Traslada Acta Sanitaria este 13/05/2019 nuestra información de primera mano sobre que el Tribunal
europeo ha acumulado los dos asuntos de de fijeza por abuso de temporalidad
en empleados del SERMAS y celebrará el juicio oral conjunto de
ambos hoy 15/05/2019, dia de San Isidro en Madrid. El medio se hace eco,
que al tratrarse ambos casos de forma conjunta,
podría , en caso de sentencias favorables, dejar pocos resquicios a la
aplicación posterior en los tribunales nacionales yrecuerda que el
Tribunal Europeo en su sentencia respuesta a las preguntas planteadas
por el juez
nacional, no la sentencia final del caso, siendo el juez español
que planteó la pregunta quien debe dar
sentencia local utilizando esas respuestas como parte de sus
fundamentos.
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miércoles, 15 de mayo de 2019
martes, 14 de mayo de 2019
Nota de Prensa: La justicia europea deberá pronunciarse sobre el fraude del abuso de duración de temporalidad en el empleo público por los casos de un informático y 4 odontológas del Servicio Madrileño de Salud, interinos casi 20 años. Mañana, 15 de Mayo, el juicio oral en la sede del Tribunal europeo en Luxemburgo
'La justicia europea deberá pronunciarse sobre el fraude del abuso de duración de temporalidad del Servicio Madrileño de Salud y por extensión de todas las Administraciones Públicas
, por el caso de un informático socio (y actual presidente) de esta
asociación de profesionales de informática de Sanidad de la Comunidad de
Madrid, y por el caso de cuatro odontólogas del Servicio Madrileño de
Salud, interinos casi 20 años, casos que el Tribunal de Justicia de la
Unión Europea ha decidido acumular. El juicio oral tendrá lugar mañana
en sus sedeen Luxemburgo.
La Directiva europea 1999/70/CE, de rango superior a la ley española incluida la la Constitución , prohíbe los contratos temporales durante muchos años sucesivos para cubrir puestos cuya función es permanente y exige que estén contempladas en la normativa nacional medidas eficaces disuasorias en aras de la estabilidad del trabajador y de evitar la repetición del fraude.
La Directiva europea 1999/70/CE, de rango superior a la ley española incluida la la Constitución , prohíbe los contratos temporales durante muchos años sucesivos para cubrir puestos cuya función es permanente y exige que estén contempladas en la normativa nacional medidas eficaces disuasorias en aras de la estabilidad del trabajador y de evitar la repetición del fraude.
[Araúz] 'Nota sobre la cosa juzgada y las demandas de fijeza ante el abuso de duración de temporalidad en empleo público'. [Recomienda reclamar la fijeza como sanción al Fraude de Ley de forma inmediata]
'Nos informan que esta
circulando un whatsapp, que viene a decir lo siguiente:
“Esta
circulando un mail del despacho de javier arauz para que la gente
demande. NO OS APUNTEIS DE MOMENTO.
ES
MUY PELIGROSO.
Es
peligrosísimo que antes de que resuelva el Tj europeo presentar NADA
ante el contencioso. Se perderá y luego tendreis COSA JUZGADA.
REPITO.
CAUTELA."
Me están pasando cosas
extrañas últimamente, que achaco al temor de que la sentencia
europea nos dé la razón, en cuyo caso algunas personas y algunas
entidades van a tener que dar muchas explicaciones sobre por qué no
han defendido vuestros derechos y os han condenado a OPEs que
provocan el cese del personal temporal/interinos del sector público.
Os pongo algunos ejemplos de
estas cosas “raras”:
-
Se prohíbe a los trabajadores y funcionarios públicos asistir a mis conferencias.
-
Se contraprograman asambleas en una provincia, a la misma hora y el mismo día en el que voy a dar una conferencia, para que no asistan los afiliados
-
O se informa a los que quieren asistir a mi charla, que mi conferencia se ha suspendido.
Me temo que este whatsapp va en
la misma línea.
Sin embargo, la realidad es
tozuda y no puede manipularse tan fácilmente.
Mirad:
Es imposible que opere la
cosa juzgada, porque calculamos que la sentencia europea va a llegar
sobre el mes de septiembre de este año 2019: tengo la vista el
miércoles que viene día 15 de mayo, y ya solo nos queda el informe
del Abogado General de la UE, y la Sentencia.
[Europa Press] Funcionarios interinos de la Junta de Andalucía consiguen las firmas para presentar una ILP de estabilización de 30 mil de sus empleados temporales por concurso de méritos
Informa Europpa Press este 13/05/2019
que funcionarios interinos de la Junta de Andalucía han conseguido las
más de 40 mil firmas necesarias para poder presentar una Iniciativa
Legislativa Popular en el Parlamento Andaluz para que considere y, en su
caso, aprueba la convocatoria de un proceso extraordinaro de
estabilización por concurso de méritos de casi 30 mil empleados públicos en fraude de Ley por
abuso de temporalidad (más de 3 años según el Estatuto Básico del Empleado Público).
