Tal y como avanzó en un comunicdo el abogado -Javier Araúz- de los empleados , la magistrada del Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid, acaba de dictar en su sentencia de 03/11/2021 la fijeza a dos informáticos del Organismo Autónomo de Informática del Ayuntamiento de Madrid, bajo único contrato laboral de interinidad de vacante durante 12 y 13 años, como sanción al abuso de su temporalidad en el empleo público , según la cláusula 5ª del Acuerdo Marco recogido en la famosa Directiva Europea 1999/70/CE, aplicando la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, especialmente la de la reciente sentencia de 03/06/2021 del asunto "IMIDRA" (que a su vez aclaró en este punto la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros" , de asunto principal también un informático, del SERMAS).
Y , a la hora de establecer la sanción al abuso constatado, la jueza sigue el criterio de la sentencia de 17/02/2021 de fijeza a un empleado de Correos de la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid:
- la figura del indefinido no fijo de la jurisprudencia de la Sala de lo Social Supremo no puede considerarse una medida suficientemente disuasoria y reparadora, por ser temporal y declarar una indemnización de sólo 20 días por año trabajado con un tope de 12 mensualidades,. como estableció la sentencia europea "Sánchez Ruiz y otros" de 19/03/2020
- descartado el indefinido no fijo, no existe en el derecho español ninguna medida de sanción válida ante la jurisprudencia europea, con lo que hay que aplicar la medida general de sanción de la fijeza según indican sentencias previas del Tribunal Europeo (Marrosu y Sardino y Vasallo de 07/09/2006, Adeneler de 04/07/2006 y Martínez Andrés de 14/09/2016)
- sin que suponga en este caso "contravención" del principio constitucional de igualdad, mérito y capacidad en el acceso público tanto por la primacía del Derecho de la Unión frente al derecho interno como por la propia doctrina del Tribunal Constitucional que relaja esos principios en las contrataciones laborales
- [22/11/2019 ] La Sección 3ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid plantea que la jurisprudencia del Tribunal Supremo para el laboral interino de vacante de la AAPP no es conforme a la Directiva Europea sobre abuso de temporalidad por no hacer fijo ni plantear indemnizaciones disuasorias siquiera a los temporales de más de 3 años y eleva una petición de decisión prejudicial al Tribunal Europeo con preguntas explícitas cuestionándola: esta Sala afirma que hay abuso de temporalidad para el laboral interino por vacante de más de 3 años, el plazo no puede prolongarse por razones presupuestarias como ya ha sentenciado el Tribunal Europeo y no existe en España "sanción alguna" como exige la cláusula 5ª de la Directiva europea 1999/70/CE
- [17/03/2020] Situación jurídica temporales. Novedades y cuestiones pendientes en el Tribunal Europeo y Supremo
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [30/06/2020] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo menciona por 1ª vez la reciente sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto Sánchez Ruiz en casos de laborales interinos de vacante de 5 a 9 años que demandaban indefinido no fijo por superar el plazo de 3 años del EBEP: dice que no se aplica la doctrina de la sentencia europea al considerar que no hay sucesivos nombramientos ni expresa ni tácitamente, que las necesidades sean permanentes no comporta que haya fraude necesariamente al ser ya una interinidad en vacante estructural y reitera su doctrina de que el plazo del EBEP no opera automáticamente para el efecto de considerar si hay abuso de temporalidad, desestimando la demanda al aceptar la justificación de la CCAA sobre imposibilidad de OPEs por restricciones presupuestarias
- [11/08/2020] El Tribunal Superior de Justicia de Galicia volvió a sentenciar fijeza como sanción según Directiva Europea ante la situación de fraude de abuso de temporalidad y acceso al puesto por proceso selectivo en el caso de 6 empleados públicos laborales por obra y servicio del Ayuntamiento de Cervo. Su abogado confirma que la sentencia ya es firme
- [18/08/2020] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo vuelve a mencionar la reciente sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto Sánchez Ruiz en caso de laboral interina de vacante 15 años cesada por la OPE de "consolidación" de la C. de Madrid de 2009: el Supremo dice que comparte con la sentencia europea que es fraude la vacante no cubierta de forma fija en un plazo "razonable", que su doctrina previa del "plazo injusticadamente largo" respeta la sentencia europea, y acaba desestimando la reclamación de indemnización por entender que no hay fraude por encontrar justificado por razones presupuestarias y de desarrollo de OPE la demora en el tiempo
