jueves, 9 de octubre de 2025

[CSIF Nacional] 'El Abogado General del TJUE exige elevar las indemnizaciones por abuso de temporalidad y concretar las sanciones a las administraciones que abusen, como reclama CSIF. España incumple la Ley con una temporalidad del 30%: exigimos una reunión urgente con Óscar López para dar una solución efectiva a miles de personas en precariedad, en línea con las conclusiones del Abogado General' [CSIF: "Hay que fijar sanciones a responsables de las AAPP, convocar todas las plazas y reducir los plazos de ejecución de los procesos selectivos"]

'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, exige una reunión urgente al ministerio de Función Pública para abordar las conclusiones del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, a petición del Tribunal Supremo, porque ponen de nuevo en cuestión la ineficacia de España para acabar con el abuso de la temporalidad en las administraciones públicas y en la empresa pública (párrafos 116 y 128).

Las conclusiones del abogado general no se oponen a la jurisprudencia nacional para acceder a una plaza fija (igualdad, mérito, capacidad y no discriminación), si bien, exige medidas efectivas para evitar y sancionar la utilización abusiva de sucesivos contratos de duración determinada. Además, evidencia que el Gobierno no ha establecido “un régimen de responsabilidad efectivo y disuasorio” para las administraciones que incumplen (párrafo 129). Asimismo (párrafo 116), señala que las indemnizaciones de 20 días o 30 días (con límite de 12 y 24 mensualidades, respectivamente, por año trabajado), son insuficientes.

Además, el Abogado General concluye (párrafo 114) que el incumplimiento del acuerdo marco de la UE se inicia desde el momento en que el trabajador temporal desempeña de manera permanente y estable tareas de la actividad normal de la administración durante un tiempo excesivo. Por eso respalda la necesidad de suprimir la tasa de reposición.

 El informe saca los colores al Gobierno por no detallar el régimen de responsabilidad ante el incumplimiento de la ley (párrafo 128). España en estos momentos, tiene una temporalidad del 30 por ciento en las administraciones, por encima del 8 por ciento, incumpliendo nuestra propia norma y las exigencias de la Unión Europea. Por tanto, tal y como señala el abogado y ha reiterado nuestra organización en numerosas ocasiones:

- Hay que fijar “sanciones ejemplares, concretas, previsibles y aplicables” (párrafo 129) para los responsables de las administraciones que sigan abusando de la contratación temporal. CSIF pide sanciones tanto por la vía de lo civil, administrativo, como de lo penal.

 - Hay que convocar todas las plazas estructurales para prestar un servicio público efectivo y de calidad.

 - ⁠Hay que reducir los plazos de ejecución de los procesos selectivos (actualmente tienen un plazo máximo de 3 años, que se incumple sistemáticamente).

Además, el Gobierno debe cumplir el compromiso de eliminar de una vez por todas la tasa de reposición en las ofertas de empleo público para que las administraciones puedan realizar ofertas de empleo público en función de sus necesidades sin contratar interinos.

La última propuesta del ministro (limitar de 3 a 2 años el plazo máximo para cubrir una vacante) no da solución al problema que apunta el Abogado del TJUE. Además, tiene bloqueada la negociación. Si no cambia de actitud, antes de que acabe el año habrá de nuevo movilizaciones en toda España.

CSIF traslada su solidaridad con las miles de personas que están todavía en situación de abuso de la temporalidad. Y vamos a continuar nuestras medidas de presión hasta conseguir que el Gobierno cumpla y se dé solución a los problemas que todavía sufren grandes profesionales en todos los ámbitos de nuestras administraciones, después de años de servicio ejemplar.'

Fuente: Comunicado de CSIF nacional de 09/10/2025

Enlaces en el texto nuestros

Entradas relacionadas:

21 comentarios:

Anónimo dijo...

Conclusiones del Abogado General en el asunto Obadal. Lo que ya sabíamos todos, menos los poderes públicos españoles (legislativo, ejecutivo y judicial):
1.- El impedimento de la fijeza alegado sólo puede ser válido "a condición de que el ordenamiento jurídico interno contenga, en este sector, al menos otra medida efectiva que permita evitar y, en su caso, sancionar la utilización abusiva de sucesivos contratos de duración determinada"

Anónimo dijo...

En CSIF necesitan clases de comprensión lectora

Anónimo dijo...

Ya lo creo.
116. Por consiguiente, de manera general, es posible considerar que ni el abono de una indemnización correspondiente a veinte días por año de servicio, con un límite de doce mensualidades, ni el de la correspondiente a treinta días por año de servicio, con un límite de veinticuatro mensualidades, permiten, como ya ha declarado el Tribunal de Justicia, la reparación proporcionada y efectiva en las situaciones de abuso que superen una determinada duración en años, ni la reparación adecuada e íntegra de los daños derivados de tales abusos.

