jueves, 17 de diciembre de 2009

Los médicos de familia y los pediatras de AP madrileños solicitan la impugnación de la Ley que regula el Área Única

'La Sociedad Madrileña de Medicina de Familia y Comunitaria (Somamfyc), la Asociación Madrileña de Pediatría de Atención Primaria (Ampap), la Sociedad de Pediatría de Madrid y Castilla la Mancha (Spmycm) y la Sociedad de Pediatría Extrahospitalaria y Atención Primaria (Sepeap) han reiterado su rotundo rechazo a la recién aprobada LEY 6/2009, de 16 de noviembre, de Libertad de Elección en la Sanidad de la Comunidad de Madrid.

“Como hemos manifestado en todo el proceso de discusión de la misma, entendemos que la actual normativa ya regula con suficiencia la libertad de elección de médico de familia y pediatra circunscrita a la zona básica de salud, permitiendo a la vez una adecuación de los recursos humanos y materiales a las necesidades de la población atendida y posibilitando además la integración de las actividades de prevención y promoción de la salud incluyendo la actividad comunitaria”, han informado las sociedades.

A su punto de vista, “el cambio de normativa creará diferencias en la carga asistencial que habrá de soportar cada profesional sanitario, más aún cuando la Consejería se reserva el derecho a imponer cupos mínimos por Centro de Salud. Se promete la libre elección de médico de familia y pediatra sin atender a que el tiempo dedicado a cada paciente es la principal herramienta asistencial del médico y que estando éste limitado a la jornada laboral, la calidad de la atención prestada se verá gravemente deteriorada”, han señalado las instituciones.

La Ley General de Sanidad de 1986 establece en su artículo 56, punto 5, que “el Área de Salud extenderá su acción a una población no menor de 200.000 habitantes ni superior a 250.000”. La pretensión de crear un Área de Salud Única en la Comunidad de Madrid incluyendo todo su territorio supone unir en una sola Área a más de 6.000.000 de habitantes, lo que constituye un flagrante y voluntario desprecio a la legalidad vigente, por tratarse de una ley estatal básica de rango superior.'


'Por todo esto, la Somamfyc, la Ampap, la Spmycm y la Sepeap se suman a la petición de otras organizaciones para que el Defensor del Pueblo y/o el Ministerio de Sanidad, como entidades competentes, impugnen la citada Ley 6/2009 de Libertad de Elección en la Sanidad de la Comunidad de Madrid ante el Tribunal Constitucional y promuevan la paralización cautelar de su aplicación por el grave e irreparable daño que podría causar al modelo sanitario madrileño.'

Fuente y noticia completa: Redacción Médica 15/12/09

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