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lunes, 24 de febrero de 2020

[Poder Judicial] 'El Tribunal Superior de Justicia de Galicia obliga al hospital Modelo de A Coruña a contratar a los médicos que le facilitaba para guardias una empresa externa Obliga al centro médico a contratar a esos trabajadores, quienes facturaban, a través de la empresa externa, por los servicios prestados'

'La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha declarado que el hospital Modelo y los médicos que le facilitaba la empresa Gineglobal, principalmente para guardias de ginecología, mantienen una relación laboral. De esta forma, obliga al centro médico a contratar a esos trabajadores, quienes facturaban, a través de la empresa externa, por los servicios prestados. El Superior estima, así, el recurso interpuesto por la Tesorería General de la Seguridad Social frente a la resolución del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña. Según la sentencia de instancia, la empresa no tenía "otra actividad efectiva, ni estructura empresarial propia, más allá de los propios facultativos codemandados". Así, "no consta que realizase otra actividad más que la contratada en exclusiva para la prestación de servicios a pacientes en el Servicio de Ginecología y Obstreticia de los hospitales de Sanatorio Quirúrgico Modelo”, resalta el TSXG. Los magistrados destacan que tampoco está acreditada “una concreta aportación por Gineglobal de medios materiales propios”.


jueves, 20 de febrero de 2020

[Gob. de Castilla-La Mancha] 'Aprobadas las bases de las convocatorias para la primera fase de los procesos selectivos del SESCAM, que incluyen 1.241 plazas '

'La Mesa Sectorial de las Instituciones Sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha ha aprobado hoy las bases de las convocatorias para la primera fase de los procesos selectivos de personal estatutario correspondientes a las Ofertas Públicas de Empleo de 2017 y 2018, que se van a desarrollar conjuntamente, y que en este caso incluyen un total de 1.241 plazas.

Dentro de las bases de convocatorias aprobadas hoy se encuentra la de pinche de cocina, que ha salido adelante gracias a los votos a favor de los sindicatos CEMS y UGT. Es la primera vez en la historia del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha que se celebran procesos selectivos para esta categoría, con un total de doscientas plazas, lo que permitirá reducir un sesenta por ciento la temporalidad en este colectivo.

Además, la convocatoria de pinches incluye como novedad el incremento de la puntuación en la fase de concurso hasta el cuarenta por ciento, valorándose en un treinta por ciento la experiencia profesional y un diez por ciento la formación.

Por otra parte, y también por primera vez en la Comunidad Autónoma, el Gobierno de Castilla-La Mancha reserva 28 plazas en una convocatoria independiente para las personas con discapacidad intelectual. Esta convocatoria contará además con un sistema selectivo adaptado para lograr la mayor inserción laboral posible de este colectivo.


martes, 18 de febrero de 2020

Director de la Función Pública de Aragón en su comparecencia en el parlamento regional: "estaría muy triste que la sentencia europea" [conceda la fijeza]. En ese caso, "tendría que anular los procesos selectivos" [de estabilización]

Ayer  17/02/2020 compareció en la Comisión de Hacienda, Presupuestos y Administración Pública del parlamento regional aragonés el  Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios de la CCAA de Aragón, Esteban del Ruste, y según el orden del día, en su último punto con objeto de informar sobre el "acuerdo con los sindicatos para la consolidación de empleo y Oferta de Empleo Público de 2019 de Aragón  y el  impacto de la reciente sentencia del Tribunal de Justicia Europeo sobre los interinos". El Gobierno actual de Aragón es una coalición de PSOE como partido principal, Partido Aragonés [PAR] , Chunta Aragonesista  [CHA] y Podemos-Equo, correspondiendo al PSOE  la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la que depende este Director General. La comparecencia de este máximo responsable de la función pública aragonesa tenía lugar a petición de su propio Consejero.

[Vídeo  íntegro de este  punto de la sesión tras el minuto 1h 31 en esta retransmisión]

En su turno inicial el Dir. Gral aclaró que hay 3 ámbitos de su competencia en cuanto a Ofertas Públicas de Empleo: Sanidad, Educación y la Administración General, para pasar a centrarse en esta última anunciando que en  Mesa Sectorial  de empleados públicos general de Aragón hay acuerdo unánime para las convocatorias que están pendientes de publicar de su Oferta Pública de Empleo [OPE] 2019, que tiene parte en cuanto a la Administración General de la CCAA de Aragón todas las plazas "de estabilización" con temporales de larga duración  así como una parte "ordinaria" con la tasa de reposición de los últimos 3 años, tanto de personal funcionario  como de personal laboral de esa Administración General (las OPEs de estabilización en Sanidad y docentes de Educación de Aragón ya están en marcha, y en ciertos casos, muy avanzadas).

