miércoles, 10 de noviembre de 2021

Publicadas más convocatorias de las OPEs de "estabilización" (con las plazas temporales ya más de 7 años) de personal de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid con el sistema de concurso-oposición siguiendo las bases acordadas en la Comunidad con los sindicatos en Febrero de 2021 , con oposición eliminatoria,. La C. de Madrid no se ha esperado a si surgen posibilidades más favorables por la reforma del Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad actualmente en el Congreso

 En el BOCM de este 08/11/2021 y este 10/11/2021 se han publicado más convocatorias de más procesos selectivos de las Ofertas Pública de Empleo de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid de estabilización -de puestos-  en concreto:

  • de personal laboral
    • Medicina Familiar y Comunitaria (Grupo I, Nivel 10, Área D) de la Comunidad de Madrid , 16 plazas (convocatoria),
    • Conductor (Grupo III, Nivel 5, Área B) de la Comunidad de Madrid  , 166 plazas (convocatoria
    • Educador, Especialidad de Centros de Educación Infantil (Grupo III, Nivel 6, Área C), de la Comunidad de Madrid, 185 plazas (convocatoria)
  • de personal funcionario 
    •  Diplomados en Salud Pública, Escala de Salud Pública, Especialidad de Terapia Ocupacional, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, 31 plazas, (convocatoria)
    • Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Asistentes Sociales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid 193 plazas, (convocatoria)
convocatorias con plazas todas de temporales más de 7 años ya en la práctica y que sigue en la Orden con los criterios generales previamente publicada para las convocatorias de los procesos de estabilización de puestos temporales de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid y  que trasladaba el acuerdo de detalle al que se había llegado en Febrero de 2021, entre la C. de Madrid y  CCOO, UGT y CSIF, completando el acuerdo de 2018 ,en la Mesa General de Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid, y por el que el sistema selectivo para dichas convocatorias  con las plazas de los apartados de estabilización de las OPEs 2017 a 2020, siempre exclusivamente del personal de Administración y servicios de la Comunidad de Madrid (es decir, no para personal docente ni para el personal del Servicio de Salud ni de la Administración de Justicia o empresas públicas de la C. de Madrid que tienen sus mesas de negociación sobre OPEs  y procesos selectivos diferentes y, ni muchos menos, para los ayuntamientos y universidades en la C. de Madrid), consiste en
  • Convocatorias exclusivamente de turno libre , es decir de libre concurrencia "sin que puedan tener ningún tipo de carácter restringido, sin perjuicio de la reserva de plaza al cupo de discapacidad)
  • Concurso-oposición salvo para los cuerpos de funcionarios A1 Administración General y los cuerpos/categorías de menos de 5 plazas  que serán oposición pura
  •  oposición eliminatoria pasando a fase de méritos los aprobados, puntuando 55% oposición, 45% méritos cuando sea concurso-oposición
  • 80% de los méritos por antigüedad en mismo cuerpo puntuando igual la antigüedad en cualquier AAPP, es decir un 36% del total



Nótese que el famoso REAL DECRETO-LEY  del Gobierno del Estado publicado el 7/07/2021 , en vigor desde el día siguiente en cuanto a los procesos de estabilización, regula que las convocatorias de procesos de estabilización pendientes pasaban a tener como tope para su convocatoria el 31/12/2022 y que por otro lado está en tramitación un  Proyecto de Ley para modificarlo que podría introducir nuevas posibilidades de concurso de méritos para las  convocatorias de plazas de estabilización, sobre todo si no han sido ya convocadas. Así el propio PSOE del EStado propone que los puestos de temporales de más de 10 años no inmersos ya en convocatorias publicadas tengan la posibilidad de que su AAPP los convoque por concurso puro de méritos. Naturalmente, si la C. de Madrid publica ahora las convocatorias delos procesos de estabilización no  van a quedar apenas puestos temporales de más de 10 años sin convocar.
 
A la vista de estas convocatorias  publicadas, queda claro que la Comunidad de Madrid ha decidido no esperarse a ver qué puede salir de dicho proyecto de ley, tal y como avanzó el Consejero Lasquetty hace unas semanas en la Asamblea de Madrid, donde respondió que estas reformas ya solo les afectaba a futuro , presumiblemente por tener ya incluidos en OPEs todos los puestos temporales de larga duración. De esas palabras , parece desprenderse que habría decidido despreciar el nuevo plazo máximo hasta fin de 2022 para poder haber pospuesto estas convocatorias y, mucho nos tememos, las indemnizaciones al cese contempladas por el Real Decreto.
 
Por contra, otras AAPP, como la CCAA de Asturias, ha decidido  dejar "caducar" -es decir sin convocar antes de fin de este año-plazas de las OPEs de estabilización previas para incluirlas en la nueva OPE de estabilización derivada de dicho RDL, con posibles mejores condiciones de estabilización del propio personal tras la reforma en trámite en el Congreso por dicho Proyecto de Ley.
 
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