- [10/11/2020] Juzgado de Toledo sentencia la condición de fijo a 11 empleados públicos laborales de un Ayuntamiento como la sanción más acorde a la Directiva Europea tras la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros" considerándola respetuosa con el ordenamiento interno al haber accedido a los puestos por procesos selectivos
- [21/10/2020] [Diario Lírico] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo sentencia la fijeza a 5 contratados temporales del Ballet Nacional porque su regulación laboral especial con la entidad pública del INAEM no excluye la aplicación de la transposición de la Directiva Europea de abuso de temporalidad al Estatuto General de los Trabajadores
- [08/01/2021] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, pese a la reciente sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto Sánchez Ruiz,vuelve a decir que no es de aplicación la directiva europea de abuso de temporalidad si sólo hay un nombramiento y reitera su doctrina de que el plazo de los 3 años del EBEP no opera automáticamente siendo necesario que el "plazo sea injustificadamente largo" para el efecto de considerar si hay abuso de temporalidad, y desestima la demanda de mero indefinido no fijo a laborales de vacante de 5 a 11 años aceptando la justificación de la CCAA de imposibilidad de OPEs por restricciones presupuestarias durante varios años
- [01/02/2021] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo vuelve a decir que de la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto Sánchez Ruiz no se deriva que sea de aplicación la directiva europea de abuso de temporalidad a la situación de sólo un nombramiento y reitera su doctrina de que el plazo de los 3 años del EBEP no opera automáticamente siendo necesario que el "plazo sea injustificadamente largo" para el efecto de considerar si hay abuso de temporalidad, y desestima la demanda de mero indefinido no fijo a laboral de vacante de 6 años aceptando la justificación de la Junta de Andalucía de imposibilidad de OPEs por restricciones presupuestarias durante varios años
- [11/02/2021] Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto griego "M.V. y otros/Municipio de Agios Nikolaos": golpe a la doctrina de nuestro Supremo de que la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" no se aplica a situaciones de un único nombramiento prolongado en el tiempo como las interinidades de vacante. Y una vez más, reitera que la justicia nacional puede conceder la medida general de la fijeza como sanción si no hay sanción disuasoria contemplada en la legislación nacional para el caso de empleados públicos aunque se prohíba [o se interprete que lo prohíbe] por una norma nacional existente
- [29/03/2021] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo estima el despido improcedente demandado por una laboral con contratos por obra y servicio durante 9 años de la Universidad de Valladolid por que debía considerase ya fija al no estar incluido el contrato de obra y servicio general entre las modalidades específicas para la Universidad que, junto con los de obra y servicio en general de las AAPP, figuran como excepción en el Estatuto General de los trabajadores a su límite de 3 años y la conversión en fijo en caso de superarlos. No se demandaba la fijeza. No implica cambio de jurisprudencia en el uso abusivo del contrato de obra y servicio en las AAPP y ni mucho menos en la prolongación del conrtato de interinidad de vacante
- [02/06/2021] [Ignasi Beltrán] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid concede la fijeza a temporal de 31 años de Correos como la sanción adecuada al abuso de temporalidad en lugar del indefinido no fijo, por no considerarla medida válida tras la sentencia europea "Sánchez Ruiz y otros" de 19/03/2020 y al no existir en la legislación española medidas de sanción suficientes que pudieran ser alternativa a la fijeza [y pese a la doctrina del Supremo de considerar también a las sociedades públicas empresariales bajo los principios del Estatuto básico del Empleado Público para el acceso al puesto fijo , como una AAPP ]
- [03/06/2021] Golpe del Tribunal Europeo, con su sentencia de HOY 03/06/2021 en el asunto #IMIDRA, a la doble excusa utilizada por ambas salas del Tribunal Supremo español para esquivar declaraciones de abuso de temporalidad en empleo público: la normativa europea se aplica a las interinidades prolongadas de vacante aunque sólo haya un único contrato o nombramiento formal y no pueden utilizarse la crisis económica ni restricciones de leyes presupuestarias. La normativa nacional "no parece incluir ninguna medida para prevenir ni sancionar" el abuso y la jurisprudencia del Supremo para laborales públicos interinos no "parece atenerse a la exigencias que se derivan de la jurisprudencia europea". Una indemnización al cese "no parece, por sí sola, adecuada" como sanción.