[Gob. de Canarias] 'Sanidad aprueba la carrera profesional para el personal estatutario temporal del Servicio Canario de Salud'
'El director del Servicio Canario de la Salud (SCS), Conrado
Domínguez, acompañado por la directora general de Recursos Humanos,
Antonia María Pérez, presidió esta mañana una nueva reunión de la Mesa
Sectorial de Sanidad en la que se aprobó la carrera profesional para el
personal estatutario temporal del SCS, medida que se estima afectará a
más de 5.000 profesionales de todas las categorías del SCS. También se
acordó el calendario estimativo para la celebración de los exámenes de
la Oferta Pública de Empleo correspondientes a la categoría de
Facultativos Especialistas de Área.
lunes, 13 de mayo de 2019
Carta de APISCAM al Director General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud: siguen pendientes la regularización de muchos informáticos del SERMAS en sus categorías y la creación de plantilla de dichas categorías en los Servicios Centrales de informática, puntos comprometidos por el Consejero ante la asociación y la Mesa Sectorial hace ya 3 años
Estimado
Señor Director General:
Como
bien sabe, me dirijo a Vd. como presidente de la Asociación
de Profesionales de Informática de Sanidad de la Comunidad de Madrid
(APISCAM) -asociación que cuenta entre sus socios con la mayoría
del personal informático propio de las instituciones sanitarias
del SERMAS-, y lo hago al cierre de una legislatura que, tras un
primer año de estrechos contactos donde mostró una mano tendida
hacia la problemática de este colectivo que le agradezco
especialmente, se llegó en
Julio de 2016 a
la
adquisición por parte de la
Consejería de Sanidad
de una serie de
compromisos
relacionados con este personal que fueron trasladados
tanto a la Mesa Sectorial de Sanidad
-donde contó con la opinión favorable unánime de todos los
sindicatos- como a la prensa del sector, y
que
pueden resumirse en
-
la regularización en plantilla de las categorías propias de informática del Servicio Madrileño de Salud de todo el personal informático actual del SERMAS que sigue fuera de ellas:
-
los casi 40 efectivos que siguen, pese a realizar las funciones durante años y contar con la titulación exigida, en categorías de la Función Administrativa , y por tanto de forma absurda, expuestos a perder su función o su trabajo en procesos de RRHH ajenos
-
el escaso personal funcionario y laboral informático existente en los Servicios Centrales de la Dirección General de SSII Sanitaria del SERMAS, para el que sigue pendiente la convocatoria del proceso de estatutarización del punto 3 de la Disposición Final 1ª de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de la Asamblea de Madrid
-
al que hay que sumar la veintena de informáticos de las extintas unidades de informática de Atención Primaria, ya con nombramientos de plantilla de las categorías de informática pero destinados extraoficialmente a los Servicios Centrales e la Dir. Gral de SSII [SSCC], sin poder realizar funciones de jefatura e proyectos o de control oficial
-
-
la dotación de esos Servicios Centrales de estructura de plantilla propia suficiente y adecuadamente dimensionada para garantizarse el auténtico control y gobierno y las necesidades técnicas de los proyectos y sistemas informáticos allí ubicados, de importancia cada vez mayor ante los procesos lógicos de centralización de las TI en curso, como está siendo el de la historia clínica electrónica de los hospitales tradicionales
-
la estabilización del personal propio temporal (el 80% del de las instituciones sanitarias y de larguísima duración) y así desechar su amplia experiencia en beneficio también de la propia organización
Como
recordará, en su
presentación de
ese compromiso a
la Mesa Sectorial y en
la del Consejero de Sanidad
a la prensa, estos puntos se asumieron como necesidades propias
del
Plan Estratégico
de Sistemas de
Información
por parte de su Director
Gral de
SSII Sanitaria,
por todo
lo que supondría de mejora clara para la organización. Han
sido recordados
por
nuestra parte
tanto
al Consejero de Sanidad precedente como al
actual
mediante cartas que, por
el momento,
no han recibido contestación
en la forma de hechos concretos.
[Arauz] 'Nota sobre la transformación en el sector público de la relación temporal abusiva incompatible con la Directiva 1999/70/CE, en una relación fija'
'Se está extendiendo el rumor
-interesado y torcido- de que la Directiva 1999/70/CE no obliga a
trasformar la relación temporal abusiva en el sector público en una
relación fija.
