Todas las resoluciones procedentes de diversos juzgados contencioso adeministrativos de Madrid han reconocido
el derecho del personal temporal a la percepción del complemento de antigüedad, con abono de retrasos desde la entrada en vigor del Estatuto Básico del Empleado Público (mayo de 2007).
Con independencia de lo anterior, los abogados del sindicato siguen insistiendo y reclamando el abono de atrasos desde el año 2004, en espera de que algún juzgado admita tal pretensión.
Recuerdan asimismo que todos aquellos que aun no hayan tramitado esta petición, tienen la oportunidad de iniciar el procedimiento solicitándolo ante su dirección gerencia y acudiendo a nuestra Asesoría en cuanto dispongan de la resolución denegatoria.'
Fuente: FEMYTS 23/06/09
Entradas relacionadas:
- [14/12/2007] [Recordatorio: Mayo de 2007] Nueva Ley del Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP]. Trienios para todos y posibilidad de procesos de consolidación (entrada nuestra)
- [24/03/2008] Madrid se queda sola sin reconocer los trienios al personal temporal
- [16/05/2008] Reconocimiento de los trienios para los funcionarios interinos de la CM pero los estatutarios temporales siguen sin ellos
- [21/05/2008] Sentencia: El Estatuto Marco cae de nuevo ante el del Empleado Público al dar los trienios al temporal
- [27/04/2009] Ganadas las 2 primeras sentencias de reconocimiento trienios personal estatutario
- [29/04/2009] UGT presenta más de mil demandas contra la política de personal de Sanidad
- [10/06/2009] CCOO gana la primera sentencia favorable al pago de trienios del personal estatutario temporal interino y /o eventual
- [17/06/2009] CCOO gana la segunda sentencia favorable al pago de trienios al personal estatutario temporal