Del Ruste detalló que  las convocatorias de estas OPEs de la Admin. Gral de Aragón con los puestos de "estabilización"  se publicarán este año, antes de verano para el personal funcionario  y después del verano para el  personal laboral, incluyendo en las órdenes de convocatorias que se publiquen además de las preceptivas bases y temarios en los que ya están trabajando, también la fecha de examen para agilizar estos procesos.

También anunció que antes se quiere modificar antes -estando previsto que se cierre la semana que viene- el decreto de selección y provisión de personal autonómico para que el orden de la cobertura de las plazas temporales sea primero concurso de traslados, después comisiones de servicios, en tercer lugar promoción interna temporal y por último concurso libre "para dar oportunidad a los interinos". Este decreto se hará bajo la idea de que todo puesto estructural quede cubierto por personal fijo en poco tiempo -dando así cumplimiento a la exigencia del marco legal estatal y europeo- y no vuelva a repetirse el problema de la larga interinidad (que reconoció ha sido culpa de malas prácticas de la Administración) respetando eso sí "los principios de publicidad y libre concurrencia" bajo los que debe moverse siempre y en todo caso las Administraciones Públicas [AAPP] en el acceso al empleo público.


En cuanto a la sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se refirió con detalle a la reciente de 22/01/2020    [Asunto Baldonedo Martín] y la interpretación que ha realizado Función Pública del Estado en una nota que habría enviado a las AAPP: no corresponde indemnización al personal funcionario interino cesado por la cobertura fija de su puesto por muchos años que lleve al no existir discriminación con el personal fijo, con lo que la cobertura fija del puesto mediante Ofertas Públicas de Empleo de libre concurrencia sin indemnización alguna al cese del personal interino que ocupa los puestos, por años que lleve, es la vía legal.

Sí comentó que hay  una sentencia pendiente de otro asunto en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que se espera para el próximo 19/03/2020 donde está planteado el tema del abuso y si las OPEs son solución, pero piensa que los mecanismos correctos son aquellos con los que se han "dotado precisamente para reducir la temporalidad" que persigue la Unión Europea y "no podemos estar al aire de los que pueda suceder


lunes, 17 de febrero de 2020

[diariodemallorca.es] UGT Educación de Baleares pide un modelo transitorio de proceso selectivo de docentes en las OPEs que incluyen los puestos temporales de larga duración, con fase de oposición no eliminatoria y la máxima puntuación por experiencia "permitida por lal ey"


Informaba Diario de Mallorca el pasado 07/02/2020 que la sección balear de Educación de UGT de Baleares ha reclamado a la Conselleria de Educación que pida a su vez al Ministerio de Educación -el competente sobre el tipo y bases de proceso selectivo para el personal docente de las CCAA- "un sistema transitorio de acceso a la función pública docente", al entender que los procesos selectivos actuales, al incluir los puestos de temporales de larga duración, tienen que "permitir la estabilidad laboral del profesorado interino a la vez que la entrada de nuevos aspirantes".

Así solicita que la fase de oposición no sea eliminatoria, algo que según el sindicato fue la postura de las CCAA gobernadas por el partido socialista cuando gobernaba Mariano Rajoy. El sindicato también solicita que los méritos por experiencia docente sea la máxima permitida por la ley


domingo, 16 de febrero de 2020

[Gob. Castilla-La Mancha] 'El Gobierno regional reducirá un 60 por ciento la temporalidad en la categoría de pinches de cocina con el desarrollo de la próxima OPE del SESCAM El director general de Recursos Humanos del SESCAM ha avanzado que la prueba selectiva de pinche será, junto a la correspondiente a médico de familia, la primera en realizarse en 2020, para continuar con todas las restantes incluidas en las Ofertas Públicas de Empleo 2017 y 2018 que van a ser convocadas de manera conjunta.'

