Un Juzgado Contencioso-Administrativo de Madrid ha dictado una sentencia, por la que reconoce este derecho a OTRO Trabajador Estatutario Interino. Dicha sentencia es firme y por lo tanto no cabe la interposición de recurso ordinario de apelación
En cualquier caso, desde CCOO seguiremos trabajando para conseguir que la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, reconozca este derecho a todos los Trabajadores Estatutarios Eventuales o Interinos, sin tener que acudir a los Tribunales.'
Fuente: Comunicado de la Federación de Sanidad y Servicios Sociosanitarios de CCOO de Madrid
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