Frente a ello, debemos aclarar
que siendo cierta esta afirmación, la misma tiene una excepción en
el caso de que en el sector público no se prevea en un Estado
Miembro, como es el caso de España, una medida efectiva para
sancionar el abuso en la contratación temporal sucesiva del personal
funcionarial o laboral de este sector.
Partamos del hecho de que, como
dice la Sentencia del
TJUE, también de 14 de septiembre de 2016, recaída en los asuntos
C-184/15 y C-197/15,
“cuando se ha producido una utilización abusiva de sucesivos
contratos de trabajo o relaciones laborales de duración determinada,
es
indispensable
poder aplicar alguna medida que presente garantías de protección de
los trabajadores efectivas y equivalentes, con objeto de sancionar
debidamente dicho abuso y eliminar las consecuencias de la infracción
del Derecho de la Unión. En
efecto, según los propios términos del artículo 2, párrafo
primero, de la Directiva 1999/70, los
Estados miembros deben «[adoptar] todas las disposiciones necesarias
para poder garantizar en todo momento los resultados fijados por
[dicha] Directiva»”
Pues bien, en el caso de Estados
Miembro que no han fijado una sanción en el sector público, el TJUE
tiene declarado que en ese supuesto, la sanción debe ser la
transformación de la relación temporal abusiva en una relación
fija, pues ningún Estado puede beneficiarse de sus propios
incumplimientos de esta Norma Comunitaria.
domingo, 12 de mayo de 2019
[CSIF Andalucía - Admin. Gral] 'Consolidación y estabilización de empleo personal laboral temporal e indefinidos no fijos' [Postura ante las cuestiones judiciales pendientes en Tribunal europeo sobre fijeza ante el abuso de temporalidad]
Desde el Sector Autonómico de la Administración General de la Junta de Andalucía de CSIF queremos tranquilizar a nuestra afiliación que tienen una relación contractual de personal laboral temporal o personal laboral indefinido no fijo, sobre posibles ofertas que realizan otras centrales sindicales, que a nuestro entender solo se trata de maniobras electoralistas ante la inminente celebración de elecciones sindicales en el próximo mes de junio.
La situación actual en materia de consolidación y estabilización del empleo en la Junta de Andalucía se encuentra pendiente de convocatoria de los procesos selectivos correspondientes a la acumulación de las OEP extraordinarias de 2017 y 2019 y de la aprobación de la OEP para las plazas ocupadas por el personal indefinido no fijo.
Paralelamente y en el marco judicial estamos pendientes de la resolución de dos CUESTIONES PREJUDICIALES presentadas ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por órganos jurisdiccionales españoles, al objeto de determinar el impacto de la Directiva Comunitaria 1999/70/CE.
Mientras que dichas cuestiones no sean resueltas por el TJUE no podemos más que dejar pasar el tiempo sin lanzar soluciones que creen falsas expectativas al personal afectado.
viernes, 10 de mayo de 2019
IMPORTANTE: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acumula los dos asuntos de demanda de fijeza por abuso de temporalidad en empleados públicos del SERMAS y celebrará el juicio oral el próximo 15 de Mayo. La amplia batería de cuestiones lanzadas en ambos casos, al tratrarse de forma conjunta, podría , en caso de sentencias favorables, dejar pocos resquicios a la aplicación posterior en los tribunales nacionales. En cuestión también si convocar sin más a OPEs los puestos de los temporales abusados puede ser una de las medida válidas que exige la Directiva europea
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea celebrará el próximo miércoles 15/05/2019, día de San Isidro, el juicio oral o "vista" de los dos importantes asuntos judiciales , tras decidir acumularlos,
que llevaba por cuestiones planteadas por sendos Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Madrid sobre demandas de empleados
públicos en las que se solicita que se sancione con la fijeza el abuso en la duración de la temporalidad personal del empleado público, a la vista de que, según los demandantes, el ordenamiento normativo y jurídico español
sigue sin recoger ninguna sanción disuasoria y efectiva como exige la
Directiva Europea 1999/70/CE de empleo temporal en su cláusula 5ª
En concreto se trata de los asuntos - en ambos casos representados por el abogado Javier Araúz de Robles -:
- [Asunto C-103/18 o Asunto Sánchez Ruiz] con cuestiones del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid (caso de un informático del SERMAS estatutario interino de vacante más de 17 años, ver aquí más información del caso) con preguntas del juez nacional, entre otras, de si el interino de vacante es un tipo de temporal sobre el que se aplica la cláusula 5ª, entendiendo que sí, y la de si hacer fijo a temporales
de larga duración es una solución acorde a la exigencia europea aún
cuando lo prohíba la interpretación actual de la jurisprudencia española que hace de la
Constitución, entendiendo que también
- [Asunto C-429/18 Asunto Fernández-Alvárez y otros] con cuestiones del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 14 de Madrid (por el caso de 5 odontólogas también del SERMAS y también personal estatutario temporal, es decir, no bajo contrato laboral) [ver aquí más información]:
