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viernes, 28 de octubre de 2011

Publicada en el Boletín Oficial la relación definitiva del personal fijo que se integra en las categorías de informática de Sanidad

NOTA PREVIA DEL EDITOR: esta publicación es sin duda un momento histórico para las reclamaciones de este colectivo que sufre una situación injusta de no reconocimiento y elevada temporalidad. ya que supone la primera adscripción estable a categorías de informática de una parte del colectivo, el fijo de grupos A, B y C de las instituciones sanitarias, si bien minoritario. Por ahora no hemos recibido  información alguna de la administración acerca del momento previsto para la transformación de ciertos temporales (interinos y eventuales de grupos A, B y C en  instituciones sanitarias del SERMAS) a las nuevas categorías ni de plan alguno inmediato de creación de las plazas necesarias en las nuevas categorías (de grupos A, B y C) donde regularizar de forma adecuadamente estable  al personal temporal contratado irregularmente en puesto no interino y al de grupos D/E, que sumados ambos casos, son la mayoría del colectivo (ver nota de APISCAM sobre el Proyecto de Decreto). Os trasladaremos la información que podamos recibir o los hechos a ese respecto que puedan acontecer que conozcamos. En todo caso, recordar la  Asamblea convocada por APISCAM para el colectivo de informáticos de Sanidad de la Comunidad de Madrid (socios o no de APISCAM) el próximo miércoles 2 de Noviembre por la tarde.



'RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, por la que se aprueba la relación definitiva del personal integrado en las categorías estatutarias del ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones.'

jueves, 27 de octubre de 2011

RRHH de Sanidad dice en la Mesa Sectorial que mañana publicará el listado definitivo del proceso de integración de personal fijo en las categorías de informática

Nos informa CSIT-UP que en la reunión de la Mesa Sectorial de Sanidad que ha tenido lugar esta mañana de hoy 27/10/2011, tras la pregunta del propio sindicato CSIT-UP  acerca de la situación de la integración y regularización del personal informático en las categorías estatutarias de informática en Sanidad, la Dirección General de Recursos Humanos de Sanidad ha dicho que mañana  se publicará el listado definitivo del proceso de integración en las categorías de informática del personal fijo (que recordemos abarca exclusivamente al personal con funciones de informática fijo en categorías de grupos A, B y C que voluntariamente lo hubiera solicitado hace un año tras la publicación de un Decreto de Integración).

miércoles, 26 de octubre de 2011

Cantabria. Completadas las oposiciones a las categorías estatutarias de informática en Sanidad de la OPE 2007

El 25/09/200, y dentro de su OEP de 2007, se publicaron en el Boletín Oficial de Cantabria (nº º85) las respectivas convocatorias de concurso-oposición a puestos de categorías estautarias de informática en las Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria. En concreto:
  • 4 plazas de la categoría estatutaria de Técnico Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información  (convocatoria)
  • 3 plazas de la categoría estatutaria de Técnico de Gestión de Sistemas y tecnologías de la Información (convocatoria)
  • 18 plazas (14 en turno libre y 4 en promoción interna) de la categoría estatutaria de técnico especialista en informática (convocatoria)

jueves, 20 de octubre de 2011

El Decreto de Integración en las categorías de Informática tras más de 1 año de su publicación sigue sin ejecutarse ni se han dotado las plazas adicionales necesarias

El pasado 4 de Octubre se cumplía un año de la publicación de un Decreto de Integración en las categorias estatutarias de informática de Sanidad, que contenía la integración voluntaria del personal fijo de grupos A,B y C de funciones informáticas, y por la que se presentaron una serie de solicitudes que a día de hoy siguen sin contestación definitiva.

jueves, 6 de octubre de 2011

El Decreto de Integración en las categorías de Informática tras 1 año de su publicación sigue sin ejecutarse ni se han dotado las plazas adicionales necesarias

En el día de ayer se cumplía un año de la publicación de un Decreto de Integración en las categorias estatutarias de informática de Sanidad, que contenía la integración voluntaria del personal fijo de grupos A,B y C de funciones informáticas, y por la que se presentaron una serie de solicitudes que a día de hoy siguen sin contestación definitiva.

jueves, 15 de septiembre de 2011

APISCAM se persona contra el recurso de CCOO que pide la anulación total del Decreto de Integración en las categorías de informática de Sanidad

Tal y como informábamos en Febrero la Federación de Sanidad de CCOO interpuso recurso contencioso-administrativo contra el Decreto de Integración en las categorias estatutarias de informática de Sanidad ; APISCAM, por constar como interesado en el expediente administrativo tras las  alegaciones y reclamaciones que había realizado a la vista del proyecto,  (alegaciones dirigidas a exigir la adecuada regularización de TODO el colectivo), pudo personarse en este proceso judicial, especialmente ante la ausencia de explicaciones por parte del sindicato, aún habiéndole sido requeridas.

jueves, 8 de septiembre de 2011

martes, 19 de julio de 2011

CCOO solicita mediante Recurso la anulación total del Decreto de Integración en las categorías de informática de Sanidad

CCOO ARGUMENTA QUE  LA INTEGRACIÓN DEL PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL INCLUIDA EN EL DECRETO NO HA SEGUIDO EL PROCEDIMIENTO LEGAL ESTABLECIDO


Tal y como informábamos en Febrero la Federación de Sanidad de CCOO interpuso recurso contencioso-administrativo contra el Decreto de Integración en las categorias estatutarias de informática de Sanidad , sin que  conociéramos entonces la formalización concreta de dicho recurso. APISCAM, por constar como interesado en el expediente administrativo tras las  alegaciones y reclamaciones que había realizado a la vista del proyecto,  (alegaciones dirigidas a exigir la adecuada regularización de TODO el colectivo), fue emplazada a personarse en este proceso.

