martes, 11 de abril de 2023

Finalizado con los nombramientos de personal fijo el procesos selectivo del SERMAS de Médico de Familia de Atención Primaria de los convocados con plazas de "estabilización" según la ley estatal de 2017, con plazas temporales ya más de 9 años. Fueron convocados con las bases aprobadas en 2017 como concurso-oposición eliminatoria y afectan al 55% de los interinos. Otro 25% van al concurso de méritos de la ley 20/2021 en el SERMAS

Se ha publicado en el BOCM de este 10/04/2023 la resolución de la Dir. Gral de RRHH del SERMAS por la que se nombra el personal estatutario fijo tras finalizar  el  proceso selectivo para alcanzar la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Médico de Familia de Atención Primaria, proceso que fue convocado en Febrero  de 2019, tuvo  en junio de 2020 los listados de aprobados de la oposición,  en mayo de 2022 sus calificaciones totales tras la baremación de méritos, y , finalmente, en enero de 2023 el proceso de elección de plazas.

Recuérdese que hubo 2.206 aspirantes para las  609 plazas, con 
1.013 aprobados en la fase fase de oposición, cubriéndose por tanto de sobra ese número de 609 plazas ofertadas, que habían sido computadas 226 por la parte de reposición  y  383 plazas por  la tasa adicional permitida por la ley estatal de "estabilización" de 2017 , que autorizaba la convocatoria  fuera de la tasa de reposición de todas las plazas temporales reconocidas estructurales de antes de 2005 (2), todas las plazas de los indefinidos no fijos (0) y el 90%  de las plazas temporales más de 3 años a 31/12/2016  restantes (381).

Según los datos de plantillas efectivas del SERMAS , publicados en el Portal Estadístico de Personal del SERMAS, a fecha de 28/02/2023 , en cuanto a Auxiliares Administrativos (agrupando la información de estatutarios y laborales y para todos los centros) había:

  • 3.075 fijos
  • 1.109 interinos en vacante
  • 85 eventuales

Es decir, en esta categoría con un índice de temporalidad del 28% la cifra  plazas ofertadas es casi el 55% de las plazas vacantes ocupadas por interinos,  con lo que podría haber temporales "cesados" por este proceso.

Recordemos que esta  convocatoria que entra en la fase de toma de posesión de plazas , y por tanto, con posibles ceses de personal temporal , se trata de otra más  finalmente resuelta (tras otras como la  de matronas en Mayo de 2022 , la  de Fisioterapeutas en Septiembre de 2022 , la de  Celador en Enero de 2023 o la de Auxiliares Administrativos el 28/02/2023 )  de la OPE 2018 del Servicio Madrileño de Salud   , segunda de las tres  Ofertas Públicas de Empleo del SERMAS con plazas de "estabilización" con los puestos temporales de más de 3 años a 31/12/0216 (es decir , plazas todas temporales ya más de 9 años),  que se derivaba  de la Ley estatal de 2017 de reducción de temporalidad, un articulado dentro de la  Ley de Presupuestos Generales del Estado 2017 , tras un polémico y previo  acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público , que venían a habilitar "tasas" adicionales para realizar ofertas de empleo público, denominadas de "estabilización", peron sin imponer o habilitar ningún sistema especial, siendo convencionales por tanto las convocatorias derivadas de estas OPEs.

En estas convocatorias la inmensa mayoría de las plazas habían sido computadas por esas  tasas adicionales de "estabilización" y  por tanto  casi todas las plazas , si no todas, corresponden a puestos estructurales temporales con más de 7 años de antigüedad a a 31/12/2020 es decir, más de 9 años a día de hoy,. con lo que la con la nueva Ley 20/2021 de reducción de temporalidad pública en vigor desde el 30/12/2021, caerían en las condiciones del concurso excepcional de méritos  ya solo por su disposición adicional 6ª (junto con algunas plazas más , claro). 

En la inmensa mayoría de los casos estarán cubiertas por personal temporal de larga temporalidad personal, situación que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su  sentencia del 19/03/2021 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" (justo el asunto principal un informático del SERMAS, interino de vacante en una plaza como éstas)  estableció que se traba de abuso de temporalidad  que requiere una sanción reparadora para el trabajador, indicando el tribunal europeo que no puede valer la convocatoria a proceso selectivo libre de futuro incierto para el trabajador como son estos procesos de "estabilización" ni la figura del indefinido no fijo o una indemnización que no fuera específica o disuasoria. Precisamente, esta sentencia europea es la que ha tenido como consecuencia, como reacción mínima por parte del Gobierno estatal, el desarrollo de la nueva ley 20/2021 que la Comunidad de Madrid, por lo anunciado, parece que no piensa aplicar al personal temporal que no haya superado este proceso selectivo, y se vea cesado por la cobertura de supuesto, siendo de esperar que no reciba  indemnización alguna.