'El director general de Recursos Humanos del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM), Íñigo Cortázar, ha anunciado hoy que el próximo jueves, día 20, se propondrá a la Mesa Sectorial de las Instituciones Sanitarias la aprobación de las bases para la convocatoria de oposiciones correspondientes a 45 categorías de personal estatutario. Entre ellas se encuentra por primera vez en la historia del SESCAM la categoría de pinches de cocina, con un total de doscientas plazas.

Cortázar, que ha visitado hoy las cocinas del Hospital Nacional de Parapléjicos de Toledo, ha señalado que esta convocatoria supone la oportunidad de consolidación del puesto de trabajo para los profesionales del sistema sanitario público regional, permitiendo alcanzar una reducción de la temporalidad en esta categoría de más de un 60 por ciento, situándose en el seis por ciento cuando se resuelva el proceso.


miércoles, 12 de febrero de 2020

[USCAL] 'Nota de prensa de USCAL en apoyo de la manifestación del 15-F' [ de empleados públicos en fraude de ley y abuso de la temporalidad]

'La Unión Sindical de Castilla y León –USCAL-, que defiende desde siempre a todos los empleados públicos de Castilla y León y, especialmente, a los más precarios, apoya completamente la manifestación prevista el próximo día 15de febrero en Madrid, convocada por empleados públicos temporales en fraude de ley y abuso de la temporalidad y anuncia que se sumará a la misma.

Buscamos:

o denunciar la situación de precariedad de aquellos trabajadores públicos que cubren necesidades estructurales con contratos temporales prolongados permanentemente;

o denunciar el incumplimiento continuado de la ley (Directiva 99/70/CE) por parte de todas las AAPP españolas;

o denunciar la connivencia de los sindicatos firmantes de los “Acuerdoscon Montoro”, que admiten el despido libre y gratuito en las AAPP y el intercambio de unos trabajadores por otros;


lunes, 10 de febrero de 2020

[Rioja2] La Plataforma de Interinos de La rioja denuncia que el proceso de "estabilización" de Auxiliares Administrativos temporales de larga duración del Servicio Riojano de Salud acaba en "escabechina" y el "despido libre" sin indemnización de más del 80%

Informa Rioja2 este 08/02/2020 que la Plataforma de Empleados Públicos Temporales e Interinos de La Rioja [PIR]  denuncia el inminente "despido libre y gratuito" al que se verán sometidos  50 Auxiliares Administrativos del Servicio Riojano de Salud, en su mayoría mujeres, con una edad media de 52 años , que no han superado los denominados "procesos de estabilización" con sus puestos temporales de larga duración, que tildan de "escabechina" al consistir en una fase previa [eliminatoria] de oposición "memorística" con el resultado final de que sólo el 17% de los temporales de larga duración cuyos puestos se convocaban continuarán trabajando , mientras que el resto se enfrentan al cese inminente sin derecho de indemnización alguna pese a contar con una antigüedad media de 15 años.


miércoles, 5 de febrero de 2020

Recordatorio: [19/12/2019] Más Juzgados de Galicia declaran fijos a empleados públicos laborales como sanción al abuso de temporalidad si accedieron por proceso selectivo

[Recordatorio de entrada publicada el 19/12/2020]

Tal y como comentábamos en una entrada nuestra  reciente el Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha dictado ya 3 sentencias que vienen a establecer como su doctrina conceder la fijeza como sanción ante el fraude de abuso de temporalidad al empleado público de contrato laboral temporal que lleve al menos más de 3 años y que haya accedido al puesto temporal por un proceso selectivo cumpliendo los principios de igualdad, mérito y capacidad.

Este criterio  del tribunal regional gallego fue establecido por primera vez en su ya famosa sentencia de 28 de junio 2018  por el  recurso aquella vez de  empleados públicos  del Ayuntamiento de la Guardia también contra una sentencia de Juzgado de indefinidos no fijo, y donde consideró insuficiente como aplicación de la cláusula 5ª de la famosa Directiva europea sobre empleo temporal, la 1999/70/CE. Tras esa pionera sentencia surgieron dudas de si había sido esencial para este tribunal gallego que el proceso selectivo del caso no se hubiera publicitado claramente que era para temporal, o que fuera del tipo  concurso-oposición o incluso que además la oposición tuviera que ser un examen, para estimar ese cumplimiento del principio de igualdad, mérito, capacidad,.. exigidos por el EBEP para el acceso a la función pública.



