viernes, 22 de mayo de 2026

La Comisión Europea aprueba la solicitud de España de una nueva revisión de su Plan de Recuperación: sin cambios en los compromisos que tenía sobre temporalidad pública (tener cubiertos con personal fijo, a fin de 2024, 300 mil puestos por procesos de "estabilización" incluidos los de leyes de 2017 y 2018, vinculado al próximo tramo de pagos; y tener una ley en 2021 de reducción de la temporalidad pública que incluya medidas de sanción, y por cuyo incumplimiento ya se suspendieron 626 millones de euros

Se ha publicado este 21/05/2026 en la página web del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España la decisión del 20/05/2026 de la Comisión Europea de una "Propuesta de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España y Anexo", proponiendo al Consejo de la Unión Europea que apruebe una nueva solicitud de modificaciones del Plan por parte de Espala, realizada el pasado 11/03/2026.  La anterior e importante  había sido  aprobada por la Comisión Europea en Diciembre del año pasado..

Y, correspondientemente, también se ha publicado la actualización del Anexo I del Plan (compárese con su anterior versión de Diciembre de 2025 )  incorporando las modificaciones en ese  documento en el  que se detallan los hitos , objetivos , indicadores de seguimiento y cumplimento de cada medida   así como su reparto en los diferentes tramos de pagos vinculados al cumplimiento de los hitos , y tanto para las  "cantidades no reembolsables" o subvenciones como de los préstamos. 

La nueva revisión aprobada afecta a un  número relevante de  medidas, sus inversiones y algunos hitos, entre otras, a las medidas e inversiones del Componente nº 11 de Modernización de las AAPP:

  •  la medida de reforma C11.R1 o "reforma para la modernización y digitalización de la Administración",  parece ser que sólo para modificar la descripción del compromiso ("hito") nº 150 sobre reducción de temporalidad  de para dejarlo  en :

    "
    Publicación en diarios oficiales de las resoluciones de los procedimientos de contratación para estabilizar el empleo público de duración determinada (Procesos de estabilización de empleo temporal) que abarcan a 300 000 personas"
     
    Curiosamente esta descripción había sido modificada muy ligeramente en la anterior revisión del plan a una descripción más típica de  una evaluación que la descripción de un compromiso:

    "Se han estabilizado 300.000 puestos de trabajo de empleo público (incluidos los derivados de los procedimientos de estabilización de 2017 y 2018), como demuestra la publicación en el diario oficial de las correspondientes resoluciones donde se incluyen las listas de los adjudicatarios."

    La descripción original de este hito era:
    "Finalización de los procedimientos de contratación para estabilizar el empleo (a través de contratos o puestos estatutarios del personal) que involucran al menos 300 000 puestos (incluidos los que derivan de los procedimientos de estabilización de 2017 y 2018)"


    El hito nº 150 sigue estando vinculado , junto con otros 66 hitos, al 6º tramo de pago en su parte de subvenciones directas sin devolución de 6.204 millones de € . El


  •  las inversiones del Componente 11 números
    • 1 de "Modernización de la Administración General del Estado", que se modifica en la relación de áreas sobre las que se ejecutarán contratos:

      Antes eran estas 4:
      "1. Proactividad, movilidad y experiencia del usuario; 2. Automatización y administración pública centrada en datos; 3. Infraestructuras físicas y lógicas, y software; y 4. Ciberseguridad, incluyendo la creación del Centro de Operaciones de Ciberseguridad."

      Y ahora pasan a ser estas 5:
      "1. Administración orientada a los ciudadanos, 2. Operaciones inteligentes, 3. Un gobierno de datos, 4. Infraestructuras digitales y 5. Ciberseguridad (incluida la creación del Centro de Operaciones de Ciberseguridad)."