Elecciones sindicales de 2011. Programa electoral de CCOO y la problemática laboral de los informáticos de Sanidad

NOTA PREVIA DEL EDITOR: Mientras buscábamos referencias del recurso que comentamos en la siguiente noticia, encontramos referencias muy relacionadas con la problemática laboral del colectivo de informáticos de Sanidad en el programa electoral con el que la Federación de Sanidad de Madrid de CCOO se presentó en las pasadas elecciones que, siguiendo la política habitual de este blog, os extractamos a continuación.

[CCOO] 'EMPLEO:  Tras la OPE extraordinaria hubo un número importantísimo de profesionales que quedaron en situación de reingreso provisional, situación que se mantiene hasta este momento en un número importante de categorías, por la falta de  convocatorias de OPE y su consiguiente traslado. Además, existe una altísima tasa de eventualidad producida por la contratación con carácter eventual para cubrir plazas estructurales vacantes que están reflejadas en la plantilla orgánica.


miércoles, 18 de mayo de 2011

[Recordatorio] APISCAM reclama el reconocimiento y estabilidad laboral para todos los informáticos de Sanidad

NOTA PREVIA DEL EDITOR: Aprovechamos este recordatorio de una entrada nuestra publicada hace más de un mes para reseñar que a día de hoy la Asociación no ha recibido respuesta alguna a la última Carta Abierta a la Administración de la Comunidad de Madrid ni tenemos constancia de la publicación del listado definitivo del proceso en curso de integración en las categorías de informática del personal fijo de grupos A, B y C ni noticia alguna de la transformación de los puestos interinos de grupos A,B y C a las nuevas categorías ni mucho menos de la creación de nuevas plazas de plantilla donde regularizar al mayoritario resto del colectivo, todo esto después de más de 7 meses (¡!) de la publicación del Decreto de integración y más de 17 meses después de la creación de las categorías.


APISCAM, asociación de la Comunidad de Madrid que cuenta entre sus socios con la mayoría del personal informático propio de los hospitales del Servicio Madrileño de Salud, Atención Primaria y SUMMA, ha venido exigiendo a la Comunidad de Madrid desde años atrás [1 , 2, 3 , 4 y 5 ] y sigue exigiendo la merecida estabilidad laboral y reconocimiento en puestos de informática en Sanidad para TODOS los miembros del colectivo de personal informático de los centros de la Sanidad pública de la región, dada su injusta situación de no reconocimiento (contratados en puestos de función administrativa) y elevadísima temporalidad laboral (más de un 60% [6]) precisamente por no existir puestos de informática donde consolidar adecuadamente nuestra experiencia y conocimiento.


A esta elevada tasa de temporalidad se suma una mayoritaria situación de contratación laboral irregular [6], ya que:
  • la mayor parte del personal temporal tiene una contratación eventual (bien fuera de plantilla bien en sustitución de un propietario ajeno a la función informática) pese a llevar realizando una función informática esencial durante muchos años (más de 10 años en la mayoría de los casos) en situaciones por tanto que en acuerdo con la legalidad vigente, [7] deben regularizarse en puestos de plantilla (de categoría informática) donde adscribir a dicho personal como interinos

  • una parte importante del personal está contratado en categorías de grupos retributivos D/E pese a contar con titulación de grupo C y realizar funciones técnicas consideradas siempre como mínimo de grupo C como demuestra el hecho de que la categoría informática mínima es de grupo C

  • no se ha previsto procesos selectivos de consolidación

A la vista de que el proceso de integración en puestos de categorías de informática ya en curso [8] sólo regulariza la situación del personal fijo de grupos retributivos A, B y C , APISCAM ha vuelto a presentar mediante escrito una carta [que se adjunta] reclamando a la Administración de la Comunidad de Madrid la regularización sin más dilación y simultánea de todo el resto de personal informático (el caso ampliamente mayoritario del colectivo en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud) mediante los correspondientes nombramientos de carácter interino en puestos reconocidos de categorías de informática, atendiéndose de hecho a la legalidad vigente.

De esta forma la Comunidad de Madrid, por fin, contaría con un Cuerpo propio de informáticos reconocido y estable con el que abordar mejor de forma conjunta varios de los importantes retos relacionados con las nuevas tecnologías de la información
. De hecho la participación de este colectivo es vital no sólo para el mantenimiento diario de muchos hospitales y centros sanitarios de la Comunidad de Madrid sino también para el desarrollo de nuevos proyectos de tecnologías de información, incluidos algunos importantes proyectos centrales. Por ejemplo a día de hoy, y dado que el nuevo sistema informático de gestión clínica centralizado, es decir, con una única base de datos central de historiales clínicos accesibles desde todos los centros, y completamente externalizado "AP-Madrid" no está implantado en la mayoría de los centros de Atención Primaria [9], sigue siendo imprescindible para el ejercicio de la libre elección en la región el sistema propio visor clínico PANACEA , diseñado por personal informático propio [10].

Precisamente este personal informático propio de Atención Primaria tiene que trabajar en un entorno laboral de cierre anunciado de las unidades de informática , cierre que sumado al hecho de que muchos de ellos tienen contratos precarios de los antes mencionados nos hace temer por el futuro del empleo. A eso hay que sumar que se les pide y cuenta con su participación para las tareas imprescindibles de traspaso a los nuevo sistemas centralizados, en su mayoría externalizados, que sustituirán a las unidades que se cierran [9].

