En el B.O.C.M de hoy 11/08/2022 se ha publicado el Acuerdo alcanzado días atraś por los sindicatos mayoritarios y el Gobierno de la Comunidad de Madrid en las Comisiones de Seguimiento y Paritaria de perrsonal funcionario y laboral de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid, por el que se fijan los criterios
generales que serán de aplicación en las futuras convocatorias extraordinarias
de Estabilización de Empleo por concurso de méritos de la ley 2021/22 en ese sector de personal funcionario y laboral de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid
En especial, estos criterios NO afectan a los concursos de méritos similares pendientes del personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud, que tiene un ámbito independiente para fijarlo.
Son los criterios para el concurso de méritos previsto en una cifra de 433 plazas , para el personal laboral
y funcionario de la Administración General de la Comunidad de Madrid a
concurso de méritos excepcional por ley 20/2021, plzas que serían de la suma de
- las 29 plazas de las 642 de estabilización computadas en la computadas en la OPE 2022 de estabilización según Ley 20/2021 la Comunidad de Madrid que RRHH informó a los sindicatos
- el resto (404), parte de
las 1.109 plazas (135 de funcionarios
+896 de laborales convocadas como laborales + 78 de laborales para
convocar como funcionarios) computadas en el Anexo III de la OPE 2021 de la C.de Madrid,
publicada por Real Decreto Ley 14/2021 ,en vigor el 28/12/2021
(el resto se han convocado a concurso-oposición ampliando las
convocatorias de estabilización convocadas en 2021 con las plazas de
estabilización de Administración y Servicios de la CM)
En cuanto al baremo fijado por este Acuerdo para dichoss concursos de méritos del personal laboral y funcionario de Administración y Servicios de la C. de Dadrid., los 100 puntos máximos del concurso de méritos se valorarán así:
- 70 puntos para la experiencia
- en el mismo cuerpo/escala/categoría en la Administración de la Comunidad de Madrid: 0,30 puntos por mes trabajado.
- en distinto cuerpo/escala/categoría en la Administración de la Comunidad de Madrid: 0,20 puntos por mes trabajado.
- en el mismo o equivalente cuerpo/escala/categoría en otra Administración Pública: 0,15 puntos por mes trabajado.
- 30 puntos por otros méritos:
- Cursos oficiales de formación y perfeccionamiento: Hasta un máximo de 20 puntos, para cursos de un mínimo de 10 horas
- Superación de, al menos, un ejercicio en una convocatoria anterior para el acceso al mismo cuerpo/escala/categoría: 5 puntos por cada una, hasta un máximo de 10 puntos.
Nótese el peso importante que tiene la experiencia en otro puesto del sector de Adminsitración de la Comunidad de Madrid.