'Hace algo más de un mes, el Ministerio remitió una consulta a la Abogacía del Estado, sobre la aplicación del artículo 10 del TREBEP en la Administración de Justicia.
Según informó el Ministerio a CSIF, el pasado jueves, tras ese informe, se concluye que, por el momento, no habrá ceses de personal interino con más de tres años en puesto vacante nombrados desde el 8 de julio de 2021. Se acoge para ello a la excepción contemplada en dicho artículo 10 por la que:
"Excepcionalmente, el personal funcionario interino podrá permanecer en la plaza que ocupe temporalmente, siempre que se haya publicado la correspondiente convocatoria dentro del plazo de los tres años, a contar desde la fecha del nombramiento del funcionario interino y sea resuelta conforme a los plazos establecidos en el artículo 70 del TREBEP. En este supuesto podrá permanecer hasta la resolución de la convocatoria, sin que su cese dé lugar a compensación económica."
Dado que existen procesos selectivos convocados que permiten aplicar esa excepción, el Ministerio ha decidido paralizar estos ceses, de momento, hasta el 1 de octubre, fecha en la que prevé otro escenario en el caso de que ya se hayan adjudicado destinos a los aspirantes de algunos de esos procesos pendientes de resolverse.
Según se ha informado a CSIF, el Ministerio ya remitió el pasado viernes, la instrucción a la Gerencia para que paralizara los ceses en marcha, algunos de los cuales ya habían sido comunicados a los afectados. '
Fuente: Comunicado de CSIF Nacional de 07/07/2024
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- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [19/03/2020] Sentencia
esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez
Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada
que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español
fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a
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- [07/07/2021] [IMPORTANTE] Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018: un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere. Entra en vigor mañana 08/07/2021
- [21/07/2021] Convalidado el REAL DECRETO-LEY de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 con el compromiso de modificaciones por proyecto de ley urgente de posibilidad de oposición no eliminataroia y concursos de méritos para personal +10a en mismoi puesto
- [29/12/2021] Publicada en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores
1 comentario:
En ese caso, para ser coherentes, deberían readmitir a los cesados que estamos pendientes de juicio...
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