Después esa postura del Tribunal regional gallego  fue reiterada por la misma Sección del mismo Tribunal regional en su sentencia de 30/04/2019 (rec. 4813/2018) y su sentencia de 15/05/2019 (rec. 280/2019) ante casos muy similares pero esta vez sin dudas de que el proceso selectivo por el que habían accedido los trabajadores eran para puestos temporales y por fin su sentencia   de 07/11/2019 en el que al tribunal gallego le bastó que en la prropia resolución pública del proceso selectivo la administración asegurara que se trato de un proceso que cumplía los principios de igualdad, mérito y capacidad.


martes, 4 de febrero de 2020

Recordatorio [02/01/2020] [UltimaHora.es] Juzgado de Palma declara fijos a empleados públicos laborales temporales 10 años por fraude del abuso de temporalidad teniendo en cuenta que accedieron por proceso selectivo. El Ayuntamiento recurre la sentencia.

[Recordatorio de entrada publicada el 02/01/2020]


Informaba UltimaHora.es el pasado 27/12/2019 que un juzgado de lo Social de Palma ha declarado en fraude de ley  los contratos temporales de más de 10 años de duración de cuatro empleados laborales - defendidos por la abogada Catalina Riera- del ente público Palma Activa del Ayuntamiento de Palma de Mallorca al entender que realizan labores de carácter permanente que debían haberse cubierto por personal fijo mediante procesos selectivos hace tiempo y los ha declarado indefinidos fijos por sentencia teniendo en cuenta que ya accedieron a dichos contratos temporales  por un proceso selectivo, y por tanto,  cumpliendo con los preceptivos principios de acceso a la función pública de igualdad, mérito y capacidad [como ya están procediendo varios Juzgados  de lo Social de Galicia y la sala de lo Social dell tribunal superior gallego]





Recordatorio : [12/12/2019] Juzgado de lo social de Orense declara fija a laboral de la Xunta de Galicia como sanción al abuso de temporalidad de su contrato de obra y servicio de más de 10 años por haber accedido por proceso selectivo de concurso-oposición, aunque la oposición fuera una entrevista, aplicando la "doctrina" de su Tribunal Superior de Justicia regional. La sentencia no es firme siendo probable el recurso de la Xunta.

[Recordatorio de entrada publicada el 12/12/2019]

El Juzgado de lo Social nº2 de Orense dictó el pasado 02/12/2019 una  sentencia en la que estima la demanda principal de una empleada pública de tipo laboral y así declara en fraude de ley su contrato laboral  temporal de obra y servicio  por haber sido realizado (en origen por una Fundación pública, pero es lo de menos al ser también una Administración Pública) desde un primer momento para cubrir necesidades permanentes  y como sanción al abuso de temporalidad constatado de ya más de 10 años [tal y como exige la normativa europea exista según la cláusula 5ª de la Directiva europea 1999/70/CE] sentencia la fijeza demandada siguiendo lo establecido  por  la Sección 1ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia , su tribunal superior, en su famosa sentencia de 28 de junio 2018  (por el  recurso 1102/2018 de  empleados públicos  del Ayuntamiento de la Guardia contra la sentencia del Juzgado  que ante el abuso de temporalidad sólo los había declarado indefinidos no fijo, relación laboral nuevamente temporal dado que finaliza por ejemplo con la "cobertura reglamentaria de la plaza" en la forma de convocatoria a procesos selectivos derivados de Ofertas Públicos de Empleo, y que el Tribunal regional consideró insuficiente como aplicación de la Directiva europea para esos casos):  


  • el  fraude y el abuso "conduce a calificarlos como indefinidos" en principio no fijos, pero si para adquirir la condición temporal ya "han superado un proceso selectivo bajo los principios de igualdad, mérito y capacidad" , aunque sea un proceso de menor rigor que los usuales procesos selectivos para fijo, "entonces serán fijos, aunque no funcionarios públicos;"

lunes, 3 de febrero de 2020

[USCAL] ' INDEFINIDO NO FIJO por sentencia judicial. La inseguridad permanente del “indefinido no fijo por sentencia” '