La forma de garantizar que la Comunidad de Madrid desea contar con todo el personal informático para labores informáticas en el futuro en la Consejería de Sanidad sólo puede consistir en su regularización mediante los contratos adecuados solicitados en las categorías de informática. Continuar expediendo contratos eventuales ante un escenario aparentemente generalizado de externalizaciones de funciones informáticas no puede más que generar intranquilidad y desánimo en el colectivo.


Por último, entendemos muy conveniente que se replantee, si es que no se está haciendo ya, los modelos de externalización casi total de la función técnica informática que ya se han ensayado [ 11 ], en aras de un mejor aprovechamiento de lo recursos públicos y un mayor control y conocimiento propio real de algo tan sumamente importante y delicado en Sanidad como es la informática.

Madrid, 13 de Abril de 2011
Asociación de Profesionales de Informática de Sanidad de la Comunidad de Madrid


Referencias


Entradas relacionadas:

miércoles, 11 de mayo de 2011

[Recordatorio] Carta abierta a Administración de Comunidad de Madrid reclamando la regularización de TODO el personal informático propio de Sanidad

[CARTA IDÉNTICA ENVIADA y REGISTRADA EL 13/04/2011 A LA ATENCIÓN DE LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD DE MADRID, DEL CONSEJERO DE SANIDAD, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, DEL DIRECTOR DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, DE LOS DIR. GRALES DE RRHH Y DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN SANITARIA DEL SERMAS, CON COPIA A LA DIRA. GRAL DE GESTIÓN DE RRHH DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Copia de la carta también enviada a sindicatos de Sanidad de la Comunidad de Madrid y medios de comunicación]


Estimados Señores:

APISCAM es la única Asociación Profesional que representa los intereses del colectivo del personal informático propio de las instituciones sanitarias del SERMAS (hospitales, Atención Primaria y SUMMA 112), contando entre sus socios con más del 60% de dicho personal.

Tal y como les informábamos en nuestra anterior carta de hace un año (registrada el 24/04/2010), este colectivo de en torno a 180 personas sufre una injusta situación de no reconocimiento (está contratado en categorías de función administrativa, en su inmensa mayoría en el ámbito estatutario) y precariedad laboral (2/3 de temporalidad) pese a que lleva muchos años -la gran mayoria más de 10-realizando su labor - vital para el normal funcionamiento de los centros-. Esta enorme precariedad laboral es consecuencia precisamente de no haber tenido opción a consolidar en puestos acordes a sus méritos y capacidades.

La creación de las 3 categorías estatutarias de Sistemas y Tecnologías de la Información en las Instituciones Sanitarias dependientes del Servicio Madrileño de Salud , de grupos A1, A2 y C1 (A, B y C en la anterior terminología), mediante la entrada en vigor el 1/1/2010 de la LEY 10/2009, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas y el proceso de integración iniciado (todavía en curso) del personal fijo de grupos A, B y C en acuerdo al Decreto 69/2010, de 30 de septiembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, constituyen grandes pasos que eran necesarios y que desde APISCAM valoramos muy positivamente.

Pero, pese a que el propio Excmo Vicepresidente de la Comunidad de Madrid presentó este proceso de integración en la rueda de prensa del Consejo de Gobierno de 17/06/2010 como la “respuesta a una demanda histórica de este colectivo” y tal como y informamos al Excmo. Consejero de Sanidad en carta de 18/10/2010 que le adjunto, el proceso iniciado no regulariza la situación de la mayoría del colectivo, cuando APISCAM ha venido exigiendo y exige la merecida estabilidad laboral y opción simultánea de reconocimiento en dichas categorías de informática en Sanidad para TODOS los miembros del colectivo.

En aquella rueda de prensa, el Excmo Vicepresidente también calificaba al hecho de contar con un cuerpo regulado de personal informático en Sanidad como una “necesidad de la Administración Sanitaria” y al papel de las tecnologías de la información en los centros sanitarios como “trascendental”, avanzando que el personal que representamos iba “a jugar un papel trascendental en la puesta en marcha de los diferentes proyectos de la Consejería de Sanidad como la Ley de Libre Elección”.

Efectivamente, la Comunidad Autónoma de Madrid ha contado con la máxima implicación y colaboración profesional de los miembros de este colectivo en cada intervención profesional en que se la pedido su participación, tanto en proyectos centrales como en proyectos con origen en los centros sanitarios, muchas veces de forma absolutamente esencial y pese a seguir la mayoría de dicho personal en una situación de incertidumbre y precariedad laboral. Sirva de ejemplo la colaboración decisiva para el arranque de la Libre Elección en Atención Primaria del personal informático propio en un entorno laboral de cierre anunciado de las unidades de informática (previsto en principio para este verano), cierre para cuyas tareas imprescindibles de traspaso a los nuevo sistemas centrales, la mayoría externalizados, precisamente se pide y cuenta con la participación del mencionado personal.

Es la hora de que la Comunidad de Madrid realmente dé una respuesta a la “demanda histórica” extendiendo el proceso de regularización iniciado con el personal fijo de grupos A B y C a todo el resto de personal (el caso ampliamente mayoritario del colectivo en las instituciones sanitarias del SERMAS) mediante los correspondientes nombramientos de carácter interino en puestos reconocidos de las nuevas categorías; demorar este punto más tiempo y a otra nueva legislatura no puede más que sembrar el desánimo y descontento generalizado, perdiéndose la oportunidad de evolucionar ya mismo hacia una estructura de personal reconocida mucho más eficiente.

Adjuntamos un anexo con la propuesta base de solución detallada ya enviada el año pasado, tenido en cuenta el proceso ya iniciado para el personal fijo.

Al igual que a ustedes, dirigimos esta carta abierta a los distintos sindicatos con presencia en la actual Mesa Sectorial de Sanidad y medios de comunicación.