Anónimo dijo...

Ni 20 días ni 33.

Anónimo dijo...

Y la parte en referencia a la ley Iceta de q convocar concursos-oposición para los abusados tampoco repara no es suficiente no la leyeron? Solo queda concurso de méritos para los abusados y bajarían la temporalidad de un plumazo y desbloquearían los fondos europeos, ya se hizo con la 2021 y se quedó corta, xq no hacerlo de nuevo pero bien y alcanzar el objetivo q es lo q le reclaman a España y por lo q ya está siendo cada vez más acorralada?

Anónimo dijo...

15:21 Si los sindicatos son los que deciden qué plazas salen a estabilización u oposición libre,
sería el 4° poder, no les quitemos protagonismo ni responsabilidad en este complejo asunto inacabado.

Anónimo dijo...

Ay CSIF, CSIF.... que interpretación más torticera. Será querido CSIF porque somos miles los que ya te hemos calado.... Será que tienes miedo de que todos los miles que somos no pasemos por TU caja CSIF... ¿es eso CSIF?

Anónimo dijo...

Dice: "76. No obstante, considero importante precisar que, de manera general, para que tal conversión pueda considerarse, en sí misma, como una medida efectiva, debe aplicarse en un plazo razonable. (49) Por lo tanto, no cabe considerar que dicha medida resulte suficiente para un trabajador que haya encadenado contratos de duración determinada durante un período especialmente prolongado, como diez, veinte o incluso treinta años."
Es decir, la fijeza por si sola únicamente es eficaz si se aplica en un plazo razonable de tiempo, sino FIJEZA + INDEMNIZACIÓN.

Yo también estudio alemán dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Anónimo dijo...

Esperemos que salga pronto la Ley de Funcion Publica aprobada y retratados los Grupos Politicos que voten No, o legislan o se van a comer con papas todas las indemnizaciones en bastante cuantia que tengan que dar, esas dos son los unicos problemas que quedan al casi millon de interinos y abusados, muy buena la conclusion del Abogado de la UE, luego depende del medio que leas , te lo pintan de una manera u otra, claro, claro es que hoy se ha ganado una batalla, la guerra todavia queda un poco, pero llegara y se ganara tambien

Anónimo dijo...

17:59 Siempre será nuestra culpa pensar que vivíamos y trabajábamos en las Administraciones de un Estado de Derecho Europeo cuando NO era verdad

Anónimo dijo...

Leida la respuesta de Arauz, deberian de aprender a leer algunos, gracias Javier contigo y Federico, empezó todo

Anónimo dijo...

Bueno ahora esperar a ver que dicen los jueces ? Juristas? Periodistas? Sindicalistas? Etc. A ver si alguno es capaz de decir algo en contra del informe.....

Anónimo dijo...

Fijo a extinguir, de concursos nada. A mí no me la vuelven a meter.

Anónimo dijo...

CSIF, como buena trillizas, intentando escurrir el bulto en el último momento, pero NOOOOOO... Ya sabemos quien es quien en este circo que han montado entre gobierno, jueces y sindicatos. Y no olvidamos.

Anónimo dijo...

Los medios y los políticos pueden decir lo que quieran pero la Sala de lo Social del TS ya adelantó que acataría lo que dijera el TJUE y éste ha dicho que la actual jurisprudencia es contraria al Derecho de la Unión, puesto que no existen medidas que impidan y sancionen el abuso, es decir, que la Directiva no ha sido transpuesta.
¿Qué va a sentenciar la Sala de lo Social? ¿Que en España no hay medidas de transposición de la Directiva pero que no da fijeza porque seguro que el Gobierno las adoptará en un futuro? Eso no existe en Derecho, se sentencia en base a lo que hay, así que o da fijeza o va a tener que crear jurisprudencialmente una indemnización estratosférica, y ojo que su prejudicial hablaba concretamente de 33 días, obviamente para equiparar con el despido improcedente, si ya les han dicho que no ¿va a crear una indemnización superior a la máxima del sector privado? No lo creo, la única solución es la FIJEZA.

Anónimo dijo...

https://archive.ph/sCJah

Anónimo dijo...

¿Subir las indemnizaciones hasta cuánto? ¿Es que están dispuestos a pagar todos los salarios dejados de percibir hasta la jubilación? Esa sería la única indemnización equivalente a la estabilidad que persigue la directiva y que repararía completamente el daño. No se enteran que hablamos de abusos ya ocurridos, otra cosa sería trasponer la directiva para el futuro.

Mishi dijo...

El premio a no ser capaz de buscarse la vida sin que te regalen algo.... que barbaridad.

Anónimo dijo...

Estás muy nervioso comentando en todas las entradas...tu bilis me encanta loko, sigue así... mmmmm rica bilis

Anónimo dijo...

Mishi, permanece atento, gañán. BOOOOMMMM