' La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a Italia (INFR(2014)4231), por no transponer correctamente al Derecho nacional la Directiva 1999/70/CE del Consejo, que prohíbe la discriminación de los trabajadores con contrato de duración determinada y obliga a los Estados miembros a adoptar medidas para impedir y sancionar el uso abusivo de contratos o relaciones laborales de duración determinada. El Derecho italiano no previene ni sanciona suficientemente el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada para varias categorías de trabajadores del sector público en Italia. Esto incluye tanto profesores como personal administrativo, técnico y auxiliar de las escuelas públicas, trabajadores sanitarios, trabajadores de la enseñanza superior de arte, música y danza, personal de la ópera, personal de organismos públicos de investigación, trabajadores forestales y personal voluntario del cuerpo nacional de bomberos. Algunos de estos trabajadores también tienen condiciones de trabajo menos favorables que los trabajadores fijos, lo que constituye una discriminación y es contrario al Derecho de la UE. La Comisión incoó el procedimiento de infracción mediante el envío a las autoridades italianas de una carta de emplazamiento en julio de 2019, a la que siguió una carta de emplazamiento complementaria en diciembre de 2020. Si bien Italia facilitó explicaciones sobre sus normas nacionales, la Comisión considera que estas no eran satisfactorias y ahora da seguimiento a este procedimiento mediante un dictamen motivado. Italia dispone de dos meses para subsanar las deficiencias detectadas por la Comisión; de no hacerlo, esta podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.'