Para cualquier aclaración y posible reunión entre múltiples partes pueden contactar con nosotros a través de la dirección de correo apiscam@gmail.com o en el TLF 654 927 559


Atentamente, en Madrid a 13 de Abril de 2011



Domingo Sánchez Ruiz

Presidente de APISCAM.

Asociación de Profesionales de Informática de Sanidad de la Comunidad de Madrid.


ANEXO

PROPUESTA BASE DE SOLUCIÓN DETALLADA PARA REGULARIZACIÓN GLOBAL DEL COLECTIVO - 13/04/2011



A) PERSONAL DE ÁMBITO ESTATUTARIO


Medidas que no necesita de plantilla adicional a las plazas de carácter fijo o interino actuales



  • Personal estatutario con nombramientos fijos de grupos A, B, C: integración voluntaria en plaza de igual grupo de clasificación (proceso ya iniciado y en curso)

  • Personal en desempeño de plazas vacantes estatutarias de “carácter interino” de grupos A, B, C:

  1. estatutarios con nombramiento interino tal cual: transformación de la plaza a nueva categoría de igual grupo y nombramiento estatutario interino en dicha plaza (proceso regulado en el Decreto 69/2010 pero sin ejecutar)

  2. casos de plazas vacantes cubiertas de formas especiales vinculables a OPEs (promocion interna temporal, comisión de servicio, contratos laborales de antes de 1995 bajo el Estatuto Gral de los Trabajadores en desempeño temporal de vacante estatutaria, contratos laborales indefinidos por sentencia vinculados a vacante estatutaria, etc): transformación de la plaza destino a nueva categoría de igual grupo y mantenimiento del tipo especial de vinculación del personal en la misma situación que la actual con destino a la plaza transformada



Medidas con dotación de plantilla adicional donde realizar nuevos nombramientos (número aproximados de personal implicado entre corchetes)


  1. personal eventual A, B o C [26]: al menos para todo el de más de 2 años de duración nombramiento estatutario interino en nueva plaza de plantilla de la categoría de informática de grupo de clasificación correspondiente con el actualmente desempeñado como eventual

  2. personal estatutario temporal de sustitución A, B o C [14]: al menos todo el de más de 2 años de duración que ocupa sustituciones “irregulares” (es decir de personal que no realizaba funciones administrativas) => nombramiento estatutario interino en nueva plaza de plantilla de la categoría de informática de grupo correspondiente con el actual

  3. personal temporal en grupos D/E [19] con titulación al menos la necesaria para la categoría informática mínima de subrupo C1: al menos todo el de más de 2 años de duración => nombramiento estatutario interino en nueva plaza de plantilla de la categoría de Técnico Especialista de Sistemas y Tecnologías de la Información correspondiente al subgrupo C1 (correspondiente con el actual C)

  4. personal estatutario fijo en grupos D/E [20] con titulación al menos la necesaria para la categoría informática mínima de subgrupo C1 [17] : nombramiento en nueva plaza de plantilla de la categoría de Técnico Especialista de Sistemas y Tecnologías de la Información correspondiente al subgrupo C1 (correspondiente con el actual C) al menos de carácter interino mediante la fórmula de promoción interna temporal de acuerdo al Artículo 35 del Estatuto Marco

  5. personal estatutario fijo en grupos D sin la titulación necesaria para la categoría informática de subgrupo C1 , pero sí con la necesaria para el grupo D, con al menos 5 años prestados en la categoría de grupo D: promoción interna al igual que en el apartado anterior gracias a lo dispuesto en el Artículo 34.5



Por último, la primera OPE de las nuevas categorías debería ser mediante proceso de consolidación, de acuerdo a lo establecido en el EBEP, y extensivo a todas las nuevas plazas de plantilla interina.



B) PERSONAL FUNCIONARIO O LABORAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

(tanto bajo el Convenio Laboral de la Comunidad de Madrid como bajo convenios propios de sus centros sanitarios)


  • Personal fijo: aplicación y desarrollo de la normativa de estatutarización voluntaria vigente

  • Personal laboral temporal de la CM (todos son A, B o C): estatutarización voluntaria en nueva plantilla interina de las nuevas categorías estatutarias o bien contratación interina en las categorías de informática ya existentes en el Convenio Laboral de la Comunidad de Madrid



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miércoles, 27 de abril de 2011

APISCAM reclama reconocimiento y estabilidad para todos los informáticos de la sanidad madrileña

'La Asociación de Profesionales de Informática de Sanidad de la Comunidad de Madrid (APISCAM) sigue exigiendo su estabilidad laboral y el reconocimiento en puestos de informática para todos los miembros del colectivo de personal informático de los centros públicos de la región, dada su situación de no reconocimiento y su elevada temporalidad.

Desde esta asociación, que cuenta entre sus socios con la mayoría del personal informático propio de los hospitales del Servicio Madrileño de Salud, Atención Primaria y SUMMA, denuncian que siguen contratados por la Consejería de Sanidad en puestos de función administrativa, con una "elevadísima" temporalidad laboral (más de un 60%), por no existir puestos de informática donde consolidar adecuadamente su experiencia y conocimiento.

Sin procesos selectivos de consolidación

Según APISCAM, a esta elevada tasa de temporalidad se suma una situación de contratación laboral irregular, ya que la mayor parte del personal temporal tiene una contratación eventual (fuera de plantilla o en sustitución de un propietario ajeno a la función informática), pese a llevar realizando una labor "esencial" durante muchos años (más de diez en la mayoría de los casos). Reclaman que, de acuerdo con la legalidad vigente, deben regularizarse en puestos de plantilla (de categoría informática) donde adscribir a dicho personal como interinos. Asimismo, una parte importante del personal está contratado en categorías de grupos retributivos D/E pese a contar con titulación de grupo C y realizar funciones técnicas consideradas siempre como mínimo de grupo C, según demuestra el hecho de que la categoría informática mínima es de grupo C.