'Desde su creación por el Tribunal Supremo en el año 1996, la figura del “indefinido no fijo” (en adelante, INF) ha quedado a expensas de la interpretación judicial que prevalezca en cada momento, lo que coloca a los afectados en una situación de extrema incertidumbre e inseguridad jurídica. [1]

De esta forma, no ha estado claro ni lo está todavía cómo amortizar estas plazas y sus consecuencias; o si, a lo largo de la vigencia de la relación indefinida no fija, es posible modificar sustancialmente sus condiciones laborales, promocionar a estos trabajadores o permitirles la permuta de puesto de trabajo sin amortizar estas plazas. [2]

Hablamos de “indefinido no fijo por sentencia judicial” cuando un empleado público es reconocido como tal por los tribunales debido a una irregularidad en su contratación.

Para Gordo González, enlazado en [2], no puede hablarse de irregularidad en los supuestos contemplados en el Estatuto de los Trabajadores (concatenación de contratos temporales –art. 15.5- o superación del periodo máximo de duración del contrato temporal de obra o servicio –art. 15.1-), pero no dice este autor qué supuestos son los de la “irregularidad” en la contratación: en nuestra opinión, lo sería cubrir necesidades permanentes bajo la apariencia de contratos / nombramientos temporales. En cualquier caso, desde la óptica de la Directiva 1999/70/CE, es evidente que este artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores es una trasposición (insuficiente) de la propia Directiva a la legislación laboral y, por ello, a los efectos de protección del empleado público, creemos indiferente que se trate de “abuso de la temporalidad” o de “fraude de ley”. Ahora bien, sí que es fundamental obtener el reconocimiento de un hecho objetivo: todos los trabajadores INF, en cuanto que son empleados públicos y desde el mismo momento de su contratación como tales empleados públicos, han accedido a la Función Pública con procedimientos que respetan los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, porque a ello obliga el art. 43.1 de la Ley7/2005, de la Función Pública de Castilla y León.


lunes, 27 de enero de 2020

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, ante una demanda de un interino de vacante del SESPA de más de 12 años, vuelve a sentenciar que no puede considerarse existencia de abuso si ya se es interino de vacante, aplicando la actual jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo de 26/09/2018

Se ha publicado recientemente en el CENDOJ la sentencia de 13/12/2019 de la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias al recurso nº 303/2019 que había presentado un médico de familia de los Servicios de Atención Continuada (SAC) estatutario interino de vacante durante más de 12 años del Servicio de Salud del Principado de Asturias , defendida por el conocido abogado Raúl Bocanegra, solicitando que se reconozca su situación de abuso de  temporalidad según la cláusula 5ª de la conocida Directiva Europea 1999/70/CE y que como la obligada sanción al abuso se le concediera el reconocimiento del carácter fijo de su relación de servicio  y la estabilidad definitiva en su plaza o en su defecto, la condición de funcionaria indefinido no fijo o situación equivalente, demandas que previamente había desestimado el juzgado

 Pero, este Tribunal Superior regional reitera lo que ya sentenció en un caso idéntico en Julio de 2019 y reiteró en Octubre de 2019 aplicando la jurisprudencia actual de la Sala de lo Contenicioso del Tribunal Supremo, no puede haber abuso de temporalidad en una situación de ya interinidad de vacante y desestima todas las pretensiones condenando en costas de hasta 300 euros a los demandantes.

viernes, 24 de enero de 2020

Resumen de la entrega de los Premios Nacionales de Informática y Salud 2019 de la SEIS

Durante la noche de este jueves 23 de enero de 2020 tuvo lugar en el Salón de Actos de la Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de Madrid  el acto de entrega de los XXV Premios Nacionales de Informática y Salud que organiza todos los años la Sociedad Española de Informática de la Salud (SEIS).



El evento fue conducido un año más por la Vicepresidenta de Estrategia digital  de la SEIS y ex-Directora General de Sistemas de Información Sanitaria del SERMAS, Zaida Sampedro, quien señaló que en este 25 aniversario de los premios se ha querido introducir como novedad dos nuevas categorías: la del premio "al CIO" y "al CEO", para mostrar que no es posible la transformación digital sin directores de TI decididos ni sin  el apoyo de equipos directivos comprometidos.