- cuestiona si convocar a OPEs convencionales los puestos de empleados públicos en abuso de temporalidad pueda ser una solución del fraude de ley del abuso de la temporalidad
- idem si conceder la figura del indefinido no fijo asentada en la jurisprudencia para laborales, al entender que cambia "temporalidad por temporalidad"
- se suma a la pregunta de si hacer fijo sería la solución más adecuada
- y añade, en caso de que la respuesta fuera no a la pregunta de fijeza , si lo sería una indemnización equivalente al despido improcedente del laboral
Nótese que la acumulación de los dos casos en uno solo es importante, porque así quedan muchos menos resquicios de los que tendría cada caso por separado en su posterior "recepción" o recorrido nacional de las sentencias
Hay que aclarar que el Tribunal Europeo da en su sentencia respuesta a las preguntas planteadas por el juez nacional, no la sentencia final del caso. A continuación el juez español que planteó la pregunta debe dar sentencia local utilizando esas respuestas como parte de sus fundamentos y esa sentencia local es convencional, con lo que en especial puede ser recurrida hasta el Supremo, que como todo tribunal o juzgado debe aplicar como jurisprudencia máxima, el texto de dichas respuestas del Tribunal Europeo, pero en función del tipo de preguntas y generalidad de las respuestas del Tribunal europeo, puede tener luego más margen o menos de interpretación o aplicación.
Conviene recordar que la jurisprudencia nacional del Tribunal Supremo y del Constitucional son totalmente contrarias a la concesión de la fijeza por sentencia para el caso del empleado público (mientras que es la solución no sólo jurídica sino regulada en la normativa legal del Estatuto General del os Trabajadores para el abuso en el caso del empleado de empresas privadas).
Así una respuesta sola del tipo "la fijeza sí es una medida eficaz de las que exige exista la Claúsula 5ª de la Directiva Europea" podría acabar incluso con un Tribunal Supremo próximo a las tesis del gobierno nacional dictando algo del tipo "sí, pero también lo es la OPE que convocó el puesto del personal temporal abusado y por la que fue legalmente cesado" y así acabar sin ganar nada el empleado público que pasó por el Tribunal Europeo, como ha sido en la práctica el caso de los asuntos empleados públicos de las famosas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 2016 que levantaron titulares: los casos De Diego Porras y Castrejana/López (en las que las cuestiones planteadas por los juzgadores nacionales iban en la línea de las indemnizaciones, la interinidad de vacante o la figura del indefinido no fijo, pero no directamente la fijeza ni si una OPE, por sí sola, no puede ser una de las medidas válidas)
Además el Tribunal Europeo suele incluir en esas respuestas "positivas" a preguntas sobre la cláusula 5ª de la Directiva -que no es "de aplicación directa", sino de transposición a legislación nacional- de si algo es una medida con la apostilla "aunque le corresponde al juzgador nacional elegir la medida final" dejando en el apartado expositivo de la sentencia unas recomendaciones específicas: son las famosas "orientaciones" del Tribunal europeo.
Por eso, las preguntas planteadas con respuesta negativa para que sean favorables para el trabajador, son esenciales, como la de si convocar el puesto en una OPE sin más es una medida eficaz de sanción ante el abuso de las que exige exista la cláúsula 5ª. Una respuesta negativa clara del Tribunal podría provocar un auténtico cataclismo ante las masivas convocatorias de OPEs con los puestos de los temporales en fraude de ley (no implicaría que son ilegales los nombramientos de los nuevos fijos o la anulación de las OPEs o las convocatorias si no estaban previamente recurridas por este argumento, sino más bien implicaría posibles grandes posibilidades para evitar o anular por vía judicial el cese de temporales en fraude de ley sin más por este tipo de OPEs). Por no hablar del efecto mediático y político que tendría sobre los políticos y sindicatos que las decidieron y estuvieron de acuerdo.
El miércoles 15/05/2019 tiene lugar la "vista" o juicio oral
tras haber finalizado en meses anteriores la fase de juicio por
escrito, en los que, además de preguntar a las partes, el Tribunal Europeo ha recogido las preceptivas observaciones de la Comisión Europea y ,
las opcionales, del Estado Español, que ha decidido situarse en contra de los empleados públicos demandantes y del pleno acuerdo con la Comunidad de
Madrid. Después de la vista, en torno a uno o dos meses, llegará la publicación del informe no
vinculante del Abogado General de la Unión Europea, y con ésta opinión
se espera que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dicte
sentencia entre Septiembre y Noviembre de este año. Además de los dos casos de los 5 empleado directamente implicados, centenares de procesos judiciales de demanda de fijeza han sido suspendidos por diferentes juzgados de España a la espera de la sentencia de estos dos asuntos, con lo que todos esos casos también están afectados.
