[Recordatorio de entrada publicada el 29/03/2023] La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia este 06/03/2023 en otro de los recursos de casación (el nº 3889/2021 de la sección 4ª que había admitido a trámite hace un año) del Gobierno de Aragón contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 15/03/2021 (nº de de recurso: 414/2019 de la Sección 2 de su Sala de lo Contencioso) , por la demanda de una empleados públicos del Servicio Aragonés de Salud, con una antigüedad de más de 21 años on variopintas secuencias de nombramientos temporales de personal estatutario interino (en vacante), eventual o de sustitución, siendo el último uno prolongado en vacante que acabó finalmente cesada en 2019 por un proceso para la cobertura fija de su puesto, y que demandaba la vuelta al trabajo en situación de fijeza y una indemnización.
- de las sentencias europeas se sigue que puede haber abuso de temporalidad en personal interino de vacante prolongada aunque sea en nombramiento único , o encadenada a otros tipos de nombramientos temporales anteriores, si bien esto debe establecerse en demandas personales del reconocimiento del abuso
- pero "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante un abuso de temporalidad si no está contemplada en la legislación nacional (como sería excluir la plaza o la indemnización de la demanda del caso de la sentencia de 30/11/2021 reiterada y la de este recurso de casación, o la fijeza de las otras)
- la sentencia del caso de un profesor, , sentencia que también fue recurrida por la CCAA de Aragón admitida a trámite por esta misma sala del Tribunal Supremo ( recurso de casación nº 6353/2020 que sigue pendiente de sentencia)
- También admitió a trámite el Supremo el recurso de casación planteado por la CCAA de Aragón contra la sentencia pionera de 18/05/2020 (rec. de casación 7034/2020, que también sigue pendiente de sentencia por el Supremo)
- o los recursos de casación de la CCAA de Araǵon 81/2022 contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 05/11/2021 y 7335/2021 contra la idéntica sentencia del TSJ de Aragón de 29/06/2021, que concedían la petición subsidiaria de una indemnización al cese de 20 días por año trabajado a dos empleados públicos [funcionarios interinos o estatutarios temporales] de la Consejería de Sanidad
y
que es de esperar, que correrán la misma suerte, salvo alguna novedad
procedente del Tribunal Europeo que obligue al Supremo a replantearse su
doctrina de dejar sin sanción un abuso constatado.
Recordemos una vez más que están pendientes varias cuestiones prejudiciales, admitidas a trámite por el Tribunal de Justicia europeo, planteadas por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17 de Barcelona cuestionando precisamente que valga ante la normativa europea esta doctrina del Supremo ante el abuso de temporalidad del funcionario interino/estatutario temporal, en concreto:
- del asunto "Departamento de Justicia de la Generalitat de Catalunya" Asunto C-331/22 elevado por el juzgado en auto de 12/05/2022, (publicación en DOUE)
- el otro asunto , elevado por el auto de 06/05/2022 , por un caso del abogado Javier Araúz y es el asunto "Generalitat de Catalunya" o Asunto C-332/22, habiendo informado del abogado del caso, Javier Araúz que en el traḿite de observaciones la Comisión Europea ha sostenido ante el Tribunal de Justicia de la UE que la Ley estatal 20/2021 y esta doctrina de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ante el abuso de temporalidad pública vulneran la Directiva europea 1999/70
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jurisprudencia del Supremo y rechaza la fijeza como posible sanción al
abuso reconocido por no estar contemplada en la ley nacional y no
sentirse obligado por la jurisprudencia europea, y "condena" en costas
al demandante ante la "claridad" en la decisión, sin hacer mención
alguna que se trata del informático cuyo juzgado inicial tuvo dudas tan
fuertes como para plantear una consulta al Tribunal de Justicia de la
Unión Europea
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2 comentarios:
Por si fuera de interés:
https://diario16.com/interinos-la-justicia-reconoce-el-derecho-de-indemnizacion-por-cese-por-no-consolidar-la-plaza/
Gracias, pero asusta esa sentencia porque intenta convertir lo que es un dinero por no pasar un proceso selectivo en una indemnización.
A mi, mi abogado me dice que cuando me cesen por el concurso que coja el dinero y que la fijeza va aparte.
Yo ya no sé ni qué hacer ni si tendré finalmente derecho a fijeza. Qué angustia!
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