Comenzó la sesión de intervenciones inaugurales con la del Decano de la Facultad de Medicina -sede del evento-, Carlos Félix Sánchez Ferrer , en su primer acto de entrega de premios, tras suceder en el cargo a Juan Antonio Vargas Núñez - El nuevo decano comunicó su satisfacción por los 25 años de Premios con acto de entrega en esta sede y su disposición a que continúe siendo la sede en los siguientes años.



A continuación,  el presidente de la SEIS, Luciano Sáez, realizó  una síntesis de la Sociedad, sus actividades realizadas durante el año anterior y  sus objetivos , recordando también que en 25 años han premiado a más de 200 organizaciones y profesionales. Afirmó que "la cooperación es imprescindible en un sector complejo como el nuestro y éste es el principio con el que opera nuestra Sociedad"



Finalizó esta ronda de intervenciones la Directora General de Salud Pública, Calidad e Innovación del Ministerio de Sanidad, Pilar Aparicio Azcárraga , quien aseguró que "el proceso de transformación digital es un desafío tan grande que requiere el compromiso de todos: administración, empresas, movimientos asociativos, etc" recalcando que esta transformación digital debe ser aplicada con el deber de no incrementar las brechas sociales, sino reducirlas.

A continuación se entregaron los premios en sí:


miércoles, 22 de enero de 2020

El Supremo ante el recurso de una interina cesada, matiza su doctrina de que el plazo de tres años del EBEP para la "ejecución" de una oferta de empleo público del artículo 70.1 es esencial como para declarar nula una convocatoria efectuada tras ese plazo: no afecta al resultado de los procesos selectivos derivados , rechazando su readmisión y concediéndole una modesta indemnización como única consecuencia

Recientemente en el CENDOJ se ha publicado una nueva e importante sentencia del Tribunal Supremo sobre si el plazo de 3 años en la ejecución de la Oferta de Empleo Público [OPE] (o instrumento similar) para la cobertura fija de una necesidad permanente contenido como "improrrogable" en el artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público tiene la consideración de un plazo esencial como para que sea "invalidante" de, al menos, las convocatorias publicadas con plazas de una OPE más allá de esos 3 años.

En concreto, se trata de la  sentencia de 12/12/2019 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo al recurso (nº 3554/2017) de casación presentando por una interina del Ayuntamiento de Carmona que había presentado inicialmente ella misma el recurso contra la convocatoria que incluía su puesto por haber sido publicada pasados más de 3 años de la Oferta Pública de Empleo de la que derivaba, solicitando la nulidad de dicha convocatoria y de todos sus efectos (y por tanto,  su readmisión en caso de acabar cesada como consecuencia de él). Tanto el juzgado como el Tribunal Superior de Justicia andaluz habían desestimando su demanda, entendiendo éste último en su sentencia de 22/02/2017 que el plazo del EBEP es "un mandato para las Administraciones Públicas" [AAPP] pero no un plazo esencial y por tanto una caducidad, como para que se siga la anulación de las convocatorias realizadas fuera de plazo. Como se desprende del texto de la sentencia en segunda instancia de este tribunal regional, contra la cual la interina había presentado el recurso al Supremo, la empleada pública resultó cesada por dicha convocatoria ,  cuyo resultado también había recurrido, demandando fuera contemplado como un acto nulo al ser efecto de otro acto -la convocatoria del proceso selectivo- que inicialmente ya había demandado se declarase nulo (por la caducidad de su OPE).

El  Tribunal Supremo ahora en su sentencia de este caso, en primer lugar reitera su criterio de  su sentencia de 10/12/2018 , donde ya declaró nulas varias convocatorias de 2014 de oposiciones a funcionario de la Comunidad de Madrid por haber pasado más de 3 años desde su respectiva OPE  y tras un recurso inicial del Abogado del Estado, criterio que fue fijado por el como doctrina por el Alto Tribunal español en su sentencia de 21/05/2019 en un caso casi idéntico de un ayuntamiento de Aragón:  

"ante una prescripción legal que impone la obligación de convocar procesos selectivos para las plazas comprometidas y exige ejecutar la oferta de empleo público en todo caso dentro de ese margen temporal y luego añade que el plazo será improrrogable, son precisas razones muy poderosas para no deducir de esa disposición el carácter invalidante del incumplimiento del plazo"


lunes, 20 de enero de 2020

Recordatorio. Fallados los Premios Nacionales de Informática y Salud 2019 de la SEIS: premio a la entidad destacada en proyectos de Transformación Digital a la Asociación Valenciana de Informática Sanitaria [AVISA], al proyecto para MOVSS de la Comunidad de Madrid, a la aportación para una comunicación del H. Gregorio Marañón ... Acto de entrega el jueves 23 de Enero