Pero la importancia de este juicio europeo radica en que se cifra en más de medio millón de empleados públicos de todas las Administraciones Públicas que se encuentran en situación similar a la de los demandantes de abuso de temporalidad (en la práctica idéntica ante la normativa general de la Directiva Europea, que no distingue entre trabajadores de empresa o públicos, estatutarios interinos de vacante o estatutarios eventuales, sino entre "contratos de duración determinada" (es decir, vulgarmente, los temporales y entre los que cae según su sentencia del asunto León Medialdea los "indefinidos no fijos", la única solución jurisprudencial establecida en España para empleados públicos y exclusivamente para laborales) e "indefinidos" (es decir, vulgarmente, los fijos de verdad).
[SUATEA] 'Suatea presenta demanda de fijo o indefinido para funcionarios interinos docentes no universitarios que lleven más de tres años encadenando contratos en situación de continuidad abusiva
'UATEA viene denunciando en los últimos años la situación generada con
el profesorado interino en Asturies, donde las tasas de interinidad se
han incrementado hasta superar el 32%, una cifra escandalosa si tenemos
en cuenta que la Administración educativa asturiana ha incumplido de
forma permanente con lo establecido en el EBEP al contratar al personal
interino de manera fraudulenta, al haber ocupado puestos que no
responden a la necesidad y la urgencia, sino a vacantes estructurales y
permanentes. La ausencia o escasas convocatorias de procesos selectivos a
lo largo de los años ha supuesto que muchas vacantes estructurales, que
deberían estar ocupadas por funcionarios de carrera, estén cubiertas
permanentemente por funcionarios interinos al no transformarlas la
Administración en plantilla orgánica, produciéndose de este modo el
fraude en la contratación temporal.
Este fraude en la contratación del personal interino, en mayor o menor medida, se produce en todas las Comunidades Autónomas y en todos los sectores de la función pública. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha llamado la atención al gobierno español en varias ocasiones, existiendo incluso respuestas a cuestiones prejudiciales en el sentido de que el personal interino está contratado en fraude de ley. De hecho, están planteadas nuevas cuestiones prejudiciales al TJUE que se conocerán probablemente antes de final de este año y que pueden suponer la transformación del personal interino en fijo como sanción a las Administraciones Públicas españolas por abusar de la contratación temporal para cubrir puestos estables y estructurales.
Este fraude en la contratación del personal interino, en mayor o menor medida, se produce en todas las Comunidades Autónomas y en todos los sectores de la función pública. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha llamado la atención al gobierno español en varias ocasiones, existiendo incluso respuestas a cuestiones prejudiciales en el sentido de que el personal interino está contratado en fraude de ley. De hecho, están planteadas nuevas cuestiones prejudiciales al TJUE que se conocerán probablemente antes de final de este año y que pueden suponer la transformación del personal interino en fijo como sanción a las Administraciones Públicas españolas por abusar de la contratación temporal para cubrir puestos estables y estructurales.
jueves, 9 de mayo de 2019
Sentencia del Tribunal Supremo en el caso de un indefinido no fijo cesado por un traslado en la Junta de Castilla y León: reitera su doctrina de indemnizar con 20 días por año ante el cese por cobertura reglamentaria de su puesto
La Sala de lo Social
(la que lleva los casos de los empleados públicos de tipo laboral) del
Tribunal Supremo -la máxima instancia judicial española que sienta la jurisprudencia que deben seguir las instancias inferiores- dictó otra
importante sentencia
el pasado 28/03/2019 en el recurso de casación nº 997/2017 contra la sentencia previa del
Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Léon de 26/01/2017 ante el
caso de un empleado laboral "indefinido no fijo" de la Consejería de
Educación de la Junta de Castilla y León que fue cesado por la cobertura de su puesto por el traslado
de un fijo.
La cuestión que debía resolver el Supremo -de nuevo- es "el tratamiento que merece la extinción de la relación de los trabajadores indefinidos no fijos - es decir su cese- cuando se produce la cobertura del puesto de trabajo que vienen ocupando", , a la que da respuesta simplemente reiterando su sentencia de 28 de marzo de 2017 (rec.n º 1664/2015) "ante la ausencia de un régimen jurídico propio del contrato indefinido no fijo" es aplicable "la indemnización de veinte días por año de servicio, con límite de doce mensualidades,
que establece el artículo 53.1-b) del ET en relación a los apartados c )
y e) del artículo 52 para los supuestos de extinciones contractuales
por causas objetivas.
