martes, 2 de abril de 2024

Pleno de la Asamblea de Madrid este jueves 04/04/2024 con una proposición no de ley del Grupo Socialista para que la Comunidad de Madrid modifique disposiciones incompatibles con la Directiva Europea y la reciente sentencia del tribunal europeo de 22 de Febrero sobre abuso de temporalidad en empleados públicos , de la propia Comunidad de Madrid, y convierta en fijos a sus indefinidos no fijos y modifique adecuadamente los procesos de estabilización de plazas en marcha

Este jueves 4/05/2025 hay Pleno de la Asamblea de Madrid y contará en su orden del día , entre otros puntos, con la Proposición No de Ley del Grupo Socialista (nº 125/24), tras la importante sentencia de 22/02/2024 l Tribunal de Justicia de la UE [TJUE]  para que la Asamblea de Madrid inste al Gobierno de la Comunidad de Madrid a:

  •  1.- "Modificar todas aquellas disposiciones adoptadas por el Gobierno de la Comunidad de Madrid que sean incompatibles con los objetivos de la Directiva Europea 1999/70 y en particular del Acuerdo Marco Europeo que regula las medidas para impedir que la Administración de la Comunidad de Madrid abuse de la temporalidad en el empleo público".


  • 2.- "Cumplir la Sentencia de la sala Quinta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22.02.2024, iniciando el proceso de conversión en trabajadores fijos de todos los trabajadores de la Comunidad de Madrid que se encuentren dentro de la figura de trabajadores indefinidos no fijos".


  • 3.- "Presentar en la Comisión de Presupuestos y Hacienda de la Asamblea de Madrid, en el plazo de 15 días, informe sobre las consecuencias de la aplicación de la Sentencia del TJUE para los empleados públicos de la Comunidad de Madrid en situación de temporalidad, así como la afectación de los procesos de estabilización llevados a cabo por el Gobierno de la Comunidad de Madrid".'


Recordemos que la sentencia citada del Tribunal de Justicia de la UE era sobre los 3 asuntos acumulados C-59/22, C-110/22, C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid" , dos de ellos , sobre casos de personal laboral temporal de la Comunidad de Madrid.

Recordemos también que la  Directora General de Función Pública de la C. de Madrid respondió en Comisión de Presupuestos y Hacienda de la Asamblea de Madrid el 7 de Febrero , días antes de la citada sentencia, que no iba a convocar nada en 2024 de nuevos concursos de méritos por la tasa adicional ya prevista por el artículo 217 del Real Decreto Ley 5/2023, aprobado por el Estado el verano anterior.


Por últio también conviene recordar quesegún la propia Comisión Europea:
  • la Comisión Europea  abrió un procedimiento de infracción contra España, INFR(2014)4334,por "considerar que la legislación española no se ajustaba a la Cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE" sobre el abuso de temporalidad en las Administraciones Públicas 
  • que lo mantiene abierto en relación con el procedimiento de denuncia múltiple  CHAP (2013)01917   (registrado como múltiple en 2018 unificando las denuncias previas desde una de 2013), a partir de la sentencia previa del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 "Sánchez Ruiz y otros", a la que previamente había vinculado la denuncia múltiple
  • "la Comisión Europea está evaluando  la adecuación de la legislación nacional aplicable al Derecho de la Unión Europea , incluyendo las reformas recientemente introducidas a través de la Ley 20/2021
  • y decidirá  la acción que tomar en el marco d dicho procedimiento de infracción INF(2014)4334" tras  las sentencias  del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de los"asuntos C-59/22, Consejería de Presidencia; C-110/22, UNED; C-159/22, Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid; C-331/22, DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya; y C-332/22, Generalitat de Catalunya" (es decir , los 3 que se senteciados este jueves 22/02 y los otros dos restantes citados)

ADDENDUM: la PNL fue rechazada por el pleno. Ver retransmisión

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7 comentarios:

Anónimo dijo...



Eso mismo podían pedir al Gobierno de España.

Y aplicarlo donde gobiernan.


Anónimo dijo...

Vaya!!! y eso mismo, para todo el pais, en donde ellos deciden...

Si o NO? Hechos no palabras!!

Anónimo dijo...

vaya verguenza.... jajajaja...... En madrid si?? Y en españa no???

La sanción preceptiva al abuso es de competencia ESTATAL!!!!

Tendríamos que no votar ningún Español a ningún político las próximas elecciones ... Que verguenza de verdad.....

Anónimo dijo...

En Madrid Si? Lo llevas claro, en Madrid lo que se lleva es el incumplimiento sistemático de las leyes, ya sean las propias, las estatales o las europeas, es la anti Administración Pública.
Sin protección frente a la ilegalidad, sin transparencia, sin información veraz, esto se lo han copiado los sindicatos y por desgracia actúan igual.

Anónimo dijo...

No tienen vergüenza. Hay que tener cara para pedirle a estos lo que ellos no quieren hacer a nivel estatal. Sabiendo que además es lo que le van a contestar. Ya podían hacerlo y acabar con esta agonía de al menos los laborales INF. La sentencia del TJUE se lo puso a huevo pero se cachondean de la justicia europea y de la Justicia (con mayúsculas) en general

Anónimo dijo...

Pues nada, dialogo de sordos y jetas.
Teneis una cam, que tela...

Anónimo dijo...

20 de Marzo.

Que bien se lleva el TS (CA) con el TSJ de Andalucia. No?
En Andalucia están que lo tiran.

https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/b47b72119ad235bba0a8778d75e36f0d/20240402