[Recordatorio de entrada publicada el 08/10/2025] El Gobierno del Estado ha publicado en las referencias del Consejo de Ministros de este 07/10/2025 la aprobación de la tramitación de un Proyecto de Ley de modificación parcial de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en "materia de responsabilidad patrimonial del Estado legislador por daños derivados de la infracción del Derecho de la Unión Europea".
Con
toda seguridad, se trata de la modificación de la normativa propuesta
por el Gobierno del Estado , para intentar dar cumplimiento -todavía- a
la sentencia de 28 de junio de 2022, del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto C-278/20, un recurso de incumplimiento interpuesto por la Comisión Europea contra España
El gobierno español , por ahora, había presentado un "anteproyecto" , en octubre de 2022, donde proponía:
- que el plazo de prescripción de la acción de responsabilidad patrimonial siguiera siendo de 1 año,
pero ya no se vinculara exclusivamente a la publicación de una
sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sino que
abarcara también supuestos en los que exista una sentencia de los órganos jurisdiccionales nacionales que declare la norma nacional contraria al Derecho de la Unión Europea
- que,
a fin de "evitar generar dificultades excesivas para la obtención de
una indemnización" , la obtención de una sentencia firme desestimatoria
sobre una reclamación previa no fuera exigible en los supuestos en los
que no exista una actuación administrativa impugnable y, en esos casos,
que se proceda la indemnización de responsabilidad patrimonial "cuando
el particular haya obtenido, en un proceso iniciado a su instancia ante
cualquier órgano jurisdiccional nacional, sentencia estimatoria firme en
la que se declare que la norma nacional es contraria a derecho de la
Unión Europea, siempre que no hubiera sido debidamente restablecido o
indemnizado en el seno de dicho proceso" (en todo caso la norma europea
infringida "ha de tener por objeto conferir derechos a los
particulares")
- que se eliminara el límite temporal que existe para la reparación de los daños únicamente que se hubieran producido en los cinco años anteriores a la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea de una sentencia que declare la norma nacional contraria al Derecho del a UE
- [28/11/2019] [Comisión Europea] 'La Comisión Europea lleva a España ante el Tribunal de Justicia por sus normas sobre la compensación de los daños y perjuicios sufridos por particulares'
- [09/11/2021] La Abogacía General de la Unión Europe propone en sus Conclusiones al Tribunal Europeo, ante la demanda de la Comisión Europea, que condene a España por que no es efectiva a niveles europeos la normativa española sobre responsabilidad por daños causados por las leyes nacionales contrarias al Derecho de la Unión Europea (normativa y sentencias europeas)
- [06(06/2022] El próximo 28/06/2022 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictará sentencia en la demanda de la Comisión Europea contra España por no disponer de una normativa nacional efectiva, al nivel exigido por la Unión Europea, sobre responsabilidades por daños causados por leyes nacionales contrarias al Derecho de la Unión Europea (normativa y sentencias europeas)
- [07/10/2025] [FETAP-CGT] 'FETAP-CGT anuncia la admisión a tramite de sus seis recursos en el Tribunal General de la UE contra el abuso de la temporalidad en el sector público y reafirma su participación en la concentración estatal del 7 de octubre'
6 comentarios:
Pura hez?
https://x.com/PODEMOS/status/1978414368405549391?t=CLHJxhtaudzcjAFkYwwqtQ&s=19
68900
VIRALIZACIÓN
VAMOOOOOOOOOOOSSSSSSSS!!!
⚔️💪🏾
Menos mal que el informe del abogado general desmonta completamente la vía de la responsabilidad patrimonial. La maldad de esta gente no conoce límite, es la indecencia más absoluta.
Ojo con esto que es diabólico, supuestamente con este maquillaje que no cambia nada pueden decir que las SSTJUE ya no aplican, porque ahora ya no es "tan difícil" obtener una indemnización. Esta gente se merece algo más allá de cualquier proceso penal.
A estas alturas ya no cuela pero es exactamente lo mismo que hacen en Cataluña con la inmersión lingüística, años esperando sentencias y cuando llegan pues cambiamos la Ley y vuelta a empezar.
No es difícil Es casi imposible. Que risa.
Mejor que no infrinjan el derecho UE.
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