[Recordatorio de entrada publicada el 14/01/2020]

Ya se conocen los  ganadores de los Premios Nacionales de Informática y Salud que organiza la Sociedad Española de Informática de la Salud (SEIS) y que en su edición 2019 van a ir a parar a


  • Premio a la Entidad Pública o Privada que ha destacado en la proyectos de transformación digital en el ámbito sanitario: la Asociación Valenciana de Informática Sanitaria [AVISA]

  • Premio a la organización que ha realizado un mayor esfuerzo tecnológico para desarrollar soluciones en el ámbito sanitario: Laboratorios ABBOT

  • Premio al Profesional que por su trayectoria y dedicación, ha colaborado especialmente en promover la transformación digital en el entorno sanitario: Jose María de la Higuera González

miércoles, 15 de enero de 2020

[APRISCAM] 'El Sescam discrimina a sus informáticos e informáticas en la concesión del teletrabajo'

'En el año 2013 la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha reglamentó el régimen de teletrabajo en la Administración Pública mediante el decreto 57/2013 el cual fue debidamente ordenado en el Sescam. Dicha circunstancia permite favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, en consonancia con el Acuerdo Marco Europeo sobre teletrabajo de 16 de julio de 2002.

El Personal Informático del Sescam, organizado en el Área de Tecnologías de la Información (ATI), desarrolla su trabajo diario directamente y en muchos casos de forma exclusiva usando medios electrónicos. La mayoría de los sistemas informáticos están centralizados y su mantenimiento se hace remotamente. Igualmente la mayor parte del soporte al usuario de las aplicaciones corporativos se hace telefónicamente (cabría resaltar que parte de soporte de primer nivel está externalizado y no es realizado por el personal propio de la ATI).


martes, 14 de enero de 2020

Comparecencia de la asociación de interinos APilTEX y el abogado Araúz en la Asamblea de Extremadura demandando una solución excepcional de fijeza al fraude de ley de abuso de temporalidad en cuestión en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El PSOE exctremeño defiende la solución ya negociada con los sindicatos de las convocatorias a oposición-concurso de los puestos

En el día de ayer, y a raíz de una petición de Unidas Podemos, tuvo lugar la comparecencia en la Comisión de Administración Pública de la Asamblea de la Extremadura de la presidenta de APILTEX (la Asociación de Personal Interino y Laboral Temporal de la Junta de Extremadura), y de su asistente jurídico, el conocido abogado de los casos del SERMAS con  cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Javier Araúz, para explicar a los grupos parlamentarios la problemática del a su juicio abuso de temporalidad incompatible con la Directiva europea 1999/70/CE que sufren gran parte del personal de la Administraciones Públicas [AAPP] extremeñas así como del resto de España, y que la debida sanción que de acuerdo ha dicha directiva debe existir no pueden ser las Ofertas Públicas de Empleo denominadas de "estabilización", con procesos selectivos de libre concurrencia  convencionales, y que el Gobierno del Estado acordó con los principales sindicatos se realizaran con los puestos temporales en esta situación de muy larga temporalidad - situación que la asociación califica de "fraude de ley" y solución de "ERE encubierto"-, demandando por contra una solución de "fijeza" administrativa restringida al colectivo abusado, so pena, de un grave riesgo por parte de estas AAPP de tener que asumir fuertes indemnizaciones tras el aluvión de demandas judiciales de los afectados, especialmente en función de la sentencia de ese proceso judicial europeo, pidiendo también la paralización de dichas OPEs de estabilización hasta esta sentencia.


