencia europea y no dejan fuera a los de 3-6 años. Es una ilegalidad y temeridad que nos echen sólo a este colectivo abusado a las OPEs
Pero...¿dará tiempo a tramitar en el Senado y aprobarla como tarde el 23 de diciembre en el Congreso?
Pero los de 3-6 años participaremos en el proceso de estabilización con concurso-oposición, y si no sacamos plaza se nos indemizará. Ya me joroba, pero eso pasará el filtro UE...
cuando se habla de interinos, se entiende también que todo va igual con los laborales indefinidos no fijo, no?
NO 16:53 porque indemnización NO es sanción según sentencia TJUE de junio 2021 y menos encima siendo indemnización tras perder proceso selectivo abierto.
En definitiva, ILEGAL
Yo llevo 6 años de interina y mi oposicion ya se ha realizado el primer examen de 4, si me quitas en la plaza X oposicion, podría presentarme al concurso de méritos? Gracias
A ese concurso de méritos se podrá presentar un interino con 3 años o en el puesto o solo podrán acceder los de 5 en adelante?
Gracias.
ánimo!!!
La ley está hecha a medida del empleador incumplidor y no del empleado en abuso.
-No SOLUCIONA la situación del trabajador.
-No incorpora sanciones a la administración que ha incumplido la DIRECTIVA.
-Permite el despido masivo de interinos con oposiciones aprobadas y el acceso a la función pública de quienes no las superaron nunca por el simple hecho de haber acumulado méritos tras contratos a dedo.
#STOP CORRUPCIÓN
Al concurso de méritos se podrá presentar todo el mundo.
a ese concurso de méritos se podrá presentar todo el mundo, yo en mi último puesto sólo llevo 4 años pero como en total llevo para puestos con la misma categoría unos 20... pues me voy a poder presentar a todos los demás que hay vacantes
porque no añadir la plaza que ocupo y así no fastidio a los demás?
pues eso , un desproposito
Los que ocupan plazas estructurales en los últimos 3-6 años ya están condenados. Estaba cantado que al final serían abandonados a medida que los demás consiguieran lo que querían y que serían el "ánodo de sacrificio" necesario en toda negociación. De las palabras de los representantes de los partidos el pescado ya está vendido. Hasta los sindicatos y plataformas de interinos ya piden que la fecha del 1 de enero de 2016 se retrase tres años con la boca pequeña. Están más preocupados en que el concurso sea restringido, lo que nunca conseguirán por ser anticonstitucional...
Si la mayoría llevamos menos años en el último, pero se refiere encadenado mismo tipo también. Luego, si al final da igual pq se rarará donde se acaben las plazas, no hay más. Por eso para mí lo importante es que paralicen todo ya.
Los cesados se pueden presentar también al concurso, alguien lo sabe?
Otros que pasarán directamente a concurso son los aprobados sin plaza.
Alguien me puede decir que han aprobado ya que estoy muy liado y no me entero de nada
Al de las 18:08.Eso no es así. Cualquiera podrá ir al concurso. Otra cosa es que haber aprobado algún ejercicio en una oposición de puntos en el baremo, lo que dependerá de cada administración y está por ver...
Al de las 18:07. Claro, los cesados podrán hacer valer sus años de servicio igual que los que estén en activo.
A ver si ahora encima haber superado un proceso va a ser un impedimento, cuando son l@s más abusados e incomprendid@s. Además precisamente son los que seguramente más se han movido.
Yo que sepa esa Disposición ( aprobados sin plaza) sigue en el texto. En todo caso deberían mejorarla y solicitar directamente que sean funcionarios de carrera.
Sí me parece tb fenomenal q los cesados puedan.
Si, puede presentarse todo el mundo. Los cesados, los que van a ser cesados por tener un proceso con exámenes realizados, los funcionarios de carrera que deseen cambiar de CCAA o de Ayuntamiento.
Un auténtico caos, que deja fuera a los trabajadores en abuso de temporalidad de menos de 6 años y los que ya han tenido exámenes. Un caos que no cumple la normativa Europea ni las sentencias del TJUE.
Vuelvo a preguntar: cuando se habla de interinos, se entiende también que todo va igual con los laborales indefinidos no fijo, no?
Por si fuera de interés:
https://twitter.com/MiguelUrban/status/1462841933357797376/photo/1
Buenas, mi duda es la siguiente, en la Disp.Adic. 8 cuando dice Adicionalmente, los procesos de estabilización contenidos en la Disposición Adicional Sexta incluirán en sus convocatorias las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior a 1 de enero de 2016.
¿interpretáis que se está refiriendo a plazas vacantes cubiertas por interino con antigüedad como temporal en las AAPP antes de esa fecha (sin que tenga que haber venido ocupando necesariamente plazas vacante/es) o bien se está refiriendo a que ese interino lleve ocupando plazas vacantes desde antes de esa fecha?
Es que cuando dice "de esa naturaleza" no sé si se refiere a la naturaleza de la plaza o lo refiere a la relación temporal....
Yo entiendo que se refiere a la naturaleza de la relación temporal de el interino y que este tendrá que llevar en plazas aunque no sea la misma desde antes del uno de enero de 2016.
Tengamos en cuenta que en algunas administraciones hay movilidad para los temporales y se pude dar la posibilidad que un interino que lleve 30 años se hubiera cambiado de puesto en los últimos 6.
Como recordatorio: esto es un timo. Van acssalir pocas plazas y se pueden presentar hasta los funcionarios de carrera como si fuera un concurso de traslados.
Parece que se refiere a la naturaleza de la relación temporal del interino, si se exigiera que éste hubiera ocupado interinajes únicamente en vacantes y no en otro tipo de interinajes (p.ej sustitución temporal, proyectos), debería haberse puesto expresamente entiendo.....aunque dado el nivel, nada sorprende ya!
Independientemente del tipo de interinaje, lo que sí parece claro es que debe haber sido una relación ininterrumpida desde 2016.
En fin, a esperar a ver qué sale de todo esto..
Para mí esta adicional 8 es la más críptica (o abierta a intepretaciones, si se quiere), y al mismo tiempo interesante. Si os fijáis, en esta adicional se habla por primera vez de personas, ya que dice que saldrán al concurso plazas que, aunque no estuvieran aún vacantes el 1-01-2016, cumplan la condición de que sus ocupantes actuales tengan una relación laboral temporal desde antes de esa fecha. Es importante destacar que no habla de que ese servicio sea ininterrumpido. En mi opinión esta adicional la han puesto mirando a Educación y Sanidad, ya que es poco habitual que los docentes y sanitarios tengan contratos enlazados sin días en blanco durante 6 años.
Al final el "Concurso Abierto" según la igual, mérito, capacidad, Constitución ESpañola, Declaración de Derecho Humanos y Derecho Universal será lo que buscaban los Sindicatos y las mafias familiares de las Administración, como una Opo-tongo donde ya tienen baremados a los suyos y con pie y tres cuartos dentro....Ahora ponte a reclamar tus puntos-cursos que "no son baremables" y a pedir saber qué méritos tienen los se consolidan que ahí rige la confidencialidad de datos y la protección del derecho de confidencialidad.
Suerte a Tod@s !!!!!
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