Es decir, el alto tribunal español mantiene su "nueva" doctrina que ya estableció en su sentencia
de 28/03/2017 (nº recurso 1664/2015), para el cese de indefinido no fijo por la
cobertura reglamentaria de plaza por un fijo (en aquel caso tras una Oferta Pública de Empleo, en el de ahora por un traslado) y concede la misma indemnización de 20 días al laboral indefinido no fijo cesado,
alejando los temores de que pudiera rebajarla a 8 o 12 días en base a
que recientemente el mismo Tribunal en otras sentencias reconoció que la figura del indefinido no fijo es de carácter temporal, y había voces señalando que la indemnización por tanto debería ser las del os 8 o 12 días prevista en el Estatuto General de los Trabajadores para los despidos de temporales. Por tanto, con esta sentencia el Tribunal Supremo mantiene para el indefinido no fijo la indemnización algo superior, de 20 días por año con tope 12 mensualidades (pero lejos de la del despido improcedente de un personal fijo).
Recordemos por un lado que la figura de "indefinido no fijo" es una figura creada por la Justicia con jurisprudencia exclusivamente en el
orden de lo Social (es decir, para empleados públicos laborales
-es decir con "contratos" laborales- y NO para funcionarios de
cualquier AAPP/estatutarios de Servicios de Salud) y que es la jurisprudencia del Supremo concederla al laboral
interino de vacante o en sucesión de contratos de obra y servicio, etc
por más de 3 años , es decir ,como sanción al fraude de ley del Estatuto Básico del Empleado Público al abuso de temporalidad en el caso del personal laboral (implicando como reafirma esta nueva sentencia que cuando se cubre
reglamentariamente la plaza, el cese se declara procedente pero es
indemnizado con veinte días por año trabajado con un tope de 12
mensualidades).
En cambio, la decepcionante sentencia del Tribunal Supremo de 26/09/2018 para estatutarios eventuales/funcionarios interinos de programa en abuso de temporalidad, la Sala de lo Contencioso-Administrativo afirmó que esta figura no es aplicable al personal de carácter funcionarial ( el funcionario de cualquier AAPP y el estatuario de los Servicios de Salud (que ostentan "nombramientos" y no contratos), considerando el Alto Tribunal español la interinidad de vacante sin indemnización ante el futuro cese como una solución ya "suficiente"). Las opciones de alguna compensación para este tipo de personal público (el mayoritario, estimándose en medio millón entre todas las AAPP de España los que se encuentran en situación de abuso de duración de temporalidad) parecen ya pasar por el devenir que tengan los importantes procesos judiciales de demanda de fijeza como sanción según directiva europea en el propio Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En cambio, la decepcionante sentencia del Tribunal Supremo de 26/09/2018 para estatutarios eventuales/funcionarios interinos de programa en abuso de temporalidad, la Sala de lo Contencioso-Administrativo afirmó que esta figura no es aplicable al personal de carácter funcionarial ( el funcionario de cualquier AAPP y el estatuario de los Servicios de Salud (que ostentan "nombramientos" y no contratos), considerando el Alto Tribunal español la interinidad de vacante sin indemnización ante el futuro cese como una solución ya "suficiente"). Las opciones de alguna compensación para este tipo de personal público (el mayoritario, estimándose en medio millón entre todas las AAPP de España los que se encuentran en situación de abuso de duración de temporalidad) parecen ya pasar por el devenir que tengan los importantes procesos judiciales de demanda de fijeza como sanción según directiva europea en el propio Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
miércoles, 8 de mayo de 2019
[Madridiario] Los 14 centros de salud del piloto de reducción del horario de consulta de la tarede hasta las 18.30 deciden mantener la medida
Publica Madridiario este 07/05/2019
la información preiva de la agencia Europa Press de que los 14 centros
de salud de la Comunidad de Madrid que realizaron la
experiencia piloto de horario de reducción de las consultas de la tarde a
las 18.30 han
decidido continuar con esta medida acordada con los sindicatos de la
mesa sectorial AMYTS y CSIT pese a la opinión contraria de la mayoría
de dicha Sectorial de Sanidad CCOO,
SATSE y UGT y la campaña de firmas en contra de la Federación Regional
de Asociaciones de Vecinos de Madrid (FRAVM).
Según el Consejero de Sanidad esta medida no supone un recorte de actividad en los centros de salud.
[Corriente Roja] 'Empleados públicos en fraude de ley: “Nos presentamos a las elecciones europeas para seguir nuestra lucha”
'Los y las abajo firmantes somos trabajadoras y trabajadores de diferentes sectores de la Administración Pública.