Recuérdese que las bases para los procesos selectivos con esas plazas "de estabilización" , no existiendo  ninguna imposición ni habilitación especial por parte de la ley estatal, son las que se acordaron en la Mesa Sectorial del SERMAS  por gran mayoría, pero no unanimidad, con el desacuerdo de AMYTS consistían en:
  • un concurso-oposición, con 50 % de peso para la oposición, 50% de peso para el concurso de méritos
  • la oposición en primer lugar y eliminatoria que se supera con el 50% de la media aritmética de las 10 notas más altas, sin limitar el número máximo de personas que superan esta fase
  • fase de concurso: 35 de los 50 puntos por experiencia profesional , contando la antigüedad en la misma categoría en otro servicio público de Salud , lo mismo que en el SERMAS  , y 15 puntos por cursos de formación acreditados

 

Como decíamos, esta convocatoria de Médicos de familiar afecta al 55% de las plazas cubiertas por interinos en esta categoría, y tuvo un porcentaje alto de aprobados de la fase oposición, esperándose por tanto, en su caso, un número bajo de ceses.

El plazo de posesión de plaza de plaza es de 1 mes contado desde el dia siguiente de su publicación. Recordemos que el SERMAS había emitido tiempo atrás los criterios de "desplazamiento" de temporales, es decir, los criterios para elegir el personal temporal que cesa por la oferta de plazas para los nuevos fijos en su centro: salvo en Atención Primaria que ya se especificaron -en la elección y adjudicación de plazas los códigos de plazas afectadas- serían primero las vacantes libres del centro, luego las cubiertas por personal eventual o interino de vacante de menor a mayor antigüedad, luego las cubiertas por promociones internas y comisiones de servicio (de personal fijo habitualmente).


Recordemos por último que en verano de 2021 pocos días antes de la publicación del Real Decreto-ley 14/2021 del Gobierno del Estado que introducía una pequeña indemnización de 20 días por año con tope de 12 mensualidades para cesados por futuras convocatoriasel SERMAS publicaba las convocatorias que le faltaban de la OPE 2018 del SERMAS con plazas de estabilización salvo facultativos especialistas - entre ellas las de las 3 categorías A1, A2 y C1 de la Función Administrativa -y en Diciembre de 2021 pocos días  antes de la publicación de la futura ley , actual ley 20/2021 de reducción de temporalidad, en un momento que estaba ya aprobada por el Congreso , convocaba las plazas de las OPEs 2018 y 2019 , con las plazas de estabilización de la ley estatal 2017 de todas las categorías de facultativos especialista, con lo que la inmensa mayor parte de las plazas de "estabilización" del SERMAS en OPEs según la Ley estatal de 2017 ya se convocaron o están convocadasen total, unas 23 mil, quedando entonces unas pocas plazas de estabilización, derivadas de esa ley estatal, de las OPE 2019 de en  categorías minoritarias en volumen ( o especiales porque serían las primeras en la historia del SERMAS) de informáticos precisamente, logopedas, optometristas,  ingenieros, personal de oficios, ...), que según se acordó en la mesa sectorial  pasaron en su integridad  a la nueva OPE de estabilización derivada de la nueva ley 20/2021- publicada en el Boletín Oficial el 30/05/2022,- y han sido  ya convocadas  por el concurso de méritos excepcional previsto por la nueva ley, cuyo volumen se acabó fijando en 9 mil plazas por el SERMAS, tras tener que ampliar el número bajo inicial planteado a la mesa sectorial, y en medio de una primera huelga de facultativos especialistas del SERMAS.



Precisamente , en en dichas convocatorias de Concurso de Méritos, se encuentra la que incluye  la categoría  de Médico de Familia de Atención Primaria , con 274 plazas adicionales , y que suponen por tanto, el 25% de los temporales en plaza reconocida como estructural por ser vacante. 

Así, tendríamos , de esos  1.109 plazas de vacante de Médico de Familia  ocupadas por interinos  (en su inmensa mayoría de enormes antigüedades):
  • 609 plazas fueron convocadas al concurso-oposición de la OPE de estabilización anterior (el 55% de las plazas cubiertas por interinos actuales)
  • 274 plazas han sido convocadas por el concurso de méritos de la   nueva Ley 20/2021 (el 25% de las plazas cubiertas por interinos)
con lo que quedarían menos de 230 plazas  cubiertas por interinos tras estos procesos, es decir, menos del 6% sobre el total..
 
 
Nótese, por tanto, que esas al menos 383 + 274=657 plazas reconocidas por tanto por el SERMAS de larga duración anteriores a 2016 al haber sido convocadas en alguna de las dos OPEs, sólo el 41% han acabado siendo convocadas por el concurso de méritos.


 

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CONVOCATORIAS  DE OPEs  DE "ESTABILIZACIÓN" DEL SERMAS DERIVADAS DE LAS LEYES DE 2017 Y 2018

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