A la vista de que el proceso de integración en puestos de categorías de informática ya en curso sólo regulariza la situación del personal fijo de grupos retributivos A, B y C , APISCAM ha vuelto a presentar una carta a la Consejería para reclamar la regularización simultanea y "sin más dilación" del resto de personal informático (mayoritario en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud), mediante los correspondientes nombramientos de carácter interino en puestos reconocidos de categorías de informática, de acuerdo con la legalidad vigente.

Según la misiva, de esta forma la Comunidad de Madrid contaría con un Cuerpo propio de informáticos reconocido y estable con el que abordar mejor algunos de los "importantes retos" relacionados con las nuevas tecnologías de la información. Indican que la participación de este colectivo es vital, no sólo para el mantenimiento diario de muchos hospitales y centros sanitarios, sino también para el desarrollo de nuevos proyectos de tecnologías de información, incluidos importantes programas centrales.

Fallos en AP-Madrid y externalización

Esta asociación pone como ejemplo el caso del nuevo sistema informático de gestión clínica centralizado de la Comunidad, 'AP-Madrid', que con una única base de datos central de historiales clínicos accesibles desde todos los centros y completamente externalizado no está implantado en la mayoría de los centros de Atención Primaria, a pesar de ser "imprescindible" para el ejercicio de la libre elección en la región. Mientras tanto, un sistema diseñado por personal informático propio, PANACEA, es el que está resolviendo el día a día de los centros sanitarios. Precisamente, denuncian que este personal propio de Atención Primaria tiene que trabajar en un entorno laboral con anuncios del cierre de las unidades de informática, a los que se suma un modelo de externalización casi total de la función técnica informática.'

Fuente: Acta Sanitaria 27/04/2011

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miércoles, 13 de abril de 2011

Carta abierta a la Administración de la Comunidad de Madrid reclamando la regularización de TODO el personal informático propio de Sanidad

[CARTA IDÉNTICA ENVIADA y REGISTRADA EL 13/04/2011 A LA ATENCIÓN DE LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD DE MADRID, DEL CONSEJERO DE SANIDAD, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, DEL DIRECTOR DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, DE LOS DIR. GRALES DE RRHH Y DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN SANITARIA DEL SERMAS, CON COPIA A LA DIRA. GRAL DE GESTIÓN DE RRHH DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Copia de la carta también enviada a sindicatos de Sanidad de la Comunidad de Madrid y medios de comunicación]


Estimados Señores:

APISCAM es la única Asociación Profesional que representa los intereses del colectivo del personal informático propio de las instituciones sanitarias del SERMAS (hospitales, Atención Primaria y SUMMA 112), contando entre sus socios con más del 60% de dicho personal.

Tal y como les informábamos en nuestra anterior carta de hace un año (registrada el 24/04/2010), este colectivo de en torno a 180 personas sufre una injusta situación de no reconocimiento (está contratado en categorías de función administrativa, en su inmensa mayoría en el ámbito estatutario) y precariedad laboral (2/3 de temporalidad) pese a que lleva muchos años -la gran mayoria más de 10-realizando su labor - vital para el normal funcionamiento de los centros-. Esta enorme precariedad laboral es consecuencia precisamente de no haber tenido opción a consolidar en puestos acordes a sus méritos y capacidades.

La creación de las 3 categorías estatutarias de Sistemas y Tecnologías de la Información en las Instituciones Sanitarias dependientes del Servicio Madrileño de Salud , de grupos A1, A2 y C1 (A, B y C en la anterior terminología), mediante la entrada en vigor el 1/1/2010 de la LEY 10/2009, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas y el proceso de integración iniciado (todavía en curso) del personal fijo de grupos A, B y C en acuerdo al Decreto 69/2010, de 30 de septiembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, constituyen grandes pasos que eran necesarios y que desde APISCAM valoramos muy positivamente.

Pero, pese a que el propio Excmo Vicepresidente de la Comunidad de Madrid presentó este proceso de integración en la rueda de prensa del Consejo de Gobierno de 17/06/2010 como la “respuesta a una demanda histórica de este colectivo” y tal como y informamos al Excmo. Consejero de Sanidad en carta de 18/10/2010 que le adjunto, el proceso iniciado no regulariza la situación de la mayoría del colectivo, cuando APISCAM ha venido exigiendo y exige la merecida estabilidad laboral y opción simultánea de reconocimiento en dichas categorías de informática en Sanidad para TODOS los miembros del colectivo.

En aquella rueda de prensa, el Excmo Vicepresidente también calificaba al hecho de contar con un cuerpo regulado de personal informático en Sanidad como una “necesidad de la Administración Sanitaria” y al papel de las tecnologías de la información en los centros sanitarios como “trascendental”, avanzando que el personal que representamos iba “a jugar un papel trascendental en la puesta en marcha de los diferentes proyectos de la Consejería de Sanidad como la Ley de Libre Elección”.

Efectivamente, la Comunidad Autónoma de Madrid ha contado con la máxima implicación y colaboración profesional de los miembros de este colectivo en cada intervención profesional en que se la pedido su participación, tanto en proyectos centrales como en proyectos con origen en los centros sanitarios, muchas veces de forma absolutamente esencial y pese a seguir la mayoría de dicho personal en una situación de incertidumbre y precariedad laboral. Sirva de ejemplo la colaboración decisiva para el arranque de la Libre Elección en Atención Primaria del personal informático propio en un entorno laboral de cierre anunciado de las unidades de informática (previsto en principio para este verano), cierre para cuyas tareas imprescindibles de traspaso a los nuevo sistemas centrales, la mayoría externalizados, precisamente se pide y cuenta con la participación del mencionado personal.

