viernes, 17 de enero de 2020

Presentadas preguntas en el Parlamento Europeo sobre el abuso de temporalidad en el empleo público y la mala solución de las OPEs actuales por Jordi Cañas de Ciudadanos tras la presentación de una delegación de varias asociaciones de interinos

El eurodiputado de Ciudadanos, Jordi Cañas, ha presentado dos preguntas al Parlamento Europeo , tras estar presente en la comparecencia ante un grupo de eurodiputados en el Parlamento Europeo de diversas asociaciones de empleados públicos temporales, donde explicaron la problemática del abuso de temporalidad en el empleo público español y  la, a su juicio, incompatible  con la normativa europea sobre ese abuso, solución elegida por el Estado de convocar los puestos en ese "fraude de ley" a OPEs con procesos selectivos  convencionales , denominados de "estabilización" de puestos, con oposicicón y de libre concurrencia, así como la del agravante adicional de que  la mayoría de afectados son mujeres de mediana edad, con más de diez  años de permanencia en el mismo puesto de trabajo y que , como todos estos empleado, serían despedidas, sin ni siquiera indemnización su problemática, violando por tanto además la normativa europea de discriminación indirecta de género que obliga a especiales medidas en favor de este grupo.
Las dos preguntas en concreto rezan así: 

  1. El incumplimiento de la Directiva 1999/70 por abuso de temporalidad de los funcionarios interinos en España :

    "En España, gran parte de los 800 000 trabajadores públicos cubren necesidades permanentes bajo contratos o nombramientos temporales, ya que la administración empleadora incumple la prohibición de abuso de temporalidad de la Directiva 1999/70/CE.

    Estos trabajadores han superado procesos selectivos que garantizan el derecho fundamental de igualdad de acceso, mérito y capacidad. Sin embargo, la condición temporal irregular no se transforma en fija, dado que lo impide la mayor dificultad de los sistemas de selección usados en los procesos para adquirir la condición de fijo. Por otra parte, tampoco existe una indemnización eficaz por daños, ni por pérdida de oportunidades, ni existen multas contra los responsables del abuso.

    Además, España ha aprobado normas presupuestarias que permiten su despido libre y gratuito, y autorizan ofertar esas plazas, para reducir la temporalidad a costa de las plazas que estos ocupan, lo que ha disparado a miles las demandas judiciales.

    ¿Advertirá la Comisión a España de que puede incurrir en una infracción del Derecho de la Unión, por incumplimiento de la Directiva 1999/70/CE, si no deja inaplicada toda norma que permita la oferta de plazas ocupadas por trabajadores sin causa de temporalidad acreditada, mientras no adopte una sanción conforme a la doctrina del TJUE?"

    ,
  2. Incumplimiento del Pacto de Estabilidad y Crecimiento en la contratación y abuso de temporalidad en el sector público
    "El Consejo instó a España a favorecer la transición hacia contratos indefinidos, en Recomendación específica (2018/C/320/08).

    En el ámbito privado se adoptaron dos medidas: fomento al empresario e inspección y transformación de contratos irregulares en fijos.

    En el público, con un 28 % de temporalidad según la EPA, sólo se adoptó una medida de fomento, mediante la autorización presupuestaria de incremento de la oferta de plazas, instrumento legal para reducir la temporalidad regular.

    Sin embargo, incluye plazas ocupadas en temporalidad irregular ‑por transcurso del plazo máximo legal de tres años-, y conlleva el despido de cientos de miles de trabajadores mayores de 45, en su mayoría mujeres, sin que la administración empleadora sea objeto de una medida de lucha contra el fraude y el abuso de la temporalidad.

    ¿Supervisará la Comisión el impacto del despido de este colectivo, en los datos y previsiones informados en el Programa Nacional de Reformas español, sobre cumplimiento de la Recomendación del Consejo, objetivos en materia de déficit, deuda y resto de políticas prioritarias de la Unión para, en su caso, instar al Consejo a que dicte una nueva Recomendación a España, para que adopte medidas de lucha contra el fraude y el abuso de la temporalidad en el sector público?"
Recordemos que el Parlamento Europeo ya trató el tema del abuso de temporalidad en el empleo público, tanto privado como público, que sigue existiendo en algunos casos en algunos países  -en especial la AAPP de España- y dictó nada menos que  dictó el 31/05/2018 una Resolución  que insta a que se incluya en normativa nacional la conversión a fijo como medida ante abuso de temporalidad condenando el despido de cualquier empleado en situación reconocida de este fraude de ley.




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7 comentarios:

Anónimo dijo...

Y para cuándo la respuesta?

Pepe dijo...

Ni caso. El Parlamento Europeo les importa un pito! que lo presenten en el Congreso si hay narices..

Anónimo dijo...

Ya se hizo una OPE extraordinaria cuando se transfirieron las competencias del INSALUD a las CCAA, 50% de nota examen - 50% meritos. No sé por qué ahora se niegan a esa solución cuando el problema, y la ilegalidad, la está cometiendo la Administración.

Anónimo dijo...

Muy interesante.Paciencia,ya queda menos. No pueden obviar a 800.000 interinos e irse de rositas

Anónimo dijo...

La Comisión Europea afirma en el Tribunal de Justicia de
la Unión Europea que España no tiene medidas contra el abuso de la
temporalidad en el empleo público, descartando como válidas las OPEs de
estabilización emprendidas con los puestos de los temporales abusados

Anónimo dijo...

21/10/2019] Informe
de conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea en el asunto
acumulado "Sanchez Ruiz/Fernández Alvárez y otros" en el Tribunal
europeo sobre abuso de duración de temporalidad en empleo público: la
interinidad de vacante prolongada en personal estatutario también es
abuso que requiere sanción y no vale como sanción al abuso en
temporalidad ni los procesos selectivos de libre concurrencia ni la
jurisprudencia actual del Tribunal Supremo para el personal de tipo
funcionario. Decepción al no dar como opción de sanción que los jueces
nacionales puedan sentenciar directamente fijeza, que supedita sea vía
procesos "ordenados" de concursos de méritos restringidos. Como opción
de sanción propone que se introduzcan indemnizaciones por año trabajado y
disuasorias adicional a la de daños y perjuicios, dejando al juzgado
valorar utilizar la del despido improcedente (actualmente en 33 días por
año trabajado). En el caso de que la sentencia del Tribunal europeo
fuera así, ante la imposibildad de asumir tales indemnizaciones sin
costes irresponsables para la prestación de servicios públicos,los
Gobiernos podrian verse obligados a concursos de méritos para dar la
fijeza

Anónimo dijo...

esta muy bien que el de ciudadanos defienda a los interinos en europa pero en castilla y león están gobernando con el pp y no he odido que vayan ha hacer ningún concurso de meritos. lo que piden en europa que lo hagan en castilla y león.