lunes, 22 de septiembre de 2025

Recordatorio.[Noticias Jurídicas] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, teniendo en cuenta la sentencia del Tribunal europeo de 22 de Febrero, anula un acuerdo de una empresa pública para no contratar al personal de bolsa si hacerlo implicaba superar el tiempo fijado para abuso de temporalidad

[Recordatorio de entrada publicada el 01/07/2024] Informa Noticias Juridicas este 27/06/2024 que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo [la que lleva los casos de los empleados públicos laborales] ha dictado una [importante] sentencia este 17/06/2024, en la que se refiere por primera vez la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de  22/02/2024  y sentencia la anulación de un acuerdo de una sociedad pública estatal que  establecía que pasaran a una "situación de no disponible temporal" durante 6 meses, es decir, no contratable , los  trabajadores en su bolsa de empleo temporal con una antigüedad acumulada continuada tal que si les contratara pasarían de los 3 años de temporalidad marcados para estar en abuso,y que según la normativa europea doctrina [todavía] actual del Supremo, implicaría la conversión judicial en indefinido no fijo.

La Sala de lo social del Tribunal Supremo razona que esta "operativa"  perpetúa su condición de trabajadores temporales y contraviene la Directiva europea 1999/70/CE sobre empleo temporal , basándose en lo dictado por la citada sentencia del Tribunal europeo.


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SENTENCIAS DE FIJEZA APLICANDO SENTENCIA EUROPEA DE 22/02/2024

 

NOTA DE APISCAM AL RECORDATORIO: precisamente, el Gobierno del Estado habría presentado un nuevo plan de reducción de temporalidad para intentar "cumplir" con la normativa europea , que propone reducir a 2 años la duración del interino prohibiéndole ser contratado durante 6 meses por la misma AAPP si eso supone alcanzar los dos años de temporalidad

11 comentarios:

Anónimo dijo...

Siempre es grato ver como se cambia de manera de pensar y se sufre una adaptación, favorable al personal en abuso, algo está cambiando para mejor, por supuesto, atrás quedaron los contra legem y demás versos sueltos que no cuadraban ni con una regla.-

Anónimo dijo...

En que quedamos: y sentencia la anulación de un acuerdo de una sociedad pública estatal que establecía que pasaran a una "situación de no disponible temporal" durante 6 meses, es decir, no contratable . Eso es lo que propone hacer óscar López. Suspender la relación seis meses...

Anónimo dijo...

Óscar López y sus secretarias de Estado ya no saben ni lo que proponen. Me temo que se lo van a marcar los otros partidos en la negociación de las enmiendas de la Ley de Función Pública. Veremos por cierto la posición del PSOE en este tema.

Anónimo dijo...

Bombazo!!!!!!

https://www.eleconomista.es/legal/noticias/13556747/09/25/junts-cuela-en-la-ley-de-lobbies-reformas-para-hacer-fijos-a-los-interinos-y-arrogarse-el-control-de-los-funcionarios-locales.html

Anónimo dijo...

Lo publicado hace 15 minutos en El Economista:

" ...Junts ha aprovechado la reactivación de la tramitación en el Congreso de los Diputados de la ley para regular los lobbies para colar un cambios en el Estatuto Básico de los Empleados Públicos (EBEP) para hacer fijos a los interinos y a los trabajadores públicos que sumen más de dos años con contratos temporales y una modificación para controlar a los funcionarios locales con habilitación estatal.

El Gobierno reactivó esta ley este verano, guardada en un cajón desde inicios de año, después de que se conociera la imputación del exministro de Hacienda Cristóbal Montoro, por propiciar reformas normativas entre 2014 y 2018 para beneficiar a empresas gasistas que hacían pagos a su despacho, Equipo Económico.

Sin embargo, Junts ha aprovechado la ley para incluir una serie de enmiendas que nada tiene que ver con su objetivo. El partido propone una nueva disposición en el EBEP para que un empleado público temporal o interino que se encuentre ocupando un puesto de trabajo "respecto al cual se hayan superado los límites legales temporales del nombramiento o contratación, o haya encadenado contratos de duración determinada sin causa justificada, encontrándose por ello en situación objetiva de abuso en la temporalidad, será estabilizado en el puesto de trabajo que ocupa en concepto de funcionario, laboral o estatutario fijo a extinguir".

Además, una vez aprobada la ley de lobbies, la Administración tendrá que estabilizar de oficio a todos los trabajadores que se encuentren en esta situación en un plazo de tres meses.

Asimismo, también se estabilizará a todos aquellos trabajadores que cumplan los requisitos y tengan un procedimiento abierto en vía administrativa o judicial reclamando fijeza, como a aquellos que aunque no sumen en su nuevo puesto más de dos años con contrato temporal, hayan concatenado distintos contratos en un plazo que no sume más de los seis meses.

El partido justifica que con este cambio se cumple con las dos sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de febrero y junio de 2024 que obliga a la Administración a estabilizar a estos empleados como una sanción adecuada para reparar el abuso cometido..."

Anónimo dijo...

Y qué pasa con los que tenemos sentencia firme de abuso?

Anónimo dijo...

Cuando se aprobara esta Ley??que alegría para todos

Anónimo dijo...

Para todos los que están....

Anónimo dijo...

ahora toca ver si el PSOE firma y en que fecha entra en vigor esa enmienda.....a comernos las uñas hasta ver como termina este circo....

Anónimo dijo...

A todos los cesados con sentencias de abuso sin sanción por el TS y con condena en costas : ya readmisión y fijeza. Es de justicia.

Anónimo dijo...

Bien, los que están se quedan, pero y los que ya hemos pasado por diferentes administraciones, dónde nos presentamos con nuestra sentencia, en la Administración que se demandó por abuso en la temporalidad, o donde nos parezca?