Es la hora de que la Comunidad de Madrid realmente dé una respuesta a la “demanda histórica” extendiendo el proceso de regularización iniciado con el personal fijo de grupos A B y C a todo el resto de personal (el caso ampliamente mayoritario del colectivo en las instituciones sanitarias del SERMAS) mediante los correspondientes nombramientos de carácter interino en puestos reconocidos de las nuevas categorías; demorar este punto más tiempo y a otra nueva legislatura no puede más que sembrar el desánimo y descontento generalizado, perdiéndose la oportunidad de evolucionar ya mismo hacia una estructura de personal reconocida mucho más eficiente.

Adjuntamos un anexo con la propuesta base de solución detallada ya enviada el año pasado, tenido en cuenta el proceso ya iniciado para el personal fijo.

Al igual que a ustedes, dirigimos esta carta abierta a los distintos sindicatos con presencia en la actual Mesa Sectorial de Sanidad y medios de comunicación.

Para cualquier aclaración y posible reunión entre múltiples partes pueden contactar con nosotros a través de la dirección de correo apiscam@gmail.com o en el TLF 654 927 559


Atentamente, en Madrid a 13 de Abril de 2011



Domingo Sánchez Ruiz

Presidente de APISCAM.

Asociación de Profesionales de Informática de Sanidad de la Comunidad de Madrid.


ANEXO

PROPUESTA BASE DE SOLUCIÓN DETALLADA PARA REGULARIZACIÓN GLOBAL DEL COLECTIVO - 13/04/2011



A) PERSONAL DE ÁMBITO ESTATUTARIO


Medidas que no necesita de plantilla adicional a las plazas de carácter fijo o interino actuales



  • Personal estatutario con nombramientos fijos de grupos A, B, C: integración voluntaria en plaza de igual grupo de clasificación (proceso ya iniciado y en curso)

  • Personal en desempeño de plazas vacantes estatutarias de “carácter interino” de grupos A, B, C:

  1. estatutarios con nombramiento interino tal cual: transformación de la plaza a nueva categoría de igual grupo y nombramiento estatutario interino en dicha plaza (proceso regulado en el Decreto 69/2010 pero sin ejecutar)

  2. casos de plazas vacantes cubiertas de formas especiales vinculables a OPEs (promocion interna temporal, comisión de servicio, contratos laborales de antes de 1995 bajo el Estatuto Gral de los Trabajadores en desempeño temporal de vacante estatutaria, contratos laborales indefinidos por sentencia vinculados a vacante estatutaria, etc): transformación de la plaza destino a nueva categoría de igual grupo y mantenimiento del tipo especial de vinculación del personal en la misma situación que la actual con destino a la plaza transformada



Medidas con dotación de plantilla adicional donde realizar nuevos nombramientos (número aproximados de personal implicado entre corchetes)


  1. personal eventual A, B o C [26]: al menos para todo el de más de 2 años de duración nombramiento estatutario interino en nueva plaza de plantilla de la categoría de informática de grupo de clasificación correspondiente con el actualmente desempeñado como eventual

  2. personal estatutario temporal de sustitución A, B o C [14]: al menos todo el de más de 2 años de duración que ocupa sustituciones “irregulares” (es decir de personal que no realizaba funciones administrativas) => nombramiento estatutario interino en nueva plaza de plantilla de la categoría de informática de grupo correspondiente con el actual

  3. personal temporal en grupos D/E [19] con titulación al menos la necesaria para la categoría informática mínima de subrupo C1: al menos todo el de más de 2 años de duración => nombramiento estatutario interino en nueva plaza de plantilla de la categoría de Técnico Especialista de Sistemas y Tecnologías de la Información correspondiente al subgrupo C1 (correspondiente con el actual C)

  4. personal estatutario fijo en grupos D/E [20] con titulación al menos la necesaria para la categoría informática mínima de subgrupo C1 [17] : nombramiento en nueva plaza de plantilla de la categoría de Técnico Especialista de Sistemas y Tecnologías de la Información correspondiente al subgrupo C1 (correspondiente con el actual C) al menos de carácter interino mediante la fórmula de promoción interna temporal de acuerdo al Artículo 35 del Estatuto Marco

  5. personal estatutario fijo en grupos D sin la titulación necesaria para la categoría informática de subgrupo C1 , pero sí con la necesaria para el grupo D, con al menos 5 años prestados en la categoría de grupo D: promoción interna al igual que en el apartado anterior gracias a lo dispuesto en el Artículo 34.5



Por último, la primera OPE de las nuevas categorías debería ser mediante proceso de consolidación, de acuerdo a lo establecido en el EBEP, y extensivo a todas las nuevas plazas de plantilla interina.



B) PERSONAL FUNCIONARIO O LABORAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

(tanto bajo el Convenio Laboral de la Comunidad de Madrid como bajo convenios propios de sus centros sanitarios)


  • Personal fijo: aplicación y desarrollo de la normativa de estatutarización voluntaria vigente

  • Personal laboral temporal de la CM (todos son A, B o C): estatutarización voluntaria en nueva plantilla interina de las nuevas categorías estatutarias o bien contratación interina en las categorías de informática ya existentes en el Convenio Laboral de la Comunidad de Madrid



Entradas relacionadas:

viernes, 11 de marzo de 2011

Alegaciones a la relación provisional de admitidos y excluidos en la integración en las categorías de informática de Sanidad

Con fecha de registro de salida del 24/02/2011 se hizo pública la resolución de la Dirección General de RRHH del SERMAS con "la relación provisional de admitidos y excluidos en el proceso de integración voluntaria en las categorías estatutarias del ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones previstas en el Decreto 69/2010 de 30 de Septiembre".