[Vídeo íntegro de la comparecencia, los turnos de los partidos y la réplica de los comparecientes; transcripción preliminar]

Fallados los Premios Nacionales de Informática y Salud 2019 de la SEIS: premio a la entidad destacada en proyectos de Transformación Digital a la Asociación Valenciana de Informática Sanitaria [AVISA], al proyecto para MOVSS de la Comunidad de Madrid, a la aportación para una comunicación del H. Gregorio Marañón ... Acto de entrega el jueves 23 de Enero

Ya se conocen los  ganadores de los Premios Nacionales de Informática y Salud que organiza la Sociedad Española de Informática de la Salud (SEIS) y que en su edición 2019 van a ir a parar a

  • Premio a la Entidad Pública o Privada que ha destacado en la proyectos de transformación digital en el ámbito sanitario: la Asociación Valenciana de Informática Sanitaria [AVISA]

  • Premio a la organización que ha realizado un mayor esfuerzo tecnológico para desarrollar soluciones en el ámbito sanitario: Laboratorios ABBOT

  • Premio al Profesional que por su trayectoria y dedicación, ha colaborado especialmente en promover la transformación digital en el entorno sanitario: Jose María de la Higuera González
  • Premio al CIO del sector Salud por sus logros en la implantación de proyectos de transformación digital en el entorno sanitario: Benigno Rosón Calvo, Subdirector General de Sistemas y Tecnologías de la Información del Servicio Gallego de Salud
    ,

martes, 7 de enero de 2020

[USCAL] 'La irregularidad en la contratación de personal laboral temporal en las Administraciones Públicas de Castilla y León: situación y perspectivas.'

'De acuerdo con los últimos datos del Consejo Económico y Social de Castilla y León ( 1 ), a enero de 2019, el personal laboral con contrato temporal al servicio de la Administración Autonómica de CyL era, al menos, de 2994 personas, lo que suponía un 24,6% de todos los contratados con vínculo laboral ( 2 ). Esta situación es común en todas las Administraciones Públicas (AAPP) de toda España y desde siempre ( 3 ).

Las AAPP han ocultado (a propios y a la UE) que gran parte de esta temporalidad es irregular, ilícita (de acuerdo con nuestra información, la mitad de estos empleados públicos pueden estar en estas circunstancias), bien porque estén cubriendo necesidades permanentes bajo la apariencia de
contratos temporales, bien porque se haya sobrepasado la duración máxima que marca la ley para este tipo de contratos ( 4 ). Y ello, a pesar de una norma europea (la Directiva 1999/70/CE 5 ) que tasa los supuestos y condiciones en los que puede recurrirse a la contratación temporal en lugar de a la
contratación indefinida y que obliga a prevenir y sancionar los posibles fraudes y abusos. Esta Directiva, traspuesta al Estatuto de los Trabajadores, no se ha respetado nunca en el sector público, siendo las propias AAPP, que deberían ser garantes de la legalidad y los derechos de los trabajadores, las principales incumplidoras.

Los empleados públicos víctimas de esta situación de abuso y que reclamaron judicialmente el amparo de la Ley se han encontrado en un primer momento con la indiferencia de los tribunales, reacios a sancionar al empleador que incumple (las propias AAPP) e, incluso, con un Tribunal

Supremo, irresolutivo, que ha venido echando mano de la figura del “indefinido no fijo”, cambiando temporalidad por más temporalidad. Sin embargo, en este último año, hemos conocido diversos pronunciamientos de Tribunales Superiores de Justicia que, por una parte, aplican completamente y con toda la contundencia las previsiones de la Directiva y el Estatuto de los Trabajadores a estos empleados públicos contratados con vínculo laboral y, por otra, manifiestan las carencias normativas y jurisprudenciales españolas.

jueves, 2 de enero de 2020

[UltimaHora.es] Juzgado de Palma declara fijos a empleados públicos laborales temporales 10 años por fraude del abuso de temporalidad teniendo en cuenta que accedieron por proceso selectivo

Informaba UltimaHora.es el pasado 27/12/2019 que un juzgado de lo Social de Palma ha declarado en fraude de ley  los contratos temporales de más de 10 años de duración de cuatro empleados laborales - defendidos por la abogada Catalina Riera- del ente público Palma Activa del Ayuntamiento de Palma de Mallorca al entender que realizan labores de carácter permanente que debían haberse cubierto por personal fijo mediante procesos selectivos hace tiempo y los ha declarado indefinidos fijos por sentencia teniendo en cuenta que ya accedieron a dichos contratos temporales  por un proceso selectivo, y por tanto,  cumpliendo con los preceptivos principios de acceso a la función pública de igualdad, mérito y capacidad [como ya están procediendo varios Juzgados  de lo Social de Galicia y la sala de lo Social dell tribunal superior gallego]