Nos presentamos a estas elecciones para seguir luchando por las mismas medidas de urgencia que estamos defendiendo en las calles,
para acabar con la situación de fraude y abuso de temporalidad que
venimos sufriendo más de 700.000 empleados y empleadas públicas en todo
el Estado.
[Promotores de CLAVE: Candidatura a las elecciones europeas contra el fraude en el empleo público] Comunicado: no se recabaron los 15 mil avales necesarios para concurrir a las elecciones europeas
'La iniciativa ciudadana contra el fraude en el empleo
público y la corrupción que intentaba concurrir a las elecciones
europeas como agrupación de electores CLAVE HA PRESENTADO FORMALMENTE SU
DESISTIMIENTO ANTE LA JUNTA ELECTORAL CENTRAL por la imposibilidad de
recabar los 15.000 avales necesarios en el plazo exigido por la
legislación electoral, la cual no favorece precisamente a las
agrupaciones ciudadanas.
lunes, 6 de mayo de 2019
[FESP de UGT de Andalucía] 'Personal Temporal en fraude: La Conversión en Fijeza de de la Temporalidad Tribunales Españoles/ Tribunal Unión Europea'
'Desde FESP UGT Andalucía somos conscientes de que la respuesta
actual de nuestros tribunales ante el abuso de la contratación temporal
en la Administración no es unánime y se encuentra sujeto a un constante y
continuo cambio. En este sentido, se encuentran planteadas ante el TJUE varias cuestiones prejudiciales
que podrían suponer un vuelco a la doctrina mayoritaria actual, ya que
el Tribunal Europeo puede decidir, durante este año, que la sanción
eficaz y disuasoria contra el abuso en la contratación temporal sea la
conversión automática del personal temporal (en fraude) en FIJO.
Aunque dicha solución puede resultar ciertamente discutible a la vista de nuestro ordenamiento jurídico interno
y en atención a las resoluciones de los tribunales españoles dictadas
hasta la fecha, UGT debe dar una respuesta a las necesidades y
propuestas que nos plantean nuestros/as afiliado/as.
lunes, 22 de abril de 2019
[CCOO Sanidad Madrid] 'CCOO exige al gobierno regional que vuelva a las 35 horas para recuperar 5.300 empleos en sanidad.El sindicato demanda a la Comunidad de Madrid que solicite al Estado desvincular la recuperación de las 35 horas del objetivo de déficit'
'CCOO exige nuevamente al Gobierno regional, que los profesionales de la
Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid vuelvan a la jornada de
35 horas semanales; en hospitales y ambulatorios, centros de salud,
SUMMA 112, SAR y servicios centrales. El sindicato asegura que con esta
medida se crearían 5.300 empleos en el sector, más de la mitad de los
que se estiman necesarios para afrontar la demanda de déficit de
plantillas que “deterioran” la sanidad pública madrileña.
martes, 9 de abril de 2019
[Editorial de Redación de Economía de El País /Cinco Días] ' Una vieja mala práctica de la Administración que hay que desterrar El problema sobre el que tendrá que pronunciar el Tribunal de la UE no es la legitimidad o no del contrato de interinidad, sino su abuso y mal uso' [Opina que la solución razonable y deseable es la fijeza de los empleados en abuso de temporalidad]
[NOTA DEL EDITOR: por su interés para la temática de este blog y por tratarse de una opinión, la transcribimos íntegramente]
'La
jurisprudencia europea se pronunciará antes de fin de año sobre una
vieja práctica de la Administración Pública que ha echado raíces
profundas y adquirido dimensiones inaceptables: el encadenamiento de
contratos de interinidad durante un plazo superior al que permite la ley
y para un fin diferente al que es propio de este tipo de contrato. Dos
cuestiones prejudiciales relacionadas, en un caso, con la demanda de un informático que suma 18 años en esa situación y en otro, con el de cuatro odontólogas que acumulan entre 12 y 17 años, han planteado al
Tribunal de Justicia de la UE si el uso encadenado de contratos
temporales para cubrir necesidades estables y no provisionales en el
sector público es un abuso, y en caso de serlo, si la conversión de esos
contratos en fijos constituye una sanción adecuada. En caso de que el
tribunal responda afirmativamente, como es probable y deseable que haga,
la Administración española deberá afrontar las demandas de
regularización del más de medio millón de interinos que llevan en esa
situación de ocho a 30 años.
[MATS Madrid] 'Encierro por las 35 horas y otros mil motivos. 11 abril. Hospital Ramón y Cajal'
'En 2012, el gobierno del Partido Popular decidió aumentar la
jornada de 35 a 37,5 horas semanales en el SERMAS (y en toda la
Administración Pública). Al día de hoy, hartos de oír que la crisis ha
terminado, seguimos trabajando 16 días más y las plantillas siguen
escasas.