Entre la amplia lista de personal excluido en dicha relación provisional figuran la del grupo de personal informático con nombramientos de categorías de la función administrativa de grupos D/E, que como cualquier solicitante excluido, dispone de un plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la notificación personal recibida informando de la exclusión y de su motivo para formular las alegaciones que considere oportunas. Varios miembros de este grupo nos han pedido modelo de alegación y preguntado dudas acerca de cómo hacerlo así como si la asociación presentaría algún tipo de alegación de forma conjunta.

En cuanto a este último punto, la Asociación ya decidió en Asamblea del colectivo, no presentar recurso al Decreto de Integración y no lo presentó (ya finalizó el plazo estipulado para hacerlo). Tal y como se ratirficó en dicha Asamblea, la Asociación considera que la regularización del personal mediante la ejecución del Decreto es totalmente insuficiente, por lo que la Asociación exige que la Administración de la Comunidad de Madrid realize medidas en paralelo a la ejecución del Decreto, en concreto, la creación de las plazas necesarias en las nuevas categorías (de grupos A, B y C) donde regularizar de forma adecuadamente estable al personal temporal contratado irregularmente en puesto no interino y al de grupos D/E, así como la ejecución inmediata de la transformación de las plazas del personal interino de grupos A/B/C.

Las alegaciones referidas en el párrafo anterior son exclusivamente para la respuesta provisional (admitido o excluido) dada por la Dir. Gral de RRHH del SERMAS a cada solicitud personal realizada para el proceso de integración como personal fijo en las nuevas categorías en aplicación escrupulosa de la normativa y requisitos contenidos del Decreto. Por tanto, las alegaciones, en su caso, han de ser estrictamente personales y dirigidas por cada uno que quiera hacerlas mediante escrito a la Dir. Gral de RRHH del SERMAS, no siendo necesario ningún abogado.

A continuación y para satisfacer la petición de varios de nuestros representados y, aclarando de antemano que esto no significa que recomendemos realizarla ni, mucho menos, que en los casos aludidos pensemos pueda servir de algo, adjuntamos un modelo de escrito (sin detallar argumentación). Basta con presentar un escrito de alegaciones personal en cualquier de los registros válidos, como el de cada centro.

Por otro lado, tal y como recoge el propio Decreto en su artículo 6, los interesados podrán siempre podrán interponer recurso de alzada previo al contencioso-administrativo cuando se publique en el BOCM la resolución con la relación definitiva. Invitamos al personal que quiera trasladarnos cualquier cuestión o petición al respecto, que lo haga en la Asamblea Extraordinaria que se convocará próximamente.





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A LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSO HUMANOS DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD


D. ........... con NIF .... y domicilio a efectos de notificaciones ...., en su condición de , destino <..servicio..>


EXPONE

Primero: que el recogió la notificación de la Dir. Gral. de RRHH del SERMAS de firmada por la Subdirectora Gral de Relaciones Laborales, y con fecha de registro de salida de dicha Subdirección , por la que se le notificaba que resultaba excluido en la relación provisional de admitidos y excluidos al proceso de integración previsto en el Decreto 69/2010, de 30 de Septiembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el se regula la integración de empleados públicos de la Comunidad de Madrid en las categorías estatuarias del ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones dependientes del Servicio Madrileño de Salud.

Segundo: que el motivo de exclusión que se le indica en dicha notificación es "no ostentar la categoría del mismo grupo de clasificación en el que se solicita la integración conforme a los requisitos exigidos en el artículo 3 del referido Decreto 69/2010, de 30 de septiembre"

Tercero: que la categoría para la que solicitó la integración es la categoría denominada "Técnicos Especialistas en Sistemas y Tecnologías de la Información", para cuyo acceso, según la la Ley 10/2009, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, se exige estar en posesión de título bachiller, técnico o equivalente, correspondiente al Subgrupo C1 de clasificación de funcionarios públicos, con funciones de esta categoría, según la mencionada Ley 10/2009, las propias del desarrollo, implantación y mantenimiento de las aplicaciones informáticas de los centros

Cuarto: que posee la titulación correspondiente al nivel C1 o superior, [realizo estas funciones <...> tal y como demuestra el certificado que adjunté en la solicitud] , <...>

Quinto: que cumple los requisitos exigidos en el artículo 3 del Decreto 69/2010 porque

Por lo expuesto,

ALEGA que el motivo de exclusión referido en el segundo punto no es pertinente y SOLICITA que, por tanto, sea admitida la solicitud de integración como estatutario fijo en la categoría de Técnico Especialista en Sistemas y Tecnologías de la Información, y que como tal figure en la relación definitiva del personal integrado que dictará mediante Resolución el Director General de Recursos Humanos de Servicio Madrileño de Salud y que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID


En Madrid, a

FDo: .....
(y pasado por el registro, por ejemplo, del centro)
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lunes, 28 de febrero de 2011

Publicada la relación provisional de admitidos y excluidos en la integración en las categorías de informática de Sanidad

Con fecha de registro de salida del 24/02/2011 se ha hecho pública la resolución de la Dirección General de RRHH del SERMAS con "la relación provisional de admitidos y excluidos en el proceso de integración voluntaria en las categorías estatutarias del ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones previstas en el Decreto 69/2010 de 30 de Septiembre".