    •  3  de "Transformación digital y modernización del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, del Servicio Nacional de Salud, y de la Administración de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales"

    • 4. del "Plan de transición energética en la Administración General del Estado"

    • 6 Ciberseguridad, donde se concretan ahora las Áreas: "i) Desarrollar capacidades para responder a las ciberamenazas; ii) Garantizar la seguridad y la resiliencia de los activos estratégicos; iii) Fortalecer las capacidades para investigar y enjuiciar los ciberdelitos; iv) Impulsar la ciberseguridad para ciudadanos y empresas; v) Impulsar la industria de la ciberseguridad; y vi) Desarrollar una cultura de ciberseguridad."

Ya hicimos un análisis en esta entrada de la revisión de Julio de 2021 del Anexo I, en cuanto a su impacto en el asunto de la temporalidad del empleo público en España así como los profesionales públicos de los servicios de Salud, tanto en general como en el caso particular del personal de servicios de Salud, y que sigue intacto desde entonces por tanto en cuanto a su impacto en el asunto de la temporalidad del empleo público en España así como los profesionales públicos de los servicios de Salud, tanto en general como en el caso particular del personal de servicios de Salud.

Recuérdese que en la revisión de Julio de 2021 de las reformas ya desapareció lo que se planteaba como compromiso originalmente en el documento enviado por el Gobierno en Abril : que la reforma del Estatuto  Marco del personal sanitario pasara a incluir  que el sistema selectivo de los "profesionales sanitarios" con especialidades y accesos tipo MIR fuera el del concurso puro de méritos , mecanismo que se indicaba "podría estar ya disponible" para los "que lleven un período de tiempo" en e marco de los proceso de estabilización comprometidos.

En cuanto a la reforma 1 del Componente 11 sobre la AAPP  (C11.R1)  , en especial se mantienen, en la práctica,  intactos en cuanto a lo comprometido sus dos  hitos relacionados con  la temporalidad pública:

  • [nº144] Hito "Entrada en vigor de acto legislativo para reducir la temporalidad en las administraciones públicas"
    • Fecha de cumplimiento  [comprometida]: Segundo cuatrimestre de 2021
    • Descripción:   "Entrada en vigor de un Acto Legislativo que estipule medidas para reducir la temporalidad en el empleo público y disposiciones efectivas para prevenir y sancionar  abusos, incluida la obligación de publicar todas las convocatorias de procedimientos de estabilización de  personal temporal a más tardar el 31 de diciembre de 2022. Este Acto Legislativo será aplicable al Estado, administraciones públicas regionales y locales."

      Este hito fue declarado incumplido el pasado 7/7/2025 por la Comisión Europea, por la falta de medidas válidas de sanción al abuso de temporalidad en la ley 20/2021, tal y como han establecido las sentencias del TJUE de 2024
      decidiendo suspender 626 millones de fondos europeos mientras España no realice modificaciones normativas;
  • [nº 150] Objetivo "Estabilización del empleo público"
    • Fecha de cumplimiento  [comprometida] : Cuarto cuatrimestre de 2024
    • Descripción: "Publicación en diarios oficiales de las resoluciones de los procedimientos de contratación para estabilizar el empleo público de duración determinada (Procesos de estabilización de empleo temporal) que abarcan a 300 000 personas"

El hito 144 , aunque había sido dado por cumplido preliminarmente en Diciembre de 2021, lo fue "sin perjuicio del procedimiento de infracción INFR(2014)4334." . Finalmente fue declarado incumplido el pasado 7/7/2025 por la Comisión Europea, por la falta de medidas válidas de sanción al abuso de temporalidad en la ley 20/2021 a la vista de las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 2024 , decidiendo la Comisión  suspender 626 millones de fondos europeos mientras España no realizara modificaciones normativas acorde a las sentencias del TJUE en el plazo estricto de 6 meses, plazo que habría concluido a principios de este año sin que el Estado español haya realizado ni una sola modificación normativa, con lo que , es de presumir, que la Comisión europea habrá decidido declarar el incumplimiento definitivo para la retirada definitiva de los fondos.   Según las reglas de funcioamiento del plan de recuperación, tras comunicar al país su evaluación final de una retirada definitiva de fondos, el país todavía tiene dos meses para presentar alegaciones contra la decisión (por ejemplo, discrepar afirmando que sí se ha cumplido con algo realizado en esos 6 meses o, incluso, cumplir de sopetón).

