'En el año 2013 la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
reglamentó el régimen de teletrabajo en la Administración Pública
mediante el decreto 57/2013 el cual fue debidamente ordenado en el
Sescam. Dicha circunstancia permite favorecer la conciliación de la vida
personal, familiar y laboral, en consonancia con el Acuerdo Marco
Europeo sobre teletrabajo de 16 de julio de 2002.
El Personal Informático del Sescam, organizado en el Área de
Tecnologías de la Información (ATI), desarrolla su trabajo diario
directamente y en muchos casos de forma exclusiva usando medios
electrónicos. La mayoría de los sistemas informáticos están
centralizados y su mantenimiento se hace remotamente. Igualmente la
mayor parte del soporte al usuario de las aplicaciones corporativos se
hace telefónicamente (cabría resaltar que parte de soporte de primer
nivel está externalizado y no es realizado por el personal propio de la
ATI).
La propia concepción de la ATI se fundamenta en el trabajo en
remoto de sus integrantes para lo cual se han dispuesto herramientas de
colaboración adecuadas a esta realidad. Es habitual que este colectivo
asista a reuniones por videoconferencia, realice cursos telemáticamente o
incluso atienda en guardias localizadas desde su propio domicilio. El
estado de la tecnología actual permite todas estas posibilidades con un
grado de efectividad equivalente a la contrapuesta opción presencial. No
hay casi otras profesiones que sean tan idóneas como esta para poder
ejercerse en modalidad de teletrabajo.
Obviamente hay casos en los que la naturaleza de las tareas
realizadas no son susceptibles de poder realizarse remotamente como
ocurre por ejemplo con todo lo relacionado con la microinformática
(sustitución y reparación de ordenadores e impresoras, distribución de
nueva equipación, etc).
Sin embargo y de forma incomprensible, a los informáticos e
informáticas de Sescam no se les permite disfrutar del teletrabajo,
impidiendo ejercer el derecho que como trabajadores de la administración
pública tienen, perjudicando la conciliación familiar y laboral que,
como se ha comentado, incluso desde las instituciones Europeas se ha
reglamentado.
El Director de Tecnologías de la Información, el Sr. D. Luis
Morell Baladrón, desde que está en este cargo no ha concedido ninguna de
las solicitudes de teletrabajo que han pedido algunos de los
trabajadores de la ATI alegando que su puesto de trabajo no es
susceptible de prestación en dicha modalidad. Esta excusa supone un
atropello a los derechos de este Colectivo siendo además una clara discriminación,
pues otros trabajadores de Tecnologías de la Información de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha sí que disfrutan de la opción de
teletrabajo. Hay hasta trabajadores del Sescam en otras categorías que
también se les ha concedido el trabajo en remoto. Incluso en los casos
en los que el trabajador tuviese que ofrecer servicio presencial, el
teletrabajo solo se concede un máximo del 40% de la jornada laboral (2
días laborales) y su ausencia podría ser fácilmente suplida por otros
compañeros, como ocurre en los periodos vacacionales (siguiendo este
razonamiento nadie podría gozar de vacaciones o días libres).
La Asociación de Profesionales de Informática Sanitaria de
Castilla-La Mancha (APRISCAM) se ha puesto en contacto con el Director
de Tecnologías de la Información para trasmitir la queja que sobre este
tema tienen los trabajadores y trabajadoras de este colectivo, sin tener
una respuesta coherente, excusándose en argumentos vacíos de lógica,
demostrando un profundo desconocimiento del trabajo que realizan estos
profesionales y aportando otro granito de arena al trato injusto que
vienen recibiendo en los últimos años.
APRISCAM también ha comunicado este problema a la Directora
Gerente del Sescam y a las Organizaciones Sindicales mayoritarias sin
tener respuesta alguna. Solo hay un Sindicato, Solidaridad Obrera
Sescam, que apoya estas demandas en un ejercicio lógico de la defensa de
los derechos de estos trabajadores y trabajadoras.
¿Merece este colectivo de profesionales informáticos este trato?
¿Por qué se les discrimina de forma tan ilógica? ¿Por qué se les ignora
una y otra vez?
Este desamparo ha llevado en algún caso a presentar la
correspondiente demanda vía judicial de la que ya se está a la espera de
sentencia.
APRISCAM seguirá apoyando y denunciando cualquier trato o
circunstancia en contra del colectivo de profesionales informáticos del
Sescam, como parte de la defensa de esta profesión.
Enlaces:
Decreto 57/2013 sobre regulación del teletrabajo en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Solicitud de teletrabajo del personal de centros e instituciones sanitarias del Sescam
Acuerdo Marco Europeo sobre teletrabajo'
Fuente: Nota de Prensa de la Junta Directiva de la Asociación de Profesionales de Informática Sanitaria de Castilla-La Mancha (APRISCAM) de 14/01/2020 recibida en APISCAM
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