En base a ese Decreto tenía derecho a la integración voluntaria como personal estatutario fijo en las nuevas categorías de informática el personal con funciones de informática en las instituciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud que estuviera en posesión de nombramiento como personal estatutario fijo o funcionario de carrera o de contrato laboral fijo de la Comunidad de Madrid, en categoría o cuerpo del mismo grupo de clasificación que el de la nueva categoría de informática (sólo hay de grupos A, B y C) en el que se solicitara la integración.

En la relación provisional de personal admitido figuran 39 personas. La relación de personal excluido asciende a 86 personas, aún estando este grupo de personal excluido conformado principalmente por personal fijo, sobre todo bajo el caso de nombramientos o contratos de categorías de grupos D/E, siendo también de reseñar la exclusión de personal fijo con destino los servicios centrales del SERMAS y el personal fijo con contratos laborales bajo convenios propios de los hospitales de Fuenlabrada (empresa pública) y Alcorcón (Fundación). El personal temporal, mayoritario en las instituciones sanitarias del SERMAS, parece no haber presentado de forma masiva la solicitud para de este proceso de integración destinado exclusivamente a personal fijo.


Según consta en dicha resolución y de conformidad con lo establecido en el Decreto, se notificará personalmente al personal excluido la causa de exclusión "disponiendo los interesados de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación para realizar las alegaciones que consideren oportunas".

Recordemos que de acuerdo al texto del propio Decreto de Integración en el plazo máximo de dos meses desde que finalice el período de alegaciones de 10 días contra la publicación de relación provisional, debe aprobarse la relación definitiva del personal integrado mediante Resolución del Dir. Gral de RRHH del SERMAS para que a continuación, en tiempo sin determinar, se publique en el B.OC.M, lo que supondría al día siguiente la integración en las nuevas categorías como personal fijo estatutario de dicho personal a todos los efectos jurídicos y económicos.

Cabe reseñar que en las reuniones informativas de la Dir. Gral de Recursos Humanos de Sanidad con diversos interlocutores ( entre ellos nuestra Asociación) el Dir. Gral de RRHH expresó su intención de que el proceso de integración así como el de la transformación de cierto personal temporal (en general, el interino y eventual de grupos A, B y C manteniendo el tipo de vinculación jurídica) también recogida en el Decreto, estuviera finalizado para Marzo si bien no comprometió ningún plazo concreto.

En todo caso, seguimos sin recibir noticia ni información alguna de la administración acerca de plan concreto alguno inmediato de creación de las plazas necesarias en las nuevas categorías (de grupos A, B y C) donde regularizar de forma adecuadamente estable al personal temporal contratado irregularmente en puesto no interino y al de grupos D/E, que sumados ambos casos, son la mayoría del colectivo. Por el momento, sólo hemos recibido un acuse de recibo y confirmación del conocimiento de nuestras "inquietudes" como respuesta del Gabinete del Consejero a nuestra carta en la que se le informaba que el Decreto de Integración no regulariza a la mayoría del colectivo y no es una medida suficiente.


[Descargar Resolución con la relación provisional de admitidos y excluidos]


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jueves, 17 de febrero de 2011

APISCAM se persona en el recurso de CCOO contencioso-administrativo contra el Decreto de Integración en las categorias de informática de Sanidad

Tal y como informábamos en otra entrada, la Federación de Sanidad de CCOO interpuso recurso contencioso-administrativo contra el Decreto de Integración en las categorias estatutarias de informática de Sanidad .

APISCAM considera desde que se conoció el Proyecto insuficiente este Decreto de Integración, ya que no permite la regularización en puestos de plantilla de cerca de la mitad del colectivo exigiendo que para que pueda considerarse que estamos ante una solución de la "demanda -efectivamente- histórica" , en paralelo se dote de plazas a las nueva categoria donde regularizar inmediatamente al resto de igual forma y a la vez.

CCOO no ha contactado durante la fase de redacción del proyecto de decreto de integración ni durante su elaboración de este recurso con nuestra Asociación, asociación cuyos socios constituyen la mayoría del personal informático de las instituciones sanitarias del SERMAS, por lo que, tras trasladar la pertinente cuestión a sus socios, APISCAM ha decidido personarse en dicho recurso, dado que entre las demandas concretas que CCOO finalmente interponga en la siguiente fase del recurso pudieran figurar peticiones -como la impugnación total del Decreto- de la máxima relevancia para la situación laboral del colectivo que APISCAM representa.

A día de hoy, no tenemos noticia ni información alguna de la administración acerca del estado del proceso de integración (ejecución del Decreto y nuevas plazas de plantilla). Naturalmente, entendemos que la mera interposición por parte de CCOO de recurso contencioso-administrativo contra este Decreto , mientras se espera su resolución judicial, no supone justificación alguna para una hipotética paralización o suspensión de la ejecución del Decreto, como tampoco se ha suspendido o detenido la ejecución de otros procesos que también han recibido recursos, como por ejemplo, los decretos de libre elección y de estructuras del área única en Atención Primaria.

Naturalmente, mantendremos informados al colectivo de cualquier novedad a este respecto y, como siempre, será esencial la opinión mayoritaria de los que deseen opinar [*] en la postura que APISCAM tome en las situaciones futuras de este proceso. En cualquier caso, será un tema, junto con otros de no menos importancia, a tratar en la próxima Asamblea, prevista antes del fin de esta legislatura.


[*] Seguramente restringida a los socios al corriente de pagos, dado que la intervención en este proceso tiene un alto coste económico que se sustenta con las cuotas. Desde aquí animamos a hacerse socios de APISCAM a todos los miembros del colectivo interesados en poder inlfuir en estas y otras cuestiones más directamente y que no sean ya socios; para ello, ponerse en contacto con la asociación en la dirección de correo "apiscam _arroba_ gmail.com"


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