Y precisamente,  el Gobierno de España  respondió hace unas semanas  a Junts Per Cat una pregunta parlamentaria sobre el estado de esta  suspensión de 626 millones de fondos europeos : el Gobierno se limitó a decir en su respuesta que 

  • había recibido comunicación de "valoración" de la Comisión Europea [previsiblemente con esa decisión de retirar definitivamente los fondos tras haberse cumplido el plazo de 6 meses sin que el Gobierno aprobara norma alguna] ante la que tenían "dos meses para presentar alegaciones"
  • con la ley 20/2021 se ha superado el hito de estabilizar 300 mil plazas 
  • y "es necesario avanzar" en "mecanismos que limiten el uso de la temporalidad", citando la propuesta que presentó a las CCA en Septiembre


 
En cuanto al hito 150, por el curioso cambio que tuvo en su descripción anterior , se podía deducir que ya se daba por cumplido el compromiso, y por tanto, no iba a  implicar reducción de más fondos del pago de tramo donde se reubicó, el 6º tramo, , justo el que  está en curso  tras la solicitud realizada por el Gobierno español de su cobro  de 7.300 millones del Plan de Recuperación Española (en sus dos partes  de subvenciones no reembolsables y préstamos).
 

El hito 150, sólo exigía reducción de puestos temporales, utilizando como indicador la publicación antes del 31/12/2024 en boletines oficiales de  declaraciones de superación de procesos selectivos de estabilización (por tanto, derivados de las leyes estatales de PGE 2017, PGE 2018, RDL 14/2021. la Ley 20/2021 y el RDL 5/2023) La Federación de Servicios Públicos de UGT, en un informe de Febrero ya había avanzado la información de Función Pública de que iban " estabilizadas 225.082 plazas" y justo el mismo día 18/12/2024  el Ministro de Función Pública compareció en la  Comisión de Hacienda y Función Publica  para informar de sus líneas generales en Función Pública y anunció que  ya se han conseguido 321 mil "plazas estabilizadas" cumpliendo por tanto ya con dicho hito comprometido con la Comisión Europea para los fondos de recuperación", con lo que hace tiempo que este hito se preveía que iba a ser dado por cumplido (el incumplido es el hitol 144 de tener una ley de temporalidad con sanciones suficiente).

Se está a la espera de la decision de la Comisión Europea sobre el cumplimiento de los hitos de este 6º tramo. En el Comunicado oficial de la Comisión Europea se detallará si se declara cumplido el hito 150 o si no lo está acompañándolo en ese caso de una suspensión de fondos (que no puede superar los 6 mil millones no reembolsables  del tramo claro)

La fecha límite  que tiene los estados para cumplir hitos es el 31/08/2026, y la comisión podrá realizará pagos hasta el final de 2026, pero no más tarde.



Hay que notar según la actualización el Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Públicas por Función Pública con datos a Julio de 2024, se seguían  reconociendo ¡más de 1 millón de empleados públicos temporales! Según esos mismo s datos se extrae que el 18,22% del personal de la Administración del Estado (donde se detallan los datos por edad) tiene una edad de 60-64 años, , con lo que se podría extrapolar en primera aproximación un ritmo de 108 mil empleados públicos jubilados por año entre todas las AAPP. recogidas en el estudio. Como el número de efectivos no se ha incrementado de facto a lo largo de los años  de forma notable , la única forma de que haya más de 1 millón de temporales  como había en Julio de 2024 es que la gran mayoría de los puestos temporales que ocupan hayan sido ocupados de forma temporal durante muchos años, con lo que se puede extrapolar que aproximadamente al menos 700 mil puestos temporales estaban todavía en fraude de ley de abuso de temporalidad, y que llegó a haber más de 800 o 900 mil temporales en abuso de temporalidad cuando se redactó el Plan (muchos de ellos ahora ya cesados o siendo cesados por procesos de estabilización anteriores o de otro tipo). 