- [28/06/2021] [Poder Judicial] '[La Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo establece doctrina sobre la duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público tras la sentencia del TJUE La duración máxima será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su normativa legal o convencional específica' ["Una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo". Sentencia confirmando la indemnización al cese de laboral interina de vacante de casi 8 años que demandaba ser considerada indefinida no fija al cese a efectos indemnizatorios por superar el plazo de 3 años]
- [30/07/2021] [Ignasi Beltrán] Juzgado de Barcelona, ante una demanda de fijeza, plantea una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si la figura del indefinido no fijo es temporal para la normativa europea y por tanto no es suficiente para sancionar el abuso de temporalidad en el empleo público
- [26/10/2021] Juzgado de lo Contencioso de Madrid sentencia la fijeza, sin conceder la condición de funcionario de carrera, a varias funcionarias interinas del Ayuntamiento de Getafe , maestras de educación infantil, como sanción al abuso de temporalidad existente por la sentencia europea de 03/06/2021, que corrobora la de 19/03/2020 "Sánchez Ruiz" , y ante la inexistencia de medidas de sanción en la legislación cuando se presentó la demanda, en aplicación del Auto "Gondomar" del mismo Tribunal Europeo
- [05/11/2021] [Arauz] Nueva sentencia de un juzgado de Madrid, esta vez de lo Social, que estima la fijeza, a dos trabajadores del Ayuntamiento de Madrid, como sanción ante el abuso de temporalidad en el empleo público aplicando la normativa y jurisprudencia europea
7 comentarios:
Es una gran noticia llena de esperanza para todos los trabajadores en abuso de temporalidad en el sector público español.
Unida a la FIJEZA de las compañeras de Getafe, nos muestran el camino a seguir.
Yo personalmente no espero nada de aquellos políticos que son incapaces de pronunciar las palabras "trabajadores del sector público español en abuso de temporalidad" y en su lugar hablan de "interinos".
UN ABRAZO
P.D. La granja de Trolls de los come gambas son patéticos. Y están perdiendo.
Mientras tanto, los políticos, politiqueando:
https://www.canarias7.es/politica/interinos-endureceran-protestas-20211107023310-ntvo.html
Gran noticia. Es un golpe moral muy fuerte ver a tantos Jueces diciendo la verdad y haciendo así público que todos los empleados en abuso deben ser hechos fijos y que no se estaba respetando el derecho europeo, es decir que se estaba y se está prevaricando.
Soy el mismo del comentario anterior. Es sólo para decir que si UP no da un giro radical en esto y obliga al PSOE a hacer fijos a los abusados, que no cuenten con mi voto. Me quedo en casa pasando de todo igual que hacen ellos.
Las Demandas empiezan a dar sus frutos.
PSOE y Unidas Podemos están demostrando una falta de inteligencia y de sensibilidad impropias de un Gobierno que quiera seguir siéndolo.
Que alguien le mande las sentencias de fijeza como está, la de las maestras de getafe, la de martos del mismo juzgado que las de getafe y las del central numero 2 de los funcionarios de prisiones al blog del Ignassi Beltran, que las que gana el concocido como vendehumos para los gamberos nos las cuelga en su blog, que de egos en la abogacia madre mia jajajajaja
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