Desde el Mats, animamos a no dar por firmes estos retrocesos y a fortalecer la movilización exigiendo las 35 horas con el correspondiente aumento de plantilla: la disminución de jornada para la plantilla actual supondría un aumento de 5.200 trabajadoras/es. Por ello, hemos decidido hacer un encierro en Hospital Ramón y Cajal, el próximo jueves 11 de abril, de 10 de la mañana a 6 de la tarde.
Desde el Mats, animamos a no dar por firmes estos retrocesos y a fortalecer la movilización exigiendo las 35 horas con el correspondiente aumento de plantilla: la disminución de jornada para la plantilla actual supondría un aumento de 5.200 trabajadoras/es. Por ello, hemos decidido hacer un encierro en Hospital Ramón y Cajal, el próximo jueves 11 de abril, de 10 de la mañana a 6 de la tarde.
lunes, 8 de abril de 2019
[Gob. C. de Madrid 07/04/2019] 'Hoy se examinan en la categoría de Auxiliar Administrativo 19.057 aspirantes en la OPE sanitaria de la Comunidad de Madrid'. El objetivo de estas plazas es ofrecer a los profesionales de la sanidad madrileña la mayor estabilidad laboral posible'
[07/04/2019] 'Hoy
domingo, a las 9.30 horas están llamados a la prueba selectiva en la
categoría de Auxiliar Administrativo 19.057 aspirantes para las 1.747
plazas convocadas en el turno libre en esta categoría, en la Oferta
Pública de Empleo (OPE) sanitaria de la Comunidad de Madrid, que ofrece
19.700 plazas para diferentes categorías. Ya se han celebrado los
exámenes de matrona, fisioterapeuta y celador. Hoy están llamados los
auxiliares de la función administrativa, en una prueba de 110 minutos de
duración que consta de 90 preguntas y 10 más de reserva. El examen de
hoy se realiza de manera simultánea en nueve facultades de las
Universidades Complutense y Politécnica de Madrid en los campus de
Moncloa -7 facultades- y de Somosaguas -2 facultades-.
El director general de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Pablo Calvo, ha comprobado desde primera hora de la mañana el dispositivo realizado para el correcto desarrollo del examen. Los aspirantes han tenido a su disposición un servicio localizador personalizado para comprobar el lugar exacto de la prueba: aula, edificio y hora, al que se accede consignando el número de DNI del opositor. El objetivo de estas plazas es ofrecer a los profesionales de la sanidad madrileña la mayor estabilidad laboral posible, que redunda en la calidad del servicio a los ciudadanos. Esta primera fase del proceso de estabilización continuará con el examen de la oposición de Técnicos en Cuidados Auxiliares de Enfermería, que se celebrará el próximo 27 de abril, y concluirá con el examen de Enfermeras que se celebrará el 12 de mayo.'
jueves, 4 de abril de 2019
[Coordinadora Estatal de EEPP en #FraudeDeLey /Tercera Información] 'El próximo sábado día 6 de abril nos concentramos en diferentes ciudades del estado para reivindicar la regulación administrativa de 700.000 trabajadores temporales contratados en fraude de ley desde hace muchos años y contra el ERE encubierto que supone el acuerdo de estabilización firmado por el gobierno y los sindicatos más representativos'
'La Coordinadora Estatal de Empleados Públicos en fraude de ley convoca concentraciones en todo el país, para exigir la paralización de los “falsos procesos de estabilización” y la regularización administrativa de todos los/as empleados/as públicos en fraude de ley y abuso de temporalidad. Esta Coordinadora estatal surgió a partir de un Encuentro estatal en Madrid el pasado 9 de Febrero, actualmente está formada por más de 30 organizaciones sociales y sindicales de todo el territorio estatal. Igualmente reclamamos unos Servicios públicos de calidad, lo que significa revertir la privatización de los mismos y sacar a OPE todas las plazas que sean necesarias, hasta revertir la deficiencia actual de las plantillas.
Las concentraciones se llevarán a cabo el próximo 6 de abril a las 12 horas, en distintas comunidades autónomas para reivindicar la paralización de los “falsos procesos de estabilización” que el gobierno anterior del PP aprobó poner en marcha, con el apoyo de los sindicatos mayoritarios en la administración (CCOO, UGT y CSIF)
Asimismo estas concentraciones, se hacen para exigir la suspensión y anulación de todo cese o despido ilegal, la regularización administrativa de todo el personal que se encuentra en fraude de ley y abuso de temporalidad. Igualmente reclamamos unos Servicios públicos de calidad, lo que significa revertir la privatización de los mismos y sacar a OPE todas las plazas que sean necesarias, hasta revertir la deficiencia actual de las plantillas
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