Curiosamente, en la exposición de la reforma en el documento sumario del Plan Español se razonaba que estaba el objetivo (de las recomendaciones del "Semestre Europeo" de años anteriores) de reducir la temporalidad al 8% en el empleo público y que por eso se incluía una medida de reforma de reducción de la temporalidad en el empelo público. Evidentemente , existiendo más   de un 1 millón de empleados públicos temporales y en torno a un 40% de temporalidad, con 300 mil plazas a estabilizar no se podía reducir la temporalidad al 8% . Recuérdese que en 2017, cuando el acuerdo sindical previo a la ley de estabilización con Montoro, el gobierno cifró el número de empleados públicos "temporales"  en poco más de 300 mil, con lo que es de suponer que la cifra de 300 mil puestos estabilizados.



Recordar que  la Comisión Europea mantiene abiertos  dos procedimientos de infracción contra Españasobre posibles violaciones de las leyes nacionales de la Directiva 1999/70/CE en el empleo público : ,  que han pasado hace unos pocos días al estado  de Dictamen Motivado :

  1.  el procedimiento de infracción 2014/4224 [INFR(2014)4224] , en cuanto a discriminación de los temporales con el fijoy que la Comisión Europea pasó a Dictamen motivado, por seguir existiendo discriminaciones en algunas condiciones de trabajo entre temporales yfijos para "ciertos" tipos de empleados públcos
  2.   y el  procedimiento de infracción 2014/4334 [INFR(2014)4334] sobre incumplimiento de la cláusula 5ª sobre el abuso de temporalidad de la citada directiva, este último tras la denuncia múltiple abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles CHAP(2013)01917, de la que la anterior  información oficial hace ya más de un año y medio,  indicaba que había visto ha visto las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 22 de Feberro de 2024 y de 13 de Junio de 2024 y había enviado una carta de emplazamiento adicional  instando a España medidas sancionadoras más eficaces que la ley 20/2021. 

    Finalmente, ante la ausencia de nuevas  medidas sancionadoras,el pasado 29/04/2026 la Comisión Europea envió el Dictamen motivado "por 
    no brindar España una protección suficiente contra el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada a los trabajadores del sector público."

 


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6 comentarios:

Anónimo dijo...

O actúa la comisión de una vez por todas, o el gobierno y los tribunales siguen ignorando a los abusados

Anónimo dijo...

El Hito 150, otro hito que puede ser revertido por el fraude de estabilizar plazas despidiendo a las personas en abuso. Como está vinculado al 7° tramo de pagos de los fondos Next Generation, la Comisión Europea, al igual que hizo con el hito 144, podría utilizar el fin del plazo del dictamen motivado, este verano, para valorar su reversión total y bloquear de golpe los 8.147 millones de euros.

Anónimo dijo...

Hablamos de millones de euros y como cualquier cosa, les da igual. Con 8147 millones de euros se pueden hacer muchas cosas.

Anónimo dijo...

Le pregunta es porque le da igual perder ese dinero?

Anónimo dijo...

Porque es un fraude generalizado, desde el año 2001, que les habrá reportado mucho más dinero que ese, además de no querer reconocerlo por estar pringados los 3 poderes del estado más sus sindicatos.

Anónimo dijo...

porque se les está haciendo más complicado justificar donde van tantos fondos europeos: pensiones, mordidas ... nada que ver con plan de recuperación . son unos trileros y los han calado desde europa pero como en europa hay algunos bichos del mismo proceder que este gobierno pues de esos polvos estos lodos